Suscrita la adenda el 13 de marzo de 2026, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 20 de marzo de 2026.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Eloísa del Pino Matute.
En Ciudad Real y Madrid, a 13 de marzo de 2026.
INTERVIENEN
De una parte, don Julián Martínez Lizán, en su condición de Presidente del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal (IRIAF), de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 4/2015, de 26 de marzo, por la que se crea el IRIAF, en virtud de su nombramiento como Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por Decreto 86/2023, de 9 de julio (DOCM núm. 131, de 11 de julio de 2023), y de conformidad con las facultades que le confieren los Estatutos aprobados por Decreto 42/2015, de 15 de junio 2015 (DOCM núm. 117, de 17 de junio de 2015).
De otra, don Carlos Closa Montero, en nombre y representación, en su calidad de Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), nombrado mediante Acuerdo del Consejo Rector del CSIC, en su reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE de 23 de diciembre de 2022. Res. Presidencia CSIC de 14 de diciembre de 2022, por la que se resuelve convocatoria de libre designación). Además, actúa en ejercicio de la competencia que, en materia de convenios e instrumentos análogos, tiene delegada por Resolución de la Presidencia del CSIC (artículo undécimo), de 5 de diciembre de 2023 (BOE de 18 de diciembre de 2023).
Y de otra, don José Julián Garde López-Brea, con domicilio a efectos del presente convenio en calle Altagracia n.º 50, C.P. 13071 Ciudad Real, en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad de Castilla-La Mancha, nombrado por Decreto 97/2024, de 23 de diciembre (DOCM núm. 251, de 30 de diciembre de 2024), de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha de fecha 27 de marzo de 2025 (DOCM núm. 67, de 7 de abril de 2025), por el que se delega la competencia de aprobación de los convenios de colaboración y cooperación académica y de investigación.
Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente capacidad y facultad suficientes para formalizar la presente adenda,
EXPONEN
I. Que, en fecha 26 de abril de 2021, las partes suscribieron un convenio para el desarrollo de programas de investigación y experimentación en materia cinegética y de fauna silvestre.
II. Que la cláusula decimotercera del convenio («Vigencia») indica que desplegaría sus efectos una vez fuese inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, lo cual sucedió el 26 de abril de 2021 y se extendería por un periodo de cinco años.
Asimismo, señala que el convenio podrá ser objeto de prórroga expresa por un periodo máximo de cinco años adicionales, siempre que las partes lo acuerden antes de la finalización de su vigencia.
III. Que las partes expresan interés mutuo en continuar con la colaboración durante un periodo de cinco años adicionales ya que existen proyectos de investigación en curso comunes entre ellas que se están desarrollando en el marco del mencionado convenio. Por ello, es voluntad de aquéllas suscribir la presente adenda para extender la vigencia del convenio y continuar dando cobertura jurídica a las actuaciones que en él se recogen, con sujeción a los términos que establecen las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto de la presente adenda es prorrogar, por un período adicional de cinco años, el convenio suscrito entre las partes en fecha 26 de abril de 2021 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 108, de 6 de mayo de 2021).
Siendo conforme con lo previsto en las disposiciones normativas, y tras su inscripción en REOICO, la vigencia del convenio, bajo las mismas condiciones y estipulaciones que contiene, se prorrogará hasta el 26 de abril de 2031.
Para todo lo no previsto en la presente adenda serán de aplicación las cláusulas establecidas en el convenio de referencia. En consecuencia, esta adenda se integra en el mismo como parte integrante e inseparable.
La presente adenda instrumenta la prórroga del citado convenio y queda sujeta a sus propias previsiones y a las disposiciones que, en materia de convenios, incluye el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), con las especialidades previstas en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, será de aplicación lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes suscriben la presente adenda, el 13 de marzo de 2026.–El Presidente del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal (IRIAF), Julián Martínez Lizán.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), Carlos Closa Montero.–El Rector Magnífico de la Universidad de Castilla-La Mancha, José Julián Garde López-Brea.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid