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Documento BOE-B-2001-126057

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias relativa al expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto "Seguridad vial. Mejora local de trazado y protección contra desprendimientos. CN-634, de San Sebastián a Santiago de Compostela, puntos kilométricos 359,400 al 360,800. Tramo: Arriondas-Nava. Provincia de Asturias". (Clave: 33-O-3670). Sometimiento a información pública de la relación de bienes y derechos afectados y convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2001, páginas 5954 a 5954 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2001-126057

TEXTO

Mediante Resolución de fecha 23 de abril de 2001,

el Director general de Carreteras aprueba el proyecto

arriba reseñado y ordena a esta Demarcación de

Carreteras del Estado la incoación del oportuno

expediente de expropiación forzosa. Conforme

establece el artículo 8 de la vigente Ley de Carreteras

de 29 de julio de 1988, dicha aprobación lleva

implícitas las declaraciones de utilidad pública y

necesidad de ocupación, a los fines de expropiación,

de ocupación temporal o de imposición o

modificación de servidumbres.

Dado que se trata de una actuación incluida en

el "Programa de licitación de obras (primera fase),

de Conservación y Explotación", y éste, a su vez,

está comprendido en el "Programa de Actuaciones

Prioritarias en Carreteras", es de aplicación el

artículo 72 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre,

de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden

Social, en cuya virtud se declara urgente la

ocupación de los bienes afectados por todas las

expropiaciones a que da lugar la ejecución de las obras

contenidas en el mencionado PAPCA. Ello implica

que la tramitación del correspondiente expediente

expropiatorio se ha de ajustar a lo previsto en el

artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación

Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en lo sucesivo

LEF), y a los preceptos concordantes de su

Reglamento, de 26 de abril de 1957 (REF).

Así, esta Demarcación de Carreteras del Estado,

haciendo uso de las facultades que le otorga el

artículo 98 de la mencionada Ley, resuelve:

Primero.-Incoar el correspondiente expediente de

expropiación forzosa, en los términos y a los efectos

previstos en los artículos 21.1 y 36.2 de la LEF.

Segundo.-Someter a información pública,

durante veinte días hábiles, la relación de los bienes y

derechos afectados por obras que aquí nos ocupan;

la cual se hará pública en el "Boletín Oficial del

Principado de Asturias" y en los diarios "La Nueva

España" y "La Voz de Asturias", así como en el

tablón de edictos del Ayuntamiento de Piloña.

Período durante el cual podrán los interesados formular,

por escrito, ante esta Demarcación de Carreteras

del Estado (plaza de España, número 3, Oviedo),

cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos

efectos de subsanar posibles errores que se hayan

podido padecer al elaborar la mencionada relación.

Tercero.-Convocar a todos los interesados en el

mencionado expediente con el fin de proceder, en

dependencias municipales, y durante los días y horas

que a continuación se señalan, al levantamiento de

las actas previas a la ocupación, correspondientes

a los bienes y derechos afectados por las obras

mencionadas. Señalamiento del que se dará traslado a

cada uno de los interesados mediante citación

individual.

Lugar de la convocatoria: Ayuntamiento de

Piloña.

Fecha/s: El día 12 de junio de 2001.

Horario: De nueve a catorce horas.

De conformidad con lo previsto en el artículo

59.4 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la

publicación de la relación de afectados en el "Boletín

Oficial del Principado de Asturias" servirá como

notificación a los posibles interesados que no hayan

podido ser identificados, a los propietarios que sean

desconocidos, y a todos aquellos de los que se ignore

su domicilio actual.

Al acto convocado deberán acudir todos los

titulares de los bienes y derechos afectados por sí o

representados por persona debidamente autorizada,

exhibiendo su DNI/NIF y los documentos

acreditativos de la titularidad; así como el último recibo

del Impuesto de Bienes Inmuebles. Si lo desean,

los comparecientes podrán hacerse acompañar,

además, a su costa, de Peritos y Notario.

Hasta el momento mismo en que se proceda al

levantamiento de las actas mencionadas, podrán los

interesados formular, por escrito, ante esta

Demarcación de Carreteras del Estado (plaza de España,

número 3, Oviedo), cuantas alegaciones estimen

oportunas, a los solos efectos de subsanar posibles

errores que se hayan padecido al relacionar los

bienes y derechos afectados.

Para su consulta, los correspondientes

planos-parcelarios podrán ser consultados, tanto en las

dependencias de la propia Demarcación, como en las

oficinas del Ayuntamiento, facilitándose, además,

información sobre el expediente expropiatorio a

través del teléfono 98 525 12 11. Fax: 98 525 18 33.

Oviedo, 9 de mayo de 2001.-Agustín Falcón

Bascarán.-&24.966.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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