Antecedentes de hecho
Con fecha 27 de mayo de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica FV Hibridación Corralnuevo, para su hibridación con el parque eólico existente Corralnuevo, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid», en el término municipal de Valladolid, Anejo de Navabuena, promovido por WDP Parque Eólico Corralnuevo, SLU, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras la subsanación del expediente por el promotor, se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.
El proyecto consiste en una planta solar fotovoltaica de 29,57 MW de potencia instalada y 31,24 MW de potencia pico, y parte de su infraestructura de evacuación. Este módulo fotovoltaico hibridará con el parque eólico existente Corralnuevo, que cuenta con una potencia de 41,58 MW. La planta ocupa una superficie de 55,58 ha, distribuida en un único recinto, está rodeada por un vallado de 3.803 m de longitud y contiene 7 centros de transformación.
La infraestructura de evacuación está constituida por una línea subterránea a 30 kV de unos 10,33 km de longitud, desde los centros de transformación de la planta hasta la subestación eléctrica elevadora existente Montes Torozos Este 132/30 kV, que será ampliada. El tramo de línea comprendido entre el último centro de transformación y esta subestación mide 3,40 km. El resto de las infraestructuras de evacuación hasta la subestación Mudarra 400 kV de REE se encuentran actualmente en servicio.
Colindante con la planta fotovoltaica, se encuentra la planta fotovoltaica Navillas, en tramitación de determinación de afección ambiental, que evacúa su energía en la subestación elevadora Montes Torozos Este 132/30 kV.
Las obras tendrán una duración aproximada de 15 meses y la vida útil de la instalación se estima entre 30 y 35 años.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22.3.b) del real decreto-ley, son los siguientes:
1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario
La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún espacio perteneciente a la Red Natura 2000, ni con espacios naturales protegidos. El proyecto se encuentra situado entre varios recintos que componen la Zona de Especial Conservación (ZEC) ES4140129 Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo. Los más cercanos están situados a 1,33 km al suroeste y a 4,12 km al noreste de la planta. Entre las especies objetivo de este espacio, podrían producirse afecciones indirectas sobre el murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), perteneciente al Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE). Otras especies importantes de fauna del espacio que se podrían ver afectadas son el lobo (Canis lupus), el gato montés (Felis silvestris) y los murciélagos hortelano (Eptesicus serotinus), común (Pipistrellus pipistrellus) y orejudo gris (Plecotus austriacus), todos del LESRPE.
La Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) más cercana es la ES0000216 La Nava-Campos Sur, ubicada a unos 7 km al norte de la planta fotovoltaica.
Según la cartografía de Hábitats de interés Comunitario (HIC) del MITECO, el proyecto no se emplaza sobre ninguna tesela cartografiada con presencia de Hábitats de Interés Comunitario, que no se encuentran en el entorno cercano.
2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas
El proyecto ocupa zonas de cultivos de cereales en rotación con girasol. En los bordes y linderos de estos cultivos, domina la vegetación ruderal-arvense, a veces con carácter nitrófilo. En los linderos colindantes a la zona del proyecto y en el interior de las parcelas, se han identificado pies arbóreos de gran porte, aislados o en alineaciones, de chopo (Populus sp.), encina (Quercus rotundifolia), quejigo (Quercus faginea) y frutales (Prunus sp.).
En el entorno del proyecto, no se han identificado especies de flora protegida o amenazada, según la bibliografía consultada del Inventario Español de Especies Terrestres, de los Proyectos Anthos y Sivim, y de la base de datos del Catálogo de Flora Vascular Silvestre de Castilla y León.
La planta fotovoltaica se localiza en zonas de sensibilidad ambiental baja para aves esteparias y planeadoras frente a las instalaciones de energías renovables en Castilla y León.
El área de actuación se encuentra alejada de los ámbitos de aplicación de Planes de recuperación y conservación de especies amenazadas.
De acuerdo con la bibliografía consultada, en el entorno de implantación del proyecto, existe presencia potencial de tres especies vulnerables según el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA): aguilucho cenizo (Circus pygargus), ganga ibérica (Pterocles alchata) y murciélago ratonero grande (Myotis myotis). Además, se señala la presencia potencial de 71 aves, 9 mamíferos, 7 anfibios y 9 reptiles pertenecientes al Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE).
Consta un estudio anual de avifauna para las dos plantas fotovoltaicas colindantes Corralnuevo y Navillas, realizado de marzo de 2022 a marzo de 2023, que identifica 22 especies, junto a un censo específico de aguilucho cenizo. No constan registros de ganga ibérica.
Destaca la presencia de milano real (Milvus milvus), en peligro de extinción según el CEEA, con 27 registros, que campea en la zona. Parte de la planta se encuentra en una zona con probabilidad de aparición de esta especie (kernel) del 5 al 50 %. Se ha detectado un posadero sobre un grupo de 3 chopos situados a unos 95 m de la planta. Consta en bibliografía, la existencia de dos dormideros ubicados a más de 5 km de las instalaciones proyectadas.
El aguilucho cenizo se ha detectado en 19 ocasiones, la mayoría en período reproductor. La planta ocupa un kernel de esta especie del 5 al 50 %. Se han localizado 3 nidificaciones de esta especie, a más de 5,5 km de la planta.
Igualmente, se puede destacar la presencia de otras aves como el aguilucho pálido (Circus cyaneus), el aguilucho lagunero (Circus aeroginosus), el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), y el cernícalo primilla (Falco naumanni), todos pertenecientes al LESRPE.
Otra zona de interés para la avifauna es un nido de una especie no identificada, compatible con alguna rapaz, probablemente en desuso, sobre una encina a unos 200 m de la planta.
Se han identificado 17 especies de quirópteros en la zona, 4 de ellas vulnerables según el CEEA, el murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii), el ratonero grande (Myotis myotis), el nóctulo mayor (Nyctalus lasiopterus) y el nóctulo mediano (Nyctalus noctula). El resto de especies están incluidas en el LESRPE. En el refugio potencial para murciélagos más cercano a la planta, una masa de monte bajo situada a 1,74 km, se han detectado dos especies del LESRPE. El resto de refugios prospectados se encuentran a más de 4,76 km, en los que se han registrado sobre todo especies del LESRPE, y donde se han identificado dos especies vulnerables, el ratonero grande y el nóctulo mayor. Estos refugios se caracterizan como refugios intermedios, de verano o de cópula, no de hibernación.
Por otro lado, en la zona de estudio se han identificado rastros compatibles con el lobo ibérico (Canis lupus), del LESRPE.
3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral
La zona de actuación se ubica en la cuenca hidrográfica del Duero y en las subcuencas de los ríos Hornija y Bajoz. El cauce más cercano a las instalaciones es el arroyo del Gorgollón, afluente del río Hornija, situado a 1,64 km de la planta.
Según el estudio hidrológico aportado, que representa el Dominio Público Hidráulico (DPH) como el límite de la máxima crecida ordinaria para un período de retorno de 10 años, se produciría ocupación de este DPH en la parte norte de la planta, así como de la zona de servidumbre y policía.
Según los mapas del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y de la Confederación Hidrográfica del Duero, el proyecto se encuentra fuera de las zonas inundables para un período de retorno de 500 años, de las Zonas de Flujo Preferente y de las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación. En el estudio hidrológico, no se aprecia ocupación de zonas inundables para el periodo de retorno de 100 años que pudieran constituir Zonas de Flujo Preferente.
Por otra parte, el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León establece que el municipio de Valladolid, donde se localiza el proyecto, tiene riesgo poblacional de inundaciones alto.
Las infraestructuras del proyecto se sitúan sobre la zona de influencia de la zona de captación de agua para abastecimiento de la masa Río Hornija 1, según la cartografía y el Registro de Zonas Protegidas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Duero.
Consultada la información disponible de la Confederación Hidrográfica del Duero, se observa que el proyecto se sitúa sobre la masa de agua subterránea inferior Terciario Detrítico Bajo Los Páramos y sobre la masa de agua subterránea superior Páramo de Torozos.
Consultado el Mapa Hidrogeológico de España Escala 1:1.000.000 del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), se observa que los materiales que conforman los terrenos donde se proyecta la planta, así como parte de su línea de evacuación, están formado por materiales permeables, calizas margocalizas con intercalaciones detríticas, salvo el tramo final de la línea de evacuación, en el que se encuentran materiales de baja permeabilidad o impermeables, margas continentales o marinas con yesos masivas en las primeras. Sin embargo, según el Mapa de Permeabilidad a Escala 1:200.000 del IGME, todas las infraestructuras se localizan sobre formaciones carbonatadas de permeabilidad baja.
El proyecto de la planta solar fotovoltaica hibridada no contempla la ejecución de vertidos a cauces públicos. No obstante, tanto en fase de construcción, explotación, como desmantelamiento de la planta, se ha contemplado la posibilidad de generación de vertidos accidentales sobre el terreno procedentes de derrames de aceites o hidrocarburos como consecuencia del mantenimiento y funcionamiento de la maquinaria y tránsito de vehículos, o derivado de una inadecuada gestión de los residuos en la obra, así como vertidos de hormigón. Asimismo, durante la explotación, se puede considerar como vertido el agua de limpieza que gotee durante el lavado de los paneles solares.
La planta fotovoltaica contará con un sistema de drenaje que constará de elementos longitudinales, cunetas en el pie del talud de desmonte del vial, y transversales, caños que cruzan el vial existente, dando así continuidad a la cuneta.
4. Afección por generación de residuos
Durante las obras, se generarán unos 164,62 m3 de residuos no peligrosos, que corresponden a restos y escombros de la obra civil, materiales de montaje varios, residuos asimilables a urbanos, plásticos, maderas, cartones y palés. Asimismo, se producirán unos 0,22 m3 de residuos peligrosos, como tierras y piedras contaminadas, combustibles, aceites y envases contaminados.
Se ha calculado un volumen de material extraído de 528.593 m3 procedentes del desbroce de los terrenos, que incluye residuos vegetales y la tierra vegetal retirada que será reutilizada.
El promotor prevé una compensación entre desmonte y terraplén, sin excedentes de tierras. Si, posteriormente, hubiera excedente, las tierras serán transportadas a vertedero o serán utilizadas para llevar a cabo una mejora de finca.
Se ha previsto la instalación de un punto limpio que contará con áreas separadas para el almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos. Además, se dispondrá de zonas para limpieza de canaletas de hormigoneras y restos de hormigón. Se almacenarán en contenedores separados los residuos de madera, plástico, papel y cartón, metales y hormigón. Los contenedores para residuos no peligrosos y los bidones para residuos peligrosos se colocarán en las zonas establecidas hasta su posterior recogida por la empresa gestora de residuos autorizada. Asimismo, las tierras y piedras contaminadas por sustancias peligrosas, serán recogidas y tratadas por la empresa gestora de residuos autorizada.
Se prevé un reciclaje de todos los hierros y aceros generados como residuos en la obra.
En diferentes puntos de la obra, se colocarán papeleras para depositar las mezclas de residuos municipales.
Durante la fase de obra, se prevé instalar baños químicos para su uso por parte de los operarios. Su contenido será retirado periódicamente por un gestor autorizado.
Durante el funcionamiento de la planta, se prevé la generación de residuos no peligrosos, como los asimilables a urbanos, eléctricos e inertes, y también peligrosos como aceites lubricantes, baterías, disolventes y restos de pintura.
Por último, en fase de desmantelamiento, los residuos de cables, módulos fotovoltaicos, soportes, centros de transformación, vallado y cimentaciones serán transportados a un vertedero autorizado para su reciclaje, reutilización, compactación o vertido, según el caso.
5. Afección por utilización de recursos naturales
Los recursos naturales afectados son, principalmente, el suelo y el agua. Además, se emplearán zahorras para la conformación de los firmes de viales y arena para el relleno de las zanjas. También se consumirán combustibles fósiles para generar energía eléctrica durante las obras, para el transporte de materiales y para el funcionamiento de la maquinaria.
Los trabajos de construcción van a deteriorar en gran medida los suelos directamente afectados por las instalaciones, bien por la ocupación directa por las mismas, por la compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales o por contaminación del suelo por vertidos accidentales. La superficie de ocupación por la planta fotovoltaica se ha estimado en 55,58 ha. Por otro lado, fuera de la planta fotovoltaica, la zanja de la línea eléctrica a 30 kV tendrá una longitud de unos 2.950 m y una anchura de 1,80 m.
Las excavaciones en desmonte para los viales de la planta se han calculado en 1.757 m3 y el volumen de terraplén se ha estimado en 2.471 m3. Por tanto, se estima una necesidad de préstamos de 714 m3 para el terraplén de los viales.
De los 528.593 m3 de materiales procedentes del desbroce de los terrenos, una fracción corresponde a tierra vegetal, que se acopiará en caballones no superiores a 2 m de altura y se utilizará en la restauración y recuperación de suelos.
Según el Mapa de Estados Erosivos de España, el proyecto se encuentra en zonas con erosión moderada, con pérdidas de suelo de 5 a 12 t/ha año.
Durante las obras, se consumirá agua potable, agua en el hormigonado, en los riegos asociados al movimiento de la maquinaria a fin de evitar nubes de polvo durante el transporte, y en las instalaciones auxiliares para uso sanitario. En fase de explotación, el agua de la planta se consumirá principalmente para la limpieza de paneles fotovoltaicos. Está previsto que el agua se transporte en camiones cisterna o bidones, proveniente de un proveedor autorizado.
Por último, se ha estimado en 3.237 m3 la necesidad de zahorras naturales y de 1.460 m3 de zahorras artificiales para el firme de los viales.
6. Afección al patrimonio cultural
Según documentación consultada en el Inventario Arqueológico Provincial de Valladolid, los yacimientos arqueológicos más cercanos al proyecto son Entremuro II, situado a unos 415 m de la planta, y Finca de Navabuena, a unos 550 m.
La prospección arqueológica realizada no ha deparado la documentación de ningún nuevo bien arqueológico ni etnográfico.
Por otro lado, no se prevé afección a vías pecuarias, dado que la más cercana, la cañada de Carralina, se encuentra a 840 m del proyecto.
7. Incidencia socio-económica sobre el territorio
La población más cercana al proyecto es La Mudarra, a 1,07 km de la línea y a 2,88 km de la planta. Otras entidades de población menores cercanas, formadas por pequeños grupos de casas, son Navabuena, a 890 m, la Casa del Entremuro, a 1,14 km, y la Casa de los Cacines, a 1,34 km de la planta; Navillas, a 840 m de la línea y a 1,37 km de la planta; y el Caserío de Monte Rocío, a 1,80 km de la planta. No se han identificado viviendas aisladas a menos de 100 m del proyecto. Existe un grupo de 6 edificaciones de uso agrario, que suman una superficie construida de 1.574 m2, situadas a unos 17 m al sur de la planta.
En la zona, existe un cierto nivel de contaminación acústica de partida debida a la cercanía de varios parques eólicos y de la carretera N-601, al tráfico rodado asociado al mantenimiento de las numerosas infraestructuras de energías renovables existentes en la zona, al aeropuerto de Valladolid-Villanubla, a 6,6 km al sureste, al aeródromo de Torozos, a 2,25 km, y a la maquinaria y vehículos que realizan labores agrícolas.
El nivel de ruidos que producirá la maquinaria en funcionamiento durante las obras estará en torno a valores de 75-96 dB(A), superiores a los actualmente existentes en el área de implantación del proyecto. En Navillas, la entidad de población más cercana, se ha estimado una presión sonora máxima aproximada generada por las obras de 36,7 dB(A). Este valor es inferior a los valores límite de niveles sonoros producidos por emisores acústicos establecidos para áreas levemente ruidosas (residenciales) en la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León, 55 dB(A) para el período diurno y 45 dB(A) para el período nocturno.
El funcionamiento de la planta contempla como fuentes sonoras los inversores y transformadores de los centros de transformación, cuyo nivel sonoro suele ser inferior a los 80 dB(A). Navabuena, la entidad de población más cercana a un centro de transformación de la planta, se sitúa a una distancia mínima de unos 1,02 km, y las instalaciones cumplirán con los límites recogidos el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, así como en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.
El estudio de impacto ambiental concluye que los niveles de campo magnético producidos por la línea eléctrica de evacuación y por los transformadores de la planta se encuentran por debajo de 54,26 μT, valor obtenido en el punto más desfavorable analizado y, por tanto, por debajo de 100 μT, límite establecido en el Real Decreto 1066/2001, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas. Además, estos valores serán aún más reducidos en los núcleos habitados dados la distancia existente entre ellos y las instalaciones y el carácter subterráneo de las líneas eléctricas.
Se producirá un cambio en los usos del suelo, en las 55,58 ha ocupadas por la planta fotovoltaica, que pasarán de uso agrícola a industrial.
El paisaje del ámbito de estudio se encuadra dentro de la unidad denominada Páramo de los Torozos según el Atlas de los Paisajes de España, y en la Unidad Paisajística UP 1, con el mismo nombre, según las Directrices de Ordenación de Ámbito Subregional de Valladolid y Entorno. Por otra parte, dentro del Plan Regional Valle del Duero, queda incluido en la Unidad Homogénea de Gestión Paisajística n.º 6. Ribera de Valladolid y campiñas de Medina del Campo.
En la zona de estudio, se han establecido cuatro unidades de paisaje: zonas de cultivo, matorral y pastizal, zonas arboladas y áreas antropizadas. El proyecto se localiza en la unidad de cultivos, de calidad baja y fragilidad alta. La cuenca visual de la planta solar ocupa aproximadamente el 54 % de la superficie analizada. Casi el 8 % de esta superficie tiene visibilidad alta y el 12 % visibilidad muy alta. Las instalaciones serán visibles desde el pueblo de La Mudarra y desde las carreteras N-601 y VP-4502.
Según el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), la planta se localiza en un municipio con peligrosidad y riesgo local medios, y con riesgo alto en áreas de interfaz urbano-forestal. Por otro lado, el proyecto se ubica fuera de zonas con alto riesgo de incendio forestal en la Comunidad de Castilla y León, según las órdenes MAM/851/2010, MAM/1062/2005 y MAM/1111/2007.
Respecto a infraestructuras cercanas, consta una línea de alta tensión que atraviesa la planta fotovoltaica, con dos apoyos situados dentro de la misma, y el aeródromo de Torozos, a 2,25 km de la planta.
La planta solar y la mayor parte de la línea ocupa parte del coto de caza El Galgo, con matrícula VA-10416. Un tramo corto de la línea se localiza en el coto El Zorro, con matrícula VA-10117.
La construcción de la planta conllevará un impacto positivo por generación de empleo en la zona debido a la demanda de mano de obra e inducción de las actividades económicas, temporal durante la fase de obras y permanente durante la fase de explotación.
8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos
Para el análisis de sinergias, se ha considerado un ámbito de estudio mayor de 5 km en torno a la planta evaluada, ampliado para incluir otros proyectos de energías renovables que evacúan en la subestación La Mudarra 400 kV, conocidos como nudo Mudarra.
En primer lugar, se han detectado 22 parques eólicos existentes, que suman 370 aerogeneradores, situados a distancias comprendidas entre 1,1 km y 16,3 km de la planta: Navillas, Peñaflor IV, Corralnuevo, Peñaflor III, Carratorres, Teso Pardo, Panaderas, San Blas, Torozos II, Mirabel, San Lorenzo C, San Lorenzo D, Esquileo I, Esquileo II, Esquileo Bis, El Poleo, Dehesilla I, San Lorenzo B, Dehesilla II, San Lorenzo A, La Muñeca y Torozos A. Además, se han identificado 7 plantas fotovoltaicas en funcionamiento, que suman 21,21 MW en total: Castromonte I, Sol Mudarra S-1, La Pepa Solar, Solar Guareña Tercera, Villalba 6, Villalba 7 y Villalba 8, localizadas en un rango de 4 km a 6,6 km de la planta evaluada.
En segundo lugar, en construcción, se ha localizado un parque eólico, Pinta y Guindalera, con 23 aerogeneradores, a 5,7 km de la instalación evaluada, y una planta fotovoltaica, Pegaso Solar, de 80 MW, colindante con ella.
En tercer lugar, se han localizado 8 parques eólicos autorizados, con 63 aerogeneradores en total, a distancias comprendidas entre 840 m y 13,7 km a partir de la planta evaluada: La Mudarra Sur, Navabuena Sur, La Mudarra Norte, Navabuena Norte, La Matilla, Mudarra, Valparaíso y Valverde. Asimismo, se han identificado 16 plantas fotovoltaicas autorizadas, que suman 1.607,94 MW, la más cercana colindante con la planta evaluada y la más lejana a 12,1 km de la misma: Mudarra, Mudarra 2, Medina de Rioseco, Valle 1, Valle 2, Navabuena Solar, Andarríos Solar, Peñaflor, Mudarra 1, Valle 3, Valle 4, Cisne Solar, San Lorenzo D San Lorenzo C, Dehesilla I y Esquileo I.
En cuarto lugar, se han identificado 3 plantas fotovoltaicas con informe de determinación de afección ambiental favorable, que suman 164 MW, situadas de 1,1 km a 13,4 km de la instalación evaluada: Pinta y Guindalera, San Lorenzo B y San Lorenzo A.
Por último, en tramitación, se han localizado 2 parques eólicos que suman 26 aerogeneradores, Pigarzo A, a 11,2 km de la planta Corralnuevo, y Pigarzo B, a 14,7 km, y una planta fotovoltaica, Navillas, de 30,81 MW, colindante con ella.
Asimismo, ha de tenerse en cuenta el elevado número de líneas eléctricas aéreas existentes en el ámbito de estudio vinculadas a la subestación Mudarra 400 kV.
El proyecto de la planta fotovoltaica Corralnuevo puede llegar a generar en conjunto con las instalaciones existentes, en construcción, autorizadas y proyectadas en el ámbito de estudio, efectos de tipo sinérgico y/o acumulativo sobre algunos factores del medio, especialmente sobre la fauna y el paisaje, como pérdida de hábitats, efecto barrera, degradación y fragmentación de hábitats, molestias a la fauna, riesgos de colisión, modificación del paisaje, y cambio de uso del suelo.
Según el estudio de sinergias, la mayor ocupación de terreno se produce sobre el biotopo agrosistemas mixtos, con 3.439,90 ha, a la que habría que añadir superficies adicionales de plantas fotovoltaicas no tenidas en cuenta y que se han identificado en esta propuesta. Este biotopo es utilizado por las aves esteparias, como el aguilucho cenizo, y por otras aves como el milano real, ambas amenazadas, que verían reducido y fragmentado su hábitat. Un ejemplo de esta afección se observa en la presencia sobre sendos kernel de aguilucho cenizo y de milano real de las plantas fotovoltaicas Pegaso Solar, Mudarra, Mudarra 2, Navillas y Corralnuevo, colindantes.
Este grupo de cinco plantas se sitúa cercano a la ZEC Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo y, junto a numerosas infraestructuras de energías renovables, entre varios recintos de la ZEC mencionada. Se podría producir un refuerzo del efecto barrera para el movimiento de las especies entre los recintos de la ZEC y afecciones indirectas sobre las especies de este espacio, para las que podría reducirse el área de campeo y aumentar el riesgo de colisión.
La mayor parte del impacto paisajístico se asociaría a los parques eólicos existentes y proyectados, con una cuenca visual que abarca la mayor parte del área de estudio. Las plantas solares tienen una cuenca visual más reducida y resultan ocultas en mayor medida por las barreras visuales existentes en el entorno como la vegetación, edificaciones y otros obstáculos. La ejecución de la planta evaluada no hace variar el tamaño de la cuenca visual de las plantas fotovoltaicas del ámbito de estudio, manteniéndose en un 82% del ámbito de 5 km y en un 34% del ámbito de 10 km considerando todos los proyectos fotovoltaicos. Por otra parte, tampoco se identifican cambios significativos en cuanto a las zonas con mayor visibilidad.
Por otro lado, se produciría un cambio en los usos del suelo por la instalación de las plantas fotovoltaicas, con una reducción de la superficie agrícola de los municipios estimada en 3.255 ha, que sería mayor al incluir las nuevas plantas identificadas.
La instalación de la planta fotovoltaica Corralnuevo, en una zona con numerosas infraestructuras de energía renovables instaladas, en construcción y autorizadas, podría superar la capacidad de acogida del territorio.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que el proyecto se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario, conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental y a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, ambas de la Junta de Castilla y León, el 13 de agosto de 2025, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.
Con fecha 3 de septiembre de 2025, la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León manifiesta que el proyecto podría generar efectos de tipo sinérgico y/o acumulativo sobre algunos factores del medio natural, dado el elevado número de instalaciones de generación de energía renovable existentes, en construcción, autorizadas y/o proyectadas y superar la capacidad de acogida del territorio. Asimismo, ese organismo traslada el informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, que concluye la conveniencia del sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por apreciarse posibles efectos adversos sobre diferentes valores del medio natural.
En virtud de las observaciones recibidas, se ratifica el sentido de la propuesta de informe.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1.b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación fotovoltaica FV Hibridación Corralnuevo, para su hibridación con el parque eólico existente Corralnuevo, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid» se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/22.
De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 22, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 9 de septiembre de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.
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