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Documento BOE-A-2026-3857

Resolución 420/38062/2026, de 11 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, por el que se fijan las condiciones de colaboración.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 19 de febrero de 2026, páginas 26001 a 26004 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2026-3857

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 9 de febrero de 2026 la primera Adenda de modificación al Convenio por el que se fijan las condiciones de colaboración entre el Instituto social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 11 de febrero de 2026.–El Secretario General Técnico, José Luis García Castell.

ANEXO
Primera Adenda de modificación al Convenio por el que se fijan las condiciones de colaboración entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos

En Madrid, a 9 de febrero de 2026.

REUNIDOS

De una parte, don José Javier Rodrigo de Azpiazu, Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), Organismo Autónomo, nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, de la Subsecretaria del Ministerio de Defensa, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación del ISFAS, O.A., en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

Y de otra parte, doña Elena Carrascosa Romero, actuando en nombre y representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, creado por la Ley 3/1998, de 3 de marzo, tras su nombramiento como Presidente en las elecciones del 4 de octubre de 2024, de acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 7.1.ª de la Orden de 15 de diciembre de 1998 por la que se publican los Estatutos Provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos (en adelante, Consejo).

Ambas partes, en la representación que ostentan, reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 1 de diciembre de 2022 fue suscrito el Convenio por el que se fijan las condiciones de colaboración entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, para facilitar el acceso de los afiliados del Instituto, titulares y beneficiarios a los servicios de podología previstos en el anexo del convenio.

Segundo.

Que la cláusula cuarta del citado convenio dispone que los precios máximos aplicables podrán ser revisados cada dos años, a contar desde la entrada en vigor del actual convenio, mediante una adenda modificativa al mismo, acordada por las partes y tramitada conforme los requisitos previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Atendiendo a todo lo expuesto, manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a la suscripción del citado convenio, las partes acuerdan la presente primera adenda de modificación del mismo en lo referente al anexo, cuyo objeto es modificar los baremos de los tratamientos ofertados.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Esta Adenda de modificación al convenio tiene como finalidad modificar el anexo baremo del convenio, el cual queda redactado como viene establecido en el anexo de esta adenda.

Segunda. Modificación del Convenio entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.

El Convenio entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, suscrito el 1 de diciembre de 2022, queda modificado en el anexo al mismo, sustituyéndose por el que se acompaña a esta adenda.

Tercera. Eficacia.

La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad con el contenido de la presente adenda, las partes la firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último de los firmantes.–El Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–La Presidenta del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, Elena Carrascosa Romero.

ANEXO
Baremo

Especialidad podología

     

Tarifa

Euros

    GRUPO: CONSULTA  
  1 CONSULTA. 33
  2 REVISIÓN. 22
    GRUPO: PRUEBAS DIAGNOSTICAS  
P03.   ESTUDIO BIOMECANICO DE LA PISADA. 54
RX.      
  1318 TOBILLO, PIE, PROYECCIONES SUCESIVAS. 22
  1319 TOBILLO, PIE. UNA PROYECCIÓN. 33
ECOGRAFÍA.      
  541 DOPPLER/ECODOPPLER ARTERIAL. 33
  548 PLETISMOGRAFÍA. 33
  1431 ECOGRAFÍA ARTICULAR. 33
  1434 ECOGRAFÍA MUSCULAR O TENDINOSA. 33
  8550 PROCESO TERAPIA ARTICULAR ECOGUIADA. 33
    GRUPOS: ACTOS TERAPÉUTICOS  
P01.   QUIROPODIA. 27
P02.   UÑA INCARNADA.TRATAMIENTO CONSERVADOR. 27
  695 TRATAMIENTO TUMORES CUTÁNEOS.VERRUGAS EN CONSULTA.

22 SESIÓN

  913 INFILTRACIÓN ARTICULAR/PERIARTICULAR (INCLUYE MEDICACIÓN).

33 SESIÓN

  2521 INFILTRACIÓN PUNTO GATILLO Y MUSCULOTENDINOSOS.

33 SESIÓN

    GRUPO: QUIRÚRGICO  
GRUPO 1.      
  712 TUMORES BENIGNOS CUTANEOS. EXTIRPACIÓN. 163
  714 UÑA INCARNADA. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. 163
    FORFAIT G1. 109
GRUPO 2.      
  734 HIGROMAS.BURSITIS. GANGLIONES Y QUISTES SINOVIALES. EXTIRPACIÓN. 272
  2014 DEDO EN RESOSTE, MARTILLO, GARRA…TRATAMIENTO QUIRURGICO. 272
  2019 JUANETE DE SASTRE, QUINTO SUPRADUCTUS. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. 272
    FORFAIT G2. 217
GRUPO 3.      
  770 TENOTOMÍAS. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. 326
  2028 ESPOLÓN CALCÁNEO Y NEUROMA DE MORTON. EXTIRPACIÓN. 326
  2039 HALLUS VALGUS, VARUS, RIGIDUS…TRATAMIENTO QUIRURGICO UNILATERAL. 326
  2044 OSTEOCONDROMAS. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. 326
  2045 OSTEOTOMÍAS PIE SIN OSTEOSÍNTESIS. 326
  2051 TENOLISIS Y TENOSINOVISTIS. TRATAMIENTO QUIRÚRGICO. 326
    FORFAIT G3. 326
GRUPO 4.      
  2110 OSTEOTOMÍAS PIE CON OSTEOSINTESIS. 434
    FORFAIT G4. 434

Abono: Se añadirá este importe al del acto quirúrgico, en el caso de que el quirófano esté ubicado en la consulta del podólogo/a. Incluye material fungible, quirúrgico y fluoroscopio y/o ecógrafo. En caso de alquiler de quirófano externo, se pactarán precios por escrito de este suplemento, con anterioridad a la cirugía.

Tratamientos no incluidos en este nomenclator: Se realizará un 15 % de descuento, sobre la tarifa de la clínica.

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