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Documento BOE-A-2026-21940

Orden TED/1099/2026, de 6 de octubre, por la que se establecen los precios públicos relativos al suministro de materiales forestales de reproducción y al servicio de analítica de laboratorio de semillas forestales.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 21 de octubre de 2026, páginas 140705 a 140719 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2026-21940
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2026/10/06/ted1099

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Red de Centros Nacionales de Recursos Genéticos Forestales, dependientes de la Subdirección General de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, realiza una actividad de suministro de materiales forestales de reproducción (semillas, frutos, plantas y partes de plantas forestales). Mediante esta actividad se cubren las necesidades, tanto de viveros públicos como particulares, de una materia prima que el sector privado también puede producir, recolectar y vender.

Por otro lado, en el contexto de la citada Red de Centros, existe un laboratorio de analítica de semillas forestales ubicado en el centro El Serranillo (Guadalajara), que puede prestar un servicio de evaluación cualitativa al sector de semillas y viveros forestales.

Los productos suministrados y los servicios prestados por la Red de Centros Nacionales de Recursos Genéticos Forestales satisfacen las demandas específicas solicitadas voluntariamente por los usuarios y generan un coste adicional no imputable al normal desarrollo de la gestión administrativa.

Por todo lo expuesto, se hizo necesario publicar una orden ministerial que fijase los precios públicos que deben regir en los citados suministros y servicios, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26.1.a) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. Así, la Orden AAA/1742/2016, de 28 de octubre, por la que se establecen los precios públicos relativos al suministro de materiales forestales de reproducción y al servicio de analítica de laboratorio de semillas forestales, dio respuesta a estas necesidades.

Sin embargo, dado el tiempo transcurrido desde la publicación de la Orden AAA/1742/2016, de 28 de octubre, los precios públicos establecidos en dicha orden ministerial ya no cubren los costes económicos generados. Además, se considera necesario actualizar el listado de precios para incluir nuevos materiales forestales de reproducción derivados de la posibilidad de ampliar el suministro en cuanto a especies y a categoría y tipo de materiales. Por otra parte, se han presentado nuevas causas que aconsejan establecer de forma motivada unos precios reducidos en acuerdos y convenios con administraciones y entidades públicas o sin ánimo de lucro por las razones sociales, benéficas, culturales o de interés público recogidas en el artículo 25.2 de la ley citada. La fijación de estos precios se determinará en cada convenio o acuerdo de acuerdo con las causas y porcentajes que se fijan en esta orden. También se actualiza la forma de pago, mediante los modelos 069 y 074 de ingresos no tributarios y su procedimiento.

Por todo lo expuesto, se hace necesario aprobar una nueva orden que actualice los precios públicos, que han de regir en los citados suministros y servicios, habida cuenta de que en el artículo 26.1, letra a), de la Ley 8/1989, de 13 de abril, se determina que el establecimiento o modificación de la cuantía de los precios públicos se hará por orden del departamento ministerial del que dependa el órgano que ha de percibirlos y a propuesta de éste.

Esta orden se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.

En particular, se cumplen los principios de necesidad y eficacia, por cuanto la aprobación de esta orden es una acción necesaria para alcanzar el fin de interés general que persigue. El principio de proporcionalidad se ha ponderado debidamente, habida cuenta de que la orden se limita al contenido imprescindible para cumplir dicha finalidad. Asimismo, el principio de seguridad jurídica se preserva adecuadamente, dado que la orden es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y, en particular, con la Ley 8/1989, de 13 de abril.

Se cumple además con el principio de transparencia, dado que se define en la parte expositiva claramente el objetivo de la iniciativa y se ha posibilitado la participación de sus potenciales destinatarios en su elaboración, mediante el trámite de audiencia e información pública regulado por el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Por último, se atiende al principio de eficiencia, toda vez que la orden contribuye a racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos, agilizando el procedimiento de prestación de los servicios solicitados.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

La presente orden tiene como objeto establecer los precios públicos relativos al suministro de materiales forestales de reproducción de los centros nacionales de recursos genéticos forestales de El Serranillo, Puerta de Hierro, Alaquàs y Valsaín y a los servicios de analítica de los laboratorios de semillas adscritos a estos.

