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Documento BOE-A-2026-15017

Real Decreto 580/2026, de 7 de julio, por el que se revoca, a título póstumo, la Gran Cruz de Sanidad concedida a don Antonio Vallejo Nájera Lobón.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 9 de julio de 2026, páginas 95805 a 95806 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2026-15017

TEXTO ORIGINAL

Los antecedentes de la Orden Civil de Sanidad se remontan a 1838, año en que, al objeto de premiar los méritos y servicios extraordinarios prestados con motivo de enfermedades contagiosas o epidémicas, fue reglamentada la concesión de la Cruz de Epidemias, por Real Orden de 15 de agosto de 1838.

Por Real Decreto de 17 de mayo de 1856 fue creada la Orden Civil de Beneficencia, en atención a los servicios relevantes con ocasión de calamidades públicas o riesgos en que se perdiera la vida en beneficio de otros.

Ambas condecoraciones persistieron separadas hasta que por Real Decreto de 29 de agosto de 1910 se refundieron.

No obstante, se separaron nuevamente y la antigua Cruz de Epidemias pasó a denominarse Orden Civil de Sanidad, mediante el Decreto de 27 de julio de 1943.

En la actualidad la Orden Civil de Sanidad se encuentra regulada por el Real Decreto 1270/1983, de 30 de marzo, por el que se regula la Orden Civil de Sanidad, y la Orden de 14 de abril de 1987 por la que se determina la composición y funciones del Consejo de la Orden Civil de Sanidad; con las siguientes categorías:

– Gran Cruz.

– Encomienda.

– Cruz Sencilla.

La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, se fundamenta en los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como en los valores democráticos de concordia, convivencia, pluralismo político, defensa de los derechos humanos, cultura de paz e preservar en la memoria colectiva los desastres de la guerra y de toda forma de totalitarismo y, a tal efecto, insta a las administraciones públicas a que desarrollen todas aquellas medidas destinadas a evitar que las violaciones de derechos humanos que se produjeron durante el Golpe de Estado, la Guerra Civil y la Dictadura, puedan volver a repetirse.

La citada ley regula, en su artículo 42, la revisión y revocación de las condecoraciones concedidas con anterioridad a su entrada en vigor, cuando quede acreditado que el beneficiario, antes o después de la concesión, con motivo de haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista, hubiera realizado actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos, así como con los requisitos para su concesión. Además, prevé, en su apartado 4, la posibilidad de que dicha revocación pueda llevarse a cabo, también, a título póstumo, cuando la persona condecorada ya hubiera fallecido.

Don Antonio Vallejo Nájera Lobón recibió la Gran Cruz de Sanidad por Decreto de 28 de julio de 1947, durante la dictadura franquista.

Psiquiatra militar vinculado al nazismo y al aparato ideológico del régimen franquista, utilizó la medicina para justificar políticas de persecución y represión durante la dictadura franquista. Sus teorías eugenésicas, financiadas y promovidas por el régimen, sirvieron de base ideológica para la comisión de crímenes contra la humanidad, como la sustracción sistemática de miles de niños y niñas del bando republicano para su «reeducación» política y moral.

Su pensamiento y sus actuaciones representaron una instrumentalización de la psiquiatría al servicio de una ideología totalitaria y eugenésica, orientada a «purificar» la sociedad mediante la patologización de quienes pensaban diferente.

Mantener su nombre entre los condecorados con la Orden Civil de Sanidad es incompatible con los valores democráticos, éticos y los derechos humanos que hoy guían nuestra sanidad pública.

En atención a las expresadas circunstancias de singular relevancia que concurren en la persona a la que se refiere este real decreto, que se recogen en el acuerdo de inicio del procedimiento, de conformidad con el artículo 42 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, y con los hechos y fundamentos de Derecho acreditados en el mismo, que se dan por reproducidos, a propuesta de la Ministra de Sanidad, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de julio de 2026,

DISPONGO:

Único. 

Se revoca, a título póstumo, la Gran Cruz de Sanidad otorgada a don Antonio Vallejo Nájera Lobón.

Dado el 7 de julio de 2026.

FELIPE R.

La Ministra de Sanidad,

MÓNICA GARCÍA GÓMEZ

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