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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, y la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre,
Esta Dirección de acuerdo con lo previsto en el artículo 28, del Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología, aprobado por el Real Decreto 299/2026, de 8 de abril, acuerda convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, con las especialidades establecidas por la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.
Esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará con arreglo a las siguientes
Bases
Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos para su desempeño, la antigüedad mínima requerida como personal funcionario de carrera del subgrupo A1, referida al último día de presentación de instancias, así como los conocimientos y las competencias profesionales y directivas, todo ello conforme a lo contenido en el anexo I de la presente resolución.
Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Dirección de la Agencia Estatal de Meteorología, ajustándose al modelo publicado como anexo II de esta resolución.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán a través del portal Funciona, mis servicios de RR. HH. (SIGP) –convocatoria libre designación– solicitud de convocatoria de libre designación, https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico.
En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal Funciona.
Además de los datos personales y número de registro de personal, que se consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
a) Curriculum vitae, en formato normalizado, en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales. Los aspirantes podrán valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv).
b) Escrito en el que justifique su idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
c) Cuestionario de autoevaluación para puestos de personal directivo, accesible a través del siguiente enlace:
https://cuestionariodirectivosautoevaluacion.inap.es/
El informe generado tras la cumplimentación del cuestionario autoevaluación se deberá adjuntar a la solicitud a través del portal Funciona mis servicios de RR. HH. (SIGP).
Mediante resolución de la Dirección de AEMET se designará un mínimo de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante durante la resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más ajustado al del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los aspirantes con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.
No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Estatal de Meteorología en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso–administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 27 de agosto de 2026.–La Directora de la Agencia Estatal de Meteorología, Alicia López Rejas.
| N.º orden | Centro directivo-Unidad puesto de trabajo | Provincia-Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admón. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 |
DIRECCION. DIRECCION DE TECNOLOGIA E INFRAESTRUCTURAS. DIRECTOR/DIRECTORA DE TECNOLOGIA E INFRAESTRUCTURAS (5951837). MADRID/MADRID. |
MADRID-MADRID. | 30 | 35952.70 | A1 | AE |
a) Sistema Nacional de Observación. Dirigir y coordinar la implantación, mantenimiento y evolución de las redes de observación meteorológica y la gestión del Sistema Nacional de Observación. b) Sistemas y servicios TIC y transformación digital. Dirigir y gestionar los sistemas y servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Agencia, así como coordinar e impulsar su transformación digital y la modernización tecnológica de sus procesos y servicios. c) Ciberseguridad y protección de la información. Dirigir y coordinar las actuaciones en materia de ciberseguridad y protección de la información, garantizando el cumplimiento de la normativa aplicable y la colaboración con los organismos competentes en estas materias. d) Gobierno, explotación y procesamiento de datos. Dirigir la gobernanza de los datos, el desarrollo de aplicaciones informáticas y la explotación, análisis y procesamiento de la información a través del Centro de Proceso de Datos, garantizando la disponibilidad y continuidad de esta infraestructura crítica. e) Dirección y coordinación de recursos y actividades. Dirigir y coordinar los recursos humanos, materiales y económicos adscritos a la unidad, garantizando el cumplimiento de sus objetivos, así como promover la coordinación de proyectos, actuaciones y actividades con el resto de unidades de la Agencia. |
1. Experiencia en dirección y gestión en temas relacionados con las principales funciones asignadas a la unidad (sistemas de observación meteorológica, tecnologías de la información y las comunicaciones, ciberseguridad, transformación digital, gobernanza y explotación de datos e infraestructuras críticas,…) así como dirección de recursos y la coordinación de proyectos y actuaciones transversales. 2. Experiencia en puestos directivos y liderazgo. 3. Formación acreditada, tanto recibida como impartida, en relación con las funciones a desarrollar. 4. Competencias y habilidades directivas el marco básico de competencias para el personal directivo incluidas en el anexo de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril. |
Se requieren 5 años de antigüedad mínima como personal funcionario de carrera del subgrupo A1. |
| N.º orden | Centro directivo-Unidad puesto de trabajo | Provincia-Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admón. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2 |
DIRECCION. DIRECCION DE PRODUCCION METEOROLOGICA Y CIENCIA APLICADA. DIRECTOR/DIRECTORA DE PRODUCCION METEOROLOGICA Y CIENCIA APLICADA (5951838). MADRID/MADRID. |
MADRID-MADRID. | 30 | 35952.70 | A1 | AE |
a) Producción, predicción y vigilancia meteorológica. Dirigir y coordinar los procesos de producción de información meteorológica, la gestión del Sistema Nacional de Predicción y la elaboración de avisos y predicciones meteorológicas. b) Climatología y vigilancia del clima. Dirigir y coordinar la realización de análisis y estudios climatológicos, la gestión del Banco Nacional de Datos Climatológicos y el Sistema Nacional de Vigilancia y Seguimiento del Clima. c) Modelización y herramientas de predicción. Impulsar la modelización meteorológica y el desarrollo, implantación y mejora de herramientas y sistemas de apoyo a la predicción del tiempo. d) Investigación y cooperación científico-técnica. Impulsar y coordinar la participación de la Agencia en proyectos de investigación, desarrollo e innovación de ámbito nacional e internacional relacionados con la meteorología, la climatología y la predicción. e) Dirección y coordinación de recursos y actividades. Dirigir y coordinar los recursos humanos, materiales y económicos adscritos a la unidad, garantizando el cumplimiento de sus objetivos, así como promover la coordinación de proyectos, actuaciones y actividades con el resto de unidades de la Agencia. |
1. Experiencia en dirección y gestión en temas relacionados con las principales funciones asignadas a la unidad (producción, predicción y vigilancia meteorológica; climatología y vigilancia del clima; modelización y desarrollo de herramientas de predicción; participación en proyectos de investigación de ámbito nacional e internacional,…) así como en la dirección de recursos y la coordinación de proyectos y actuaciones transversales. 2. Experiencia en puestos directivos y liderazgo. 3. Formación acreditada, tanto recibida como impartida, en relación con las funciones a desarrollar. Se valorará especialmente el curso de formación en meteorología clase I de la Organización Meteorológica Mundial. 4. Competencias y habilidades directivas el marco básico de competencias para el personal directivo incluidas en el anexo de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril. |
Se requieren 5 años de antigüedad mínima como personal funcionario de carrera del subgrupo A1. Se valorará la pertenencia al Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado. |
| N.º orden | Centro directivo-Unidad puesto de trabajo | Provincia-Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admón. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 3 |
DIRECCION. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES. JEFE/JEFA DE DEPARTAMENTO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES (5951839). MADRID/MADRID. |
MADRID-MADRID. | 30 | 30436.00 | A1 | AE |
a) Sistemas, servicios e infraestructuras TIC. Gestionar y supervisar los sistemas, infraestructuras y servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Agencia, garantizando su disponibilidad, rendimiento y continuidad operativa. b) Transformación digital y aplicaciones informáticas. Coordinar y ejecutar los proyectos de transformación digital de la Agencia, así como gestionar el desarrollo, implantación, mantenimiento e interoperabilidad de sus aplicaciones informáticas. c) Ciberseguridad y protección de la información. Coordinar las actuaciones en materia de ciberseguridad y protección de la información, garantizando el cumplimiento de la normativa aplicable y la colaboración con los organismos competentes en estas materias. d) Gobierno, explotación y procesamiento de datos. Gestionar la gobernanza, calidad, explotación y análisis de los datos de la Agencia, así como el procesamiento, almacenamiento y recuperación de la información a través del Centro de Proceso de Datos, clasificado como infraestructura crítica. e) Gestión y coordinación de recursos y actividades. Organizar y coordinar los recursos humanos, materiales y económicos asignados a la unidad, contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos y colaborando con las restantes unidades de la Agencia en el desarrollo de proyectos, actuaciones y actividades comunes. |
1. Experiencia en gestión en temas relacionados con las principales funciones asignadas a la unidad (sistemas, infraestructuras y servicios TIC; transformación digital y desarrollo de aplicaciones; ciberseguridad y protección de la información; gobierno, explotación y análisis de datos, gestión de centros de proceso de datos e infraestructuras críticas,…). 2. Experiencia en puestos directivos y liderazgo. 3. Formación acreditada, tanto recibida como impartida, en relación con las funciones a desarrollar. 4. Competencias y habilidades directivas el marco básico de competencias para el personal directivo incluidas en el anexo de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril. |
Se requieren 5 años de antigüedad mínima como personal funcionario de carrera del subgrupo A1. |
| N.º orden | Centro directivo-Unidad puesto de trabajo | Provincia-Localidad | Nivel | CE | GR/SB | Admón. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 4 |
DIRECCION. DEPARTAMENTO DE GESTION. JEFE/JEFA DE DEPARTAMENTO DE GESTION (5951840). MADRID/MADRID. |
MADRID-MADRID. | 30 | 30436.00 | A1 | AE |
a) Gestión de recursos humanos: Coordinación de gestión de plantilla, procesos selectivos, provisión de puestos, acción social, formación y prevención de riesgos laborales. b) Gestión económica presupuestaria: Coordinación de contabilidad financiera, elaboración de presupuestos, y contratación pública. c) Gestión jurídico patrimonial: Coordinación con Abogacía del Estado, asuntos generales, régimen patrimonial, transparencia y acceso a la información pública. d) Gestión y coordinación de recursos y actividades. Organizar y coordinar los recursos humanos, materiales y económicos asignados a la unidad, contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos y colaborando con las restantes unidades de la Agencia en el desarrollo de proyectos, actuaciones y actividades comunes. |
1. Contratación Pública: Experiencia demostrable en la preparación de pliegos y participación como miembro en mesas de contratación al amparo de la Ley de Contratos del Sector Público. 2. Experiencia en puestos directivos: Acreditar al menos dos años en el desempeño previo de puestos de nivel 29 o nivel 30 en el ámbito de la gestión de recursos humanos y de la gestión económico presupuestaria en la AGE. 3. Titulación universitaria superior: Licenciatura o Grado en Derecho, Administración y Dirección de Empresas, Económicas o similar y formación de postgrado en gestión y liderazgo público. 4. Cursos recibidos e impartidos, en relación con las funciones a desarrollar. 5. Competencias y habilidades directivas el marco básico de competencias para el personal directivo incluidas en el anexo de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril. |
Se requieren 5 años de antigüedad mínima como personal funcionario de carrera del subgrupo A1. |
CUERPOS O ESCALAS:
ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):
* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
TITULACIONES:
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid