De conformidad con el apartado 6 del artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el apartado 2 del artículo 29 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública convocará con carácter anual el concurso unitario en cada subescala y/o categoría para la provisión de puestos reservados a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional.
El artículo 32 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, señala que el baremo de méritos generales se establecerá por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a excepción de la puntuación de los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, ya que la documentación acreditativa de los mismos debe remitirse junto a la solicitud de participación del concurso unitario, en los términos establecidos en la convocatoria del mismo.
En uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, esta Dirección General ha resuelto:
Dar publicidad a los méritos generales del personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, que ha presentado solicitud de participación en el concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional para el año 2024 y 2025, acreditados e inscritos en el Registro integrado de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional a la fecha de resolución de su convocatoria, y valorados de acuerdo con lo establecido en la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero, por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional.
Dichos méritos generales se incluyen como anexo a la presente resolución y se les dará publicidad en la página web del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (https://digital.gob.es/funcion-publica/dgfp/personal-funcionario-administracion-local/concursos-unitarios/2024-25).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1.i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interpone.
Madrid, 1 de diciembre de 2025.–La Directora General de la Función Pública, María Hilda Jiménez Núñez.
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