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La Casa Mudéjar de Córdoba, ubicada en la calle Samuel de los Santos Gener, representa un testimonio de notable relevancia de la arquitectura doméstica cordobesa de la Baja Edad Media. El inmueble, organizado alrededor de cuatro patios y cinco casas, data de entre los siglos XIV y XV y mantiene numerosos vestigios en su estructura y decoración de la tradición omeya andalusí.
Actualmente, la Casa Mudéjar es una de las sedes del consorcio Casa Árabe, entidad pública adscrita a la Administración General del Estado a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que opera como centro estratégico y punto de encuentro en las relaciones de España con el mundo árabe.
El edificio mudéjar es buen exponente del intercambio cultural en un contexto marcado por la convivencia de un mosaico de culturas y religiones que transitan entre la Edad Media y la Edad Moderna. El estilo mudéjar, por tanto, no solo refleja valores artísticos, sino que se erige como un importante testimonio del desarrollo de la sociedad a nivel político, social y cultural. Además, la Casa Mudéjar constituye un ejemplo singular dentro del patrimonio arquitectónico cordobés al haber mantenido buena parte de su función residencial a lo largo del tiempo y permitir todavía la lectura de una residencia señorial de tradición bajomedieval.
El acceso en recodo a la Casa Mudéjar preserva la privacidad del ámbito doméstico y a su vez evoca el pasado islámico de configuración de los castillos y otros elementos defensivos cuyas entradas están dispuestas en zigzag con una finalidad estratégica. Destaca este inmueble, también, por la disposición en torno a distintos patios al que se abren las estancias principales siguiendo la influencia andalusí. Es bastante común, como se aprecia en algunas casas del ámbito cordobés, esta jerarquización entre patios principales frente a otros más modestos y pequeños de carácter privado. Los patios, sin duda, son concebidos como espacios de representación de estatus y posición social.
El primer patio constituye en el urbanismo andalusí un elemento de suma importancia como núcleo organizador de la vivienda, sirviendo además de foco de ventilación e iluminación natural. La conservación de esta estructura evidencia la continuidad de soluciones desarrolladas en el período andalusí y su pervivencia en la arquitectura residencial cordobesa. Aquí se encuentran las estancias para la servidumbre y cuadras que actualmente son usadas como espacio de exposición temporal. La fachada del frente tiene un pórtico de triple arquería mudéjar con columnas ochavadas de ladrillo que da acceso a otras salas.
Esta sucesión de patio-pórtico-sala principal-alcobas es uno de los modelos característicos de la arquitectura áulica omeya, como se aprecia, por ejemplo, en el Palacio de Madinat al-Zahra. Un esquema que se mantuvo en los periodos posteriores de Al-Andalus y que alcanzó una formulación consolidada en la arquitectura nazarí y mudéjar constituyéndose, en la actualidad, en un valioso testimonio material de los procesos de continuidad, adaptación y transformación de la tradición arquitectónica andalusí tras la incorporación de Córdoba a la Corona de Castilla.
En su conjunto, el edificio presenta notables elementos del arte andalusí, con un conjunto de capiteles y cimacios de tradición califal del siglo X y la disposición de estrechas casas en torno a patios, y un elaborado sistema de canalización de aguas junto con sus fuentes; así como elementos del arte mudéjar como son las yeserías, alfarjes, los arcos polilobulados de medio punto de fábrica de ladrillo aplantillado, además de los programas decorativos en techumbres y pavimentos con motivos de ataurique, inscripciones en caligrafía árabe, composiciones de lacería, heráldica, entre otros elementos ornamentales de variada influencia cultural.
Otro de los elementos destacados son los zócalos de pinturas murales de estilo mudéjar, que constituyen uno de los ejemplos más excepcionales preservados en la Península Ibérica, descubiertas a inicios del siglo pasado por el arqueólogo y Director del Museo Arqueológico de Córdoba, Samuel de los Santos Gener. Su programa visual parece estar orientado a la exaltación de un ideario moral y representativo de las virtudes teologales y cardinales, además de incluir escudos de la casa de los Fernández de Córdoba y Venegas. La aparición de elementos como el capelo cardenalicio ha llevado a plantear la hipótesis de que uno de los propietarios podría haber sido eclesiástico; aunque, otros aluden a la hipótesis de que fuera la casa del tesorero del Cabildo, lo que enlazaría bien con la denominación de la calle.
Sin duda, este inmueble sirvió de morada a personajes de relevancia local entre los siglos XIV y XV. Acogió importantes linajes como son los Venegas; familia de origen portugués y judía que se asentó a inicios de la conquista de la ciudad y que llegarían a ocupar importantes cargos, como alcalde mayor de Córdoba o alcaide de los Reales Alcázares.
Por todo lo expuesto, la Casa Mudéjar constituye un bien integrante del Patrimonio Histórico Español que reúne los valores históricos y artísticos necesarios que justifican su reconocimiento como Bien de Interés Cultural, en virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Se trata, además, de un bien adscrito a un servicio público de titularidad y gestión estatal, siendo una de las sedes del consorcio Casa Árabe.
En consecuencia, mediante resolución de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura, se acordó incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la Casa Mudéjar de Córdoba. La tramitación del expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se ha obtenido además el informe favorable a la declaración de la Universidad de Córdoba, como institución consultiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio.
Asimismo, se han efectuado los trámites de audiencia e información pública en tiempo y forma, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En su virtud, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, a propuesta del Ministro de Cultura, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de septiembre de 2026,
DISPONGO:
Se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Casa Mudéjar, en Córdoba.
La Casa Mudéjar se ubica en la calle Samuel de los Santos Gener, núm. 9, de Córdoba.
El inmueble, situado en una estrecha callejuela, tiene una fachada de fisonomía sencilla formada por pórtico y balconada central que da acceso en recodo a su espacio interior.
Destaca su planta laberíntica, que se organiza alrededor de cuatro patios y cinco casas, enlazados por galerías y pasadizos. Los dos primeros patios, de gran importancia en la composición, son de mayor tamaño, siendo los otros dos de menor dimensión y relevancia. Destacan los amplios: patio de entrada o de acceso a la casa y patio principal, también conocido como el patio de la fuente, frente al patio posterior o del abrevadero y patio medianero, en la actualidad cubierto, conformando así el salón de actos.
Abrazando los patios se ubican las estrechas casas y las salas principales en disposición rectangular. Dispuestas en el largo paralelo a los patios conviven otras pequeñas estancias de planta cuadrada. Cada una de ellas tiene funcionalidades diversas siguiendo el legado organizativo musulmán.
El segundo patio, considerado el principal de la vivienda, tiene una fachada que se eleva sobre un pórtico de triple arquería sustentado sobre columnas que comunican una crujía desde la que se accede a la sala principal, flanqueada por alcobas laterales.
También destacan un torreón, una sala de exposiciones temporales, el auditorio, y otros elementos históricos como son las fuentes de los patios, los pórticos de accesos a crujías de abundante decoración en yesería, los capiteles y cimacios omeyas, zócalos de pinturas mudéjares, alfarjes con decoración de lacería y heráldica, entre otros elementos.
Las partes integrantes del inmueble corresponden a la parcela completa compuesta por cinco casas y cuatro patios exteriores, de acuerdo con la descripción efectuada en este real decreto.
El inmueble conocido como la Casa Mudéjar de Córdoba tiene la referencia catastral 3643129UG4934S0001DO. La superficie del solar sobre el que se encuentra el edificio es de 967,78 m², de los cuales 311,92 m² pertenecen a los patios. El inmueble cuenta con una superficie total construida de 1.339,82 m², de los cuales 655,86 m² corresponden a la planta baja y 683,96 m² a la planta alta.
Los elementos que bajo la figura de Bien de Interés Cultural se considera necesario proteger están constituidos por el edificio mencionado, cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas UTM (ETRS89), huso 30N:
| N.º | Coordenada X | Coordenada Y |
|---|---|---|
| 1 | 343500.01 | 4194154.08 |
| 2 | 343500.42 | 4194153.78 |
| 3 | 343498.52 | 4194150.95 |
| 4 | 343501.77 | 4194148.54 |
| 5 | 343501.42 | 4194148.14 |
| 6 | 343498.29 | 4194144.55 |
| 7 | 343504.92 | 4194137.01 |
| 8 | 343501.66 | 4194134.06 |
| 9 | 343502.96 | 4194132.53 |
| 10 | 343504.37 | 4194130.87 |
| 11 | 343507.00 | 4194127.07 |
| 12 | 343498.14 | 4194119.62 |
| 13 | 343499.85 | 4194117.53 |
| 14 | 343493.59 | 4194110.79 |
| 15 | 343492.46 | 4194112.66 |
| 16 | 343490.76 | 4194115.49 |
| 17 | 343494.93 | 4194120.41 |
| 18 | 343492.80 | 4194125.70 |
| 19 | 343490.31 | 4194124.19 |
| 20 | 343484.82 | 4194122.56 |
| 21 | 343482.30 | 4194125.44 |
| 22 | 343476.70 | 4194123.60 |
| 23 | 343475.09 | 4194128.31 |
| 24 | 343472.78 | 4194134.20 |
| 25 | 343470.42 | 4194141.26 |
| 26 | 343478.87 | 4194149.35 |
| 27 | 343475.13 | 4194153.42 |
| 28 | 343476.83 | 4194154.75 |
| 29 | 343476.93 | 4194154.83 |
| 30 | 343484.40 | 4194162.10 |
| 31 | 343484.49 | 4194162.19 |
| 32 | 343485.79 | 4194163.62 |
| 33 | 343486.07 | 4194164.01 |
| 34 | 343488.79 | 4194162.00 |
| 35 | 343491.67 | 4194160.15 |
| 36 | 343492.02 | 4194160.71 |
| 37 | 343497.76 | 4194156.21 |
| 38 | 343500.01 | 4194154.08 |
El entorno de protección se define como el medio físico que rodea el monumento y contribuye a resaltar su significación, su adecuada percepción y comprensión cultural. En este caso, se consideran suficientes los límites definidos para el Bien de Interés Cultural cuya delimitación viene definida por la referencia catastral 3643129UG4934S0001DO, al integrarse la parcela dentro del Conjunto Histórico BIC de Córdoba incluido en el Tesoro Artístico Nacional por Real Orden sobre la zona artística de Córdoba de 29 de julio de 1929, y ampliado por el Decreto 63/2003, de 11 de marzo, por el que se amplía la delimitación del conjunto histórico de Córdoba, así como por su integración en el entorno de protección del Convento de la Encarnación (Monumento BIC).
La descripción complementaria del Monumento a que se refiere el presente real decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en los planos y demás documentación que obran en el expediente.
La declaración de Bien de Interés Cultural tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado el 16 de septiembre de 2026.
FELIPE R.
El Ministro de Cultura,
ERNEST URTASUN DOMÈNECH
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