Está Vd. en

Documento BOE-A-2025-18219

Orden EFD/1008/2025, de 5 de septiembre, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 15 de septiembre de 2025, páginas 119529 a 119532 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2025-18219

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y 52 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, se ordena el anuncio de la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca por la presente orden podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos que se establecen para el desempeño de este.

Segunda.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de forma telemática a través del Portal «Funciona», en el enlace https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico.

Excepcionalmente, si el empleado público no pudiera acceder a la citada modalidad telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo II de esta resolución, en el mismo plazo, en el Registro General del Departamento (c/ Los Madrazo, 15, 28071 Madrid) o en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán al Sr. Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Tercera.

Además de los datos personales y número de registro de personal, los aspirantes acompañarán a la solicitud:

a) Curriculum vitae, en formato normalizado en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.

b) Justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

c) Informe de los resultados de la cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar competencias directivas. Este cuestionario se puede encontrar en el siguiente enlace: https://cuestionariodirectivosautoevaluacion.inap.es/

d) Proyecto directivo relacionado con el puesto que solicita.

Cuarta.

La selección se realizará con base en criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el aspirante y a través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará atendiendo a los méritos incluidos en el anexo I. La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento. Además, se nombrarán al menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y emitirán un informe de valoración de las candidaturas presentadas. A las personas expertas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y su nombramiento se realizará mediante acuerdo del órgano competente para resolver la libre designación, que se publicará en la página web del Ministerio. La entrevista se realizará exclusivamente a los candidatos que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, incluido el de la antigüedad mínima, y podrá limitarse, asimismo, a los candidatos que, a juicio de las personas expertas nombradas al efecto, posean un perfil profesional más ajustado al del puesto convocado.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 5 de septiembre de 2025.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFD/335/2025, de 3 de abril), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.

ANEXO I

S. GRAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL

S.G. DE PROMOCIÓN DUAL Y RELACIONES CON LA EMPRESA

N.º orden Centro directivo - Unidad puesto de trabajo Provincia - Localidad Nivel CE GR/SB Admón. Tit. req. Funciones Meritos Observaciones
1

S.GRAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL.

S.G. DE PROMOCIÓN DUAL Y RELACIONES CON LA EMPRESA.

SUBDIRECTOR / SUBDIRECTORA GENERAL (5774012).

MADRID / MADRID

MADRID - MADRID 30 29254.82 A1 AE  

La elaboración y coordinación de las acciones y normativa para el desarrollo del Marco Español de Cualificaciones.

El establecimiento de acuerdos y colaboraciones público-privadas con los sectores productivos e interdepartamentales, incluyendo un mapa de necesidades formativas del mercado laboral.

La coordinación de los agentes sociales para que colaboren en la implantación de una oferta de formación profesional dual en los centros de trabajo, y la promoción de organismos intermedios.

La promoción de la innovación empresarial ofreciendo apoyo para la creación de agrupaciones empresariales tecnológicas o viveros de empresas emergentes vinculados con centros de formación, que impulsen y participen en el desarrollo de las acciones del Sistema de Formación Profesional en el ámbito de las propias empresas y agrupaciones empresariales.

La colaboración en el diseño de los programas internacionales de formación profesional y aprendizaje a lo largo de la vida, bien a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), o mediante acuerdos bilaterales de colaboración, que permitan el desarrollo de dobles titulaciones internacionales previstas en la normativa.

El impulso en el ámbito internacional de acuerdos, proyectos y participación en organismos y competiciones de la formación profesional, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

La autorización, control, seguimiento y evaluación de los centros autorizados para impartir ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional español en el extranjero.

La ordenación de los procedimientos para evaluación y acreditación de competencias básicas y profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y vías no formales e informales de formación, la elaboración de los instrumentos de apoyo a los mismos, y el registro de personas acreditadas, así como su desarrollo para los ámbitos previstos en la normativa reguladora.

Las relaciones de coordinación, colaboración y cooperación territorial con las comunidades autónomas, corporaciones locales y otras administraciones públicas, en materia de formación profesional y aprendizaje a lo largo de la vida.

El diseño y desarrollo de actuaciones que promuevan el aprendizaje técnico profesional a lo largo de la vida, a través de la formación profesional.

- Experiencia docente y conocimiento del sistema de formación profesional, especialmente de su organización, desarrollo y del carácter dual de la misma.

- Conocimiento de los procedimientos estatales y autonómicos de acreditación de competencias profesionales.

- Experiencia en la internacionalización de la formación profesional.

- Conocimiento de la estructura de la formación profesional en la Unión Europea. Experiencia en la gestión en organismos europeos relativos a la promoción de la formación profesional.

- Conocimiento de los procedimientos e instrumentos jurídicos para el fomento de la colaboración público-privada: convenios, protocolos, etc.

Antigüedad mínima como personal funcionario de carrera del subgrupo A1: 5 años.

CUERPOS O ESCALAS:

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):

* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

TITULACIONES:

ANEXO II
Solicitud de puesto

Imagen: /datos/imagenes/disp/2025/222/18219_16071304_1.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid