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Por Resolución de fecha 25 de enero de 2000,
del Director general de Obras Públicas, se aprobó
provisionalmente el proyecto básico "32-V-1508(2).
Proyecto básico. Ronda de Museros y Albalat dels
Sorells en la carretera CV-300". En el "Boletín
Oficial del Estado" número 90, de fecha 14 de abril
de 2000, y en el "Diario Oficial de la Generalidad
Valenciana" número 3.735, de fecha 20 de marzo
de 2000, se publicaron los anuncios en virtud de
los cuales se abría el trámite de información pública
a los efectos de lo dispuesto en la legislación vigente.
Habiendo dictado en fecha 22 de septiembre de
2000 la Directora general de Planificación y Gestión
del Medio la declaración de impacto ambiental del
proyecto de referencia. En virtud de las atribuciones
asignadas por el Decreto 85/1999, de 30 de julio,
del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba
el Reglamento Orgánico y Funcional de la
Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes
("Diario Oficial de la Generalidad Valenciana"
número 3.551); a la vista del informe emitido por
la División de Carreteras, con los efectos señalados
en el artículo 22 de la Ley 6/1991, de la Generalidad
Valenciana, de 27 de marzo, de Carreteras de la
Comunidad Valenciana, y del artículo 122 de la
Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las
Administraciones Públicas; así como por delegación
de la Orden del Conseller de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes de 8 de abril de 1998 ("Diario
Oficial de la Generalidad Valenciana" número
3.229), resuelvo:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto
básico "32-V-1508(2). Proyecto básico. Ronda de
Museros y Albalat dels Sorells en la
carretera CV-300".
Segundo.-Visto lo dispuesto en los artículos 20
y siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo,
de Carreteras de la Generalidad Valenciana, razones
de interés público aconsejan la publicación de esta
Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Director
general de Obras Públicas, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999,
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
número 12, de 14 de enero). No obstante lo dispuesto
en el párrafo anterior, la presente resolución podrá
ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de
Valencia, mediante la interposición del correspondiente
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al de
la publicación de la misma o, en su caso, de la
resolución expresa del recurso potestativo de
reposición, de conformidad con lo establecido en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar,
en su caso, cualquier otro recurso que estime
procedente.
Valencia, 23 de octubre de 2000.-El Director
general de Obras Públicas, Pedro Marco
Segura.-64.890.
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