Edukia ez dago euskaraz
Anuncio de fusión por absorción
En el cumplimiento de lo previsto en el artículo
23 bis segundo de la Ley 46/1984, de 26 de
diciembre, se hace público:
Que con fecha 27 de abril de 2000 el Consejo
de Administración de "Sociedad Anónima de
Gestión Económica y Financiera (Gescounsult),
SGIIC", como sociedad gestora de "FG Renta Fija,
FIM" (fondo absorbente), y "FG Renta Fija 2, FIM"
(fondo absorbido), aprobó por unanimidad el
acuerdo de fusión por absorción de los mencionados
fondos, que fue asimismo aprobado por el
representante del depositario de dichos fondos
("Santander Central Hispano Investment, Sociedad
Anónima").
Que con fecha 28 de junio de 2000, el Ministro
de Economía y Hacienda, a propuesta de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, autorizó el
proyecto de fusión de los citados fondos presentado
por dichas entidades, en el que se recoge la fusión
por absorción de "FG Renta Fija, FIM", y "FG
Renta Fija 2, FIM", con disolución sin liquidación
de la entidad absorbida y transmisión en bloque
de todos sus Activos y Pasivos a la entidad
absorbente, sucediendo ésta a título universal en todo
sus derechos y obligaciones a las absorbidas.
Que como consecuencia de lo anterior y a efectos
de lo establecido en la legislación vigente en materia
de Instituciones de Inversión Colectiva, se comunica
a los partícipes de los fondos afectados el derecho
de separación que les asiste, ejercitable en el plazo
de treinta días, a contar desde la fecha de publicación
de este anuncio o de la remisión de la oportuna
comunicación a los partícipes sin dedución de
comisiones de reembolso ni gasto alguno, de acuerdo
con lo establecido en el citado 23 bis, segundo,
párrafo cuarto.
Que de conformidad con lo establecido en los
artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas se hace constar que los
partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar
y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados
y del proyecto de fusión.
Que asimismo, los acreedores de los fondos
participantes en la fusión podrán oponerse a la misma
en el plazo de un mes, a contar desde la fecha
de publicación del último anuncio de fusión, en
los términos establecidos en el artículo 166 de la
citada Ley.
Madrid, 10 de julio de 2000.-El Secretario del
Consejo de Administración de "Gescounsult,
Sociedad Anónima, SGIIC".-43.627.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril