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La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 21 de mayo de 2026, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en el Informe de fiscalización de la implementación por las comunidades autónomas del Programa para la digitalización del sistema educativo financiado con fondos Next Generation: especial referencia a la dotación de dispositivos portátiles para la reducción de la brecha digital, acuerda
1. Instar al Gobierno a:
Obligar a las comunidades autónomas a documentar exhaustivamente el análisis de necesidades de centros educativos (incluyendo consultas directas y vulnerabilidad del alumnado), antes de cualquier nueva dotación Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en plazo de 3 meses. El informe detecta ausencia de consultas y criterios inconsistentes de vulnerabilidad, incumpliendo el Programa EcoDigEdu.
Exigir inventarios tecnológicos actualizados y no obsoletos en todas las comunidades autónomas para futuras a actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, rectificando los usados en EcoDigEdu (considerados obsoletos pre-COVID), en 2 meses. Esto corrige subestimaciones que afectaron al reparto y cobertura.
Unificar criterios de reparto de dispositivos priorizando alumnado vulnerable (becados, absentismo, Necesidades Específicas de Apoyo Educativo), publicando guías vinculantes para las comunidades autónomas en 1 mes.
Requerir coordinación documentada entre consejerías con actas y documentos de atribución Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, para todos los subproyectos Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia pendientes.
Auditar remanentes de licitaciones EcoDigEdu y justificar nuevas contrataciones bajo la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en 4 meses. De esta forma se evita la fragmentación y asegura trazabilidad de fondos Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).
Implementar sistemas de préstamo obligatorios en centros con guías de uso (reducción brecha digital), verificando el impacto vía encuestas anuales al alumnado.
Publicar en el «Boletín Oficial del Estado», en tres meses, directrices para Declaraciones de Ausencia de Conflicto de Intereses en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que incluyan requisitos técnicos educativos (licencias, gestión remota, compatibilidad), aplicando lecciones de EcoDigEdu.
Obligar al Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y Formación del Profesorado y a las comunidades autónomas ejecutoras del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a elaborar y remitir al Tribunal de Cuentas, en tres meses, memorias justificativas de planificación EcoDigEdu (factores, criterios, decisiones, plan implantación), documentando cambios responsables con memorias de trazabilidad publicadas en Base Nacional Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).
2. Instar a los gobiernos autonómicos a:
Documentar de manera clara y detallada las decisiones tornadas, los criterios aplicados y los factores considerados en la fase de planificación. Esto no solo facilita el seguimiento del proceso, sino que también asegura, en caso de cambios en los responsables de la gestión, la trazabilidad de las decisiones.
Elaborar cronogramas e indicadores dirigidos a realizar un seguimiento del grado de avance conseguido en las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Realizar consultas directas a los destinatarios de las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, lo que permitiría disponer de información más completa sobre las necesidades cuya cobertura persigue el programa.
Delimitar claramente los supuestos en los que resulta factible la subsanación de expedientes financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para adaptarlos a la normativa que les resulta de aplicación, mediante la definición de los requisitos y el procedimiento a seguir y las condiciones bajo las cuales dicha subsanación es posible.
Aplicar en los procesos de licitación autonómicos las previsiones incluidas en la Instrucción de 23 de diciembre de 2021 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado sobre aspectos a incorporar en los expedientes y en los pliegos rectores de los contratos que se vayan a financiar con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Adoptar las medidas precisas para garantizar que las declaraciones exigidas por la normativa del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia sean firmadas:
a) en un momento acorde a la finalidad perseguida por la correspondiente declaración, y
b) de forma electrónica, asegurando así una mayor trazabilidad del proceso de firma.
Proporcionar a los centros educativos recursos y pautas que les faciliten la gestión de los dispositivos, tales como criterios orientadores para la identificación del alumnado destinatario, modelos de protocolos de préstamo y de certificados de entregas en préstamo, o las instrucciones.
Diseñar un sistema eficaz de archivo y custodia de la documentación justificativa de las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (incluyendo la creación de un repositorio y listas de comprobación).
Valorar la oportunidad de crear unidades con funciones de coordinación de programas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así corno de control y sistematización de la recopilación y archivo de su documentación justificativa.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2026.–El Vicepresidente Primero de la Comisión, Álvaro Pérez López.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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