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La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, ha comunicado la interposición, por parte de la Asociación Pymes de Actividades Náuticas Islas Baleares y Associació de Centres de Busseig de Ses Illes Balears, del recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 1188/2025, de 26 de diciembre, por el que se modifican determinadas normas en materia de Marina Mercante, NIG: 28079 13 3 2026 0000076.
En consecuencia, conforme al artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, mediante esta resolución se emplaza a todos los posibles interesados en el mantenimiento del acuerdo o la resolución recurrida, que sean titulares de un derecho subjetivo o de un interés legítimo y que aparezcan plenamente identificados en el expediente, para personarse ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, si a su derecho conviene, disponiendo para ello de un plazo de nueve días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de junio de 2026.–La Directora General de la Marina Mercante, Ana Núñez Velasco.
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