Con fecha 12 de mayo de 2026 se ha firmado, el Convenio entre el Ministerio de Cultura y Wikimedia España para la mejora y difusión de los contenidos sobre los museos estatales dependientes de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes en los proyectos Wikimedia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de mayo de 2026.–La Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.
En Madrid, a 12 de mayo de 2026.
REUNIDOS
Doña María Ángeles Albert de León, Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, designada mediante Real Decreto 1150/2024, de 11 de noviembre, representando al Ministerio de Cultura y actuando en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el capítulo II, apartado cuarto, 2.e) de la Orden CLT/1527/2025, de 23 de diciembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
Doña María Carmen Ramilo Araujo, en su condición de Secretaria y apoderada de la Asociación Wikimedia España, con NIF G-10413698, con domicilio social en calle Vega Sicilia núm. 2, 47008, Valladolid, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones (número 597390, grupo 1, sección 1), actuando en virtud de poder especial otorgado por su Presidenta, doña Laura Fiorucci, con facultades suficientes para la firma del presente convenio, que declara vigentes.
Las partes, en nombre y representación de sus respectivas instituciones, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad suficiente y necesaria para este acto, y proceden a suscribir el presente convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN
I. Que conforme con el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, el Ministerio de Cultura es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español y de los museos estatales.
II. Que de acuerdo con el artículo 5 apartado s) del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, le corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal adscritos a dicha Dirección y el ejercicio de las actuaciones inherentes a la titularidad de los museos estatales gestionados por las comunidades autónomas. Asimismo, conforme al artículo 5 u), le corresponde a la citada Dirección General la cooperación con otras Administraciones y entidades públicas y privadas en materia de museos.
III. Que Wikimedia España es una asociación sin ánimo de lucro al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y normas complementarias, declarada de utilidad pública a través de la Orden INT/139/2021, de 11 de febrero por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones, y que tiene como finalidad principal promover directa o indirectamente la difusión, mejora y sustento de todas las iniciativas que apoyen el libre acceso, uso, estudio, modificación y redistribución de contenidos, tales como los proyectos hospedados y apoyados por la Wikimedia Foundation, Inc. (en adelante, «los proyectos Wikimedia»).
IV. Que, para cumplir su finalidad, Wikimedia España puede realizar las siguientes actividades:
– Organizar encuentros, congresos, conferencias, talleres, cursos o cualquier otro tipo de actividad pública destinada a difundir las iniciativas y proyectos objeto de su finalidad (en adelante, «las iniciativas»).
– Establecer relaciones, colaboraciones y acuerdos con cualquier tipo de entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, para mejorar el conocimiento, aprovechamiento y uso de todas las iniciativas, desarrollar sistemas que los difundan y promocionen, o recibir recursos económicos, humanos o de contenidos.
– Informar de forma adecuada a través de cualquier medio de comunicación a su alcance, por iniciativa propia o cuando se le solicite, sobre su propio funcionamiento y sobre asuntos relacionados con las iniciativas.
– Cualquier otro tipo de actividad que sus órganos consideren adecuada para el cumplimiento de su finalidad.
V. Que los museos tienen entre sus objetivos la investigación en el ámbito de sus colecciones y el desarrollo de actividades divulgativas y didácticas respecto a sus contenidos y temática, y dentro de estas, están muy interesados en que los contenidos e información que aparece sobre ellos en Wikipedia, la enciclopedia libre, y el resto de proyectos Wikimedia, sean adecuados tanto desde el punto de vista histórico como científico.
VI. Que, para lograr lo anterior, el Ministerio de Cultura considera de interés en colaborar con Wikimedia España en la organización y ejecución de cualquier tipo de iniciativa que busque explicar las políticas y técnicas de edición de los proyectos, asesorar sobre la subida de materiales bajo licencia libre, mejorar las relaciones con las comunidades de personas usuarias, y cuantas actividades puedan surgir de mutuo acuerdo entre ambas partes.
VII. Que, conforme a lo anterior, el Ministerio de Cultura considera de interés suscribir este convenio, que fija los términos generales de la colaboración de los museos gestionados por la Dirección General de Patrimonio Cultura con Wikimedia España, con el objetivo de:
– Conocer el funcionamiento y los valores de los proyectos Wikimedia.
– Mejorar y ampliar los contenidos relacionados con los museos estatales que aparecen en Wikipedia y el resto de proyectos Wikimedia.
– Facilitar la incorporación de contenidos bajo licencia libre.
– Mejorar sus relaciones con las comunidades de los proyectos.
Por todo ello, ambas partes acuerdan firmar el presente convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
El objeto de este convenio es establecer las obligaciones de Wikimedia España y el Ministerio de Cultura a través de los museos estatales relacionados en el anexo, para la puesta en marcha de iniciativas de creación y actualización de los contenidos enciclopédicos y académicos ofrecidos por Wikipedia, en relación tanto con los bienes culturales custodiados por dichos museos como con la propia historia institucional de los mismos y de la formación de sus colecciones.
En el desarrollo de los proyectos y actividades culturales de creación de contenidos el Ministerio de Cultura sólo podrá facilitar imágenes sobre las que ostente la titularidad y los derechos de explotación conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. En todo caso, las imágenes se corresponderán con las obras de sus de sus colecciones que se encuentren en dominio público.
El Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, se compromete a:
A. Facilitar a Wikimedia España, a través de los museos estatales que figuran en el anexo, el acceso a la documentación e información textual, gráfica, sonora y/o audiovisual que, a juicio de los museos, sea necesaria para la coordinación y ejecución de las iniciativas, la cual será cedida de manera gratuita y con carácter no exclusivo. La utilización de estos recursos para fines distintos de los recogidos en el objeto del presente convenio deberá contar con la autorización previa y expresa de los museos que los tengan a su cargo.
B. Colaborar en la organización y difusión de las iniciativas a través de los medios y recursos que puedan ofrecer los museos para la correcta ejecución de dichas iniciativas, e informarles para facilitar su participación en esta colaboración.
C. Permitir, bajo las directrices de los directores de cada museo, el acceso a los mismos, a voluntarios, colaboradores y otras personas que Wikimedia España pueda poner en contacto con los museos y que acepten desarrollar iniciativas de cualquier naturaleza en estos, sean iniciativas de carácter puntual, continuadas, realizadas de forma remota o de tipo presencial, durante un período de tiempo a concretar.
En el supuesto de que sea necesario que las personas mencionadas efectúen sus tareas de forma presencial en los museos, se facilitará el espacio necesario para su realización en aquellos centros en los que sea posible.
En ningún caso existirá relación laboral entre las personas que presente Wikimedia España y el Ministerio de Cultura. A tal efecto Wikimedia España será responsable de todas las obligaciones con el voluntariado o laborales que la normativa vigente tiene establecidas.
Wikimedia España se compromete a:
A. Explicar la organización, las prácticas y los valores de los proyectos Wikimedia, incluyendo el funcionamiento de las licencias libres.
B. Coordinar o colaborar en la organización y difusión de las iniciativas, así como en la publicación gratuita y no exclusiva en los proyectos Wikimedia de materiales, contenidos, datos o metadatos propios o relacionados con los museos, cuyos derechos de autor hayan expirado o sean de titularidad de los propios museos.
C. Promover acciones que faciliten la integración o aprovechamiento de los sitios web de los museos en los proyectos Wikimedia, tales como, con carácter enunciativo y no limitativo, publicación de datos abiertos, mantenimiento de enlaces temáticos con identificadores únicos adecuados, y recuperación o preservación de enlaces pasados y actuales.
D. Informar a las personas asociadas sobre la existencia de este convenio para fomentar su participación en las acciones previstas en él y cumplir con las obligaciones con el voluntariado o laborales que la normativa vigente tiene establecidas.
El presente convenio no conlleva implicación financiera ni para el Ministerio de Cultura ni para Wikimedia España.
Se creará una Comisión de Seguimiento del convenio paritaria, que estará constituida por:
En representación del Ministerio de Cultura: la persona titular de la Subdirección General de Museos Estatales y la persona titular de la Subdirección Adjunta de Museos Estatales o persona en que deleguen.
En representación de Wikimedia España: dos personas designadas por esta asociación.
La comisión realizará funciones de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución de los compromisos adquiridos por los firmantes del convenio, y resolverá las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.
La comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de funcionamiento. En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se asegure por medios electrónicos la identidad de sus miembros. A tal efecto se consideran como medios electrónicos válidos, además de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.
1. El presente convenio se perfecciona con su firma y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y mantendrá su vigencia durante el plazo de cuatro años. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
2. En cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo inicial de vigencia podrá ser prorrogado por un periodo de hasta cuatro años adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La prórroga se formalizará necesariamente en documento escrito y firmado por ambas partes, previa sustanciación de todos los trámites previstos normativamente incluida su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. La voluntad de prorrogar el convenio se comunicará con antelación suficiente.
El contenido del presente convenio podrá modificarse por acuerdo unánime de los firmantes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
1. Se entenderá extinguido el convenio por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
2. Serán causas de resolución anticipada del convenio, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
b) El acuerdo unánime de los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes.
d) Una decisión judicial declaratoria de su nulidad.
e) Cualquier otra causa prevista en las leyes.
3. En caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los responsables de la Comisión de Seguimiento. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa no conllevará indemnización.
1. Cualquier tratamiento sobre los datos personales al que las partes puedan proceder en el desarrollo de este convenio se someterá a la normativa de protección de datos personales, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. Asimismo, este convenio se someterá a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial; de no ser posible, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo de Madrid.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio, que se extiende por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Cultura, la Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.–Por la Asociación Wikimedia España, la Secretaria, María Carmen Ramilo Araujo.
1. Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira.
Avda. Sanz de Sautuola, s/n.
39330 Santillana del Mar (Cantabria).
Tfno.: 942818005.
2. Museo del Greco.
C/ Samuel Leví, s/n.
45002 Toledo.
Tfno.: 925223665.
3. Museo Sefardí.
C/ Samuel Leví, s/n.
45002 Toledo.
Tfno.: 925223665.
4. Museo Casa de Cervantes.
C/ Rastro, s/n.
47001 Valladolid.
Tfno.: 983308810.
5. Museo Nacional de Escultura.
C/ Cadenas de San Gregorio, 1.
47011 Valladolid.
Tfno.: 983250375.
6. Museo Nacional de Arte Romano.
C/ José Ramón Mélida, s/n.
06800 Mérida (Badajoz).
Tfno.: 924311690.
7. Museo Nacional de Antropología.
C/ Alfonso XII, 68.
28014 Madrid.
Tfno.: 915395995.
8. Museo del Traje, Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico.
Avda. Juan de Herrera, 2.
28040 Madrid.
Tfno.: 915504700.
9. Museo Arqueológico Nacional.
C/ Serrano, 13.
28001 Madrid.
Tfno.: 915777912.
10. Museo Nacional de Artes Decorativas.
C/ Montalbán, 12.
28014 Madrid.
Tfno.: 915326499.
11. Museo Cerralbo.
C/ Ventura Rodríguez, 17.
28008 Madrid.
Tfno.: 915473646.
12. Museo Nacional del Romanticismo.
C/ San Mateo, 13.
28004 Madrid.
Tfno.: 914480163.
13. Museo Sorolla.
P.º General Martínez Campos, 37.
28010 Madrid.
Tfno.: 913101584.
14. Museo Nacional de Arqueología Subacuática.
P.º Alfonso XII, s/n.
30201 Cartagena (Murcia).
Tfno.: 968121166.
15. Museo Nacional de Cerámica y de las Artes Suntuarias «González Martí».
C/ Poeta Querol, 2.
46002 Valencia.
Tfno.: 963516392.
16. Museo de América.
Avda. Reyes Católicos, 6.
28040 Madrid.
Tfno.: 915439437.
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