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Documento BOE-A-2025-18069

Resolución de 5 de septiembre de 2025, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Fundación SEPI, F.S.P., para la organización y desarrollo entre las partes de un programa de becas de formación práctica.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 11 de septiembre de 2025, páginas 118969 a 118972 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-18069

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de julio de 2025, se ha suscrito la adenda de modificación del convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., y la Fundación SEPI, F.S.P., para la organización y desarrollo entre las partes de un programa de becas de formación práctica.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 5 de septiembre de 2025.–El Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., José Moisés Martín Carretero.

ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., y la Fundación SEPI, F.S.P., para la organización y desarrollo entre las partes de un programa de becas de formación práctica

REUNIDOS

De una parte, la Fundación SEPI, F.S.P. (en adelante, la Fundación), domiciliada en la avenida de Burgos, n.º 8-B, planta 14 (28036), de Madrid, provista de NIF G-86621281, y representada en este acto por doña Rosario Martínez Manzanedo, con NIF **.***.005-*, en su condición de Secretaria General, según poderes otorgados en escritura pública ante el Notario de Madrid don Francisco Javier Monedero San Martín, en fecha 4 de agosto de 2021, con el número 2.218 de su protocolo, y por otro lado, por doña Susana Pérez-Amor Martínez, con NIF **.***.672-*, en su condición de Directora de Marketing, Comunicación y Relaciones Institucionales, según poderes otorgados en escritura pública ante el Notario de Madrid don Francisco Javier Monedero San Martín, en fecha 26 de mayo de 2025, con el número1.864 de su protocolo.

Y, de otra parte, el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (en adelante, CDTI), domiciliado en Madrid, en la calle Cid, n.º 4, 28001, con número de identificación fiscal Q-2820010-C, representado en este acto por don José Moisés Martín Carretero, en su condición de Director General, actuando a tenor de los poderes que le han sido otorgados en la reunión del Consejo de Administración del CDTI, celebrada el 2 de febrero de 2024, y protocolizados ante el Notario de Madrid, don Alfredo Barrau Moreno, con fecha 5 de febrero de 2024, con el número 147 de su orden de protocolo.

EXPONEN

I. Que con fecha 28 de mayo de 2021, la Fundación SEPI, y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (antes denominado Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E.) suscribieron un convenio para la organización y desarrollo entre las partes de un programa de becas de formación práctica. («Boletín Oficial del Estado» del 12 de junio de 2021, número 140).

Posteriormente, las partes han suscrito dos adendas modificativas del texto del convenio, la primera con fecha 23 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado» del 4 de abril de 2022, número 80) y la segunda con fecha 9 de octubre de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del 2 de noviembre de 2023, número 262).

Mas recientemente, con fecha 4 de junio de 2024 las partes suscribieron una adenda de prórroga y modificación del convenio («Boletín Oficial del Estado» de 6 de julio de 2024, número 163).

II. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada hasta la fecha en el marco del citado convenio, y están de acuerdo en ampliar los destinos geográficos donde podrán desarrollarse las becas, referidos hasta ahora en el texto del convenio, con la inclusión de la infraestructura internacional IFMIF-DONES (International Fusion Materials Irradiation Facility-Demo Oriented NEutron Source) ubicada en Granada (Andalucía). En este sentido, CDTI ha sido oficialmente nombrado como ILO (Industrial Liaison Officer) para IFMIF-DONES en julio del 2024.

III. Asimismo, las partes están de acuerdo en modificar el texto del convenio en lo que respecta a la aportación financiera para la compensación económica de los gastos generados por la gestión del Programa de becas, que se detallan en el anexo I y II del mismo, específicamente para la beca desarrollada en Ginebra y en Madrid. Esta actualización será aplicable tanto a las futuras becas como a la que actualmente se está desarrollando en Ginebra, una vez adquiera eficacia la presente adenda de modificación de conformidad a la cláusula cuarta de la misma.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de modificación del convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes acuerdan modificar la redacción del apartado 2.3 Distribución geográfica, de las bases de la convocatoria recogidas en el anexo II del convenio, quedando redactada como sigue:

«2.3 Distribución geográfica.

La formación práctica de los becarios y becarias del Programa podrá llevarse a cabo en los siguientes destinos:

– CERN (Consejo Europeo para la Investigación Nuclear). El CDTI en su función como ILO (Industrial Liason Officer) para España dispone de una oficina. Ginebra.

– SOST (Oficina Española de Ciencia y Tecnología). Bruselas.

– IFMIF-DONES (International Fusion Materials Irradiation Facility-Demo Oriented NEutron Source). El CDTI en su función como ILO (Industrial Liason Officer) para España dispone de una oficina. Granada (Andalucía).

– Centros de CDTI en Madrid.»

Segunda.

Las partes acuerdan modificar la redacción del apartado b) del punto 2.5.1 Beneficios del Programa, de las bases de la convocatoria recogidas en el anexo II del convenio, quedando redactada como sigue:

«b) A percibir una asignación económica durante el periodo formativo integrada por:

– Una asignación anual bruta dividida en pagos de 12 meses, en función de la efectiva fecha de incorporación de la persona beneficiaria. Dicho importe será satisfecho durante los meses siguientes a su fecha de incorporación mientras disfrute de su beca.

Esta asignación variará en función del destino donde se desarrolle la beca:

• Beca en CERN (Consejo Europeo para la Investigación Nuclear) Ginebra: 3.833 euros bruto/mes.

• Beca en SOST (Oficina Española de Ciencia y Tecnología) de CDTI. Bruselas: 2.375 euros bruto/mes.

• Beca en IFMIF-DONES: 1.742 euros bruto/mes.

• Beca en la sede de CDTI en Madrid: 1.200 euros bruto/mes.

En el supuesto de que la persona en formación práctica pase a una situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 % de su asignación durante el primer mes de baja. A partir de ese momento, percibirá la parte de asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para estos casos en la normativa de la Seguridad Social.»

Tercera.

Asimismo, las partes acuerdan modificar la redacción del apartado a), punto 2, de la cláusula primera del anexo I del convenio denominada «Objeto del acuerdo de compensación económica. Conceptos y costes asociados», quedando redactado como sigue:

«a) Asignación anual bruta, cotización a la Seguridad Social por becario o becaria mensual y otros.

– Asignación anual bruta dividida en pagos de 12 meses, en función de la efectiva fecha de incorporación de la persona beneficiaria y que variará según el destino donde se desarrolle la beca:

• Beca en CERN (Consejo Europeo para la Investigación Nuclear). Ginebra: 3.833 euros bruto/mes.

• Beca en SOST (Oficina Española de Ciencia y Tecnología) de CDTI. Bruselas: 2.375 euros bruto/mes.

• Beca en IFMIF-DONES. Granada (Andalucía): 1.742 euros bruto/mes.

• Beca en centros de CDTI en Madrid: 1.200 euros bruto/mes.

– Seguridad Social: 63,68 euros.

– En el caso de las becas desarrolladas en el extranjero podrá incluirse en la dotación a los becarios el reembolso de los siguientes costes:

• Costes por transporte: Billete de ida y vuelta desde España al destino internacional donde desarrollan su beca, así como los costes incurridos en otros desplazamientos necesarios para llevar a cabo la actividad desarrollada durante la beca.

• Gastos por formación en idiomas o por la realización de cursos o acciones específicas propias de la actividad desarrollada durante la beca. Se podrán considerar incluidos en estos gastos los ocasionados por razón de traslados, alojamiento y manutención.

En cualquier caso, será imprescindible que el coste sea justificado por parte del becario mediante la factura o documento equivalente, y haya obtenido previamente el visto bueno de CDTI.»

Cuarta. Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.

Quinta. Mantenimiento del resto del clausulado del convenio de 28 de mayo de 2021, en la versión de las modificaciones de fechas 23 de marzo de 2022, 9 de octubre de 2023 y 4 de junio de 2024.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, seguirá en vigor y será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 28 de mayo de 2021, en la versión de las modificaciones de fechas 23 de marzo de 2022, 9 de octubre de 2023 y 4 de junio de 2024.

Para que conste, las partes firman la presente adenda con fecha 29 de julio de 2025.–Por la Fundación SEPI, F.S.P., la Secretaria General, M.ª Rosario Martínez Manzanedo, y la Directora de Marketing, Comunicación y Relaciones Institucionales, Susana Pérez-Amor Martínez.–Por el Centro de Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., el Director General, José Moisés Martín Carretero.

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