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Suscrita el 9 de febrero de 2026 la primera Adenda de modificación al Convenio por el que se fijan las condiciones de colaboración entre el Instituto social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 11 de febrero de 2026.–El Secretario General Técnico, José Luis García Castell.
En Madrid, a 9 de febrero de 2026.
REUNIDOS
De una parte, don José Javier Rodrigo de Azpiazu, Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), Organismo Autónomo, nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, de la Subsecretaria del Ministerio de Defensa, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación del ISFAS, O.A., en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Y de otra parte, doña Elena Carrascosa Romero, actuando en nombre y representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, creado por la Ley 3/1998, de 3 de marzo, tras su nombramiento como Presidente en las elecciones del 4 de octubre de 2024, de acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 7.1.ª de la Orden de 15 de diciembre de 1998 por la que se publican los Estatutos Provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos (en adelante, Consejo).
Ambas partes, en la representación que ostentan, reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir,
EXPONEN
Que con fecha 1 de diciembre de 2022 fue suscrito el Convenio por el que se fijan las condiciones de colaboración entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, para facilitar el acceso de los afiliados del Instituto, titulares y beneficiarios a los servicios de podología previstos en el anexo del convenio.
Que la cláusula cuarta del citado convenio dispone que los precios máximos aplicables podrán ser revisados cada dos años, a contar desde la entrada en vigor del actual convenio, mediante una adenda modificativa al mismo, acordada por las partes y tramitada conforme los requisitos previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Atendiendo a todo lo expuesto, manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a la suscripción del citado convenio, las partes acuerdan la presente primera adenda de modificación del mismo en lo referente al anexo, cuyo objeto es modificar los baremos de los tratamientos ofertados.
CLÁUSULAS
Esta Adenda de modificación al convenio tiene como finalidad modificar el anexo baremo del convenio, el cual queda redactado como viene establecido en el anexo de esta adenda.
El Convenio entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, suscrito el 1 de diciembre de 2022, queda modificado en el anexo al mismo, sustituyéndose por el que se acompaña a esta adenda.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad con el contenido de la presente adenda, las partes la firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último de los firmantes.–El Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–La Presidenta del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, Elena Carrascosa Romero.
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Tarifa – Euros |
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| GRUPO: CONSULTA | |||
| 1 | CONSULTA. | 33 | |
| 2 | REVISIÓN. | 22 | |
| GRUPO: PRUEBAS DIAGNOSTICAS | |||
| P03. | ESTUDIO BIOMECANICO DE LA PISADA. | 54 | |
| RX. | |||
| 1318 | TOBILLO, PIE, PROYECCIONES SUCESIVAS. | 22 | |
| 1319 | TOBILLO, PIE. UNA PROYECCIÓN. | 33 | |
| ECOGRAFÍA. | |||
| 541 | DOPPLER/ECODOPPLER ARTERIAL. | 33 | |
| 548 | PLETISMOGRAFÍA. | 33 | |
| 1431 | ECOGRAFÍA ARTICULAR. | 33 | |
| 1434 | ECOGRAFÍA MUSCULAR O TENDINOSA. | 33 | |
| 8550 | PROCESO TERAPIA ARTICULAR ECOGUIADA. | 33 | |
| GRUPOS: ACTOS TERAPÉUTICOS | |||
| P01. | QUIROPODIA. | 27 | |
| P02. | UÑA INCARNADA.TRATAMIENTO CONSERVADOR. | 27 | |
| 695 | TRATAMIENTO TUMORES CUTÁNEOS.VERRUGAS EN CONSULTA. |
22 SESIÓN |
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| 913 | INFILTRACIÓN ARTICULAR/PERIARTICULAR (INCLUYE MEDICACIÓN). |
33 SESIÓN |
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| 2521 | INFILTRACIÓN PUNTO GATILLO Y MUSCULOTENDINOSOS. |
33 SESIÓN |
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| GRUPO: QUIRÚRGICO | |||
| GRUPO 1. | |||
| 712 | TUMORES BENIGNOS CUTANEOS. EXTIRPACIÓN. | 163 | |
| 714 | UÑA INCARNADA. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. | 163 | |
| FORFAIT G1. | 109 | ||
| GRUPO 2. | |||
| 734 | HIGROMAS.BURSITIS. GANGLIONES Y QUISTES SINOVIALES. EXTIRPACIÓN. | 272 | |
| 2014 | DEDO EN RESOSTE, MARTILLO, GARRA…TRATAMIENTO QUIRURGICO. | 272 | |
| 2019 | JUANETE DE SASTRE, QUINTO SUPRADUCTUS. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. | 272 | |
| FORFAIT G2. | 217 | ||
| GRUPO 3. | |||
| 770 | TENOTOMÍAS. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. | 326 | |
| 2028 | ESPOLÓN CALCÁNEO Y NEUROMA DE MORTON. EXTIRPACIÓN. | 326 | |
| 2039 | HALLUS VALGUS, VARUS, RIGIDUS…TRATAMIENTO QUIRURGICO UNILATERAL. | 326 | |
| 2044 | OSTEOCONDROMAS. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. | 326 | |
| 2045 | OSTEOTOMÍAS PIE SIN OSTEOSÍNTESIS. | 326 | |
| 2051 | TENOLISIS Y TENOSINOVISTIS. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. | 326 | |
| FORFAIT G3. | 326 | ||
| GRUPO 4. | |||
| 2110 | OSTEOTOMÍAS PIE CON OSTEOSINTESIS. | 434 | |
| FORFAIT G4. | 434 |
Abono: Se añadirá este importe al del acto quirúrgico, en el caso de que el quirófano esté ubicado en la consulta del podólogo/a. Incluye material fungible, quirúrgico y fluoroscopio y/o ecógrafo. En caso de alquiler de quirófano externo, se pactarán precios por escrito de este suplemento, con anterioridad a la cirugía.
Tratamientos no incluidos en este nomenclator: Se realizará un 15 % de descuento, sobre la tarifa de la clínica.
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