Suscrito el 15 de julio de 2025 en Oporto, Portugal, el «Acuerdo de modificación del Convenio de Cooperación Transfronteriza entre la Comunidad de Castilla y León y la Comisión de Coordinación y Desarrollo Regional del Norte», por el Presidente de la Junta de Castilla y Léon, España, y el Presidente de la Comissão e Desenvolvimento Regional do Norte, Portugal, a través del que se modifican el artículo 2 «Ámbito competencial» y el punto 2 del artículo 9 «El Consejo Plenario» del Convenio de Cooperación Transfronteriza vigente entre las partes firmantes, la Comunidad de Castilla y Léon ha interesado el requisito de su publicación.
Dicho trámite se realiza por la Secretaría General de Coordinación Territorial, en el marco de lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 1317/1997, de 1 de agosto, sobre comunicación previa a la Administración General del Estado y publicación oficial de los convenios de cooperación transfronteriza de Comunidades Autónomas y Entidades Locales con Entidades Territoriales extranjeras.
De acuerdo con todo ello, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo expresado, cuyo texto se transcribe tras la presente Resolución.
Madrid, 6 de noviembre de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
Oporto, 15 de julio de 2025.
Considerando la proximidad geográfica, histórica, cultural, social y económica que une a la Comunidad de Castilla y León (Reino de España) y a la Región Norte de Portugal, territorios vecinos que comparten patrimonio, tradiciones y relaciones humanas que han conformado una identidad común de proximidad y cooperación;
Reconociendo la importancia de la cooperación transfronteriza como instrumento estratégico para reforzar la cohesión territorial, promover el desarrollo sostenible e integrado y hacer frente a los retos compartidos, como la baja densidad demográfica y la vulnerabilidad económica de zonas fronterizas;
Recordando que la adhesión conjunta de Portugal y España al proyecto europeo ha permitido transformar la frontera en una oportunidad de unión y desarrollo, a través de los instrumentos financieros y políticos de la Unión Europea, en particular la Iniciativa INTERREG y los Programas de Cooperación Transfronteriza;
Destacando el papel del Consejo de Europa en la definición de un marco jurídico para la cooperación entre autoridades territoriales, en particular a través del Convenio-Marco Europeo sobre cooperación transfronteriza entre comunidades o autoridades territoriales, firmado en Madrid el 21 de mayo de 1980;
Recordando también el Tratado entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre cooperación transfronteriza entre entidades e instancias territoriales, firmado en Valencia el 3 de octubre de 2002 y en vigor desde el 30 de enero de 2004, que establece el marco jurídico para la creación de instrumentos de cooperación entre entidades territoriales de los dos países;
Considerando el Convenio de Cooperación Transfronteriza entre la Comunidad de Castilla y León y la Comisión de Coordinación del Norte de Portugal, firmado en Oporto el 27 de enero de 2009, por el que se adapta el Acuerdo Constitutivo de la Comunidad de Trabajo Castilla y León - Norte de Portugal firmado en Braganza el 19 de enero de 2000, y prorrogado por 10 años mediante Acuerdo firmado en Valladolid el 17 de diciembre de 2018;
Teniendo en cuenta las nuevas realidades socioeconómicas, territoriales y medioambientales que afectan a los territorios fronterizos, así como las oportunidades del actual marco financiero plurianual de la Unión Europea;
Reconociendo la necesidad de actualizar y modernizar la normativa de la Comunidad de Trabajo Castilla y León - Norte de Portugal, como espacio de diálogo, planificación estratégica y cooperación práctica;
Deciden, en el espíritu de amistad y solidaridad que caracteriza las relaciones entre los dos territorios, actualizar el Convenio de Cooperación Transfronteriza entre la Comunidad de Castilla y León y la Comisión de Coordinación del Norte, para adecuarlo a los desafíos actuales y a las ambiciones comunes de desarrollo y prosperidad compartida, y para reforzar los lazos de proximidad en el contexto europeo. Para ello, acuerdan:
Modificar el artículo 2 «Ámbito competencial», quedando redactado como sigue:
La Comunidad de Trabajo Castilla y León - Norte de Portugal tiene como objetivo promover la cooperación y el desarrollo sostenible de ambos territorios, dentro del ámbito competencial determinado por sus respectivos ordenamientos internos.
Las áreas prioritarias de actuación son:
1. Gobernanza Territorial.
2. Competitividad, Innovación y Transición Digital.
3. Patrimonio, Cultura y Turismo.
4. Ordenación del Territorio, Medio Ambiente y Conectividad.
5. Demografía, Salud, Educación y Cualificación.
6. Desarrollo Rural, Agricultura y Agroalimentación.
Modificar el punto 2 del artículo 9 «El Consejo Plenario», quedando redactado como sigue:
Componen el Consejo Plenario:
a) El Presidente y el Vicepresidente de la Comunidad de Trabajo (o representantes directamente designados por ellos);
b) Representantes de las administraciones regionales competentes;
c) Los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León en las provincias fronterizas y los representantes de las Comunidades Intermunicipales de la Región Norte de Portugal en las NUTS III fronterizas, en igual número.
El Presidente de la Comissão de Coordenação e Desenvolvimento Regional do Norte, António M. Cunha.−El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.
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