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Documento BOE-A-2026-9121

Resolución de 15 de abril de 2026, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 27 de abril de 2026, páginas 58568 a 58573 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2026-9121

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con el Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto de Gestión Sanitaria; la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal Estatutario de los Servicios de Salud, el artículo 20.4 del Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, vigente con carácter reglamentario, y el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; con sujeción al principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, de conformidad con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional,

Esta Dirección General acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca en anexo I podrá ser solicitado por personal estatutario o personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos para su desempeño.

Asimismo, podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas aspirantes que, sin cumplir el requisito de ser personal estatutario o funcionario de carrera del Estado, acrediten el mismo nivel de titulación y cuenten con una experiencia profesional mínima acreditada en puestos de categorías que requieran el mismo nivel de titulación. En este caso, la selección implicará la formalización del correspondiente contrato laboral de alta dirección en el ámbito de instituciones sanitarias del área de salud de la ciudad de Ceuta conforme a lo establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de personal de alta dirección.

Segunda.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Dirección General del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Subdirección General de Gestión Sanitaria), sita en la calle Alcalá, número 56, CP 28071, Madrid, de acuerdo con formulario recogido en el anexo II.

Tercera.

Adicionalmente incluirán en la solicitud su curriculum vitae en formato normalizado, pudiendo valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-CV). En éste habrán de constar los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.

Cuarta.

Complementariamente, aportarán una justificación por escrito de su idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

Quinta.

Finalmente, incorporarán el cuestionario de autoevaluación previsto en anexo III, debidamente cumplimentado, dirigido a valorar las competencias directivas.

Sexta.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, y se presentarán a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima.

A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, se celebrarán entrevistas, cuya fecha será comunicada a las personas candidatas con al menos 48 horas de antelación.

Octava.

El órgano competente para el nombramiento designará, para su asesoramiento, a dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración motivado en términos de cumplimiento méritos y de idoneidad en relación con el perfil del puesto.

Novena.

El anexo I describe los conocimientos y las competencias profesionales evaluables por el órgano competente para el nombramiento, siendo éstos los criterios objetivos de valoración a comprobar para verificar el cumplimiento de los méritos exigidos. Asimismo, las competencias directivas se revisarán mediante la verificación del anexo III y su idoneidad en relación con el perfil del puesto convocado.

Décima.

De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas, y de acuerdo con lo previsto en punto anterior, realizar una selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, sean objeto de entrevista.

Undécima.

No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Duodécima.

El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda.

Decimotercera.

Si la persona seleccionada presta sus servicios en Ministerio u organismo distinto del convocante, deberá adjuntar un certificado extendido por la Unidad de personal donde se encuentre destinada, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuviera desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.

Decimocuarta.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el mismo órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del domicilio de la persona interesada, a elección de la misma (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).

Madrid, 15 de abril de 2026.–La Directora General del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, Isabel Muñoz Machín.

ANEXO I
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria

Dirección Territorial de Ceuta

Hospital Universitario de Ceuta

N.º orden Centro directivo/Unidad puesto de trabajo Provincia/Localidad Nivel CE Grupo Admón. Funciones Méritos Observaciones
1 DIRECTOR/A GERENTE CEUTA. 29 28.939,25 A1 A3

– La ordenación de los recursos humanos, materiales y financieros de los centros de atención primaria y especializada de la salud, mediante la programación, dirección, control y evaluación de su funcionamiento en el conjunto de sus divisiones y con respecto a los servicios que presta.

– La adopción de las medidas necesarias para hacer efectiva la continuidad de la prestación de asistencia sanitaria en los centros de atención primaria y especializada de la salud, especialmente en los casos de pandemias, crisis y emergencias sanitarias u otras circunstancias similares.

– El fomento de una asistencia humanizada y de calidad con garantías bioéticas y basada en el mejor interés de los ciudadanos y pacientes, en el ámbito de sus competencias.

– La adopción de las medidas necesarias para que el funcionamiento de los niveles asistenciales y de las divisiones médica, de enfermería y de gestión y servicios generales de cada ámbito funcione de manera coordinada y con la máxima integración.

– La elevación de las propuestas de los programas anuales de objetivos y presupuestos a la Dirección Territorial.

– La formulación de propuestas de nombramiento, por el sistema de libre designación, conforme a lo previsto en las plantillas correspondientes, de las personas que integren el equipo de dirección de la Gerencia.

– La elaboración de informes periódicos sobre la actividad de la Gerencia y la presentación anual de la memoria de gestión.

– Cualquier otra función que le sea encomendada o delegada por la persona titular de la Dirección Territorial o de la Dirección del INGESA.

a) Experiencia mínima de tres años en puestos de responsabilidad en el ámbito del Sector Público sanitaria y/o el Sistema Nacional de Salud.

b) Experiencia mínima de cinco años en puestos de trabajo que guarden similitud con el contenido técnico y especialización del puesto solicitado.

c) Experiencia o formación (mínimo 300 horas) en materia de contratación pública sanitaria, así como experiencia en selección, contratación y dirección de personas.

d) Experiencia en dirección de equipos, adaptabilidad, toma de decisiones y gestión estratégica de proyectos.

Se requiere mismo nivel de titulación que el necesario para acceder al grupo A1. Se valorará la licenciatura o grado (360 créditos ECTS) en Medicina y Cirugía.

Se valorará poseer el Título de Especialista en Ciencias de la Salud.

ANEXO II

Imagen: /datos/imagenes/disp/2026/102/9121_16916393_1.png

ANEXO III
Cuestionario de autoevaluación competencias directivas

Convocatoria: Resolución de fecha .................................................... («Boletín Oficial del Estado» de ................................................).

Puesto: ...........................................................................................................................

Nombre y apellidos : ......................................................................................................

Valore, de 1 a 5 (siendo el 1 la expresión mínima), cada una de las competencias directivas:

Área competencial Competencia Puntuación (1 a 5)

I. Liderazgo transformador.

1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización.  
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos.  
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública.  
4. Cooperar eficazmente con otros actores.  
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades.  

II. Gestión estratégica de proyectos.

1. Planificar y tener visión estratégica.  
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales.  
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales.  
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos.  
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios.  

III. Comunicación y relaciones interpersonales.

1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos.  
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores.  
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360° (vertical, horizontal y transversal).  
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional.  

IV. Adaptabilidad y toma de decisiones.

1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios.  
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno.  
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos.  
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información.  

V. Compromiso con el servicio público y ética profesional.

1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público.  
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad.  
3. Aplicar los principios y valores de la Administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización.  
4. Actuar con ética profesional e integridad pública.  
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos.  

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