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Documento BOE-A-2026-11053

Resolución de 11 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de la Comisión negociadora de aprobación de tablas salariales para el año 2026 del Convenio colectivo general del sector de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 22 de mayo de 2026, páginas 69846 a 69848 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2026-11053
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2026/05/11/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de la Comisión negociadora del Convenio Colectivo General del Sector de Mantenimiento y Conservación de Instalaciones Acuáticas (Código de Convenio n.º 99011925012000), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 de marzo de 2026, en la que se recogen las tablas salariales para el año 2026, y que ha sido suscrita el día 24 de marzo de 2026, de una parte, por la Asociación de fabricantes, distribuidores, mantenedores de equipos, productos químicos, constructores de piscinas e instalaciones deportivas (ASOFAP), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO. del Hábitat, y UGT-FeSMC, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales para el año 2026 del mencionado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de mayo de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE ACUERDOS DEL CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE INSTALACIONES ACUÁTICAS

Madrid a 24 de marzo de 2026.

Reunidos en la sede de CCOO de Hábitat (calle Albasanz, 3, 28037 Madrid), las personas que a continuación figuran y en la representación que ostentan:

Por ASOFAP:

Don Javier Forés Gil.

Don José María Vega Sánchez.

Por UGT-FeSMC:

Don Rubén García García.

Don Jorge Rodríguez Rodríguez.

Por CCOO del Hábitat:

Don Antonio Garde Piñera.

Don Alberto Margalló Pascual.

MANIFIESTAN

1.º Que una vez conocido el incremento final del año 2025 del Índice de Precios al Consumo (IPC), situado en el 2,9%.

2.º Que también conocido el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), para el año 2026. Fijado en el 3,1%.

3.º Procede a la aplicación del incremento salarial pactado en el artículo 30 del Convenio Colectivo General del Sector de Mantenimiento y Conservación de Instalaciones Acuáticas.

4.º Que, una vez aplicada la fórmula establecida (IPC del año anterior + 0,7%), corresponde aplicar un incremento salarial del 3,6% para el año 2026.

Por todo ello,

ACUERDAN

1.º Firmar las tablas salariales para el año 2026, con el incremento del 3,6% y que se adjuntan al presenta acta, como un todo indivisible. Hay que considerar que desde 2025 tanto salario mensual como anual se redondea a enteros. A las mismas se añade un pie de erratas detectado en tablas de años anteriores.

2.º Remitir este acta junto con las tablas salariales para el año 2026 del Convenio Colectivo General del Sector de Mantenimiento y Conservación de Instalaciones Acuáticas a la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Para su depósito, registro y orden de publicación en el «Boletín oficial del Estado» (BOE) y a tal efecto se faculta a don Pablo Urmeneta Abenia para su presentación.

Y no habiendo más temas a tratar, se declara concluida la reunión, previa lectura y firma de la presente acta.–Por ASOFAP, Javier Forés y José María Vega.–Por UGT-FeSMC, Rubén García y Jorge Rodríguez.–Por CCOO del Hábitat, Antonio Garde y Alberto Margalló.

Tablas salariales año 2026

Jornada 2026. 1770 horas

Categorías

Salario base

(14 pagas)

Euros

Salario base

anual

Euros

Precio hora

ordinaria/flexible

Euros

 Personal Técnico:      
Técnico Titulado. 2.080 29.124 16,45
Técnico Diplomado. 1.678 23.497 13,27
 Personal Administrativo-Mandos intermedios y cualificados:      
Jefe Administrativo. 1.466 20.523 11,60
Oficial Administrativo. 1.339 18.739 10,59
Auxiliar Administrativo. 1.227 17.173 9,70
Recepcionista-telefonista. 1.227 17.173 9,70
 Socorrista:      
Nivel A. 1.344 18.812 10,63
Nivel B. 1.227 17.173 9,70
Nivel C. 1.227 17.173 9,70
Socorrista correturnos. 1.344 18.812 10,63
Monitor de natación. 1.227 17.173 9,70
 Personal de oficio:      
Comercial. 1.464 20.494 11,58
Encargado. 1.443 20.204 11,41
Conductor especialista. 1.397 19.551 11,05
Conductor. 1.328 18.594 10,51
Instalador de montajes eléctricos. 1.397 19.551 11,05
Técnico de Mantenimiento en Instalaciones de Piscinas. 1.375 19.247 10,87
Instalador de montajes de circuitos de depuración y fontanería. 1.397 19.551 11,05
Ayudante de maquinista. 1.305 18.275 10,32
Almacenero. 1.227 17.173 9,70
Controlador de acceso al recinto de la instalación. 1.227 17.173 9,70
 Oficios varios:      
Auxiliar de oficios. 1.227 17.173 9,70
Limpiador de piscinas. 1.227 17.173 9,70
Auxiliar de instalaciones. 1.227 17.173 9,70
 Otros conceptos:      
Hora extraordinaria. 18    
Plus transporte. 139,85    
Media dieta. 14,5    
Precio kilómetro. 0,30    

Fe erratas: En tablas de años anteriores existía algún error en la cifra de cálculo en alguna categoría en hora ordinaria/flexible. Las Partes Firmantes son conscientes, sabedoras y acuerdan ante cualquier duda o discrepancia, que el importe de la hora ordinaria/flexible es el resultado de dividir el salario base anual entre la jornada anual de dicho año.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/05/2026
  • Fecha de publicación: 22/05/2026
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de marzo de 2026 (Ref. BOE-A-2026-5849).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Piscinas

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