El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, en su sesión ordinaria celebrada el pasado 26 de febrero de 2025, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General, ha acordado:
Revocar la delegación de facultades acordada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona en fecha 7 de junio de 2017 y publicada en el BOE 139, de 12 de junio de 2017, apartado 15, relativa a la «Evaluación y Planes de protección de instalaciones portuarias, planes de emergencia y procedimiento de alertas de viento», y consistente en la facultad para la aprobación, a propuesta del señor Director General, de las evaluaciones y los diferentes planes y procedimientos indicados en dicho epígrafe.
Delegar en el señor Presidente de la Autoridad Portuaria de Barcelona la facultad para la aprobación, a propuesta del señor Director General, de las Evaluaciones y los Planes de Protección de Instalaciones Portuarias, las disposiciones de Protección Equivalentes a los Planes de Protección de Instalación Portuaria, los Planes de Emergencia y los Procedimiento de Alertas de Viento.
Ordenar a la Subdirección General de Servicios Jurídicos y Contratación que disponga lo necesario para que los acuerdos anteriores sean publicados en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Barcelona, 3 de marzo de 2025.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Barcelona, José Alberto Carbonell Camallonga.
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