La Dirección de la Agencia Estatal Agencia Espacial Española (en adelante, AEE), en ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 14 del Estatuto de la Agencia Espacial Española, aprobado por el Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, acuerda convocar para el año 2026, la participación en el programa «Astronauta por un Día», de conformidad con lo dispuesto en la Orden CNU/130/2026, de 20 de febrero, por la que se regula el programa «Astronauta por un Día» de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», publicada en el BOE de 26 de febrero de 2026.
La edición 2026 del programa tendrá como hito la participación de las personas seleccionadas en un vuelo parabólico en condiciones de microgravedad, una actividad aeronáutica en la que, mediante la realización de trayectorias parabólicas controladas, se generan breves periodos de ingravidez similares a los que se experimentan en el espacio.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la citada Orden CNU/130/2026, de 20 de febrero, por la que se regula el programa «Astronauta por un Día» de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», la normativa sobre protección de datos de carácter personal y demás normas que resulten de aplicación.
La convocatoria se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases
1. La presente resolución tiene por objeto convocar, para el año 2026, la participación en el programa «Astronauta por un Día», de conformidad con lo dispuesto en la Orden CNU/130/2026, de 20 de febrero, por la que se regula el programa «Astronauta por un Día» de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española».
2. El programa consiste en la participación en las actividades educativas, formativas y divulgativas del programa «Astronauta por un Día», desarrolladas en el marco de esta convocatoria, que culminan con una actividad formativa final de carácter aeronáutico, consistente en un vuelo parabólico en condiciones de microgravedad, así como en la participación posterior de las personas seleccionadas como Embajadoras y Embajadores del Espacio de la Agencia Espacial Española, contribuyendo a la divulgación y promoción del interés por el ámbito espacial.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en:
a) La Orden CNU/130/2026, de 20 de febrero, por la que se regula el programa «Astronauta por un Día» de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española».
b) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
d) Y demás normativa administrativa que resulte de aplicación.
1. Podrán participar en esta convocatoria las personas que formen parte de los siguientes colectivos:
a) Estudiantes de primero y segundo curso de Bachillerato, matriculados en centros docentes del sistema educativo español.
b) Estudiantes matriculados en enseñanzas universitarias oficiales de Grado en áreas STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas), en centros del sistema universitario español.
2. Las personas solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden CNU/130/2026, de 20 de febrero, por la que se regula el programa «Astronauta por un Día» de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española»:
a) Tener una edad comprendida entre 16 y 22 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) En el caso de personas menores de edad, contar con autorización expresa y consentimiento informado de sus padres, madres, tutores o representantes legales.
1. El número máximo de personas seleccionadas para participar en el programa será de hasta 25 alumnos de Bachillerato y 5 alumnos universitarios de grados STEM.
2. Se podrá establecer una lista de reserva de hasta 10 personas adicionales, que podrá utilizarse en caso de renuncia o pérdida del derecho a participar en el programa por parte de alguna de las personas seleccionadas.
3. De conformidad con los instrumentos de colaboración suscritos por la Agencia Espacial Española, podrán participar en las fases formativas del programa hasta cinco personas procedentes de la Academia General del Aire y del Espacio, cuya selección será realizada por dicha institución conforme a sus propios procedimientos internos. La participación de estas personas no computará a efectos del número máximo de plazas convocadas en régimen de concurrencia competitiva conforme a los apartados anteriores.
1. El programa comprenderá las actividades educativas, formativas y divulgativas previstas en el artículo 2 de la orden y, en la edición 2026, se desarrollará a través de las siguientes fases:
a) Evaluación inicial de las solicitudes, que incluirá la verificación de los requisitos administrativos, la valoración del expediente académico y la evaluación del vídeo de motivación presentado por las personas candidatas.
b) Reconocimiento médico obligatorio, de carácter eliminatorio, previo a la participación en la actividad principal del programa.
c) Actividad formativa final, consistente en un vuelo parabólico en condiciones de microgravedad, desarrollado en un entorno aeronáutico especializado y conforme a los estándares de seguridad aplicables.
d) Nombramiento de las personas seleccionadas como Embajadoras y Embajadores del Espacio de la Agencia Espacial Española, con el compromiso de participación activa en actividades de divulgación y sensibilización social durante un periodo de un año, contado desde la fecha de realización del vuelo parabólico.
2. La edición 2026 del programa culminará con la realización de la formación final, que se desarrollará los días 5 y 6 de mayo de 2026, e incluirá la participación de las personas seleccionadas en la actividad principal consistente en un vuelo parabólico en condiciones de microgravedad, que tendrá lugar el día 6 de mayo de 2026 en la Base Aérea de San Javier (Murcia).
