La Secretaria General de Pesca, el Presidente de Puertos del Estado, el Presidente de la Autoridad Portuaria de Vigo y la Conselleira del Mar de la Xunta de Galicia han suscrito, con fecha de 8 de junio de 2026, un convenio para facilitar la contribución económica al Programa de Capacitación de la Iniciativa Puertos Azules de la FAO y divulgar el apoyo a dicha iniciativa.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente resolución.
Madrid, 22 de julio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
REUNIDOS
De una parte, doña María Isabel Artime García, Secretaria General de Pesca, en virtud de su nombramiento efectuado mediante el Real Decreto 86/2023, de 8 de febrero (BOE núm. 34, de 9 de febrero de 2023), en representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y actuando por delegación de competencias del titular de departamento de acuerdo con el apartado segundo del Capítulo II de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias.
De otra parte, don Gustavo Santana Hernández, Presidente de Puertos del Estado, en virtud de su nombramiento efectuado mediante el Real Decreto 272/2025, de 8 de abril (BOE núm. 86, de 9 de abril de 2025), actuando en nombre y representación de este organismo público en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el artículo 22.2.a) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante (TRLPEMM), aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
De otra parte, don Carlos Botana Lagarón, Presidente de la Autoridad Portuaria de Vigo, en virtud de su nombramiento efectuado mediante la Orden de 23 de junio de 2023 de la Consellería del Mar (DOG núm. 121, de fecha 27 de junio de 2023) y Orden TMA/719/2023 (BOE núm. 158 de fecha 4 de julio de 2023) y actuando en nombre y representación del organismo público en virtud del artículo 31.2.a) del TRLPEMM.
Y de otra parte, doña Marta Villaverde Acuña, Conselleira del Mar de la Xunta de Galicia, nombrado por el Decreto 35/2025, de 4 de junio (DOG núm. 106, de 5 de junio de 2025), actuando en nombre y representación de dicha consellería en ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, por la que se regula la Xunta y su Presidencia.
Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
El Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) formalizaron «ad referéndum», el 27 de enero de 2004, el «Acuerdo-Marco entre España y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación», publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 266 de fecha 7 de noviembre de 2005, para impulsar las relaciones entre España y la FAO como punto de partida para proyectos, programas y actividades en el ámbito de la agricultura, la pesca y la alimentación.
El artículo 1.3 del Acuerdo-Marco da cobertura a todos los proyectos, programas y actividades que la FAO y España realicen conjuntamente, tanto en España como en la sede de la Organización y, cuando así proceda, en otros países, con financiación que provenga de la Administración española en su conjunto (central, autonómica y local) en todos los ámbitos relacionados con la agricultura, la pesca y la alimentación mencionados en el Preámbulo de Acuerdo-Marco.
Por su parte, el artículo 1.4 del Acuerdo-Marco habilita a los Signatarios para establecer acuerdos complementarios para la ejecución de proyectos, programas y actividades de cooperación en el ámbito de la agricultura, la pesca y la alimentación.
La FAO está impulsando a nivel global la Iniciativa de Puertos Azules, que pretende fomentar el desarrollo sostenible de las zonas costeras a través de las operaciones de los Puertos Azules. Con esta finalidad se están promoviendo buenas prácticas dirigidas a la sostenibilidad de la pesca como la mejora en la gestión de los residuos en los muelles de pesca y en las lonjas, el control de la cadena alimenticia o el impulso del empleo de calidad en el sector.
En el marco de la Iniciativa de Puertos Azules, la FAO ha desarrollado el Programa de Capacitación de la Iniciativa de Puertos Azules para la gestión del conocimiento y el desarrollo de capacidades de los puertos pesqueros para preservar el medio ambiente, fomentar los beneficios sociales y promover el crecimiento económico.
Concretamente, el Programa tiene por objeto el refuerzo de la capacidad técnica de los puertos pesqueros a nivel global, permitiendo reducir las grandes diferencias existentes entre los puertos pesqueros de distintas zonas geográficas del mundo en términos de conocimiento, experiencia, capacidad técnica y financiera. Esta actividad de cooperación a todos los niveles genera una repercusión positiva en el desarrollo sostenible no solo de los puertos sino también del entorno geográfico y económico afectado por la influencia de la actividad portuaria y pesquera. El proyecto enfoca la atención en las buenas prácticas en sostenibilidad, tanto medioambiental como socioeconómica, en los puertos pesqueros, que podrán hacerse extensivas a otro tipo de puertos.
Según el artículo 8 del Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, corresponde a la Secretaría General de Pesca ejercer las funciones derivadas de la participación del Reino de España en organizaciones internacionales de pesca y la cooperación internacional en asuntos pesqueros y acuícolas en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Por su parte, a Puertos del Estado, organismo público dependiente del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, le corresponde la ejecución de la política portuaria del Gobierno, según el artículo 17 del TRLPEMM. En este contexto, y de conformidad con el artículo 52.1 de esta ley, Puertos del Estado ha elaborado el nuevo Marco Estratégico del sistema portuario de titularidad estatal, que fue aprobado por el actual Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en octubre de 2022. Este documento contiene el modelo de desarrollo estratégico, los criterios de actuación, así como los objetivos generales de gestión técnicos, económicos, financieros y de recursos humanos del conjunto del sistema portuario estatal. En el mismo, se establece como parte de uno de los objetivos generales de gestión el desarrollo de proyectos orientados a la Economía y Crecimiento Azul promovidos por las autoridades portuarias del Sistema portuario de interés general español.
De conformidad con el artículo 25 letra f) del TRLPEMM, corresponde a las Autoridades Portuarias el fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario. Así mismo, de acuerdo con el artículo 26 letra n), tienen entre sus funciones el impulso de la formación del personal y el desarrollo de estudios e investigación en materias relacionadas con la actividad portuaria y la protección del medio ambiente, así como la colaboración en ello con otros puertos organizaciones o empresas, ya sean nacionales o extranjeras.
La Autoridad Portuaria de Vigo dedica una gran cantidad de recursos a la innovación y mejora de la comunidad pesquera y portuaria, siendo el primer puerto español en tráfico de pesca, líder en el desarrollo de estrategias de crecimiento azul a nivel europeo, y partícipe e impulsor desde el comienzo de la «Iniciativa de Puertos Azules» de la FAO.
El Estatuto de Autonomía para Galicia aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, en su artículo 27.9 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, dentro de su ámbito territorial, la competencia exclusiva en materia de puertos no calificados de interés general por el Estado, puertos de refugio y puertos deportivos, a la vez que en su artículo 28.6 atribuye a la propia Comunidad Autónoma competencia para el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado, en los términos que esta establezca, en cuanto a los puertos pesqueros.
De acuerdo con el Decreto 50/2021, de 11 de marzo, por el que se aprueba su estructura orgánica, la Consellería del Mar es el órgano de la Administración gallega al que, bajo la superior dirección de la persona titular del departamento, corresponde proponer y ejecutar las directrices generales del Gobierno en materia de ordenación pesquera en aguas interiores, marisqueo, acuicultura, cofradías de pescadores/as y demás organizaciones y asociaciones de los/las profesionales del sector, industrias pesqueras y conserveras, establecimientos de almacenamiento, manipulación, ventas y transformación del pescado y enseñanzas marítimo-pesqueras, náutico-deportivas y buceo, cooperación pesquera interinstitucional y con el exterior, salvamento marítimo, lucha contra la contaminación y planificación y actuaciones portuarias, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Galicia y según los términos señalados por la Constitución Española, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder a los otros organismos de la comunidad autónoma.
Galicia cuenta con un amplio número de puertos pesqueros distribuidos a lo largo de su litoral, que conforman un sistema portuario pesquero, diverso y complejo, que presta servicio a una flota heterogénea en tamaño y actividades y a un amplio grupo de usuarios plural tanto en sus actividades como en sus intereses y que se inserta en un territorio tanto espacial como socialmente. La participación de la Conselleria do Mar en este convenio se encuadra en el marco de la Estrategia de Economía Azul de Galicia, que impulsa la participación de la comunidad autónoma en iniciativas de cooperación internacional vinculadas a puertos sostenibles y economía azul.
