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Documento BOE-B-2001-149092

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a la empresa "AES Energía Cartagena, Sociedad de Responsabilidad Limitada", una línea eléctrica a 400 KV de interconexión entre su central de ciclo combinado y la subestación de Nueva Escombreras, en el término municipal de Cartagena (Murcia), y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 22 de junio de 2001, páginas 7116 a 7116 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2001-149092

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria

y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia,

a instancia de "AES Energía Cartagena, Sociedad

de Responsabilidad Limitada", con domicilio en

Cartagena, calle Jara, número 31, solicitando la

autorización administrativa y la declaración, en concreto,

de utilidad pública de la instalación que se cita;

Resultando que sometida la petición de "AES

Energía Cartagena, Sociedad de Responsabilidad

Limitada", a información pública, de conformidad

con lo previsto en el artículo 9 del Decreto

2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización

de instalaciones eléctricas, y en el artículo 10 del

Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, por el que

se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966, de

18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones

en materia de instalaciones eléctricas, normativa que

resulta de aplicación en virtud de lo establecido

en la disposición transitoria undécima del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que

se regulan las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de

autorización de instalaciones de energía eléctrica;

Resultando que solicitando informe a los

organismos y empresas que pudieran verse afectados

por la instalación, así como al Ayuntamiento de

Cartagena, no se ha presentado oposición al

proyecto.

Visto el informe favorable emitido por el Área

de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno

en Murcia.

Visto el informe emitido por la Comisión

Nacional de Energía, aprobado en Consejo de

Administración en su sesión de fecha 18 de abril de 2001;

Considerando lo establecido en la disposición

transitoria undécima del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización

de instalaciones de energía eléctrica;

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios ordenados en los Decretos

2617/1966 y 2619/1966, ambos de 20 de octubre,

y en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico,

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

Primero.-Autorizar a la empresa "AES Energía

Cartagena, Sociedad de Responsabilidad Limitada",

una línea eléctrica a 400 KV de interconexión de

su central de ciclo combinado con la subestación

de Nueva Escombreras, cuyas características

principales son:

Origen: Salida de la planta de ciclo combinado

de 1.200 MW.

Final: Subestación de Nueva Escombreras.

Término municipal afectado: Cartagena (Murcia).

Tipo de instalación: Subterránea.

Longitud aproximada: 400 metros.

Conductores: Cobre de 630 milímetros cuadrados,

con aislamiento XLPE, pantalla de aluminio, y

semiconductores interno y externo.

La finalidad de la línea es la evacuación de la

energía generada en la central de ciclo combinado

y su conexión a la red de transporte en la subestación

de 400 KV de Nueva Escombreras.

Segundo.-Declarar, en concreto, la utilidad

pública de la instalación que se autoriza, a los efectos

previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de

27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Tercero.-La instalación que se autoriza queda

excluida a todos los efectos del régimen retributivo

del Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre,

por el que se regulan las actividades de transporte

y distribución de energía eléctrica.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Secretario de

Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña

y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de

acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley

6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del

Estado.

Madrid, 4 de mayo de 2001.-La Directora

general, Carmen Becerril Martínez. Área de Industria

y Energía. Delegación del Gobierno.

Murcia.-&34.295.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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