Artículo 2. Fijación de precios públicos.

Los precios públicos que se aplicarán por los suministros y servicios a los que se refiere la presente orden quedan fijados en las cuantías que se determinan en el anexo de esta orden.

La cuantía de dichos precios se incrementará con el impuesto sobre el valor añadido (IVA), que corresponda en cada caso según lo dispuesto en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Artículo 3. Normas generales.

1. El modelo y las instrucciones para realizar los pedidos estarán disponibles en el portal del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), dentro del apartado correspondiente a Recursos Genéticos Forestales.

2. La cantidad de semillas, frutos, plantas y partes de plantas forestales que podrá entregarse se determinará de acuerdo con las existencias disponibles, la relevancia estratégica de los lotes, las posibilidades de aprovisionamiento y otros criterios de oportunidad.

Artículo 4. Obligación de pago y reducciones del precio público.

1. El pago de los precios públicos que se fijan en el anexo de esta orden se realizará mediante ingreso del importe de la factura proforma emitida al efecto por la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, de acuerdo con el procedimiento indicado en el modelo 069 (ingresos no tributarios) o del modelo 074 en el caso de pagos desde el extranjero. Dicha factura proforma habrá sido remitida previamente al peticionario. En ningún caso debe efectuarse el pago sin estar en posesión de la correspondiente factura proforma.

En caso de que, por causas no imputables al obligado, no llegara a efectuarse la entrega, procederá la devolución del importe satisfecho que corresponda.

2. En los supuestos de suministro de semillas a entidades del sector público comprendidas en el artículo 2.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o a entidades sin ánimo de lucro, se aplicarán reducciones sobre los precios públicos en los porcentajes que se indican seguidamente, siempre y cuando las actuaciones que fundamentan tales reducciones, previstas también a continuación, estén contempladas en convenios, acuerdos o cualquier otro instrumento de colaboración:

a) Apoyo a planes y programas nacionales establecidos en la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los Recursos Genéticos Forestales (ERGF): 90 %.

b) Ejecución de los programas y proyectos de conservación y recuperación de flora amenazada, protegida y de interés promovidos por otras administraciones: 75 %.

c) Semilla recogida por la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación en la Comunidad Autónoma (excepto huertos semilleros): 20 %.

d) Semilla recogida por la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación en los huertos semilleros situados en la Comunidad Autónoma: 40 %.

e) Semilla recogida en otros huertos semilleros o fuentes en territorio español y fuera de la Comunidad Autónoma en el marco de la colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma o Administración correspondiente: 15 %.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Orden AAA/1742/2016, de 28 de octubre, por la que se establecen los precios públicos relativos al suministro de materiales forestales de reproducción y al servicio de analítica de laboratorio de semillas forestales.

Disposición final primera. Título competencial.

La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva relativa a la legislación básica sobre protección del medio ambiente y sobre montes y aprovechamientos forestales, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.

Disposición final segunda. Actualización de precios.

Los precios públicos se actualizarán para ajustarlos a los costes reales, al menos una vez cada cinco años, mediante la modificación de la presente orden. La actualización de precios surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de octubre de 2026.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz.

ANEXO
Precios públicos relativos al suministro de materiales forestales de reproducción y al servicio de analítica de laboratorio de semillas forestales (1) (2)

(1) Los precios públicos mostrados no incluyen ni IVA ni, en su caso, transporte o envío.

(2) Los precios públicos correspondientes a suministros incluyen el importe de los embalajes.

1. Precios públicos de semillas forestales

Especie-Región de procedencia Categoría

Precio

(€/kg)

Abies alba. Seleccionada. 329,00
Abies alba. Identificada. 269,34
Abies pinsapo. Identificada. 244,89
Acer campestre.   30,98
Acer monspessulanum.   101,63
Acer opalus.   103,54
Acer platanoides. Identificada. 60,43
Acer pseudoplatanus. Identificada. 33,12
Adenocarpus sp.   112,09
Aesculus hippocastanum.   2,27
Alnus glutinosa. Identificada. 460,00
Amelanchier ovalis.   990,84
Amygdalus communis.   3,29
Anabasis sp.   488,00
Anagyris foetida.   247,67
Anthyllis cytisoides.   136,48
Arbutus unedo - Pureza <40%. Identificada. 375,50
Arbutus unedo - Pureza 40-60%. Identificada. 745,45
Arbutus unedo - Pureza 61-85%. Identificada. 1.085,00
Arbutus unedo - Pureza >85%. Identificada. 1.787,27
Arctostaphyllos uva-ursi.   217,08
Asparagus albus.   262,20
Atriplex sp.   193,45
Ballota hirsuta.   610,90
Berberis vulgaris.   314,32
Betula pendula. Identificada. 341,14
Betula pubescens. Identificada. 275,24
Borago officinalis.   167,64
Bupleurum fruticosum.   178,56
Buxus balearica.   418,40
Buxus sempervirens.   384,96
Calicotome sp.   598,24
Calluna vulgaris.   5.131,93
Carpinus betulus. Identificada. 90,18
Carya illinoinensis.   33,48
Castanea sativa. Identificada. 6,60
Castanea sativa. Seleccionada. 8,05
Casuarina cunninghamiana.   491,39
Casuarina equisetifolia.   616,60
Catalpa bignonioides.   63,19
Cedrus atlantica. Identificada. 287,06
Cedrus deodara.   148,25
Cedrus libani. Identificada. 287,06
Celtis australis.   87,90
Ceratonia siliqua.   44,88
Cercis siliquastrum.   53,48
Chamaecyparis lawsoniana.   843,91
Chamaerops humilis.   37,01
Cistus albidus.   221,18
Cistus clusii.   385,88
Cistus crispus.   658,17
Cistus ladanifer.   154,46
Cistus laurifolius.   290,65
Cistus libanotis.   375,71
Cistus monspeliensis.   321,69
Cistus populifolius.   227,42
Cistus psilosepalus.   232,55
Cistus salvifolius.   184,58
Cladium mariscus.   237,60
Colutea arborescens.   144,22
Colutea hispanica.   273,32
Coriaria myrtifolia.   376,62
Cornus mas.   104,46
Cornus sanguinea.   59,11
Coronilla juncea.   268,83
Coronilla valentina glauca.   206,20
Corylus avellana.   18,16
Cotoneaster granatensis.   343,28
Cotoneaster horizontalis.   258,77
Cotoneaster lactea.   269,25
Crataegus azarollus.   115,10
Crataegus laciniata.   96,94
Crataegus laevigata.   66,72
Crataegus monogyna.   66,68
Cryptomeria japonica.   382,00
Cupressus arizonica.   144,86
Cupressus lusitanica.   297,81
Cupressus macrocarpa.   298,00
Cupressus sempervirens horizontalis.   154,25
Cupressus sempervirens pyramidalis.   160,14
Cytisus arboreus, C. baeticus.   249,70
Cytisus grandiflorus.   506,00
Cytisus multiflorus.   167,76
Cytisus scoparius.   193,57
Cytisus striatus.   319,60
Daphne gnidium.   553,34
Dittrichia viscosa.   286,26
Dorycnium pentaphyllum.   261,23
Ephedra sp.   356,60
Erica sp.   1.850,20
Euonymus europaeus.   87,92
Fagus sylvatica. Identificada. 69,25
Fagus sylvatica. Seleccionada. 70,30
Ficus carica.   480,00
Flueggea tinctoria.   362,01
Foeniculum vulgare.   200,64
Frangula alnus.   225,08
Fraxinus angustifolia. Identificada. 33,58
Fraxinus excelsior. Identificada. 33,73
Fraxinus ornus.   33,56
Genista scorpius.   394,46
Genista sp.   377,45
Ginkgo biloba.   51,70
Gleditsia triacanthos.   35,30
Halimium atriplicifolium.   232,88
Halimium halimifolium.   643,78
Hedera helix.   136,33
Helianthemum sp.   879,00
Hippophae rhamnoides.   186,54
Ilex aquifolium. Identificada. 184,80
Jasminum fruticans.   228,08
Juglans nigra. Identificada. 13,27
Juglans regia. Identificada. 6,73
Juniperus communis. Identificada. 923,25
Juniperus oxycedrus. Identificada. 404,50
Juniperus phoenicea. Identificada. 412,53
Juniperus phoenicea turbinata. Identificada. 412,53
Juniperus sabina.   323,14
Juniperus thurifera. Identificada. 345,73
Larix decidua. Identificada. 760,84
Larix kaempferi. Identificada. 760,84
Laurus nobilis.   34,52
Lavandula latifolia.   410,92
Lavandula sp.   462,74
Libocedrus decurrens.   829,00
Ligustrum vulgare.   105,96
Ligustrum sp.   43,09
Liquidambar styraciflua.   436,00
Liriodendron tulipifera.   138,07
Lonicera arborea.   509,46
Lonicera etrusca.   680,18
Lonicera implexa.   333,41
Lonicera periclymenum.   822,45
Lonicera xylosteum.   431,22
Lycium intricatum.   436,00
Lygeum spartum.   318,30
Limonium sp.   460,00
Maytenus senegalensis.   359,00
Malus sylvestris.   736,67
Medicago arborea.   153,30
Melia azedarach.   40,54
Morus alba.   284,44
Morus nigra.   304,00
Myrtus communis.   221,66
Nerium oleander.   183,17
Olea europaea. Identificada. 41,12
Ononis sp.   545,38
Osyris alba.   184,80
Osyris lanceolata.   226,49
Periploca laevigata.   1.440,00
Phillyrea angustifolia.   247,47
Phillyrea latifolia.   150,24
Phlomis purpurea.   700,50
Phoenix canariensis. Identificada. 112,90
Phoenix dactylifera.   81,04
Picea abies. Identificada. 278,15
Pinus canariensis. Identificada. 231,00
Pinus canariensis. Seleccionada. 244,60
Pinus halepensis-ES01/02/13/19. Identificada. 161,66
Pinus halepensis-ES01/19. Seleccionada. 189,78
Pinus halepensis-ES03. Identificada. 195,58
Pinus halepensis-ES03. Seleccionada. 230,40
Pinus halepensis-ES04. Identificada. 224,98
Pinus halepensis-ES05/09/10. Seleccionada. 183,47
Pinus halepensis-ES05/09/10/15/16. Identificada. 156,38
Pinus halepensis-ES06/07. Identificada. 167,35
Pinus halepensis-ES07. Seleccionada. 196,61
Pinus halepensis-ES08. Identificada. 173,53
Pinus halepensis-ES11. Identificada. 131,44
Pinus halepensis-ES12/18. Identificada. 146,92
Pinus halepensis-ES14. Identificada. 142,67
Pinus halepensis-ES17. Identificada. 138,68
Pinus halepensis-ES20. Identificada. 204,40
Pinus halepensis-ES.HS Alaquas (<2007/08). Cualificada. 90,43
Pinus halepensis-ES.HS Alaquas. Cualificada. 174,40
Pinus nigra nigra-ES.HS Valsaín. Cualificada. 253,26
Pinus nigra salzmannii-ES01. Identificada. 490,90
Pinus nigra salzmannii-ES01. Seleccionada. 551,45
Pinus nigra salzmannii-ES02/04/07/08/11/13/14. Identificada. 294,58
Pinus nigra salzmannii-ES02/04/07/08/13/14. Seleccionada. 327,61
Pinus nigra salzmannii-ES03. Identificada. 244,10
Pinus nigra salzmannii-ES03. Seleccionada. 270,05
Pinus nigra salzmannii-ES05. Identificada. 230,11
Pinus nigra salzmannii-ES05. Seleccionada. 255,98
Pinus nigra salzmannii-ES06. Identificada. 404,52
