Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente, se
notifica a doña Teresa Alonso Albo que por el
Tribunal Económico-Administrativo-Central, y en el
expediente R.G. 3160/97, R.S. 423-00-R, seguido
a su instancia por el Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas, se ha dictado resolución, en
la sesión del día 22 de septiembre de 2000, cuya
parte dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, en el presente recurso de alzada,
interpuesto por doña Teresa Alonso Albo, contra la
desestimación presunta del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Madrid, número de
expediente 6.407/96, por el concepto de Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicios
1988, 1989 y 1990, acuerda:
1.o Estimar en parte la reclamación formulada.
2.o Anular los acuerdos de liquidación
impugnados, debiendo dictar unas nuevas liquidaciones
por la oficina gestora, con arreglo a lo dispuesto
en el fundamento de derecho séptimo de esta
resolución."
Lo que se notifica, significándo que contra el
indicado fallo y dentro del plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, podrá el interesado interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional.
Madrid, 25 de octubre de 2000.-El Vocal,
Conrado Montesinos Jaén.-62.010.
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