Advertidos errores en la Resolución de 18 de diciembre de 2025, («Boletín Oficial del Estado» núm. 313 de 29 de diciembre), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el apartado 2.2, relativo al número de plazas de promoción interna, en la página 177637, del «Boletín Oficial del Estado» número 313, del día 29 de diciembre.
Donde dice:
«En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 54 plazas de turno libre, y 31 plazas por promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, código 0305.».
Debe decir:
«En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 54 plazas de turno libre, y 29 plazas por promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, código 0305.».
En el apartado 6.3, relativo a la calificación del cuarto ejercicio del turno de acceso de ingreso libre, dentro de la segunda parte del mismo y sobre la catalogación de cada pieza, en la página 177648, del «Boletín Oficial del Estado» número 313, del día 29 de diciembre.
Donde dice:
«En la segunda parte, la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 5 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 1,5 puntos en cada una de ellas. Esta parte se calificará de 0 a 15, siendo necesario obtener 7,5 puntos para superarla.».
Debe decir:
«En la segunda parte, la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 5 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 2,5 puntos en cada una de ellas. Esta parte se calificará de 0 a 15, siendo necesario obtener 7,5 puntos para superarla.».
En el apartado 6.4.1, relativo a la calificación del tercer ejercicio del turno de promoción interna, dentro de la segunda parte del mismo, sobre la catalogación de cada pieza, en la página 177653, del «Boletín Oficial del Estado» número 313, del día 29 de diciembre.
Donde dice:
«En la segunda parte, la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 5 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 1,5 puntos en cada una de ellas. Esta parte se calificará de 0 a 15, siendo necesario obtener 7,5 puntos para superarla.».
Debe decir:
«En la segunda parte, la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 5 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 2,5 puntos en cada una de ellas. Esta parte se calificará de 0 a 15, siendo necesario obtener 7,5 puntos para superarla.».
En el anexo I, en el programa del sistema de acceso por cambio de régimen jurídico en el temario específico, en la página 177674, del «Boletín Oficial del Estado» número 313, del día 29 de diciembre.
Donde dice:
«7. Modos de ingreso y movimiento de los fondos museográficos. 6. Criterios básicos de la conservación preventiva. 8. Criterios básicos de la conservación preventiva».
Debe decir:
«7. Modos de ingreso y movimiento de los fondos museográficos. 8. Criterios básicos de la conservación preventiva.».
Madrid, 16 de julio de 2026.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez Soria.
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