Con fecha 11 de noviembre de 2025 se ha suscrito la Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con las competencias conferidas por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, resuelvo:
Proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada adenda, que se incorpora como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de noviembre de 2025.–La Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, María Teresa Sancho Castiello.
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (en adelante Imserso), entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre, (BOE núm. 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Y, de otra parte, Sandra Fernández Herranz, Consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en nombre y representación de la citada Comunidad Autónoma, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril) y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la Presidenta de les Illes Balears, por el que se dispone el cese y nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 89, de 12 de julio) y en el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del presidente de las Illes Balears por el que se delega en los titulares de las consejerías la firma de convenios de colaboración y acuerdos de cooperación (BOIB núm. 166, de 29 de noviembre).
Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda en los términos que en ella se contienen, y al efecto,
EXPONEN
I
Que el Imserso y la Consejería de Familias y Asuntos Sociales del Gobierno de las Illes Balears firmaron el 15 de mayo de 2023, el convenio para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.
El convenio tiene por objeto la cesión de uso de forma no exclusiva por parte del Imserso a la citada Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears de la aplicación informática de su propiedad que ha desarrollado para la valoración del grado de discapacidad, denominada Baremo integrado de Discapacidad (Baredi), como instrumento para la evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado, relativa a las personas que solicitan dicha valoración en su ámbito territorial.
II
Que los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) son órganos técnicos públicos adscritos al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, como es en el caso de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears, o a aquellas comunidades autónomas con competencia en la materia, cuya misión principal es auxiliar a la Administración de Justicia en el ámbito de su disciplina científica y técnica.
Les corresponde, entre otras actuaciones periciales médico-legales, el control de los lesionados, la valoración de los daños corporales y de las enfermedades mentales que sean objeto de actuaciones procesales, incluidas las causas de la jurisdicción social.
El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Illes Balears (IMLCF), adscrito al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, está interesado en usar la herramienta Baredi. Analizada la cuestión, las partes del convenio han acordado la modificación del mismo para establecer la posibilidad de que por parte de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears se ceda la herramienta al IMLCF dependiente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de conformidad con la cláusula décima del convenio, que permite la modificación del mismo.
El uso compartido de la aplicación informática que ha desarrollado el Imserso, para la valoración de grado de discapacidad, supone una oportunidad para normalizar las herramientas de valoración de un parámetro complejo como es el cálculo del grado de discapacidad. Esta cesión supone sin duda un beneficio para las personas sobre las que se elaboran los informes pertinentes, al aumentar la seguridad jurídica y contribuir a la finalidad última establecida en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, de que la evaluación del grado de discapacidad que afecte a la persona sea uniforme en todo el territorio del Estado, garantizando con ello la igualdad de condiciones para el acceso de la ciudadanía a los derechos previstos en la legislación.
III
Que, de acuerdo con la cláusula décima del convenio, que permite la modificación del mismo, las partes consideran adecuado modificar el objeto y los compromisos de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears, recogidos en las cláusulas primera y cuarta respectivamente.
Por todo lo anteriormente expuesto, los comparecientes en representación de sus respectivas Administraciones públicas acuerdan suscribir la presente adenda de modificación del convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La presente adenda tiene como objeto modificar el objeto y las obligaciones que asumen las partes en relación con el convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.
Se modifica el contenido de cláusula primera, que queda redactada de la siguiente forma:
«Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto la cesión de uso de forma no exclusiva por parte del Imserso a la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears, de la aplicación informática de su propiedad que ha desarrollado para la valoración del grado de discapacidad, denominada Baremo Integrado de Discapacidad (Baredi), como instrumento para la evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado, relativa a las personas que solicitan dicha valoración, en el ámbito territorial de la citada Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears.
También tiene por objeto permitir el auxilio a los Tribunales, Juzgados y Fiscales por parte del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) en los procedimientos judiciales iniciados a instancia de parte en materia de reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.»
Se modifica el contenido de la cláusula cuarta que queda redactada de la siguiente manera:
«Cuarta. Compromisos de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears.
La Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de las Illes Balears, se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
– Usar la aplicación para la finalidad prevista en la cláusula primera.
– Cumplir los requisitos técnicos establecidos en cada momento por el Imserso.
– No ceder sus credenciales de acceso a organismos, instituciones o particulares. No obstante, se autoriza su cesión al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de las Illes Balears, dependiente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. La Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, deberá comprobar que la designación de los empleados públicos encargados de su uso corresponde a personas que deben de intervenir en el ámbito de un procedimiento judicial iniciado a instancia de parte. Esta cesión no permitirá el acceso por dicho Instituto, a los datos personales que consten en los expedientes de la citada Comunidad Autónoma, sino solo a la aplicación informática a los efectos de poder realizar simulaciones. Los compromisos del Imserso recogidos en la cláusula tercera se entenderán atribuidos a la consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia respecto al IMLCF.
– Custodiar y mantener las credenciales de acceso con la debida diligencia para asegurar su seguridad, confidencialidad y uso personal e intransferible.
– Gestionar y mantener actualizados los datos referentes a su unidad, responsables funcionales y del conjunto usuarios de su ámbito, así como su configuración. A tal efecto nombrará responsable o responsables encargados de la asignación, gestión y mantenimiento de los perfiles de usuarios.
– Nombrar un equipo que canalice y filtre las peticiones de asistencia al Imserso, de los usuarios de su ámbito.
– Mantener actualizados y válidos los accesos securizados a través de la red SARA.»
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma.
Se mantienen plenamente eficaces todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio en lo no estipulado por esta adenda.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman la presente adenda digitalmente, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante (11 de noviembre de 2025).–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María Teresa Sancho Castiello.–Por la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Consejera, Sandra Fernández Herranz.
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