3. En dicha formación final podrán participar, asimismo, en virtud de los instrumentos de colaboración suscritos por la Agencia Espacial Española, hasta cinco personas procedentes de la Academia General del Aire y del Espacio, cuya selección será realizada por dicha institución conforme a sus propios procedimientos internos.
4. En dicha fecha se llevará a cabo asimismo el nombramiento oficial de las personas participantes como Embajadoras y Embajadores del Espacio de la Agencia Espacial Española, iniciándose a partir de ese momento el cómputo del periodo de compromiso previsto en esta convocatoria.
5. Las fechas y lugares indicados podrán ser modificados por razones organizativas, meteorológicas, de seguridad aérea o técnicas, lo que será debidamente comunicado a las personas seleccionadas.
| Fase | Actuación | Fecha prevista |
|---|---|---|
| 1 | Publicación de la convocatoria y apertura de solicitudes. | Marzo 2026. |
| 2 | Evaluación de solicitudes y vídeos de motivación. | Marzo–abril 2026. |
| 3 | Reconocimientos médicos obligatorios. | Abril 2026. |
| 4 | Formación final y nombramiento de los Embajadores. | 5-6 de mayo de 2026. |
Las fechas señaladas están sujetas a modificación por circunstancias ligadas al propio desarrollo del programa, salvo la formación final prevista para los días 5 y 6 de mayo de 2026 y del evento final que se desarrollarán en la Base Aérea de San Javier.
Los reconocimientos médicos obligatorios se realizarán en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), ubicado en Torrejón de Ardoz (Madrid), en dos fechas distintas durante el mes de abril, entre las que las personas candidatas podrán optar por una de las dos opciones, de acuerdo con las instrucciones que se faciliten por la Agencia Espacial Española.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Agencia Espacial Española: https://sede.aee.gob.es.
3. Asimismo, la información general sobre el programa, sus características y el desarrollo de la convocatoria estará disponible en la página web oficial del programa: https://www.astronautaporundia.aee.gob.es.
El procedimiento de selección se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo previsto en la Orden CNU/130/2026, de 20 de febrero, por la que se regula el programa «Astronauta por un Día» de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», y en la normativa administrativa aplicable.
En la edición 2026, el proceso de selección se desarrollará de forma progresiva, mediante fases sucesivas y excluyentes, y constará de las siguientes fases:
a) Fase 1. Evaluación inicial de las solicitudes.
En esta fase se procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos administrativos y a la valoración del expediente académico de las personas solicitantes.
Como resultado de esta fase, se seleccionarán hasta un máximo de 500 personas candidatas, con mejor valoración, que accederán a la fase siguiente.
En caso de empate en la nota de corte que determine el acceso a este grupo de personas candidatas, el desempate se resolverá atendiendo a la fecha y hora en que la solicitud haya quedado correctamente presentada y completa.
Cuando haya sido necesario el trámite de subsanación, se tomará en consideración la fecha y hora de presentación de la documentación subsanada que complete la solicitud dentro del plazo concedido.
b) Fase 2. Evaluación del vídeo de motivación.
Las personas candidatas seleccionadas en la fase anterior serán evaluadas mediante la valoración del vídeo de motivación, conforme a los criterios establecidos en la presente convocatoria.
Como resultado de esta fase, se seleccionarán hasta un máximo de 40 personas candidatas, que pasarán a la fase de reconocimiento médico obligatorio.
c) Fase 3. Reconocimiento médico obligatorio.
Con carácter previo a la realización del reconocimiento médico obligatorio, las personas candidatas seleccionadas deberán aportar, a través de la sede electrónica de la Agencia Espacial Española, la siguiente documentación en un plazo máximo de tres días hábiles desde la publicación de su selección:
a) Documento nacional de identidad (DNI) o documento identificativo equivalente.
b) Certificado académico oficial del curso anterior, en el que conste la nota media.
c) En el caso de personas menores de edad, documentación acreditativa de la representación legal, mediante libro de familia, certificado de tutoría legal u otro documento válido en derecho.
El reconocimiento médico tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y comprenderá la verificación de las condiciones físicas y de salud necesarias para la participación en actividades en condiciones de microgravedad.
Asimismo, esta fase incluirá la valoración de la adecuación general de la persona candidata a las exigencias de seguridad, responsabilidad y cumplimiento de normas inherentes a la actividad formativa final.
La superación de esta fase requerirá la obtención de la calificación de apto/a, atendiendo al conjunto de los aspectos evaluados.
En caso de que el número de personas candidatas declaradas aptas supere el número máximo de plazas previstas para la formación final, hasta un máximo de 30 plazas, la selección definitiva se realizará atendiendo al orden de prelación derivado de la puntuación obtenida en las fases anteriores del proceso. Las personas seleccionadas participarán en la actividad formativa final consistente en el vuelo parabólico en condiciones de microgravedad y se les nombrará Embajadores/as de la Agencia Espacial Española.
Asimismo, las personas candidatas seleccionadas deberán manifestar expresamente su aceptación de la participación en la formación final del programa en un plazo máximo de tres días hábiles desde la publicación correspondiente.
Las personas candidatas que, habiendo superado el reconocimiento médico, no resulten seleccionadas dentro del número máximo indicado en el apartado anterior, se integrarán en una lista de espera, ordenada conforme a la valoración obtenida en el proceso de selección.
La lista de espera estará integrada exclusivamente por personas candidatas que hayan superado el reconocimiento médico obligatorio, por lo que su número podrá ser inferior al inicialmente previsto.
En caso de renuncia, imposibilidad sobrevenida o incumplimiento de los requisitos por parte de alguna de las personas seleccionadas, la Agencia Espacial Española recurrirá a la lista de espera para cubrir las plazas vacantes, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria.
El número de personas que accedan a cada fase podrá ser inferior al máximo indicado cuando así resulte de la aplicación de los criterios de valoración o por causas debidamente justificadas.
1. El vídeo de motivación tendrá carácter obligatorio y será evaluado por la comisión de selección.
2. La valoración del vídeo se realizará atendiendo, a los siguientes criterios, todos ellos con la misma ponderación:
1. Calidad técnica o científica.
2. Creatividad y claridad expositiva.
3. Motivación e interés por el programa y el ámbito espacial.
4. Creatividad y originalidad en la forma de presentar la propuesta.
3. El vídeo de motivación deberá ser breve, directo y adaptado al nivel educativo de la persona participante.
Con carácter general, el vídeo deberá cumplir las siguientes condiciones, en función del perfil de la persona candidata:
a) Estudiantes de Bachillerato.
– Duración máxima: Cuarenta y cinco segundos.
– El vídeo deberá incluir, al menos:
● Presentación personal.
● Motivación para participar en el programa.
● Por qué el espacio es importante para la persona candidata.
● Propuesta de actuación como Embajadora o Embajador del Espacio de la Agencia Espacial Española durante la edición 2026/2027.
b) Estudiantes universitarios matriculados en Grados de áreas STEM.
– Duración máxima: Sesenta segundos.
– El vídeo deberá incluir, al menos:
● Presentación personal.
● Motivación para participar en el programa.
● Explicación de cómo la formación académica de la persona candidata puede contribuir al progreso de las actividades espaciales.
● Posibles beneficios para la sociedad y/o potenciales experimentos, aplicaciones o líneas de investigación en condiciones de ingravidez, relacionados con su ámbito de especialización.
● Por qué el espacio es importante para la persona candidata.
● Propuesta de actuación como Embajadora o Embajador del Espacio de la Agencia Espacial Española durante la edición 2026/2027.
El vídeo deberá subirse a la plataforma YouTube en modo «no listado», incorporándose el enlace correspondiente en el formulario de solicitud de la sede electrónica.
Una vez presentada la solicitud, el enlace facilitado no podrá ser modificado. En el caso de que una misma persona candidata o representada, presente varias solicitudes, solo se tendrá en cuenta la última solicitud presentada, quedando sin efecto las anteriores.
La presentación del vídeo de motivación estará condicionada a la aceptación expresa, a través de la sede electrónica, de las declaraciones responsables y autorizaciones relativas a la autoría del vídeo, la veracidad de la información aportada, la visualización del vídeo por parte de la comisión de selección y, en su caso, el uso del vídeo o de fragmentos del mismo con fines educativos, informativos y de divulgación por parte de la Agencia Espacial Española, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos.
Asimismo, la persona solicitante deberá declarar que el vídeo muestra directamente al participante.
En el caso de personas menores de edad, dichas declaraciones y autorizaciones deberán ser aceptadas por sus padres, madres, tutores o representantes legales.
La no aceptación de las declaraciones y autorizaciones requeridas impedirá la valoración del vídeo de motivación.
El incumplimiento de las condiciones establecidas para el vídeo de motivación, incluida su duración máxima, formato o modo de presentación, podrá dar lugar a su no valoración por la comisión de selección, conforme a los criterios establecidos en la presente convocatoria.
