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Documento BOE-A-2026-12269

Resolución de 5 de junio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 6 de junio de 2026, páginas 77889 a 77891 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2026-12269

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 4 de junio de 2026 la Adenda de prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad −Dirección General de la Policía−, para la realización de actuaciones materiales y técnicas, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 5 de junio de 2026.–El Secretario General Técnico, P. S. (Real Decreto 770/2017, de 28 de julio), el Vicesecretario General Técnico del Ministerio del Interior, Antonio Cerrolaza Gómez.

ANEXO
Adenda de prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad −Dirección General de la Policía−, para la realización de actuaciones materiales y técnicas

Madrid, 4 de junio de 2026.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco Pardo Piqueras, Presidente del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. conforme se establece en el artículo 9.1 del Real Decreto 666/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. (en adelante, el Centro Universitario), en virtud de la competencia atribuida en el artículo 9.2.f) del Real Decreto 666/2022, de 1 de agosto, como Presidente del Consejo Rector.

Y de otra, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, nombrada por Real Decreto 435/2025, de 3 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 134, de 4 de junio), al amparo de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, actuando por resolución de avocación, de fecha 14 de abril de 2026, sobre la competencia delegada en el Director General de la Policía para la firma de encomiendas de gestiones.

EXPONEN

Primero.

Con fecha 25 de mayo de 2023 se firmó el «Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas» (en adelante, Acuerdo de encomienda), teniendo por objeto, con arreglo a su cláusula primera, conferir a la Dirección General de la Policía, a través de sus órganos dependientes, la realización de alguna de las actividades materiales y técnicas atribuidas al Centro Universitario en el artículo 5 del Real Decreto 666/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A.

El Acuerdo de encomienda fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 135, de 7 de junio de 2023, fecha de su entrada en vigor, con una duración inicial de dos años, según lo estipulado en la cláusula octava (apartado 2), que prevé también que, en cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo, puede acordarse su prórroga por un nuevo periodo de un año, más otro opcional, mediante acuerdo expreso de las partes (apartado 3).

En atención a lo anterior y a lo dispuesto en la cláusula décima, que permite que la encomienda de gestión pueda ser modificada de mutuo acuerdo entre las partes mediante formalización del oportuno acuerdo de modificación suscrito con anterioridad a la expiración del referido plazo de duración, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Registro de convenios y encomiendas de gestión del sector público estatal, el 2 de junio de 2025 se suscribió la «Adenda de modificación y prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad −Dirección General de la Policía−, para la realización de actuaciones materiales y técnicas» (en adelante, Adenda de modificación y prórroga), que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 135, de 5 de junio de 2025 (corrección de errores en el «Boletín Oficial del Estado» número 144, de 16 de junio de 2025).

Segundo.

Manteniéndose las circunstancias en atención a las cuales fue suscrito el Acuerdo de encomienda, al no disponer el Centro Universitario ni de los recursos humanos ni de los medios técnicos y materiales idóneos para un correcto desempeño de determinadas competencias, resulta necesario prorrogar su vigencia, acogiéndose las partes a la previsión contenida en la mencionada cláusula octava, apartado 3, del Acuerdo de encomienda y a lo establecido en la cláusula tercera de la Adenda de modificación y prórroga de dicho acuerdo suscrita en junio de 2025, que dispone que, a la finalización de la prórroga, por acuerdo expreso de las partes podrá acordarse la prórroga por otro año más.

En atención a lo que antecede y de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las partes acuerdan unánimemente suscribir la presente Adenda de prórroga (en adelante, la Adenda de prórroga) del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas, con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda de prórroga y régimen jurídico.

La presente Adenda de prórroga tiene por objeto prorrogar por otro año más el «Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas», suscrito el 25 de mayo de 2023 («Boletín Oficial del Estado» número 135, de 7 de junio de 2023).

Esta prórroga se tramita conforme a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segunda. Prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas.

Las partes firmantes del «Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas», suscrito el 25 de mayo de 2023 («Boletín Oficial del Estado» número 135, de 7 de junio de 2023), expresan unánimemente su voluntad de prorrogar por otro año más el citado Acuerdo de encomienda, manteniendo su vigencia durante dicho periodo en los términos acordados tras la Adenda de modificación y prórroga suscrita el 2 de junio de 2025 («Boletín Oficial del Estado» número 135, de 5 de junio de 2025; corrección de errores en el «Boletín Oficial del Estado» número 144, de 16 de junio de 2025).

A tenor del apartado 2 de la cláusula quinta del Acuerdo de encomienda, la presente Adenda de prórroga llevará aparejada el incremento del coste de la prestación conforme al IPC determinado para cada ejercicio, ascendiendo, en consecuencia, el total de los gastos del Acuerdo de encomienda, tras esta segunda prórroga, a la cuantía de 54.014,40 euros.

Tercera. Eficacia de la Adenda de prórroga del Acuerdo de encomienda.

La presente Adenda de prórroga se perfecciona con el consentimiento unánime de las partes y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para su eficacia deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la fecha en la que entrará en vigor. Asimismo, una vez firmada, deberá ser inscrita en el Registro de convenios y encomiendas de gestión del sector público estatal (RCESPE).

Cuarta. Transparencia.

Las partes firmantes de la presente Adenda de prórroga del Acuerdo de encomienda se comprometen al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, conforme al artículo 8.1.b), que establece la obligación de hacer públicas las encomiendas de gestión que se firmen.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente Adenda de prórroga, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Presidente del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., Francisco Pardo Piqueras.–La Secretaria de Estado de Seguridad, Ana María Calvo Sastre.

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