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Documento BOE-A-2025-27082

Orden PJC/1554/2025, de 26 de diciembre, por la que se prorroga por segunda vez el plazo de prestación de determinados servicios por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 30 de diciembre de 2025, páginas 179859 a 179859 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2025-27082
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2025/12/26/pjc1554

TEXTO ORIGINAL

La Orden PJC/908/2025, de 8 de agosto, por la que se determina la fecha de puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. estableció, en su apartado primero, el día 1 de septiembre de 2025 como dicha fecha. A su vez, en el apartado segundo de la orden se prevé que, hasta el 1 de noviembre de 2025, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes continuaría prestando determinados servicios a la Autoridad; pudiendo ser prorrogado dicho plazo por orden del titular del departamento.

Mediante la Orden PJC/1209/2025, de 30 de octubre, por la que se prorroga el plazo de prestación de determinados servicios por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., se prorrogó el citado plazo hasta el 31 de diciembre de 2025.

Con fecha 22 de diciembre de 2025, el Presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., ha solicitado una nueva prórroga del plazo ante la necesidad de seguir contando con algunos de los servicios que el Ministerio viene prestando en distintos ámbitos de la gestión ordinaria y funcionamiento de la Autoridad. Esta prórroga deviene necesaria para finalizar el proceso de puesta en funcionamiento de la Autoridad, una vez cuente con presupuesto propio en 2026.Por todo ello, resulta aconsejable prorrogar el mencionado plazo, a fin de que progresivamente la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. pueda adaptar sus recursos humanos y materiales a esta nueva fase sin que se vea afectada gravemente su actividad.

En virtud de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición transitoria única del Real Decreto 1101/2024, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, y de conformidad con el apartado cuarto de la Orden PJC/908/2025, de 8 de agosto, dispongo:

Único.

Prorrogar por segunda vez el plazo de prestación de los servicios previstos en el apartado segundo de la Orden PJC/908/2025, de 8 de agosto de 2025, por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., hasta el 31 de marzo de 2026.

Madrid, 26 de diciembre de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/12/2025
  • Fecha de publicación: 30/12/2025
Referencias anteriores
  • PRORROGA, hasta el 31 de marzo de 2026, el plazo indicado en el apartado 2 de la Orden PJC/908/2025, de 8 de agosto (Ref. BOE-A-2025-16764).
  • DE CONFORMIDAD con con la disposición transitoria única del Real Decreto 1101/2024, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2024-22298).
Materias
  • Comités consultivos
  • Delitos
  • Información
  • Infracciones
  • Ministerio de la Presidencia Justicia y Relaciones con las Cortes
  • Organización de la Administración del Estado

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