1. La evaluación de las solicitudes será realizada por una comisión de selección, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden CNU/130/2026, de 20 de febrero, por la que se regula el programa «Astronauta por un Día» de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española».
2. La comisión de selección será designada por el órgano competente de la Agencia Espacial Española y actuará válidamente constituida conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Corresponderá a la comisión de selección la evaluación de las solicitudes, del expediente académico y de los vídeos de motivación, así como la formulación de las correspondientes propuestas de selección, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y en la orden citada en el apartado 1 de este artículo.
4. La comisión actuará con sujeción a los principios de objetividad, imparcialidad, igualdad de trato, transparencia y ausencia de conflicto de intereses, de conformidad con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
1. La resolución del procedimiento será dictada por la persona titular de la Dirección de la Agencia Espacial Española, de acuerdo con la propuesta formulada por la comisión de selección.
2. La resolución incluirá la relación de personas seleccionadas, así como, en su caso, la relación de personas integrantes de la lista de espera, ordenadas conforme a la valoración obtenida en el proceso de selección.
3. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses, contados desde la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Transcurrido el plazo máximo sin que se haya dictado y publicado resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. La resolución pondrá fin a la vía administrativa.
1. La presente convocatoria se publicará íntegramente en el «Boletín Oficial del Estado» y en la sede electrónica de la Agencia Espacial Española (https://sede.aee.gob.es).
2. La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» determinará el inicio del plazo de presentación de solicitudes.
Los datos de carácter personal recabados en el marco de la presente convocatoria serán tratados por la Agencia Espacial Española, como responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar la participación en el programa «Astronauta por un Día», la tramitación del procedimiento de selección, el desarrollo de las actividades previstas y el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables.
El tratamiento de los datos personales se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, en los términos previstos en la disposición adicional única de la Orden CNU/130/2026, de 20 de febrero, por la que se regula el programa «Astronauta por un Día» de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española».
La base jurídica del tratamiento será el cumplimiento de una misión realizada en interés público y el ejercicio de poderes públicos conferidos a la Agencia Espacial Española, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.1.e) del Reglamento (UE) 2016/679.
Los datos relativos a la salud, necesarios para la realización de los reconocimientos médicos obligatorios y para garantizar la seguridad de las personas participantes durante el desarrollo del programa, serán tratados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2.g) del Reglamento (UE) 2016/679, por razones de interés público esencial en el ámbito de la seguridad y la salud.
La presentación de la solicitud implicará la aceptación de la orden reguladora del programa y de la presente convocatoria, así como la aceptación, a través de la sede electrónica, de las declaraciones responsables y autorizaciones que se establezcan, relativas, entre otras, a:
– La veracidad de los datos aportados;
– la publicación del nombre de las personas seleccionadas con fines informativos y de divulgación;
– el uso de la imagen y la voz de las personas participantes (fotografías y/o vídeos) captados durante actos públicos relacionados con el programa, con fines informativos, educativos y de divulgación, en medios físicos y digitales de la Agencia Espacial Española;
– y, en su caso, la administración de medicación contra el mareo necesaria para la realización del vuelo en condiciones de ingravidez, conforme a los criterios médicos aplicables.
Cuando las personas participantes sean menores de edad, el tratamiento de sus datos personales y la aceptación de las declaraciones y autorizaciones indicadas en el apartado anterior deberán realizarse con la autorización y el consentimiento informado de sus padres, madres, tutores o representantes legales, en los términos previstos en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2018.
Los datos personales podrán ser comunicados a las entidades colaboradoras estrictamente necesarias para el desarrollo del programa, así como a las Administraciones públicas competentes, cuando resulte necesario para la tramitación y resolución del procedimiento, de conformidad con el Registro de Actividades de Tratamiento de la Agencia Espacial Española.
Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición y portabilidad, en los términos previstos en la normativa vigente, a través del correo electrónico dpdatos@aee.gob.es.
Las actuaciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 467C del presupuesto de la Agencia Espacial Española, correspondiente al ejercicio 2026.
1. Contra la resolución que ponga fin al procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de febrero de 2026.–El Director de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», Juan Carlos Cortés Pulido.
A efectos meramente informativos, la Agencia Espacial Española pone a disposición de las personas interesadas la siguiente dirección de contacto:
Agencia Espacial Española (AEE).
Calle José Galán Merino, n.º 6, 41015 Sevilla.
Correo electrónico: astronautaunadia@aee.gob.es.
La información actualizada sobre el programa estará disponible en:
https://www.astronautaporundia.aee.gob.es
https://www.astronautaporundia.es
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid