La Secretaria de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y el Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas, O.A., han suscrito, con fecha de 15 de septiembre de 2025, una adenda al convenio para la realización de la encuesta sobre la percepción social de la prostitución, que fue firmado el 20 de junio de 2025.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.
Madrid, 1 de octubre de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
REUNIDOS
De una parte, María Guijarro Ceballos, Secretaria de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, nombrada por Real Decreto 437/2025, de 3 de junio, facultada para la firma de este convenio en virtud de lo dispuesto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 2.2.c) del Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De otra parte, don José Félix Tezanos Tortajada, Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) según nombramiento conferido por Real Decreto 771/2018, de 29 de junio, y en virtud de las facultades que le otorga el artículo 8.1 de la Ley 39/1995, de 19 de diciembre, y los artículos 10.1 y 13.2.i) del Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas.
Las partes, con las representaciones que tienen asignadas y reconociéndose con plena capacidad para actuar,
EXPONEN
Que el Ministerio de Igualdad y el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), en el ejercicio de las competencias que les son propias, formalizaron un convenio firmado el 20 de junio de 2025 con el objeto de realizar conjuntamente la «Encuesta sobre la percepción social de la prostitución».
Que el mencionado convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 5 de julio de 2025.
Que con posterioridad a la fecha de publicación, se advirtió un error en la cláusula segunda, «diseño del estudio», apartado b).
Allí, donde dice «población: ciudadanos españoles de ambos sexos residentes en España, de 16 y más años», debería decir: «población: personas residentes en España, de 16 y más años».
Que el artículo 26.2 del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», relativo a las correcciones, establece que «siempre que los errores u omisiones puedan suponer una real o aparente modificación del contenido o del sentido de la norma, se salvarán mediante disposición del mismo rango.»
Que la cláusula octava del convenio, «modificación y resolución del convenio», establece que «el presente convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes a propuesta de cualquiera de ellas, a través de la Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control, mediante la suscripción del oportuno acuerdo de modificación formalizado mediante adenda antes de la finalización de la vigencia del convenio», siendo la iniciativa de la tramitación de la Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control.
De conformidad con lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Se modifica la cláusula segunda del convenio, apartado b), «diseño del estudio», sustituyéndola por la siguiente:
«b) Población: personas residentes en España, de 16 y más años.»
En todo lo que no se ha modificado expresamente en virtud de la presente adenda, el convenio se mantiene eficaz en todos sus conceptos con plenitud de fuerza hasta su vencimiento, entendiendo que la presente adenda será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, será publicada en el BOE. La adenda constituye una novación modificativa y no extintiva del convenio, formando parte integrante de este último hasta su finalización.
Estando conforme, las partes en cuanto antecede, firman la presente adenda.–La Secretaria de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, María Guijarro Ceballos.–El Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas, O.A., José Félix Tezanos Torjada.
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