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Documento BOE-A-2025-16332

Decreto de 4 de julio de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra a don Fernando Benítez Pérez-Fajardo como Fiscal Delegado contra los Delitos de Odio y Discriminación en la Fiscalía Provincial de Málaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 7 de agosto de 2025, páginas 106696 a 106697 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2025-16332

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 6 de junio de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado oficio del Ilmo. Sr. don Valentín Bueno Cavanillas, Teniente Fiscal de la Fiscalía Provincial de Málaga en funciones de Fiscal Jefe, por el que remite la propuesta de nombramiento de Fiscal Delegado contra los Delitos de Odio y Discriminación en favor del fiscal don Fernando Benítez Pérez-Fajardo.

Hechos

Primero.

Con el nombramiento de doña María Teresa Verdugo Moreno, Fiscal de la Fiscalía Provincial de Málaga y anterior Fiscal Delegada de la especialidad, como Presidenta de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación (Real Decreto 420/2025, de 27 de mayo) y su cambio a la situación administrativa de Servicios Especiales, el Teniente Fiscal de la Fiscalía Provincial de Málaga ofertó entre todos los fiscales de la plantilla la plaza de fiscal delegado provincial.

La plaza fue tan solo solicitada por el Fiscal don Fernando Benítez Pérez-Fajardo proponiendo el Teniente Fiscal su nombramiento considerando su experiencia, méritos y capacidad para el desempeño de esta función.

Segundo.

En su escrito de fecha 18 de junio de 2025, el Fiscal de Sala contra los Delitos de Odio y Discriminación emitió informe favorable a la propuesta realizada. En el mismo sentido informa el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que «Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Superior respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal».

En el mismo sentido la Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado establece que los nombramientos y ceses de los fiscales delegados de especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Segundo.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Teniente Fiscal de la Fiscalía Provincial de Málaga avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

Nombrar a don Fernando Benítez Pérez-Fajardo como Fiscal Delegado contra los Delitos de Odio y Discriminación en la Fiscalía Provincial de Málaga.

Notifíquese lo acordado al Fiscal de Sala contra los Delitos de Odio y Discriminación, a la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Ceuta y Melilla, y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga que trasladará copia del presente decreto al fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.

Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma ley.

Madrid, 4 de julio de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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