El 12 de julio de 2022 el MAPA, Puertos del Estado, la Autoridad Portuaria de Vigo y la Consellería del Mar de la Xunta de Galicia firmaron la Declaración Institucional por el impulso de la economía azul en los puertos pesqueros a nivel internacional en la que manifestaron su interés por apoyar la Iniciativa de Puertos Azules de la FAO y, en particular, sus actividades de capacitación y formación, como eje fundamental para su éxito.
Las instituciones firmantes ven en el Programa de Capacitación de la Estrategia de Puertos Azules de FAO una herramienta estratégica dirigida a estimular la implementación de un enfoque de economía azul en los procesos operativos de los puertos pesqueros, el desarrollo de herramientas para la implementación de buenas prácticas, y la generación de conocimiento en torno al impacto de los puertos en su área de influencia.
Asimismo, se considera que la experiencia española en el sector de la pesca, y especialmente de los puertos españoles de pesca, es un activo que debe ponerse en valor en el marco de la iniciativa de la FAO y que este apoyo podría tener un efecto muy positivo en el futuro de cara al posicionamiento de España ante una eventual creación por parte de la FAO de una oficina de la «Iniciativa de Puertos Azules» en el territorio nacional, habida cuenta del papel del Puerto de Vigo como referente internacional como primer puerto español en tráfico de pesca.
En este marco, en aras de facilitar la realización de una aportación conjunta a dicho programa en 2024, las partes suscribieron el 15 de marzo de ese año un convenio cuya duración se extendía hasta el 18 de marzo de 2025. Dicho convenio fue prorrogado hasta el 15 de marzo de 2026, lo que permitió al MAPA, Puertos del Estado, la Autoridad Portuaria de Vigo y a la Consellería del Mar de la Xunta de Galicia instrumentalizar una nueva contribución conjunta en 2025, mediante una adenda al convenio firmada el 4 de septiembre de 2025.
En aras de consolidar este marco estable de cooperación institucional en apoyo a la FAO y a la Iniciativa Puertos Azules, las partes están interesadas en colaborar para realizar otra aportación conjunta en 2026 al programa y divulgar su apoyo a dicha iniciativa.
Dicha colaboración se instrumentaliza a través de un convenio de los previstos en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto, por un lado, establecer el marco de colaboración que permita formalizar una nueva contribución económica conjunta correspondiente al ejercicio 2026 destinada a financiar el Programa de Capacitación de la Iniciativa Puertos Azules de la FAO; y, por otro lado, divulgar el apoyo institucional prestado por las partes a dicha iniciativa, en continuidad con la colaboración desarrollada desde 2022.
Para la ejecución del Programa de Capacitación de la Iniciativa Puertos Azules durante el ejercicio 2026, las partes financiarán una contribución económica conjunta que ascenderá a un total de ciento veinticinco mil cuatrocientos cuarenta euros (125.440 €), correspondiendo a cada entidad:
– Puertos del Estado: treinta y un mil trescientos sesenta euros (31.360 €).
– Autoridad Portuaria de Vigo: treinta y un mil trescientos sesenta euros (31.360 €).
– Xunta de Galicia: treinta y un mil trescientos sesenta euros (31.360 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 16.01.721A.7000.
– Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: treinta y un mil trescientos sesenta euros (31.360 €).
Puertos del Estado, la Autoridad Portuaria de Vigo y la Consellería del Mar de la Xunta de Galicia deberán realizar la aportación económica que les corresponde mediante ingreso en el Tesoro Público, indicando como concepto: «Programa de Capacitación de la Iniciativa Puertos Azules de la FAO», en un plazo máximo de 60 días naturales desde que surta efecto el presente convenio.
Una vez realizados los ingresos, la Oficina Presupuestaria del MAPA tramitará la correspondiente generación de crédito con objeto de constituir el fondo económico necesario para la financiación del programa en la aplicación presupuestaria pertinente.
A continuación, el MAPA iniciará el procedimiento previsto en la disposición adicional cuarta de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, para recabar la autorización previa del Consejo de Ministros y ejecutar la ordenación del pago y transferencia a la FAO de la contribución económica final que incluya las aportaciones de todas las partes.
El MAPA facilitará a Puertos del Estado, a la Autoridad Portuaria de Vigo y a la Consellería del Mar de la Xunta de Galicia el comprobante de la transferencia realizada a la FAO en concepto de aportación económica para el Programa de Capacitación de la Iniciativa Puertos Azules.
La contribución económica de las partes se utilizará exclusivamente para financiar el Programa de Capacitación de la Iniciativa Puertos Azules.
La Secretaría General de Pesca actuará como interlocutor formal con la FAO en el desarrollo del Programa de Capacitación objeto de este convenio, fijando los cauces de colaboración oportunos y pudiendo poner a disposición de la FAO, si procede, el apoyo técnico de las partes, previo consentimiento expreso de cada una de ellas.
Las partes velarán por dar la máxima publicidad y difusión a la colaboración realizada en el marco del presente convenio. A tal efecto, se comprometen a realizar un acto institucional en la sede de la Autoridad Portuaria de Vigo, antes del fin de la vigencia del presente convenio, para divulgar los resultados obtenidos.
Los gastos derivados de la organización del acto se financiarán con cargo a la contribución económica conjunta prevista en la cláusula segunda. Cada una de las partes asumirá los gastos que se deriven de su participación en dicho acto.
Se constituirá la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio para la que cada una de las partes designará a un representante. Esta comisión se encargará del seguimiento, así como de la resolución de los posibles problemas de interpretación y cumplimiento que puedan derivarse durante la ejecución del mismo. A efectos de su constitución inicial, las partes deberán designar a sus respectivos representantes en el plazo de un mes desde la vigencia del presente convenio.
La presidencia de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control corresponderá a un representante de la Secretaría General de Pesca.
La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control contará con una secretaría que quedará a cargo del representante designado por Puertos del Estado.
La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control se reunirá, con carácter ordinario, con periodicidad anual y, en cualquier caso, cuando uno de los representantes lo solicite.
Sus reuniones se formalizarán en acta en cada caso.
La secretaría de la Comisión será la encargada de convocar las reuniones, redactar el orden del día y el acta de las mismas.
El presente convenio se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización. A continuación, será publicado en el «Diario Oficial de Galicia».
Su duración se extenderá hasta el 15 de septiembre de 2027. Las partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales mediante la correspondiente adenda.
La prórroga, en caso de acordarse, deberá adoptarse antes de la finalización del plazo de vigencia del convenio y deberá inscribirse en el REOICO antes de dicha fecha.
Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación del presente convenio. Las modificaciones requerirán acuerdo unánime de los firmantes y deberán formalizarse mediante la correspondiente adenda.
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las partes.
d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Cualquier otra causa prevista legalmente.
En los casos de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla, en un plazo máximo de 30 días naturales desde la recepción del requerimiento, con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Las partes se reservan el ejercicio de las acciones legales que procedan, en orden a la resolución de este convenio, así como para la reclamación de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.
En caso de no llevarse a cabo la contribución económica conjunta al Programa de Capacitación de la Iniciativa de Puertos Azules de la FAO, el presente convenio se resolverá y se procederá a su correspondiente liquidación de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Los conflictos que puedan surgir en relación con la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control, serán competencia del orden jurisdiccional contencioso‑administrativo de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio.
En prueba de conformidad y para la debida constancia de lo convenido, las partes firman el presente convenio en el lugar y fecha al principio indicados, tomándose como fecha de formalización la de la fecha del último firmante.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Pesca, María Isabel Artime García.–El Presidente de Puertos del Estado, Gustavo Santana Hernández.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Vigo, Carlos Botana Lagarón.–La Conselleira del Mar de la Xunta de Galicia, Marta Villaverde Acuña.
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