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Documento BOE-A-2026-3060

Resolución de 16 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Alegría Natural.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 2026, páginas 21203 a 21204 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2026-3060

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por doña Esther Lojo Escalante, don Carlos Valero Fernández-Reyes y doña Susana Escalante Lojo según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Casar de Cáceres Rebeca Sánchez Aguilar, notaria de Alcántara, actuando como sustituta de la notaría de Montánchez por incompatibilidad de su titular Carlos Valero Fernández-Reyes, el 31 de julio de 2024, con el número 770 de protocolo, rectificada por otra otorgada ante Ignacio Capitán Sierra notario de Garrovillas actuando como sustituto de la notaría de Montánchez por incompatibilidad de su titular Carlos Valero Fernández-Reyes.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en camiño do Carballal, 36, CP 36620 de Vilanova de Arousa (Pontevedra) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000,00 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada completamente como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Promoción del bienestar humano a través de la educación experiencial basada en conocimientos científicos y tradicionales.

Conservación y regeneración de ecosistemas, mediante la investigación aplicada y la implementación de modelos sostenibles.

Fomento del desarrollo comunitario sostenible, impulsando la transferencia de conocimiento y tecnologías eco-sociales.

Quinto. Patronos.

Doña Esther Lojo Escalante, don Carlos Valero Fernández-Reyes y doña Susana Escalante Lojo.

Cargos:

Presidente: Doña Esther Lojo Escalante.

Vicepresidente: Doña Susana Escalante Lojo.

Secretario: Don Carlos Valero Fernández-Reyes.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 4 de diciembre de 2025.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Alegría Natural Patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 16 de diciembre de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, María Ester Pérez Jerez.

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