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Por Resolución rectoral de 18 de diciembre de 2024 (BOE de 25 de diciembre) y por Resolución de 12 de diciembre de 2025 (BOE de 22 de diciembre), de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), se publican las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025 para personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad. En dichas ofertas se autorizan las convocatorias, por el sistema de promoción interna, de plazas de la Escala Técnica Superior de Administración de la UNED, subgrupo A1.
Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece, entre los principios generales de actuación de las Administraciones públicas, los de racionalización, agilidad de los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le confieren el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE de 12 de marzo), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Universidad, resuelve:
Acordar, sobre la base de los motivos expuestos y en aplicación de los principios de eficacia, economía procedimental y simplificación administrativa, la acumulación en una única convocatoria de la plaza vacante resultante del proceso selectivo autorizado en la Oferta de Empleo Público de 2024 y de la plaza autorizada en la Oferta de Empleo Público de 2025 para el acceso, por el sistema de promoción interna, a la Escala Técnica Superior de Administración de la UNED, subgrupo A1.
Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Superior de Administración de la UNED, subgrupo A1, por el sistema de promoción interna, que se regirán por las bases que se establecen a continuación.
Bases de la convocatoria
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de la Escala Técnica Superior de Administración de la UNED, subgrupo A1, por el sistema de promoción interna.
1.2 Las plazas convocadas tienen su ubicación en Madrid.
1.3 Las presentes pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma; el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para al ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo; las demás disposiciones que resulten de aplicación y las presentes bases.
1.4 Cuando durante el desarrollo del proceso selectivo sea necesaria la presentación de documentación adicional, esta deberá dirigirse, a través del Registro Electrónico de la Universidad, a la Sección PTGAS Funcionario (código U02800252).
1.5 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso, cuyo desarrollo se detalla en el anexo II de la presente convocatoria.
1.6 El programa que regirá la fase de oposición es el que figura en el anexo I de esta convocatoria.
1.7 Toda la información relativa al desarrollo del proceso selectivo, así como las comunicaciones y publicaciones derivadas del mismo, se harán públicas en la página web de la Universidad Nacional de Educación a Distancia: www.uned.es; La UNED; Trabaja en la UNED; Convocatorias PTGAS; PTGAS Funcionario.
Las personas aspirantes para ingresar en la Escala Técnica Superior de Administración de la UNED, objeto de la presente convocatoria, deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, los requisitos generales de acceso al empleo público y, en particular, los siguientes:
2.1 Requisitos de promoción interna.
Las personas aspirantes que concurran a estas plazas de promoción interna deberán haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como personal funcionario en la Escala de Gestión Universitaria de la UNED y tener destino definitivo en esta universidad.
2.2 Habilitación.
No haber sido separadas mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitadas, con carácter absoluto o especial, para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial firme.
Asimismo, no podrán pertenecer a la misma escala a cuyas pruebas selectivas se presentan.
2.3 Titulación.
Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título universitario oficial de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse la correspondiente homologación o, en su caso, la equivalencia oficial exigida por la normativa vigente.
3.1 Presentación de solicitudes.
Las personas interesadas deberán presentar su solicitud por medios electrónicos a través del servicio de inscripción en pruebas selectivas de la UNED, disponible en la página web de la Universidad (http://www.uned.es; La UNED; Trabaja en la UNED; Inscripción en pruebas selectivas).
Para utilizar este servicio será necesario disponer previamente de identificador de usuario de la UNED. Quienes no lo tengan deberán obtenerlo a través del procedimiento de registro disponible en la página web de la Universidad (www.uned.es; Regístrate), siguiendo las instrucciones del sistema de obtención de identificador.
Una vez identificadas mediante usuario y contraseña, las personas aspirantes deberán tramitar su solicitud a través de la ruta indicada, siguiendo el procedimiento guiado habilitado al efecto.
La presentación electrónica de la solicitud permitirá:
– La inscripción en las pruebas selectivas.
– La incorporación de documentación a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas, cuando proceda.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La obtención del justificante de presentación en formato PDF.
La documentación adjuntada solo quedará incorporada al expediente cuando la solicitud haya sido registrada correctamente.
La solicitud se iniciará mediante la selección de la convocatoria E. Técnica Superior de Administración PI, y se desarrollará a través de las siguientes fases:
1. Datos personales.
2. Datos de contacto.
3. Datos de la solicitud.
4. Documentación.
5. Pago.
6. Resumen.
7. Finalización.
Durante la tramitación se mostrará una pantalla de progreso que permitirá comprobar el estado de cada fase. La solicitud se considerará presentada únicamente cuando se haya completado el proceso y se obtenga el correspondiente justificante de registro.
Cuando la solicitud deba ir acompañada de documentación adicional, esta deberá adjuntarse electrónicamente en los términos previstos en la base 1.4.
No obstante, cuando una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilite el funcionamiento ordinario de los sistemas electrónicos, el órgano convocante podrá autorizar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes.
3.2 Plazo de presentación.
Las solicitudes se dirigirán al Rector de la UNED, y deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.3 Derechos de examen.
Los derechos de examen serán de 15,55 euros.
Las personas integrantes de familias numerosas de categoría general tendrán derecho a una bonificación del 50 % de los derechos de examen, por lo que deberán abonar la cantidad de 7,78 euros.
El pago de la tasa, cuando proceda, se realizará dentro del proceso de inscripción electrónica, de acuerdo con lo previsto en el apartado relativo a la fase «Pago».
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la acreditación de alguna de las causas de exención total o parcial deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la exclusión de la persona aspirante, sin posibilidad de subsanación.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo establecido o la inexistencia de los requisitos que justifiquen la exención total o parcial determinarán la exclusión definitiva del proceso selectivo.
En ningún caso el pago de la tasa o la acreditación de una causa de exención sustituirá la obligación de presentar la solicitud de participación dentro del plazo establecido.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen las siguientes personas:
a) Personas con grado de discapacidad reconocida.
Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberá acreditarse mediante el correspondiente documento justificativo.
No será necesario aportar dicha documentación cuando el reconocimiento haya sido realizado por una Administración integrada en la Plataforma de Intermediación de Datos y la persona interesada autorice expresamente su consulta por la Universidad. (https://administracion.gob.es/PAG/PID).
b) Miembros de familias numerosas.
De conformidad con el artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas:
– Los miembros de familias numerosas de categoría especial estarán exentos del pago de la tasa.
– Los miembros de familias numerosas de categoría general tendrán derecho a una bonificación del 50 %.
Esta condición se acreditará mediante el correspondiente título de familia numerosa en vigor.
No será necesario aportar dicha documentación cuando el título haya sido expedido por una Administración integrada en la Plataforma de Intermediación de Datos y la persona interesada autorice expresamente su consulta.
c) Víctimas de terrorismo.
Estarán exentas las víctimas de terrorismo que acrediten dicha condición mediante sentencia judicial firme o resolución administrativa correspondiente.
Esta exención se extiende asimismo a su cónyuge o pareja de hecho, al cónyuge de la persona fallecida y a los hijos e hijas de las personas heridas o fallecidas como consecuencia de actos terroristas, en los términos establecidos por la normativa aplicable.
Las personas aspirantes deberán aportar, a través del apartado «Documentación», la documentación acreditativa correspondiente cuando no autoricen la verificación de sus datos o cuando, aun habiéndola autorizado, dicha verificación no pueda realizarse.
No será necesario volver a presentar la documentación que ya obre en el expediente de la persona interesada, siempre que continúe siendo válida y se encuentre vigente.
3.4 Instrucciones para cumplimentar la solicitud.
Los aspirantes deberán seguir las siguientes instrucciones para la cumplimentación de su solicitud:
Fases:
1. Datos personales: En esta pantalla se mostrarán los datos personales facilitados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. No será posible modificar el tipo de documento de identidad, el número de documento ni la fecha de nacimiento.
2. Datos contacto: En esta pantalla se mostrarán los datos de contacto facilitados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos podrán modificarse para la presente solicitud.
Será obligatorio consignar una dirección postal completa, una dirección de correo electrónico y, al menos, un teléfono de contacto.
3. Datos solicitud: En esta pantalla la persona aspirante deberá indicar si reúne alguna de las condiciones que dan derecho a la reducción o exención de las tasas de examen previstas en el apartado 3.3 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Miembro de familia numerosa de categoría general, Miembro de familia numerosa de categoría especial o Víctima de Terrorismo.
La opción correspondiente a personas con discapacidad solo estará disponible cuando, en el apartado 1. Datos personales, se haya indicado un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Asimismo, deberá indicar la titulación académica exigida para participar en el proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la base 2.3 de la convocatoria, así como cualquier otra titulación académica susceptible de valoración conforme a lo previsto en sus bases.
4. Documentación: En esta pantalla deberá adjuntarse la documentación acreditativa de las circunstancias que den derecho a la reducción o exención de las tasas de examen, así como aquella documentación exigida en las bases de la convocatoria.
Deberá aportarse, según corresponda, la siguiente documentación:
– Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: documento acreditativo de dicha condición, salvo que ya conste en el expediente de la persona interesada, circunstancia que deberá indicarse expresamente.
– Personas aspirantes que soliciten adaptación de tiempo o medios para la realización de las pruebas: dictamen técnico facultativo emitido por el órgano competente para la valoración del grado de discapacidad.
El Tribunal podrá solicitar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
– Familia numerosa general: título vigente acreditativo de dicha condición.
– Familia numerosa especial: título vigente acreditativo de dicha condición.
– Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
5. Pago: liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse a través de cualquiera de las siguientes modalidades:
a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos requeridos y siguiendo las instrucciones que aparecerán en pantalla hasta completar el trámite.
b) Mediante la descarga de la carta de pago y el abono de la tasa en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las instrucciones incluidas en dicho documento.
Una vez efectuado el pago y verificado por la UNED, el estado del pago pasará de «pendiente» a «pagado». En los pagos realizados mediante ingreso en oficina bancaria, este proceso de validación puede demorarse hasta tres días.
6. Resumen: En esta pantalla se mostrará un resumen de los datos consignados en los apartados anteriores, así como de la documentación aportada.
Antes de registrar la solicitud, deberá comprobar la exactitud de la información. Si los datos son exactos, deberá validarlos y pulsar el botón «Registrar».
7. Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de solicitud. La solicitud no se considerará presentada correctamente hasta que se haya completado el proceso de registro.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.
3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud, pudiendo solicitar su modificación dentro del plazo de presentación de solicitudes mediante escrito motivado. Transcurrido dicho plazo, no se admitirán modificaciones, salvo la subsanación de errores materiales, de hecho o aritméticos.
4.1 Listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad dictará una resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.
Dicha resolución se publicará en la página web de la Universidad e incluirá la relación de personas excluidas, con indicación de la causa de exclusión, así como la fecha y el lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Subsanación de solicitudes.
Las personas aspirantes expresamente excluidas, así como aquellas que no figuren ni en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la página web de la Universidad, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.
Finalizado dicho plazo, y siempre que se hubieran producido modificaciones, estas, se publicarán en los mismos lugares en que lo fueron difundidas las relaciones provisionales.
Las personas aspirantes que no acrediten, dentro del plazo señalado, el cumplimiento de los requisitos necesarios para su inclusión en la relación de admitidas quedará definitivamente excluidas del proceso selectivo.
Con el fin de evitar errores y facilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de excluidas, sino también que aparecen correctamente incluidas en la relación de admitidas.
La exclusión por causas imputables a la persona interesada no dará derecho a la devolución de los derechos de examen. En los casos en que proceda dicha devolución esta se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.
5.1 El Tribunal calificador del presente proceso selectivo es el que figura en el anexo III a esta convocatoria.
Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; las bases de esta convocatoria y demás normativa vigente que resulte de aplicación.
5.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española, el Tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.
Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, el Tribunal tendrá la categoría primera.
5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación de personas asesoras especialistas para colaborar en aquellas fases del proceso selectivo en las que se estime necesario. Su actuación se limitará al ejercicio de sus respectivas especialidades técnicas.
Igualmente, cuando las circunstancias del proceso selectivo así lo aconsejen, podrá designarse personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará bajo la dirección del Tribunal.
5.4 Las personas integrantes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y comunicarlo al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
La presidencia solicitará a las personas integrantes del Tribunal, así como a las asesoras especialistas y al personal colaborador que participe en el proceso, una declaración expresa de no encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias señaladas.
Asimismo, las personas aspirantes podrán promover la recusación de los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
5.5 Previa convocatoria de la Presidencia, el Tribunal se constituirá con la asistencia de la persona que ejerza la Presidencia y de la Secretaría, o de quienes les sustituyan, así como de, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o suplentes.
Deberán celebrar su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días respecto de la fecha prevista para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición.
En dicha sesión, el Tribunal adoptará las decisiones necesarias para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Funcionario de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, sita en Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, siendo su dirección de correo electrónico: accesopasfuncionario@adm.uned.es.
5.7 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de nombramiento que contravenga esta limitación será nula de pleno derecho.
5.8 Contra los actos y las actuaciones de trámite del Tribunal que decidan directa o indirectamente sobre el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
De conformidad con la base 1.5, el procedimiento selectivo constará de las siguientes fases:
6.1 Fase de oposición.
La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que se detallan en el anexo II de la presente convocatoria.
6.2 Fase de concurso.
Una vez finalizada la fase de oposición, tendrá lugar la fase de concurso, en la que únicamente podrán participar las personas aspirantes que hayan superado aquella.
En esta fase se valorarán los méritos acreditados por las personas aspirantes conforme al baremo establecido en el anexo II de la convocatoria.
7.1 La fase de oposición de este proceso selectivo se celebrará en Madrid.
7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará a partir del mes de marzo de 2027.
7.3 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo apellido comience por la letra «B», de conformidad con la Resolución de 29 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 3 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 23 de junio.
Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios en llamamiento único, quedando excluidas quienes no comparezcan, salvo en los supuestos debidamente justificados y apreciados por el Tribunal, de acuerdo con la normativa vigente.
7.4 En cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de ellas no reúne la totalidad de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo, previa audiencia de la persona interesada propondrá su exclusión al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, remitiendo asimismo las inexactitudes o falsedades detectadas en la solicitud de participación a los efectos que procedan.
7.5 Corresponde al Tribunal resolver cuantas incidencias puedan surgir durante el desarrollo de los ejercicios y adoptar las decisiones que estime necesarias para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo.
7.6 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, ordenada según la puntuación obtenida.
7.7 Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación mencionada en el apartado anterior, para presentar, a través del Registro Electrónico de la Universidad, la documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración en la fase de concurso.
La documentación deberá dirigirse a la Sección PTGAS Funcionario (código U02800252).
Los méritos relativos a servicios prestados deberán acreditarse mediante certificación expedida por la unidad de personal del organismo o entidad donde dichos servicios hubieran sido prestados.
La falta de presentación de la documentación dentro del plazo establecido determinará la no valoración de los méritos correspondientes.
7.8 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes, con indicación expresa de la valoración otorgada en cada uno de los méritos objeto de la baremación.
7.9 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
En caso de empate, este se resolverá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
Primero: Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
Segundo: Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
Tercero: Mayor puntuación obtenida en los méritos de la fase de concurso, siguiendo el orden de prelación establecido en la convocatoria.
Si persistiera el empate, se atenderá a la mayor antigüedad reconocida en la UNED, computándose para ello los años, meses y días de servicio, que conste en la Unidad de Personal, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
8.1 Finalizadas las fases de oposición y concurso, el Tribunal hará pública la relación de las personas que hayan superado el proceso selectivo, con indicación de la puntuación total obtenida, así como de las puntuaciones alcanzadas en cada una de las fases.
8.2 El Tribunal elevará al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera de la Escala Técnica Superior de Administración de la UNED a favor de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
Mediante resolución del Rectorado se hará público en el «Boletín Oficial del Estado» el nombre de las personas propuestas para su nombramiento.
9.1 En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución por la que se hagan públicos los nombres de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, estas deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos para el acceso a la Escala de Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
La documentación deberá dirigirse a la Vicegerencia de Recursos Humanos y Organización, Sección PTGAS Funcionario, salvo aquella que ya obre en poder de dicha unidad.
Asimismo, dentro del mismo plazo deberá presentarse, debidamente cumplimentada, la declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, conforme al modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria.
9.2 Si, dentro del plazo señalado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, las personas aspirantes propuestas no presentaran la documentación requerida o del examen de esta se dedujera que no reúnen alguno de los requisitos exigidos en la base segunda, no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
9.3 El nombramiento como personal funcionario de carrera de la Escala Técnica Superior de Administración de la UNED se efectuará mediante resolución de la autoridad convocante, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
9.4 La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
10.1 La participación en el presente proceso selectivo implica la plena aceptación de las bases de esta convocatoria y de las decisiones que adopte el Tribunal en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de las reclamaciones y recursos que procedan conforme a la normativa vigente.
El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas puedan plantearse en la aplicación e interpretación de estas bases, así como para adoptar los acuerdos y medidas necesarias para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo.
10.2 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Madrid, 9 de septiembre de 2026.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.
I. Derecho Administrativo
1. Las fuentes del Derecho Administrativo: concepto y clases. Los principios de reserva de ley, de jerarquía normativa y de competencia. Nulidad de pleno derecho de las disposiciones administrativas por infracción de tales principios. La inderogabilidad singular de las disposiciones administrativas de carácter general.
2. La Ley. Los titulares de la potestad legislativa. Elaboración de las leyes. Leyes orgánicas y leyes ordinarias. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley.
