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De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en
los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa
y 56 de su Reglamento; en el artículo 86 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y en el
Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto
Ambiental de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, se somete a información pública la solicitud
señalada y el Estudio de Impacto Ambiental que
se detalla a continuación:
Peticionario: "Enagás, Sociedad Anónima", con
domicilio en Madrid, avenida de América,
número 38.
Objeto de la petición: Autorización administrativa
y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto
de instalaciones "Instalaciones en la Posición M-03
y Suministro a la Central de Ciclo Combinado",
en el término municipal de San Roque.
Descripción de las instalaciones: El proyecto
consta de las instalaciones de Obra Civil, montaje
mecánico, red de tierras e instrumentación en la Posición
M-03 del ramal de conducción, distribución y
suministro de gas natural para usos industriales en el
Campo de Gibraltar y un ramal exterior que, para
un caudal de 140.000 metros cúbicos (n)/h y una
presión de servicio de 80 bar máx., servirá para
el suministro a la Central de Ciclo Combinado.
Tubería: De acero sin soldadura grado B, tipo
APl 5L, con diámetro de 12 pulgadas.
Longitud: 198 metros que discurren en su
totalidad por el término municipal de San Roque.
Presupuesto: Cinco millones seiscientas dieciséis
mil ciento ochenta (5.616.180) pesetas.
El proyecto incluye planos parcelarios y la relación
concreta e individualizada de bienes y derechos
afectados.
Afección a fincas particulares derivada de la
construcción del proyecto y sus instalaciones auxiliares:
Uno.-Expropiación forzosa en pleno dominio de
los terrenos sobre los que se han de construir los
elementos de instalación fija en superficie.
Dos.-Para las canalizaciones:
A) Imposición de servidumbre permanente de
paso, en una franja de terreno de 4 metros, 2 a
cada lado del eje, a lo largo del gasoducto, por
donde discurrirá enterrada la tubería y cables de
telecomunicación y telemando que se requieran para
la conducción del gas, y que estará sujeta a las
siguientes limitaciones:
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a cincuenta
(50) centímetros, así como de plantar árboles o
arbustos a una distancia inferior a dos (2) metros
a contar desde el eje de la tubería.
2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras
o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar
el buen funcionamiento de las instalaciones, a una
distancia inferior a diez (10) metros del eje del
trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia
podrá reducirse siempre que se solicite
expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso,
fije el órgano competente de la Administración.
3. Libre acceso del personal y equipos
necesarios para poder mantener, reparar o renovar las
instalaciones, con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
4. Posibilidad de instalar los hitos de
señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así
como de realizar las obras superficiales o
subterráneas que sean necesarias para la ejecución o
funcionamiento de las instalaciones.
B) Ocupación temporal de los terrenos
necesarios para la ejecución de las obras, de la franja
que se refleja para cada finca en los planos
parcelarios de expropiación. En esta zona se hará
desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se
realizarán las obras necesarias para el tendido e
instalación de la canalización y elementos anexos,
ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos
fines.
Lo que se hace público para conocimiento general
y, especialmente, de los propietarios de terrenos y
demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya
relación se inserta al final de este anuncio, para
que pueda ser examinado el expediente en esta
Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo
Tecnológico, sita en Marqués de Valde-Yñigo, 2, 11004
Cádiz, así como los planos parcelarios en el
Ayuntamiento respectivo, y presentar por triplicado en
esta Delegación Provincial las alegaciones que
consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir
del siguiente al de la inserción de este anuncio.
Cádiz, 24 de julio de 2000.-El Delegado
provincial, Agustín Barberá Salvador.-48.896.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados
Proyecto: "Anexo a la red de distribución de gas natural en el Campo de Gibraltar. Suministro a la Central de Ciclo Combinado de San Roque"
Término municipal: San Roque
Afección Catastro
Finca número Titular y domicilio Naturaleza
L.M. O.T.m2 Polígono Parcela
CA-SR-1 "Compañía Española de Petróleos, Sociedad Anónima" (CEPSA).
Carretera San Roque-La Línea (Puente Mayorga), 11360 San Roque
(Cádiz) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66 660 15 8 Pastos.
CA-SR-2
Oleoducto
"Compañía Logística de Hidrocarburos, Sociedad Anónima"
(CLH, S.A.). Calle Capitán Haya, 41, 28020 Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 20
CA-SR-3
Arroyo
Confederación Hidrográfica del Sur. Paseo Reding, 20, 29002 Málaga. 24 240
CA-SR-4
Verde
"Gas Natural SDG, Sociedad Anónima". Avenida de América, 38, 28028
Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 104 1.040 Zona.
Instalaciones auxiliares
Término municipal: San Roque
Afección Catastro
Finca número Titular y domicilio Naturaleza
L.M. O.T.m2 Exp.m2 Polígono Parcela
CA-SR-4-PO
Zona verde
"Gas Natural SDG, Sociedad Anónima". Avenida de
América, 38, 28028 Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 0 14
Abreviaturas utilizadas: PO = Posición.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril