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Documento BOE-A-2026-15022

Resolución de 29 de junio de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se calcula el saldo de la cuenta regulatoria del gestor técnico del sistema gasista al cierre de 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 9 de julio de 2026, páginas 95836 a 95859 (24 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-A-2026-15022

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Circular 1/2020, de 9 de enero, modificado a través de la Circular 2/2023, de 28 de febrero, la Sala de la Supervisión Regulatoria, en su sesión de 25 de junio de 2026, resuelve:

I. Antecedentes

La Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural, establece en su artículo 7.1.i) que es función de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establecer mediante circular la metodología para el cálculo de la retribución del gestor técnico del sistema gasista, en función de los servicios que efectivamente preste. Dicha retribución podrá incorporar incentivos, que podrán tener signos positivos o negativos, a la reducción de costes del sistema gasista derivados de la operación del mismo u otros objetivos.

El artículo 7.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, establece que esta Circular, así como los actos de ejecución y aplicación de la misma, serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

El preámbulo del Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, hace constar que «la retribución del gestor técnico del sistema gasista será establecida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».

En fecha 9 de enero de 2020, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia aprobó la Circular 1/2020, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1.i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio. Esta Circular fue publicada en el BOE el día 16 de enero de 2020.

En fecha 28 de febrero de 2023, se aprobó la Circular 2/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Circular 1/2020, de 9 de enero, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista, que fue publicada en el BOE el 4 de marzo de 2023.

El artículo 3 de la Circular 1/2020, modificado a través de la Circular 2/2023, establece que la retribución del gestor técnico del sistema estará compuesta por una base de retribución, un tramo de retribución por incentivos, el importe anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones y un término que recoge ajustes retributivos por diferencias entre importes estimados y realmente incurridos.

El artículo 9 de la Circular 1/2020, al que se añaden los puntos 7 y 8 por la Circular 2/2023, de 28 de febrero, establece lo siguiente respecto a la cuenta regulatoria:

1. El gestor técnico del sistema dispondrá de una cuenta regulatoria cuyo saldo Imagen: /datos/imagenes/disp/2026/166/15022_17196489_1.png se establece para cada periodo regulatorio p, que le permita asumir nuevas obligaciones atribuidas por reglamentos europeos o regulación nacional, así como nuevos proyectos europeos de importancia e interés para el sistema gasista.

2. El saldo de la cuenta regulatoria se devengará un tercio cada año del periodo regulatorio.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2026/166/15022_17196489_2.png

3. Antes del 15 de abril del año siguiente, el gestor técnico del sistema remitirá a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia el soporte documental de los costes incurridos en cada año del periodo regulatorio, con cargo a la cuenta regulatoria, que deberán ser prudentes e incurridos conforme a criterios de eficiencia económica. Dicho soporte documental deberá acreditar fehacientemente que los costes son adicionales con respecto a los que están incluidos en la base de retribución y no incluirán márgenes ni costes indirectos.

4. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia calculará el saldo de la cuenta regulatoria al término de cada ejercicio, una vez validado el soporte documental aportado.

5. En caso de que exista saldo acumulado sobrante de la cuenta regulatoria al término del año n+2, el saldo de la cuenta regulatoria del periodo p+1 no podrá ser inferior al saldo de la cuenta regulatoria del periodo p más dicho saldo sobrante.

6. En el supuesto excepcional de que el gestor técnico del sistema incurra en costes durante el periodo regulatorio p por nuevas obligaciones regulatorias imprevistas, que superen el saldo de la cuenta regulatoria del periodo p, estos costes podrán incorporarse a la cuenta regulatoria del periodo siguiente (p+1), siempre que estén debidamente justificados.

7. En caso de que se produzca el supuesto excepcional al que se refiere el apartado 6, en relación con costes incurridos en los años n+1 y n+2 del periodo regulatorio p, el saldo de la cuenta regulatoria del periodo siguiente (p+1), podrá aumentarse en dicho importe mediante resolución, a efectos de que estos costes se recuperen durante el año de gas «a+1» y el año de gas «a+2» del periodo regulatorio (p+1).

8. El importe devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones en el año de gas «a» se calculará a partir de la siguiente fórmula:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2026/166/15022_17196489_3.png

El cálculo del saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2023 se calculó en la Resolución de 5 de julio de 2024 (RAP/DE/007/24), que ascendió a 1.324 miles de euros. Dado que al término del ejercicio 2023 existe saldo acumulado sobrante, resulta de aplicación el punto 5 del artículo 9 de la Circular 1/2020, según el cual el saldo de la cuenta regulatoria del periodo p+1 (es decir, 2024-2026) no puede ser inferior al saldo de la cuenta regulatoria del periodo p (en este caso, 2021-2023), más el saldo sobrante.

La Resolución de 16 de marzo de 2023 (RAP/DE/005/22) establece los parámetros de retribución del periodo regulatorio 2024-2026, fijando el importe total de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones en 5.000 miles de euros, devengándose anualmente 1.667 miles de euros. No obstante, como se establece en el resuelve segundo de la Resolución de 5 de julio de 2024 (RAP/DE/007/24), en aplicación del punto 5 del artículo 9 de la Circular 1/2020, a la cuenta regulatoria del periodo regulatorio 2024-2026 se incorpora el saldo acumulado sobrante de la cuenta regulatoria al término de 2023, que asciende a 1.324 miles de euros. En consecuencia, el saldo de la cuenta regulatoria del periodo 2024-2026 pasa a ser de 6.324 miles de euros. El importe de 1.324 miles de euros no genera retribución adicional en el periodo 2024-2026, sino que permite que puedan justificarse gastos adicionales con cargo a la cuenta regulatoria en dicho periodo.

Las Resoluciones por las que se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema para los años de gas 2024, 2025 y 2026, y la cuota para su financiación, han incorporado el importe anual devengado de la cuenta regulatoria. En este sentido, la Resolución de 16 de marzo de 2023 (RAP/DE/005/22) estableció la retribución del año de gas 2024, que se ajustó a través de la Resolución de 28 de septiembre de 2023 (RAP/DE/005/23); la retribución del año de gas 2025 se estableció en la Resolución de 13 de septiembre de 2024 (RAP/DE/005/24); y la retribución del año de gas 2026 se estableció en la Resolución de 18 de septiembre 2025 (RAP/DE/005/25).

En la Resolución de 18 de julio de 2025 (RAP/DE/007/25) se procedió al cálculo del saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2024, que asciende a 6.246 miles de euros, después de que el gestor técnico del sistema hubiera aportado a la CNMC el soporte documental de los costes incurridos en 2024 con cargo a la cuenta regulatoria, por importe de 78 miles de euros.

Con fecha 27 de marzo de 2026, el gestor técnico del sistema ha aportado a la CNMC el soporte documental de los costes incurridos en 2025. Este soporte documental consiste en facturas que permiten acreditar fehacientemente el importe del gasto incurrido, su naturaleza y su correspondencia con el proyecto, además de una justificación firmada por los proveedores asociando cada factura a un proyecto de forma unívoca.

Con fecha 27 de mayo de 2026 se ha sometido a audiencia de los interesados la propuesta de Resolución del saldo de la cuenta regulatoria, a efectos de que pudieran alegar sobre las consideraciones y cálculos realizados. A tal fin, la propuesta fue remitida al Consejo Consultivo de Hidrocarburos, publicada en la página web de la CNMC y remitida al gestor técnico del sistema.

Concluido el trámite de audiencia, se ha recibido respuesta por parte de dos agentes, que señalan que no tienen comentarios.

II. Fundamentos de Derecho

Primero. Objeto de la Resolución.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Circular 1/2020, modificado a través de la Circular 2/2023, en esta resolución se calcula el saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2025, una vez validado el soporte documental aportado por el gestor técnico del sistema.

Segundo. Saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2025.

A. Importe que el gestor técnico del sistema solicita recuperar con cargo a la cuenta regulatoria.

Con fecha 27 de marzo de 2026, tal y como se indica en el punto 3 del artículo 9 de la Circular 1/2020, el GTS ha aportado a la CNMC el soporte documental de los costes incurridos en 2025.

En el documento Excel «Auditoría Cuenta Regulatoria 2025» el GTS muestra todos los costes incurridos en 2025, adicionales a los existentes en la base de retribución(1), que solicita recuperar con cargo a la cuenta regulatoria. El importe de estos costes es de 1.828.807 euros y su desglose por proyectos se muestra en la Tabla 1.

(1) La base de retribución del gestor técnico del sistema para el periodo regulatorio 2024-2026 se establece en la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la CNMC. Para el periodo regulatorio 2024-2026, la base de retribución se mantiene constante, igual a la del periodo regulatorio 2021-2023, calculada con los datos de la contabilidad regulatoria de costes de 2017. Esta decisión se adoptó en la medida en que los costes analizados correspondientes a 2018-2020 no se habían incrementado respecto a los de 2017.

Tabla 1. Costes incurridos por ENG GTS en 2025

Proyecto

Coste incurrido

Euros

Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases. 434.563,07
Adaptación de la reserva anual y diaria. 35.687,31
Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering. 171.529,43
Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots. 266.306,42
Actualización de garantías de distribución. 367.203,72
Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación. 44.894,44
Facturación de recargos de slot. 178.943,54
Seguridad de suministro. 83.522,04
Contratos de desbalance por EMS. 18.255,66
Eliminación viabilidad operador saliente. 1.245,50
Actualización de garantías de distribución - Fase 2. 6.930,56
Soporte digitalización dispatching. 61.200,00
Contratación de personal temporal. 158.524,82
 Total. 1.828.806,51
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

La descripción que el gestor técnico del sistema envía sobre los proyectos es la siguiente:

– Nuevo servicio de acceso al Punto Virtual de Balance (PVB) desde plantas de producción de otros gases: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es la adaptación del sistema SL-ATR para dar cumplimiento a la Circular 2/2025, de 9 de abril, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural. En particular, en lo relativo a los artículos 14 a 17, que establecen un procedimiento específico y regulado para la contratación del acceso y la conexión de plantas de producción de otros gases a la red de gas natural y su posterior acceso al PVB.

Según indica el GTS, el nuevo marco introduce funciones adicionales y exige la creación de nuevos procesos operativos y sistemas de soporte que requieren un desarrollo informático específico. Añade que este desarrollo permite habilitar un nuevo servicio regulado que permite la integración de estos gases en el PVB, garantizando su compatibilidad técnica, la correcta asignación de capacidad y la coordinación entre distribuidores, transportistas y el GTS.

– Adaptación de la reserva anual y diaria: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adecuar el sistema SL-ATR para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 36 de la Circular 2/2025, relativo a la reserva de capacidad para contratos de corto y largo plazo.

Según indica el GTS, la aplicación efectiva de este artículo requiere una adaptación profunda del sistema SL-ATR, siendo imprescindible un desarrollo específico de los sistemas. Añade que este desarrollo permite adaptar la gestión y oferta de capacidad para los distintos servicios regulados (regasificación, entrada al PVB desde planta de regasificación, almacenamiento de GNL, carga y descarga de GNL, almacenamiento subterráneo y servicios asociados a slots) de forma coherente con la nueva metodología de reserva de capacidad definida por la CNMC.

– Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adecuar el SL-ATR a los requisitos introducidos por la Circular 2/2025, en particular en su artículo 38, en lo relativo al tratamiento regulatorio y operativo de determinadas operaciones de carga de GNL como descargas a efectos de bunkering.

Según indica el GTS, para atender estos requisitos es imprescindible un desarrollo específico de los sistemas. Añade que el desarrollo afecta a los procesos que soportan la identificación, clasificación y tratamiento de este tipo de operaciones dentro de los mecanismos de acceso, asignación de capacidad y liquidación, garantizando su correcta aplicación conforme a la metodología definida por la CNMC.

– Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adecuar el SL-ATR a los nuevos requisitos regulatorios introducidos por la Circular 2/2025 en lo relativo a la gestión de la flexibilidad en el uso de los slots contratados. Indica que, en su artículo 38, esta circular redefine el régimen de flexibilidad de uso de los slots contratados, introduciendo un conjunto de nuevas reglas que afectan directamente a los procesos gestionados por el GTS.

Según indica el GTS, esto supone una ampliación y complejidad significativa de los procesos de flexibilidad de slots respecto a la regulación anterior y, añade, que para atender estos requisitos es imprescindible un desarrollo informático específico. Señala que este desarrollo afecta a los procesos que soportan la solicitud, validación y gestión de modificaciones y ajustes de slots, garantizando su correcta aplicación conforme a la metodología regulada y su coherencia con los procesos de contratación, asignación de capacidad y operación del sistema.

– Actualización de garantías de distribución: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adaptar y evolucionar el SL-ATR para dar cumplimiento a los nuevos requisitos regulatorios introducidos por la Circular 2/2025, en lo relativo al cálculo, actualización, comunicación y seguimiento de los requerimientos de garantías asociados a clientes conectados a redes de distribución.

El GTS indica que, si bien con la entrada en vigor de la Circular 2/2025 el modelo de gestión de garantías mantiene las actualizaciones trimestrales de garantías junto con sus periodos de vigencia, se incorporan actualizaciones adicionales de carácter recurrente, activables con una frecuencia mensual, cuando se producen variaciones relevantes en el número de clientes suministrados por un mismo comercializador, conforme a los umbrales que se establezcan por resolución de la CNMC. Señala que esto implica que la actualización de garantías deja de ser exclusivamente programada y pasa a responder también a eventos operativos, incrementando la frecuencia de recalculado.

Por todo lo anterior, el GTS destaca la necesidad de realizar un desarrollo específico en el SL-ATR. Añade que este desarrollo afecta a los procesos que soportan la recepción de información por parte de las empresas distribuidoras, el cálculo de garantías, la gestión de observaciones por parte de los usuarios, la emisión de requerimientos definitivos y su remisión al Gestor de Garantías, asegurando en todo momento la trazabilidad, coherencia y supervisión regulatoria del proceso.

– Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adecuar el SL-ATR a los nuevos requisitos introducidos por la Resolución de 13 de junio de 2025, de la CNMC, con relación al tratamiento del precio de retirada en las subastas de asignación de capacidad. Indica que esta resolución introduce una modificación en la Resolución de 3 de abril de 2020, de la CNMC, incorporando como último párrafo del apartado 5.2.3 un mandato regulatorio que indica que cuando se asigne un slot mediante el mecanismo de retirada y el precio de retirada sea superior a la prima aplicada en la ronda de precio inmediatamente superior, se considerará un precio de retirada igual a dicha prima.

El GTS indica que es necesario un desarrollo específico en el SL-ATR ya que esto implica alterar el funcionamiento previo de los mecanismos de mercado de asignación de capacidad de slots, afectando directamente a la lógica de cálculo, validación y cierre de las subastas.

– Facturación de recargos de slot: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adaptar el SL-ATR para dar cumplimiento a los nuevos requisitos introducidos por la Resolución de 17 de junio de 2025, de la CNMC, en relación con la aplicación y liquidación económica de los recargos asociados a los mecanismos de gestión de congestiones y antiacaparamiento de capacidad en los servicios asignados mediante slots. Indica que esta resolución introduce y desarrolla de forma detallada las medidas de antiacaparamiento de capacidad para los servicios que conllevan slots, incorporando un régimen económico específico de recargos aplicable a los servicios prestados en plantas de regasificación cuya capacidad se oferta mediante slots. Añade que la norma establece que aquellos slots contratados que no sean finalmente utilizados por un usuario, y cuyo uso no haya sido cancelado con la antelación mínima exigida ni puesto a disposición de otros usuarios darán lugar al pago de un recargo, adicional a los costes aplicables a la capacidad contratada.

El GTS destaca la necesidad de un desarrollo informático específico en el SL-ATR y, añade, que este desarrollo afecta directamente a los procesos de cálculo, imputación y facturación de los recargos derivados del uso ineficiente o no utilización de la capacidad contratada, garantizando su correcta aplicación conforme a la metodología definida por la CNMC.

– Seguridad de suministro: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adaptar y evolucionar el SL-ATR para dar cumplimiento a las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista aprobadas mediante la Orden TED/181/2025, en particular a las obligaciones establecidas en sus capítulos 5 y 6, relativas a la garantía de suministro, la coordinación operativa del sistema y la gestión de situaciones de emergencia. Indica que, en particular, la norma establece de forma expresa que el GTS debe recabar, gestionar, consolidar y explotar información crítica procedente de usuarios, transportistas, distribuidores, CORES y operadores de instalaciones, tanto para la prevención como para la gestión efectiva de las Situaciones de Operación Excepcional y de los distintos niveles de crisis.

Según el GTS, la criticidad, volumen y heterogeneidad de la información exigida, junto con la necesidad de disponibilidad permanente y trazabilidad completa, hacen imprescindible un desarrollo informático específico centrado en el SL‑ATR. Añade que el desarrollo afecta a los sistemas que soportan la monitorización del estado del sistema gasista, la evaluación de riesgos para la continuidad del suministro y la aplicación de las medidas previstas en los procedimientos de actuación ante escenarios de tensión o desabastecimiento.

– Contratos de desbalance por existencias mínimas de seguridad (EMS): Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adaptar el SL-ATR para dar cumplimiento al artículo 30 de la Circular 2/2025. Este artículo establece que el GTS desarrollará anualmente un procedimiento específico de asignación de los derechos de inyección y extracción vinculados a existencias mínimas. Además, durante el periodo de constitución de dichas existencias, para cada día de gas, cuando un usuario tenga un desbalance positivo en AVB por ajuste de estas existencias, siempre que sea técnicamente posible, la cantidad en desbalance quedará almacenada en AVB en el propio día de gas, debiendo el usuario abonar el peaje diario de almacenamiento.

El GTS señala que la aplicación de lo anterior exige automatizar la detección del caso EMS, la formalización contractual y la facturación/soporte asociado, con trazabilidad completa en SL‑ATR. Por tanto, destaca la necesidad de adaptar el SL-ATR porque el tratamiento es diario, condicionado y con impacto económico directo.

– Eliminación viabilidad operador saliente: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es adaptar el SL-ATR para alinearlo con la modificación del Procedimiento PA‑4, desarrollado por el GTS en aplicación del artículo 38 de la Circular 2/2025, eliminando la necesidad de recabar y gestionar la validación de viabilidad por parte del operador saliente en los procesos de modificación y ajuste de slots contratados.

Según el GTS, es imprescindible un desarrollo específico en el SL-ATR para garantizar el cumplimiento exacto del PA‑4 vigente. Asimismo, indica que el desarrollo simplifica y homogeneiza el proceso regulado de flexibilidad logística de slots y que estos cambios afectan directamente a los flujos de negocio, reglas de validación, interfaces de usuario e integraciones entre sistemas.

– Actualización de garantías de distribución – Fase 2: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2025 que, según indica el GTS, tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es completar la adaptación del SL-ATR al nuevo esquema para el cálculo y actualización de las garantías asociadas a clientes conectados a redes de distribución, introducidos en el artículo 56 de la Circular 2/2025.

Según indica el GTS, tras la entrada en vigor de la Circular 2/2025, se implantó una primera fase de adaptación de los sistemas que permitió dar cumplimiento básico al nuevo esquema de garantías de distribución. Añade que esta segunda fase constituye una extensión funcional necesaria de la adaptación inicial, incorporando ajustes adicionales en los procesos de cálculo, calendario, comunicación y gestión de las garantías de distribución, imprescindibles para la correcta aplicación del nuevo marco regulatorio. El GTS señala que resulta imprescindible la adaptación del SL-ATR mediante desarrollos específicos, siendo la Fase 2 una extensión necesaria para asegurar el cumplimiento íntegro y sostenido de la normativa.

– Soporte digitalización dispatching: Es un coste correspondiente a un proyecto del año 2024, que tiene continuación en 2025 y que, según indica el GTS, no tendrá continuación en 2026.

El GTS señala que el objetivo del proyecto es, con motivo de la puesta en producción del nuevo SCADA, reforzar el área de digitalización de dispatching para poder abordar nuevos desarrollos que puedan dar cobertura a nuevos requisitos legislativos mediante la transformación digital de la operación.

De esta forma, el GTS indica que podrán hacer mayor foco en el procedimiento de gestión de conexiones de plantas de generación de biometano con la red, en la gestión de la inyección de hidrógeno y biometano con la aprobación del paquete de gas e hidrógeno, la implementación de incentivos del GTS, así como especificaciones relacionadas con la seguridad de suministro para asegurar el cumplimiento de nueva normativa.

– Contratación de personal temporal: Parte de los costes corresponden a proyectos del año 2024, con continuación en 2025; otros, corresponden a proyectos que comienzan en 2025. El GTS indica que en 2026 se contratan como empleados de plantilla, puesto que asumen funciones estructurales.

Con respecto a los proyectos del año 2024 que continúan en 2025, por un lado, el incremento de tareas es consecuencia de la prohibición de los servicios de recarga en el territorio de la Unión Europea cuando dichos servicios se utilicen para transbordar GNL ruso, consecuencia de la Decisión PESC 2024/1744 del Consejo, de 24 de junio de 2024, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania. Según indica el GTS, las tareas a realizar son el control de la operación de carga de buques, la comunicación con comercializadores, la verificación de que el gas a cargar está identificado como no ruso, el apoyo y adecuación del procedimiento en base a los requerimientos del MITECO y la explotación de la información para el seguimiento del proyecto. Por otro lado, el GTS indica que el incremento de tareas es consecuencia de un oficio por parte de Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que insta al GTS a controlar las operaciones de Consumidores Directos en Mercado; así como de la publicación de la Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la CNMC, por la que se establece el destino de las existencias de gas natural en la cuenta de saldo de mermas del sistema gasista, por el cual el GTS debe controlar y utilizar el saldo de mermas para minorar las compras de gas de operación y vender los excedentes en el Mercado Organizado.

Respecto a los proyectos que dan comienzo en el año 2025, de acuerdo con la información presentada por el GTS, el incremento de tareas se deriva principalmente de la implantación de la Circular 2/2025, que establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural. Por un lado, el GTS indica que tras su publicación y la de las Normas del Gestión Técnica del Sistema Gasista 2025, es necesario implementar una serie de procesos relacionados con los gases renovables, entre ellos, el seguimiento y gestión de conexiones de biometano, la evaluación de compatibilidad de calidad, el cálculo de capacidad de conexión de hidrógeno y el análisis de flujo; por otro lado, señala que el aumento de tareas se deriva de la nueva gestión de acceso de las plantas de biometano en el sistema gasista; y, asimismo, el GTS indica que la aplicación de los procedimientos asociados a la Circular 2/2025 (PA-2 Capacidad firme a ofertar, PA-4 Flexibilidad de slots y Procedimiento de Capacidad condicionada) aumentan la carga de trabajo.

B. Valoración de los requisitos del artículo 9 de la Circular 1/2020.

Según el artículo 9 de la Circular 1/2020, modificado a través de la Circular 2/2023, de 28 de febrero, los costes que se recuperan con cargo a la cuenta regulatoria deben cumplir los siguientes requisitos:

– Corresponderse con nuevas obligaciones atribuidas por reglamentos europeos o regulación nacional, así como nuevos proyectos europeos de importancia e interés para el sistema gasista.

– Ser prudentes e incurridos con criterios de eficiencia económica.

– Haber sido justificados con soporte documental.

– Ser adicionales a los que están incluidos en la base de retribución.

– No incluir márgenes ni costes indirectos.

Sobre los proyectos, el gestor técnico del sistema aporta una descripción y justificación detallada de cada uno, incluyendo su importe, y asociándolo a la normativa que le obliga a incurrir en ellos.

En el caso de los proyectos «Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases», «Adaptación de la reserva anual y diaria», «Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering», «Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots», «Actualización de garantías de distribución» incluyendo la fase 2, y «Contratos de desbalance por EMS», el GTS indica que están relacionados con la Circular 2/2025. Asimismo, el proyecto «Eliminación viabilidad operador saliente» está relacionado con la modificación del Procedimiento PA‑4, desarrollado por el GTS en aplicación del artículo 38 de la Circular 2/2025.

Por su parte, el proyecto «Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación», está relacionado con la Resolución de 13 de junio de 2025; y el proyecto «Facturación de recargos de slot» con la Resolución de 17 de junio de 2025.

Por otro lado, el proyecto «Seguridad de suministro» está relacionado con las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista aprobadas mediante la Orden TED/181/2025.

Con relación al proyecto «Soporte digitalización dispatching», en 2024 el GTS señaló que está relacionado con la Resolución de 19 de abril de 2024, de la CNMC, por la que se establece el procedimiento de gestión de conexiones de plantas de generación de biometano con la red de transporte o distribución.

Con respecto al proyecto «Contratación de personal temporal», el GTS señala que está relacionado con la Decisión (PESC) 2024/1744 del Consejo, de 24 de junio de 2024, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, así como con un oficio por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y con la Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la CNMC, por la que se establece el destino de las existencias de gas natural en la cuenta de saldo de mermas del sistema gasista. Asimismo, se relaciona con la Circular 2/2025, de 9 de abril, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural, la aplicación de procedimientos asociados a la misma, y a Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista.

En el envío de fecha 27 de marzo de 2026, el gestor técnico del sistema aporta facturas como soporte documental para los costes de 2025. Estas facturas muestran quién es el proveedor y el importe incurrido. Además, como en ocasiones su descripción no permite relacionar la factura con el proyecto correspondiente, el gestor envía adicionalmente una justificación firmada por los proveedores asociando cada factura a un proyecto de forma unívoca, salvo para los proveedores [*****]. No obstante, en estos casos se pueden relacionar las facturas con el proyecto que corresponde.

Considerando todo ello, a través de las descripciones y justificaciones aportadas, se concluye que los costes que solicita recuperar el GTS con cargo a la cuenta regulatoria en los proyectos «Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases», «Adaptación de la reserva anual y diaria», «Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering», «Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots», «Actualización de garantías de distribución» incluyendo la fase 2, «Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación», «Facturación de recargos de slot», «Seguridad de suministro», «Contratos de desbalance por EMS», «Eliminación viabilidad operador saliente», «Soporte digitalización dispatching» y «Contratación de personal temporal» se derivan de nuevas obligaciones regulatorias, sobre las que el gestor técnico del sistema no tiene capacidad de gestión.

En las tablas siguientes, se muestra la comparativa de los costes solicitados por ENAGÁS GTS, SAU para su inclusión en la cuenta regulatoria y los costes justificados mediante facturas, para cada uno de los proyectos.

Tabla 2. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases. 26/03/2025 2.256,00 739425611267 2.256,00 0,00
28/03/2025 11.074,00 5700032206 11.074,00 0,00
07/05/2025 17.293,80 PI358867 17.293,80 0,00
07/05/2025 4.674,00 PI358871 4.674,00 0,00
07/05/2025 28.885,32 PI358879 28.885,32 0,00
08/05/2025 1.036,80 V90050484 1.036,80 0,00
20/05/2025 4.479,35 S183006611 4.479,35 0,00
23/05/2025 12.250,00 5700032500 12.250,00 0,00
28/05/2025 4.576,00 S183006638 4.576,00 0,00
16/06/2025 2.600,00 S183006741 2.600,00 0,00
16/06/2025 4.535,44 5700032610 4.535,44 0,00
16/06/2025 1.768,00 S183006749 1.768,00 0,00
17/06/2025 3.836,14 739425625296 3.836,14 0,00
30/06/2025 8.369,76 739425627915 8.369,76 0,00
30/06/2025 2.225,66 V90051485 2.225,66 0,00
02/07/2025 17.627,52 PI365925 17.627,52 0,00
03/07/2025 5.146,96 5700032744 5.146,96 0,00
21/07/2025 771,77 PI368364 771,77 0,00
22/07/2025 7.812,00 S183006863 7.812,00 0,00
30/07/2025 2.497,04 5700032884 2.497,04 0,00
09/09/2025 3.150,38 S183007043 3.150,38 0,00
10/09/2025 1.767,00 S183007059 1.767,00 0,00
26/09/2025 5.350,80 5700033185 5.350,80 0,00
29/09/2025 498,20 739425641027 498,20 0,00
29/10/2025 8.510,32 6396000018 8.510,32 0,00
31/10/2025 6.376,96 739425647905 6.376,96 0,00
03/11/2025 3.262,90 V90053866 3.262,90 0,00
04/11/2025 3.906,00 S183007332 3.906,00 0,00
06/11/2025 110.797,92 PI380639 110.797,92 0,00
06/11/2025 4.401,79 PI380635 4.401,79 0,00
06/11/2025 3.584,77 PI380636 3.584,77 0,00
28/11/2025 8.153,60 6396000236 8.153,60 0,00
03/12/2025 16.574,00 739425655154 16.574,00 0,00
04/12/2025 2.989,20 739425655183 2.989,20 0,00
12/12/2025 12.841,92 6396000399 12.841,92 0,00
17/12/2025 39.327,69 PI388067 39.327,69 0,00
17/12/2025 2.268,95 PI388056 2.268,95 0,00
17/12/2025 4.119,20 PI388055 4.119,20 0,00
17/12/2025 896,19 PI388049 896,19 0,00
17/12/2025 1.869,60 PI388051 1.869,60 0,00
17/12/2025 1.881,75 PI388052 1.881,75 0,00
17/12/2025 3.770,52 PI388053 3.770,52 0,00
17/12/2025 55,62 PI388201 55,62 0,00
18/12/2025 1.631,23 V90055107 1.631,23 0,00
  5.769,75 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA.   5.769,75
  5.769,75   5.769,75
  4.945,50   4.945,50
  12.363,75   12.363,75
  2.472,75   2.472,75
  6.594,00   6.594,00
  4.945,50   4.945,50
 Total.   434.563,07   391.702,07 42.861,00
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases», ENAGÁS GTS ha presentado 44 facturas de los siguientes proveedores: [*****], por un importe total de 391.702,07 euros.

Tabla 3. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Adaptación de la reserva anual y diaria»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Adaptación de la reserva anual y diaria. 26/03/2025 1.457,00 739425611264 1.457,00 0,00
07/05/2025 2.203,32 PI358865 2.203,32 0,00
16/06/2025 2.764,89 S183006740 2.764,89 0,00
17/06/2025 2.203,32 PI363957 2.203,32 0,00
17/06/2025 4.406,65 PI363958 4.406,65 0,00
17/06/2025 2.291,72 739425625297 2.291,72 0,00
30/06/2025 2.092,44 739425627917 2.092,44 0,00
21/07/2025 2.203,33 PI368361 2.203,33 0,00
22/07/2025 3.271,80 PI368392 3.271,80 0,00
23/07/2025 4.533,62 739425631450 4.533,62 0,00
23/07/2025 1.675,00 739425631299 1.675,00 0,00
09/09/2025 319,92 S183007041 319,92 0,00
  1.978,20 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA.   1.978,20
  4.286,10   4.286,10
 Total.   35.687,31   29.423,01 6.264,30
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Adaptación de la reserva anual y diaria», ENAGÁS GTS ha presentado 12 facturas de los siguientes proveedores: [*****] por un importe total de 29.423,01 euros.

Tabla 4. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering. 26/03/2025 1.974,00 739425611265 1.974,00 0,00
28/03/2025 2.352,00 5700032204 2.352,00 0,00
19/05/2025 17.807,94 PI360419 17.807,94 0,00
28/05/2025 5.593,00 739425621731 5.593,00 0,00
16/06/2025 4.484,48 5700032618 4.484,48 0,00
17/06/2025 6.674,74 PI363955 6.674,74 0,00
17/06/2025 3.225,06 PI363956 3.225,06 0,00
30/06/2025 4.184,88 739425627916 4.184,88 0,00
21/07/2025 10.041,06 PI368367 10.041,06 0,00
21/07/2025 20.082,12 PI368366 20.082,12 0,00
21/07/2025 6.672,14 PI368368 6.672,14 0,00
21/07/2025 13.344,27 PI368365 13.344,27 0,00
21/07/2025 6.455,92 PI368362 6.455,92 0,00
22/07/2025 3.227,96 PI368393 3.227,96 0,00
27/08/2025 3.006,64 5700032991 3.006,64 0,00
10/09/2025 2.341,54 739425638679 2.341,54 0,00
21/10/2025 5.330,74 739425645565 5.330,74 0,00
21/10/2025 6.637,00 739425645576 6.637,00 0,00
21/10/2025 8.184,00 S183007296 8.184,00 0,00
27/10/2025 3.172,74 6252033356 3.172,74 0,00
05/11/2025 2.274,18 PI380302 2.274,18 0,00
05/11/2025 6.669,53 PI380299 6.669,53 0,00
05/11/2025 3.230,85 PI380308 3.230,85 0,00
  3.297,00 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA   3.297,00
  1.978,20   1.978,20
  5.275,20   5.275,20
  9.973,42   9.973,42
  4.038,82   4.038,82
  Total.   171.529,43   146.966,79 24.562,64
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering», ENAGÁS GTS ha presentado 23 facturas de los siguientes proveedores: [*****], por un importe total de 146.966,79 euros.

Tabla 5. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots. 26/03/2025 2.350,00 739425611266 2.350,00 0,00
28/03/2025 5.880,00 5700032205 5.880,00 0,00
27/05/2025 3.038,00 5700032531 3.038,00 0,00
28/05/2025 6.016,00 739425621732 6.016,00 0,00
16/06/2025 2.853,76 5700032619 2.853,76 0,00
17/06/2025 32.718,00 PI363959 32.718,00 0,00
17/06/2025 3.736,50 739425625300 3.736,50 0,00
21/07/2025 21.229,87 PI368360 21.229,87 0,00
21/07/2025 42.459,74 PI368363 42.459,74 0,00
23/07/2025 5.707,52 5700032815 5.707,52 0,00
29/07/2025 5.579,84 739425632100 5.579,84 0,00
27/08/2025 3.312,40 5700032992 3.312,40 0,00
29/09/2025 2.989,20 739425641028 2.989,20 0,00
21/10/2025 7.124,26 739425645566 7.124,26 0,00
21/10/2025 11.373,00 739425645575 11.373,00 0,00
27/10/2025 7.485,28 6252033355 7.485,28 0,00
27/10/2025 4.312,54 6252033358 4.312,54 0,00
29/10/2025 2.140,32 6396000023 2.140,32 0,00
31/10/2025 16.241,32 739425647904 16.241,32 0,00
04/11/2025 4.650,00 S183007331 4.650,00 0,00
05/11/2025 9.741,73 PI380303 9.741,73 0,00
03/12/2025 21.104,91 PI384858 21.104,91 0,00
  13.188,00 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA.   13.188,00
  4.121,25   4.121,25
  3.297,00   3.297,00
  7.500,68   7.500,68
  2.307,90   2.307,90
  13.847,40   13.847,40
 Total.   266.306,42   222.044,19 44.262,23
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots», ENAGÁS GTS ha presentado 22 facturas de los siguientes proveedores: [*****], por un importe total de 222.044,19 euros.

Tabla 6. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Actualización de garantías de distribución»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Actualización de garantías de distribución. 19/03/2025 6.368,80 6252008670 6.368,80 0,00
19/03/2025 14.847,00 5700032111 14.847,00 0,00
28/03/2025 4.900,00 5700032202 4.900,00 0,00
09/05/2025 26.641,80 PI359328 26.641,80 0,00
23/05/2025 6.958,00 5700032498 6.958,00 0,00
16/06/2025 3.669,12 5700032623 3.669,12 0,00
02/07/2025 26.641,80 PI365933 26.641,80 0,00
03/07/2025 7.542,08 5700032743 7.542,08 0,00
30/07/2025 2.497,04 5700032882 2.497,04 0,00
27/08/2025 3.108,56 5700032988 3.108,56 0,00
11/09/2025 53.283,60 PI373292 53.283,60 0,00
26/09/2025 3.669,12 5700033183 3.669,12 0,00
22/10/2025 87.917,94 PI378676 87.917,94 0,00
29/10/2025 8.306,48 6396000017 8.306,48 0,00
06/11/2025 2.350,00 739425648775 2.350,00 0,00
28/11/2025 9.070,88 6396000235 9.070,88 0,00
03/12/2025 9.687,93 739425655153 9.687,93 0,00
12/12/2025 7.542,08 6396000398 7.542,08 0,00
16/12/2025 47.955,24 PI387641 47.955,24 0,00
17/12/2025 3.996,27 PI388058 3.996,27 0,00
  4.121,25 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA.   4.121,25
  5.522,48   5.522,48
  4.121,25   4.121,25
  4.121,25   4.121,25
  8.242,50   8.242,50
  4.121,25   4.121,25
 Total.   367.203,72   336.953,74 30.249,98
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Actualización de garantías de distribución», ENAGÁS GTS ha presentado 20 facturas de los siguientes: [*****], por un importe total de 336.953,74 euros.

Tabla 7. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación. 19/03/2025 3.626,00 5700032119 3.626,00 0,00
07/05/2025 3.455,68 PI358857 3.455,68 0,00
27/05/2025 1.960,00 5700032530 1.960,00 0,00
17/06/2025 3.455,68 PI363960 3.455,68 0,00
17/06/2025 6.911,35 PI363961 6.911,35 0,00
23/07/2025 1.477,84 5700032814 1.477,84 0,00
23/07/2025 1.828,00 739425631300 1.828,00 0,00
19/08/2025 3.455,67 PI371045 3.455,67 0,00
19/08/2025 4.720,74 PI371044 4.720,74 0,00
19/08/2025 3.879,42 PI371043 3.879,42 0,00
09/09/2025 3.365,21 S183007042 3.365,21 0,00
  3.297,00 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA.   3.297,00
  3.461,85   3.461,85
 Total.   44.894,44   38.135,59 6.758,85
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación», ENAGÁS GTS ha presentado 11 facturas de los siguientes proveedores: [*****], por un importe total de 38.135,59 euros.

Tabla 8. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Facturación de recargos de slot»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Facturación de recargos de slot. 26/09/2025 5.554,64 5700033193 5.554,64 0,00
29/09/2025 988,00 S183007142 988,00 0,00
21/10/2025 1.716,00 S183007303 1.716,00 0,00
21/10/2025 1.992,80 739425645569 1.992,80 0,00
22/10/2025 17.694,08 PI378669 17.694,08 0,00
28/10/2025 3.182,46 6011722749 3.182,46 0,00
29/10/2025 5.045,04 6396000022 5.045,04 0,00
04/11/2025 1.716,00 S183007334 1.716,00 0,00
05/11/2025 26.541,13 PI380295 26.541,13 0,00
28/11/2025 3.923,92 6396000242 3.923,92 0,00
28/11/2025 509,60 6396000252 509,60 0,00
03/12/2025 26.541,13 PI384836 26.541,13 0,00
12/12/2025 6.930,56 6396000404 6.930,56 0,00
16/12/2025 1.716,00 S183007635 1.716,00 0,00
16/12/2025 17.694,08 PI387636 17.694,08 0,00
16/12/2025 1.028,28 PI387639 1.028,28 0,00
16/12/2025 6.874,81 739425657718 6.874,81 0,00
16/12/2025 2.124,80 PI387638 2.124,80 0,00
16/12/2025 2.340,42 6252040311 2.340,42 0,00
17/12/2025 2.179,66 6252040557 2.179,66 0,00
18/12/2025 12.729,84 6011729390 12.729,84 0,00
  3.544,28 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA.   3.544,28
  7.006,13   7.006,13
  19.369,88   19.369,88
 Total.   178.943,54   149.023,25 29.920,29
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Facturación de recargos de slot», ENAGÁS GTS ha presentado 21 facturas de los siguientes proveedores: [*****], por un importe total de 149.023,25 euros.

Tabla 9. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Seguridad de suministro»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Seguridad de suministro. 10/09/2025 2.036,45 V90052805 2.036,45 0,00
26/09/2025 1.019,20 5700033189 1.019,20 0,00
05/11/2025 7.920,63 PI380315 7.920,63 0,00
05/11/2025 7.920,63 PI380292 7.920,63 0,00
28/11/2025 2.548,00 6396000241 2.548,00 0,00
03/12/2025 15.841,25 PI384834 15.841,25 0,00
03/12/2025 3.100,00 739425655157 3.100,00 0,00
12/12/2025 4.076,80 6396000403 4.076,80 0,00
15/12/2025 16.022,02 V90054956 16.022,02 0,00
16/12/2025 416,00 S183007634 416,00 0,00
17/12/2025 11.465,52 PI388054 11.465,52 0,00
  2.888,49 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA.   2.888,49
  2.788,88   2.788,88
  5.478,17   5.478,17
 Total.   83.522,04   72.366,50 11.155,54
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Seguridad de suministro», ENAGÁS GTS ha presentado 11 facturas de los siguientes proveedores: [*****], por un importe total de 72.366,50 euros.

Tabla 10. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Contratos de desbalance por EMS»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Contratos de desbalance por EMS. 28/11/2025 509,60 6396000253 509,60 0,00
18/12/2025 3.465,28 6396000493 3.465,28 0,00
19/12/2025 12.385,00 PI388783 12.385,00 0,00
  1.895,78 No hay facturas. Corresponden al coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA.   1.895,78
 Total.   18.255,66   16.359,88 1.895,78
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Contratos de desbalance por EMS», ENAGÁS GTS ha presentado 3 facturas de los siguientes proveedores: [*****], por un importe total de 16.359,88 euros.

Tabla 11. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Eliminación viabilidad operador saliente»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Eliminación viabilidad operador saliente. 16/12/2025 1.245,50 739425657717 1.245,50 0,00
 Total.   1.245,50   1.245,50 0,00
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Eliminación viabilidad operador saliente», ENAGÁS GTS ha presentado 1 factura del siguiente proveedor: [*****], por un importe total de 1.245,50 euros.

Tabla 12. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Actualización de garantías de distribución - Fase 2»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Actualización de garantías de distribución - Fase 2. 18/12/2025 6.930,56 6396000473 6.930,56 0,00
 Total.   6.930,56   6.930,56 0,00
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Actualización de garantías de distribución - Fase 2», ENAGÁS GTS ha presentado 1 factura del siguiente proveedor: [*****], por un importe total de 6.930,56 euros.

Tabla 13. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para el proyecto «Soporte digitalización dispatching»

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Soporte digitalización dispatching. 31/01/2025 5.100,00 20250100661 5.100,00 0,00
17/03/2025 5.100,00 20250300191 5.100,00 0,00
31/03/2025 5.100,00 20250300775 5.100,00 0,00
19/05/2025 5.100,00 20250500248 5.100,00 0,00
16/06/2025 5.100,00 20250600232 5.100,00 0,00
30/06/2025 5.100,00 20250600898 5.100,00 0,00
31/07/2025 5.100,00 20250700751 5.100,00 0,00
30/09/2025 5.100,00 20250900660 5.100,00 0,00
21/10/2025 5.100,00 20251000395 5.100,00 0,00
31/10/2025 5.100,00 20251000951 5.100,00 0,00
30/11/2025 5.100,00 20251100925 5.100,00 0,00
26/12/2025 5.100,00 20251200905 5.100,00 0,00
 Total.   61.200,00   61.200,00 0,00
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para el proyecto «Soporte digitalización dispatching», ENAGÁS GTS ha presentado 12 facturas del siguiente proveedor: [*****], por un importe total de 61.200,00 euros.

Tabla 14. Comparativa de los costes indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025 para la contratación de personal temporal

Proyecto Importe indicado por ENG GTS Importe justificado con factura

Diferencia

Euros

Fecha factura

Importe

Euros

N.º factura

Importe sin IVA

Euros

Contratación de personal temporal. 29/01/2025 4.847,61 FCP06-2501-0225 4.847,61 0,00
31/01/2025 5.033,63 25008344 5.033,63 0,00
26/02/2025 4.833,09 FCP06-2502-0256 4.833,09 0,00
28/02/2025 5.016,25 25012171 5.016,25 0,00
31/03/2025 4.847,61 FCP06-2503-0999 4.847,61 0,00
31/03/2025 5.033,63 25023198 5.033,63 0,00
30/04/2025 4.833,09 FCP06-2504-1938 4.833,09 0,00
30/04/2025 5.016,25 25035234 5.016,25 0,00
30/05/2025 4.818,57 FCP06-2505-0439 4.818,57 0,00
31/05/2025 4.998,87 25042325 4.998,87 0,00
30/06/2025 4.355,85 FCP06-2506-0350 4.355,85 0,00
30/06/2025 4.842,45 25053725 4.842,45 0,00
30/06/2025 1.840,68 FCP06-2506-0347 1.840,68 0,00
31/07/2025 4.542,69 FCP06-2507-1228 4.542,69 0,00
31/07/2025 4.668,65 25063841 4.668,65 0,00
31/07/2025 4.601,69 FCP06-2507-1223 4.601,69 0,00
28/08/2025 4.542,69 FCP06-2508-0300 4.542,69 0,00
28/08/2025 4.141,52 FCP06-2508-0297 4.141,52 0,00
31/08/2025 4.668,65 25072638 4.668,65 0,00
29/09/2025 4.233,62 FCP06-2509-0293 4.233,62 0,00
29/09/2025 4.935,65 FCP06-2509-0294 4.935,65 0,00
30/09/2025 4.877,21 25085357 4.877,21 0,00
30/10/2025 4.935,65 FCP06-2510-0376 4.935,65 0,00
31/10/2025 5.068,39 25095731 5.068,39 0,00
25/11/2025 4.877,57 FCP06-2511-0211 4.877,57 0,00
30/11/2025 4.314,99 25106305 4.314,99 0,00
30/11/2025 3.995,62 25106304 3.995,62 0,00
30/11/2025 2.185,21 25106303 2.185,21 0,00
30/11/2025 4.332,37 25106301 4.332,37 0,00
30/11/2025 3.834,89 25106306 3.834,89 0,00
31/12/2025 4.627,20 25115705 4.627,20 0,00
31/12/2025 4.644,58 25115708 4.644,58 0,00
31/12/2025 4.906,61 FCP06-2512-2704 4.906,61 0,00
31/12/2025 4.627,20 25115709 4.627,20 0,00
31/12/2025 4.644,59 25115707 4.644,59 0,00
 Total.   158.524,82   158.524,82 0,00
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Para la contratación de personal temporal, ENAGÁS GTS ha presentado 35 facturas de los siguientes proveedores: [*****], por un importe total de 158.524,82 euros.

Tabla 15. Comparación de los costes totales indicados por ENG GTS y los justificados mediante facturas en 2025

Proyecto

Importe indicado por ENG GTS

Euros

Importe justificado con factura

Euros

Diferencia

Euros

Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases. 434.563,07 391.702,07 42.861,00
Adaptación de la reserva anual y diaria. 35.687,31 29.423,01 6.264,30
Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering. 171.529,43 146.966,79 24.562,64
Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots. 266.306,42 222.044,19 44.262,23
Actualización de garantías de distribución. 367.203,72 336.953,74 30.249,98
Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación. 44.894,44 38.135,59 6.758,85
Facturación de recargos de slot. 178.943,54 149.023,25 29.920,29
Seguridad de suministro. 83.522,04 72.366,50 11.155,54
Contratos de desbalance por EMS. 18.255,66 16.359,88 1.895,78
Eliminación viabilidad operador saliente. 1.245,50 1.245,50 0,00
Actualización de garantías de distribución - Fase 2. 6.930,56 6.930,56 0,00
Soporte digitalización dispatching. 61.200,00 61.200,00 0,00
Contratación de personal temporal. 158.524,82 158.524,82 0,00
 Total. 1.828.806,51 1.630.875,90 197.930,61
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Como se observa de la Tabla 2 a la Tabla 10, los proyectos «Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases», «Adaptación de la reserva anual y diaria», «Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering», «Actualización de garantías de distribución», «Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots», «Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación», «Facturación de recargos de slot», «Seguridad de suministro» y «Contratos de desbalance por EMS» cuentan con un importe relativo a un coste de horas del cual no hay factura justificativa, sino un apunte en el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión de ENAGÁS SA a ENAGÁS GTS. Estos importes corresponden a horas internas de la Dirección de Sistemas de Información, que está ubicada en la sociedad holding ENAGÁS, SA Según se reflejó en la Resolución de 2 de marzo de 2023 por la que se calcula el saldo de la cuenta regulatoria (RAP/DE/007/22), los importes de horas internas correspondientes a proyectos de cuenta regulatoria se contabilizan como gasto dentro de la cuenta contable «Servicios holding». En la Tabla 16 se recoge el importe de horas dedicado a cada proyecto, cuyo total es de 197.930,61 euros.

Tabla 16. Coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA

Proyecto Coste de horas internas bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA
Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases. 42.861,00
Adaptación de la reserva anual y diaria. 6.264,30
Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering. 24.562,64
Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots. 44.262,23
Actualización de garantías de distribución. 30.249,98
Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación. 6.758,85
Facturación de recargos de slot. 29.920,29
Seguridad de suministro. 11.155,54
Contratos de desbalance por EMS. 1.895,78
Eliminación viabilidad operador saliente. 0,00
Actualización de garantías de distribución - Fase 2. 0,00
Soporte digitalización dispatching. 0,00
Contratación de personal temporal. 0,00
 Total. 197.930,61
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Asimismo, como también se reflejó en la citada Resolución de 2 de marzo de 2023, los importes incluidos en la cuenta contable «Servicios holding» estarían incluyendo un margen del 5%. De acuerdo con el artículo 9, punto 3, de la Circular 1/2020, de 9 de enero, los costes a recuperar no deben incluir márgenes, por tanto, se procede a minorar el importe de 197.930,61 euros por su margen, resultando en un importe de 188.505,34 euros.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 9, punto 3, de la Circular 1/2020, de 9 de enero, los costes deben ser adicionales a los incluidos en la base de retribución. La base de retribución del periodo regulatorio 2024-2026 se calculó con los datos de la información regulatoria de costes de 2017, dado que la base se mantuvo igual a la del periodo regulatorio 2021-2023. Resulta necesario, por tanto, valorar si el coste de horas de sistemas que se justifica con cargo a la cuenta regulatoria en 2025 es adicional al de 2017. Como se observa en la siguiente tabla, en 2017 el importe de horas de sistemas era inferior al de 2025, por lo tanto, se considera que las horas de sistemas incrementales asociadas a los proyectos citados cualifican para ser recuperados con cargo a la cuenta regulatoria.

Tabla 17. Importe de horas internas de la Dirección de Sistemas de Información incurridos bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA entre 2017 y 2025

[*****]

Fuente: Elaboración propia a partir del contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión entre ENG GTS y ENG.

No se ha detectado que los costes incluyan costes indirectos, ni que no se hayan incurrido con criterios de prudencia y eficiencia económica.

Por todo ello, se considera que los costes que cumplen con los principios establecidos en el artículo 9, punto 3, de la Circular 1/2020, y, por tanto son costes incurridos por el gestor técnico del sistema con cargo a la cuenta regulatoria, corresponden al importe justificado a través de facturas (1.630.875,90 euros), salvo para el importe de horas internas de la Dirección de Sistemas de Información incurridos bajo el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión con ENAGÁS, SA descontando el margen (188.505,34 euros), lo que resulta en un importe de 1.819.381,24 euros.

Tabla 18. Importe incurrido por el gestor técnico del sistema con cargo a la cuenta regulatoria en 2025

Proyecto

Importe indicado por ENG GTS

Euros

Importe justificado con factura

Euros

Importe de horas de la Dirección de Sistemas de Información, sin margen

Euros

Importe a recuperar por el GTS por cuenta regulatoria

Euros

Nuevo servicio de acceso al PVB desde plantas de producción de otros gases. 434.563,07 391.702,07 40.820,00 432.522,07
Adaptación de la reserva anual y diaria. 35.687,31 29.423,01 5.966,00 35.389,01
Adaptación del proyecto cargas como descargas a bunkering. 171.529,43 146.966,79 23.392,99 170.359,78
Adaptación de los procesos de flexibilidad de slots. 266.306,42 222.044,19 42.154,50 264.198,69
Actualización de garantías de distribución. 367.203,72 336.953,74 28.809,50 365.763,24
Adaptación del precio de retirada cuando es mayor que la prima de adjudicación. 44.894,44 38.135,59 6.437,00 44.572,59
Facturación de recargos de slot. 178.943,54 149.023,25 28.495,51 177.518,76
Seguridad de suministro. 83.522,04 72.366,50 10.624,32 82.990,82
Contratos de desbalance por EMS. 18.255,66 16.359,88 1.805,50 18.165,38
Eliminación viabilidad operador saliente. 1.245,50 1.245,50 0,00 1.245,50
Actualización de garantías de distribución - Fase 2. 6.930,56 6.930,56 0,00 6.930,56
Soporte digitalización dispatching. 61.200,00 61.200,00 0,00 61.200,00
Contratación de personal temporal. 158.524,82 158.524,82 0,00 158.524,82
 Total. 1.828.806,51 1.630.875,90 188.505,34 1.819.381,24
Fuente: Elaboración propia a partir de la información enviada por ENG GTS.

Por todo lo anterior, teniendo en cuenta que el saldo de la cuenta regulatoria para el periodo 2024-2026 establecido en la Resolución de 16 de marzo de 2023 (RAP/DE/005/22) y ampliado a través de la Resolución de 5 de julio de 2024 (RAP/DE/007/24) es de 6.324 miles de euros, que el saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2024 resulta en 6.246 miles de euros, y que el importe incurrido por el gestor técnico del sistema con cargo a la cuenta regulatoria en 2025 es de 1.819 miles de euros, el saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2025 resulta en 4.427 miles de euros.

Por todo lo anterior, conforme a las funciones asignadas en el artículo 7.1.i) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, y de conformidad con la Circular 1/2020, modificada a través de la Circular 2/2023, previo trámite de audiencia, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, resuelve:

Único. Saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2025.

De conformidad con el artículo 9, punto 4, de la Circular 1/2020, de 9 de enero, el saldo de la cuenta regulatoria al término del ejercicio 2025 es de 4.427 miles euros.

Comuníquese esta resolución al gestor técnico del sistema gasista y publíquese en la página web de la CNMC, y en el «Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1, párrafo final, de la Ley 3/2013, de 4 de junio.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y puede interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOE, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Se hace constar que frente a la presente resolución no cabe interponer recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC.

Madrid, 29 de junio de 2026.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.

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