3. La potestad reglamentaria: fundamento y órganos que la poseen. El Reglamento: concepto, clases y límites. Procedimiento de elaboración de los reglamentos. Validez de los reglamentos y control de la potestad reglamentaria. La costumbre: clases y prueba. Los principios generales del Derecho. La jurisprudencia: su valor. La doctrina de los autores.
4. La Administración Pública: principios constitucionales informadores y la noción de Administración Pública en las Leyes 39 y 40/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público. Personalidad jurídica de las Administraciones públicas. La organización administrativa. El órgano administrativo: concepto, elementos y naturaleza. Clases de órganos administrativos: en especial, los colegiados.
5. La competencia: naturaleza, clases y criterios de delimitación. Desconcentración y delegación de competencias. Avocación. Delegación de firma. Encomienda de gestión. Suplencia.
6. Las potestades administrativas. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad: en especial, la desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.
7. El ciudadano ante la Administración: capacidad y situaciones jurídicas. Derechos públicos subjetivos e intereses legítimos: concepto y diferencias. Clasificación de los derechos públicos subjetivos. Situaciones jurídicas pasivas.
8. Los actos jurídicos de la Administración: actos sometidos a Derecho público y actos sometidos a Derecho privado. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. La forma de los actos administrativos: la motivación, la notificación y la publicación.
9. La eficacia de los actos administrativos: fundamento y naturaleza. Su ejecutividad. La ejecución forzosa por la Administración de los actos administrativos.
10. La invalidez de los actos administrativos: nulidad de pleno derecho, anulabilidad e irregularidades no invalidantes. La convalidación, conservación y conversión de actos administrativos. La declaración de nulidad. Los errores materiales o de hecho. La declaración de nulidad de pleno derecho por la Administración mediante revisión de oficio. Declaración de lesividad de actos anulables. La revocación.
11. Los recursos administrativos: concepto y clases. El recurso de alzada y potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión.
12. Los convenios tras la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Definición y tipos. Requisitos de validez y eficacia. Contenido. Trámites para su suscripción. Extinción. Efectos de su resolución. Los encargos de los poderes adjudicadores a medios propios personificados.
13. La obligación de resolver de la Administración. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud de interesado. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio.
14. El procedimiento administrativo: su naturaleza y fines. La regulación del procedimiento administrativo en el Derecho español. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: los principios generales del procedimiento administrativo y el procedimiento administrativo común. Abstención y recusación.
15. Los interesados en el procedimiento administrativo. Derechos de los ciudadanos. Términos y plazos. La iniciación, la ordenación y la instrucción del procedimiento administrativo. La prueba. Participación de los interesados. Finalización: Terminación convencional. La resolución. Otros modos de terminación: desistimiento, renuncia y caducidad. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
16. La gestión de los procedimientos administrativos en la administración digital. Documento, expediente y archivo electrónicos. La firma electrónica. Normas de interoperabilidad.
17. El proceso contencioso-administrativo. La Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
18. La potestad sancionadora: principios. El procedimiento sancionador.
19. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Especialidades de procedimiento. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas.
20. La expropiación forzosa. Legislación vigente. Sujeto y objeto de la expropiación. Procedimiento. La reversión de bienes expropiados.
21. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
22. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
23. El patrimonio de las Administraciones públicas. Bienes que lo integran. Normas generales. Prerrogativas. Adquisición de bienes y derechos. El dominio público: concepto, naturaleza jurídica y clases. El régimen jurídico del dominio público.
24. Los contratos de las Administraciones públicas: criterios de distinción entre los contratos administrativos y los demás contratos de las Administraciones públicas. Legislación vigente. Órganos competentes para su celebración. Capacidad y solvencia de los contratistas. Prohibiciones.
25. La clasificación y registro de los empresarios y de los contratos. Garantías exigibles en los contratos con la Administración. Prerrogativas de Derecho Público en la contratación administrativa. Actuaciones preparatorias. Procedimientos y formas de adjudicación. Perfección y formalización. Ejecución y modificación. Extinción. La cesión de los contratos y la subcontratación.
26. El contrato de obras. Ejecución de obras por la propia Administración. El contrato de concesión de obra pública.
27. El contrato de concesión de servicios. El contrato de suministros. El contrato de servicios. Los contratos mixtos.
II. Derecho Universitario
1. Ley Orgánica del Sistema Universitario. Funciones de la Universidad. La autonomía universitaria y sus límites: jurisprudencia constitucional. Las Universidades privadas.
2. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. Los Estatutos y normas de organización y funcionamiento de las Universidades. De la coordinación universitaria: la Conferencia General de Política Universitaria, el Consejo de Universidades. De la evaluación y acreditación: la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
3. Estructura de las Universidades. Los Estatutos de la UNED Departamentos, Facultades, Escuelas y Escuelas de Doctorado. Los Institutos Universitarios de Investigación y otros centros de enseñanza universitaria adscritos a Universidades. Otros centros o estructuras necesarios para el desempeño de sus funciones.
4. Los órganos de gobierno y representación de las Universidades. La UNED: Órganos colegiados (Consejo Social, Consejo de Gobierno, Claustro Universitario, Juntas de Facultad y Escuela y Consejos de Departamento e Instituto Universitario de Investigación) y órganos unipersonales (Rector, Vicerrectores, Secretario General, Gerente, Decanos de Facultad y Directores de Escuela, de Departamento y de Instituto Universitario de Investigación y Administradores-Gerente de Centro).
5. El personal de administración y servicios de la Universidad. Régimen jurídico y clases. Relaciones de puestos de trabajo. Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal. Negociación de las condiciones de trabajo. El PTGAS funcionario de la UNED.
6. El PTGAS laboral. El tercer Convenio Colectivo del personal laboral de administración y servicios de la UNED.
7. El personal docente e investigador. Clases y régimen jurídico. Examen de la libertad de cátedra. El personal investigador en formación. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
8. El profesorado de los cuerpos docentes universitarios: regulación en la LOSU. Acceso. Situaciones administrativas. Régimen de dedicación e incompatibilidades. Retribuciones.
9. El profesorado contratado: regulación en la LOSU. El primer Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador de la UNED.
10. Los estudiantes. Acceso y permanencia de los estudiantes en la Universidad. Derechos y deberes. Régimen disciplinario. El seguro escolar.
11. Regulación de los estudios universitarios de grado. Regulación del programa de relaciones internacionales. Regulación de los estudios universitarios de posgrado. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior.
12. Titulaciones universitarias. Titulaciones oficiales y títulos propios. La regulación de la obtención, expedición y homologación de títulos académicos oficiales. Convalidación de estudios y homologación de títulos extranjeros de educación superior.
13. La investigación en la Universidad. Proyectos, contratos y programas de investigación nacionales e internacionales. El artículo 60 de la LOSU: antecedentes y su regulación en la UNED Las patentes universitarias.
14. Creación por las Universidades de fundaciones y otras personas jurídicas. La Fundación de la UNED. Los convenios de colaboración en el ámbito universitario. Los encargos de la Universidad a medios propios personificados.
15. La financiación de las Universidades. El patrimonio de las Universidades públicas. Recaudación, gestión y liquidación de precios públicos. El presupuesto universitario: elaboración, contenido y aprobación. El control de las Universidades públicas: controles interno y externo del gasto.
16. Los recursos y las reclamaciones en el ámbito universitario. Especialidades en materia de calificaciones académicas y procedimientos de selección de personal.
III. Gestión de Personal
1. El personal al servicio de las Administraciones públicas: régimen jurídico, clasificación y características. La función pública. Naturaleza y contenido de la relación jurídica entre el funcionario y la Administración. Régimen legal vigente de la función pública. Estructura de la función pública española. El personal laboral.
2. La planificación de recursos humanos en las Administraciones públicas. Instrumentos de racionalización: la oferta de empleo público y las relaciones de puestos de trabajo.
3. El personal funcionario al servicio de las Administraciones públicas (I): selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.
4. El personal funcionario al servicio de las Administraciones públicas (II): la carrera administrativa. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional. Formación y perfeccionamiento.
5. El personal funcionario al servicio de las Administraciones públicas (III): los derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.
6. El Derecho del Trabajo. Concepto y fines. Las fuentes del Derecho del Trabajo. Relaciones excluidas del ámbito de aplicación de la legislación laboral. Poder de dirección. Poder disciplinario: las infracciones y sanciones en el orden social.
7. La aplicación de las normas laborales: principios de ordenación. La relación ley-convenio colectivo. Colisión y concurrencia entre normas estatales y normas convencionales. El principio de la condición más beneficiosa. Los principios de irrenunciabilidad de derechos y territorialidad de las normas. Otros principios.
8. El contrato de trabajo: concepto y naturaleza jurídica. Modalidades. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico.
9. La duración del contrato de trabajo. Período de prueba. Clases de contratos de duración determinada. Fraude de ley en la contratación temporal.
10. El salario. Salario base y complementos salariales. Salario mínimo interprofesional. Garantías de salario. El Fondo de Garantía Salarial. La jornada de trabajo. Las horas extraordinarias. El horario de trabajo. El descanso semanal y festivo. Licencias y permisos retribuidos. Las vacaciones anuales.
11. La modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Causas, forma y efectos. En particular, el despido y la regulación de empleo. Cesión de trabajadores y sucesión de empresas.
12. La representación de los trabajadores y la libertad sindical. El convenio colectivo: concepto y naturaleza. Contenido y efectos. Aplicación e interpretación.
13. Los conflictos de trabajo. Conflictos colectivos: modos de exteriorización. La huelga. El cierre patronal.
14. Seguridad Social (I). Evolución. Caracteres generales del sistema español. El régimen general y los regímenes especiales. Reformas actuales.
15. La Seguridad Social (II). La acción protectora de la seguridad social. Tipos y características de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción y caducidad. Reintegro de prestaciones indebidas. Afiliación y cotización.
16. La Seguridad Social del personal al servicio de las Administraciones públicas. Régimen especial de clases pasivas y mutualismo administrativos.
IV. Gestión Financiera
1. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. Las leyes anuales de presupuestos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Contenido y estructura.
2. Los presupuestos generales del Estado: El procedimiento de ejecución presupuestaria. Órganos competentes. Fases. Actuaciones específicas según la clase de gastos; en particular, gastos de personal y de contratación.
3. El Presupuesto de la UNED. Estructura y bases de ejecución.
4. Procedimiento de pago. Anticipos de caja fija. Pagos a justificar. Gastos y pagos en el extranjero. Reintegros de pagos indebidos.
5. Las modificaciones presupuestarias. El control presupuestario. Tipos de control.
6. El régimen jurídico de las subvenciones públicas. Procedimiento. Subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional. Contribuciones a organismos internacionales: tipos y procedimiento.
7. El control de la actividad económico-financiera. Clases: controles externo e interno. Ámbito de aplicación. Especial referencia al control de legalidad. La Intervención General. El Tribunal de Cuentas.
8. La responsabilidad contable de los gestores públicos. Infracciones. Sujetos. Actuaciones administrativas previas. Jurisdicción contable, jurisdicción contencioso-administrativa y jurisdicción penal. Relaciones entre jurisdicciones.
9. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. El sistema impositivo español: régimen actual. Contribuciones especiales, tasas y precios públicos. Otras prestaciones patrimoniales de carácter público.
10. La revisión de los actos tributarios en vía administrativa. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas.
11. El Tesoro Público. El crédito público. Límites al endeudamiento de los entes públicos. Técnicas de financiación de las obras públicas.
12. La Contabilidad pública. La Cuenta General del Estado.
13. Las cuentas anuales en el Plan general de contabilidad. Normas de elaboración de las cuentas anuales. El balance de situación. La cuenta de pérdidas y ganancias.
El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.
1. Fase de oposición
La fase de oposición estará constituida por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio
Tendrá carácter práctico y consistirá en la resolución de dos casos prácticos propuestos por el órgano de selección, relacionados con las materias incluidas en el programa que figura en el anexo I.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento veinte minutos.
El órgano de selección podrá acordar la lectura pública del ejercicio. Durante dicha lectura podrá mantener un diálogo con la persona aspirante sobre aspectos relacionados con su contenido por un tiempo máximo de quince minutos.
En este ejercicio se valorarán, entre otros aspectos, el rigor analítico, la capacidad de razonamiento, la sistemática en la exposición, la claridad de ideas y la calidad técnica de las soluciones propuestas.
Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 20 puntos para superarlo. El tribunal determinará la puntuación directa mínima necesaria para alcanzar dicha calificación.
Segundo ejercicio
Consistirá en un ejercicio escrito integrado por las dos partes que se indican a continuación, ambas obligatorias y eliminatorias, que se realizarán en una única sesión:
Primera parte.
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas del programa incluido en el anexo I, que serán elegidos por la persona aspirante de entre cuatro temas propuestos por el tribunal.
Segunda parte.
Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema de carácter general, elegido por la persona aspirante entre dos temas propuestos por el tribunal. Dichos temas estarán basados en uno o varios epígrafes de los distintos temas incluidos en el programa del anexo I, valorándose especialmente la capacidad para relacionar contenidos pertenecientes a diferentes materias del temario.
Finalizado el ejercicio, el tribunal convocará a las personas aspirantes para la lectura pública del mismo, determinando el lugar, la fecha, la hora y, en su caso, los medios a través de los cuales se desarrollará dicha actuación. Durante la lectura, el tribunal podrá formular preguntas relacionadas con el contenido de los temas desarrollados.
En ambas partes se valorarán los conocimientos acreditados, la capacidad de análisis, la capacidad de síntesis y la calidad de la expresión escrita y oral.
El tiempo máximo para la realización del segundo ejercicio será de ciento ochenta minutos.
Se calificará de 0 a 50 puntos, distribuidos del siguiente modo:
Primera parte: de 0 a 25 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 12,5 puntos para superarla.
Segunda parte: de 0 a 25 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 12,5 puntos para superarla.
El tribunal determinará la puntuación directa mínima necesaria para superar cada una de las partes del ejercicio.
Tercer ejercicio
Tendrá carácter voluntario y consistirá en una prueba de idioma.
Las personas aspirantes deberán optar por uno de los siguientes idiomas: inglés, francés o alemán.
La prueba consistirá en la traducción directa al castellano, por escrito y sin diccionario, de un texto redactado en el idioma elegido.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Determinación de las calificaciones.
Las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición resultarán de la transformación de las puntuaciones directas obtenidas conforme a los criterios y baremos establecidos previamente por el tribunal, de acuerdo con las siguientes reglas:
a) Las puntuaciones directas mínimas fijadas por el tribunal para superar cada ejercicio o parte de este equivaldrán a las calificaciones mínimas exigidas para su superación.
b) Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas previstas para cada ejercicio.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los ejercicios que la integran.
2. Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, siempre que dichos méritos se hayan obtenido antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
a) Antigüedad.
Se valorarán los servicios efectivos prestados como Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios en puestos propios de personal funcionario en la UNED, a razón de 2 puntos por cada año completo de servicios, efectuándose el correspondiente prorrateo por meses completos para los períodos inferiores al año.
La puntuación máxima en este apartado será de 10 puntos.
b) Grado personal consolidado.
Se valorará el grado personal consolidado que ostente la persona aspirante a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con la siguiente escala:
Grado 26: 5 puntos.
Grado 24: 3 puntos.
c) Cursos de formación.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones propias del puesto convocado, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas, así como por las organizaciones sindicales u otros promotores en el marco de los acuerdos de formación para el empleo de las Administraciones públicas vigentes en el momento de realización.
No serán objeto de valoración los cursos pertenecientes a enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos académicos oficiales, los estudios de doctorado, los cursos derivados de procesos selectivos ni los diplomas acreditativos de jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Asimismo, no se valorarán aquellos cursos en cuyos certificados no conste expresamente el número de horas de duración.
La puntuación se asignará a razón de 0,06 puntos por cada hora de formación acreditada, con un máximo de 7 puntos.
Los cursos deberán acreditarse mediante copia auténtica del correspondiente diploma o certificado. No será necesaria esta acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos por la UNED en el marco de los Planes de Formación del Personal de Administración y Servicios.
Únicamente se valorarán los cursos realizados dentro de los siguientes períodos:
– Cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el caso de cursos relacionados con tecnologías de la información, ofimática o materias sujetas a obsolescencia de contenidos.
– Diez años inmediatamente anteriores a dicha fecha, para el resto de los cursos.
Tribunal titular
Presidente: Don Álvaro Martín Herrera, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Secretaria: Doña María del Carmen García Galindo, Escala Técnica Superior de Administración de la Universidad Autónoma de Madrid.
Vocales:
Doña María Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Doña Mariana de Blas Galbete, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Don José Ignacio Rico Gómez, Escala de Letrados de la Universidad Autónoma de Madrid.
Tribunal suplente
Presidenta: Doña Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.
Secretario: Don Carlos Rupérez Resa, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.
Vocales:
Don Tomás Acero Sánchez, Escala Técnica Superior de Administración de la Universidad Autónoma de Madrid.
Doña María Mercedes Díaz García, Escala de Letrados de la Universidad Autónoma de Madrid.
Doña María Belén España Martí, Escala Superior de Letrados de Castilla la Mancha.
Don/doña ……………………………………..……………………………………….. con domicilio en …………………………………………………. y con documento nacional de identidad número …………………………… declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala Técnica Superior de Administración de la UNED, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En ............................ a............ de ............................de 202..
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