Pinus nigra salzmannii-ES06. Seleccionada. 452,96
Pinus nigra salzmannii-ES09. Identificada. 305,80
Pinus nigra salzmannii-ES09. Seleccionada. 340,40
Pinus nigra salzmannii-ES10/12. Identificada. 284,34
Pinus nigra salzmannii-ES10/12. Seleccionada. 315,93
Pinus nigra salzmannii-ES07.HS Serranillo. Cualificada. 481,10
Pinus pinaster-ES01/03/16. Seleccionada. 138,17
Pinus pinaster-ES01/03/16/D. Identificada. 113,14
Pinus pinaster-ES02. Identificada. 101,60
Pinus pinaster-ES02. Seleccionada. 123,60
Pinus pinaster-ES04/06/10/11. Seleccionada. 134,16
Pinus pinaster-ES04/06/10/11/A. Identificada. 109,96
Pinus pinaster-ES05/18. Identificada. 106,99
Pinus pinaster-ES05/18. Seleccionada. 130,42
Pinus pinaster-ES07/12. Identificada. 116,53
Pinus pinaster-ES07/12. Seleccionada. 142,45
Pinus pinaster-ES08/09. Identificada. 104,21
Pinus pinaster-ES08/09. Seleccionada. 126,90
Pinus pinaster-ES13/15/17/B/E. Identificada. 120,18
Pinus pinaster-ES13/15/17. Seleccionada. 147,07
Pinus pinaster-ES14/19. Identificada. 137,95
Pinus pinaster-ES14/19. Seleccionada. 169,51
Pinus pinaster-ES20. Identificada. 124,10
Pinus pinaster-ES20. Seleccionada. 169,51
Pinus pinaster-ES.C. Identificada. 99,14
Pinus pinaster-ES.F. Identificada. 171,26
Pinus pinaster-ES.G. Identificada. 132,95
Pinus pinaster-ES09.HS Valsaín. Cualificada. 192,24
Pinus pinea. Identificada. 29,14
Pinus pinea. Seleccionada. 35,96
Pinus radiata. Identificada. 287,00
Pinus radiata. Seleccionada. 305,33
Pinus sylvestris-ES01/07. Identificada. 692,60
Pinus sylvestris-ES01/07. Seleccionada. 753,70
Pinus sylvestris-ES02. Identificada. 459,91
Pinus sylvestris-ES02. Seleccionada. 498,49
Pinus sylvestris-ES03. Identificada. 534,70
Pinus sylvestris-ES03. Seleccionada. 580,53
Pinus sylvestris-ES04. Identificada. 1.143,74
Pinus sylvestris-ES04. Seleccionada. 1.248,49
Pinus sylvestris-ES05/16/17. Identificada. 566,28
Pinus sylvestris-ES05/16/17. Seleccionada. 615,16
Pinus sylvestris-ES06. Identificada. 818,92
Pinus sylvestris-ES06. Seleccionada. 892,24
Pinus sylvestris-ES08. Identificada. 380,48
Pinus sylvestris-ES08. Seleccionada. 408,32
Pinus sylvestris-ES09. Identificada. 585,86
Pinus sylvestris-ES09. Seleccionada. 631,60
Pinus sylvestris-ES10/20. Identificada. 395,00
Pinus sylvestris-ES10/20. Seleccionada. 424,11
Pinus sylvestris-ES11. Identificada. 298,03
Pinus sylvestris-ES11. Seleccionada. 318,69
Pinus sylvestris-ES12. Identificada. 447,74
Pinus sylvestris-ES12. Seleccionada. 481,44
Pinus sylvestris-ES13. Identificada. 493,24
Pinus sylvestris-ES13. Seleccionada. 530,91
Pinus sylvestris-ES14. Identificada. 428,40
Pinus sylvestris-ES14. Seleccionada. 460,42
Pinus sylvestris-ES15. Identificada. 506,84
Pinus sylvestris-ES15. Seleccionada. 549,96
Pinus sylvestris-ES18/19. Identificada. 1.324,20
Pinus sylvestris-ES08.HS Valsaín. Cualificada. 593,56
Pinus sylvestris-ES10.HS Valsaín. Cualificada. 460,42
Pinus uncinata-ES01/02. Identificada. 606,48
Pinus uncinata-ES01/02. Seleccionada. 635,16
Pinus uncinata-ES01.HS Valsaín. Cualificada. 757,34
Pinus uncinata-ES.A/C. Identificada. 832,10
Pinus uncinata-ES.B. Identificada. 901,84
Pistacia atlantica. Identificada. 269,01
Pistacia lentiscus.   258,29
Pistacia terebinthus.   186,24
Platanus acerifolia.   34,93
Prunus avium. Identificada. 303,45
Prunus insititia.   290,00
Prunus laurocerasus.   78,78
Prunus lusitanica.   131,22
Prunus mahaleb.   133,01
Prunus padus.   196,52
Prunus prostrata.   195,82
Prunus ramburii.   195,82
Prunus serotina.   152,09
Prunus spinosa.   94,96
Pseudotsuga menziesii. Identificada. 1.287,80
Pseudotsuga menziesii. Seleccionada. 1.349,10
Punica granatum.   322,85
Pyracantha angustifolia.   125,80
Pyracantha coccinea.   148,84
Pyrus bourgaeana.   541,11
Pyrus communis.   773,34
Pyrus cordata.   700,00
Quercus canariensis. Identificada. 6,73
Quercus coccifera. Identificada. 5,94
Quercus faginea. Identificada. 5,81
Quercus ilex-ES01/08/09/10/12/15. Identificada. 5,41
Quercus ilex-ES02/03/04/05/06/07/13/14/16/17. Identificada. 7,26
Quercus ilex-ES11. Identificada. 4,30
Quercus ilex-ES.A/B/C/D/E/F/G/H/I/J/K. Identificada. 7,26
Quercus petraea. Identificada. 8,02
Quercus petraea. Seleccionada. 8,27
Quercus pubescens. Identificada. 9,97
Quercus pirenaica. Identificada. 6,20
Quercus robur. Identificada. 8,02
Quercus robur. Seleccionada. 8,27
Quercus rubra. Identificada. 8,27
Quercus rubra. Seleccionada. 8,47
Quercus suber. Identificada. 3,96
Quercus suber. Seleccionada. 7,92
Retama monosperma.   52,03
Retama sphaerocarpa.   22,69
Rhamnus alaternus.   330,61
Rhamnus alpina.   407,37
Rhamnus cathartica.   308,46
Rhamnus infectoria.   427,77
Rhamnus lycioides.   493,25
Rhamnus oleoides.   585,32
Rhamnus saxatilis.   487,44
Rhus coraria.   273,47
Robinia pseudoacacia. Identificada. 57,92
Rosa canina.   69,11
Rosa sp.   96,05
Rosmarinus officinalis.   1.088,62
Rubus ulmifolius.   329,11
Ruscus aculeatus.   128,40
Salsola vermiculata.   233,64
Salvia lavandulifolia.   157,57
Salvia officinalis.   252,18
Salvia sp.   227,92
Sambucus nigra.   183,89
Sambucus racemosa.   170,40
Santolina sp.   648,40
Satureja sp.   1.129,00
Schinus molle.   60,73
Sequoia sempervirens.   741,66
Sequoiadendron giganteum.   1.370,32
Smilax aspera.   254,38
Solanum dulcamara.   365,40
Sophora japonica.   123,18
Sorbus aria. Identificada. 508,57
Sorbus aucuparia. Identificada. 628,42
Sorbus domestica.   1.386,67
Sorbus latifolia.   977,14
Sorbus torminalis.   636,36
Spartium junceum.   105,29
Spiraea hypericifolia.   1.068,32
Stipa tenacissima.   397,50
Tamarix boveana.   825,48
Tamarix gallica. Identificada. 825,48
Taxodium distichum.   68,11
Taxus baccata. Identificada. 312,67
Teline linifolia.   253,50
Tetraclinis articulata. Identificada. 771,25
Teucrium fruticans.   276,68
Thuja orientalis.   304,53
Thymelaea hirsuta.   1.740,00
Thymus mastichina.   2.129,82
Thymus vulgaris.   779,20
Thymus zygis.   2.660,65
Tilia cordata. Identificada. 152,26
Tilia platyphyllos (fruto). Identificada. 112,78
Ulex europaeus.   321,93
Ulex parviflorus.   286,92
Ulmus glabra. Identificada. 137,17
Ulmus laevis.   139,50
Ulmus minor. Identificada. 137,17
Ulmus pumila.   104,89
Vaccinium myrtillus.   3.503,00
Viburnum lantana.   279,25
Viburnum opulus.   365,43
Viburnum tinus.   261,51
Vitex agnus-castus.   115,60
Ziziphus lotus.   288,74

En el caso de los lotes de semillas del género Pinus y de Pseudotsuga menziesii que de acuerdo con los análisis realizados presenten una facultad/viabilidad situada en los intervalos indicados en la tabla siguiente, por su nivel de utilidad derivada, se considerará como cantidad equivalente la resultante de aplicar a la cantidad que se entregue el porcentaje correspondiente que figura en la misma.

Germinación

–

Porcentaje

Cantidad equivalente

–

Porcentaje

70 - 100 100
60 – 69 85
50 – 59 70
40 - 49 55

2. Precios públicos de piña y subproducto de piña

Tipo de producto Precio
Subproducto de piña vacía. 35,04 €/t
Piña llena. 0,68 €/kg

3. Precios públicos de estaquillas de salicáceas

Tipo de producto

Precio

(€/ud)

Estaquilla de Populus sp. 0,24
Estaquilla de Salix sp. 0,53

4. Precios públicos de planta forestal (clones catalogados)

Tipo de producto

Precio

(€/ud)

Planta en contenedor de Pinus pinea con injerto de un año de clon gran productor de piñón. 18,43
Planta en contenedor de Pinus pinea con injerto de dos años de clon gran productor de piñón. 21,09
Planta en envase forestal de clones de Ulmus minor resistentes a la grafiosis de 1 savia. 10,73
Planta en maceta de clones de Ulmus minor resistentes a la grafiosis de 2 savias. 24,91
Canon por derechos de obtención aplicable a la planta comercial de clones de Ulmus minor resistentes a la grafiosis. 2,50

5. Precio público de púas de clon catalogado de pinus pinea

Tipo de producto

Precio

(€/ud)

Unidad de 50 púas de clon de Pinus pinea. 50,00

6. Precios públicos del servicio de analítica del laboratorio de semillas forestales (3)

(3) Los precios del servicio de analítica de laboratorio no incluyen la toma de muestras. Los ensayos se realizarán siempre que sea posible de acuerdo con las Normas Internacionales de la Asociación Internacional de Ensayos de Semillas (ISTA). En el caso de llevarse a cabo ensayos no contemplados en las Normas ISTA (especies no incluidas o ensayos no especificados), se hará constar a la entrega de resultados.

Tipo de servicio

Precio

(€/ud)

Determinación de la pureza específica. Especies forestales. 23,94
Pratenses y aromáticas. 54,85
Mezclas de especies (con información de la composición de la mezcla). 190,37
Mezclas de especies (sin información de la composición de la mezcla). 275,96
Determinación del peso de 1.000 semillas. Especies forestales. 23,94
Pratenses y aromáticas. 54,85
Ensayo de germinación (sólo especies forestales que no precisen pretratamiento). 35,04
Determinación del contenido de humedad. Especies que no requieran molido. 13,65
Especies que requieran molido. 17,61
Determinación de la viabilidad por el ensayo topográfico al tetrazolio. 111,91
Pretratamientos para eliminar letargos según tipo/duración (por kg de semilla o fracción). Pretratamientos cortos. 38,38
Pretratamientos largos. 130,31

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/10/2026
  • Fecha de publicación: 21/10/2026
  • Fecha de entrada en vigor: 22/10/2026
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden AAA/1742/2016, de 28 de octubre (Ref. BOE-A-2016-10193).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 26.1.a) de la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
Materias
  • Guadalajara
  • Investigación agraria
  • Laboratorios
  • Madrid
  • Plantas
  • Producción vegetal
  • Segovia
  • Semillas
  • Valencia

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