El día 19 de junio de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado oficio del Ilmo. Sr. don José Luis Alonso Tejuca, Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz, al que acompaña Decreto de igual fecha dictado en el EG 36/25 de dicha Fiscalía incoado a raíz de la solicitud de renuncia a la delegación de la especialidad contra los delitos de odio y discriminación presentada por el Ilmo. Sr. Fiscal don Antonio Mateos Rodríguez-Arias, solicitando se acepte su renuncia.
Hechos
Don Antonio Mateos Rodríguez-Arias fue designado por la Fiscal General del Estado y para la Fiscalía Provincial de Badajoz, Fiscal Delegado contra los delitos de odio y discriminación desempeñando esta delegación desde el año 2019.
Presentada su solicitud de renuncia ante el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz, este, en Decreto de fecha 19 de junio de 2025 da traslado de dicha renuncia a fin de que, de considerarlo oportuno, se proceda a su remoción.
En escrito con entrada en la Inspección Fiscal en fecha 10 de julio de 2025 el Fiscal de Sala contra los delitos de odio y discriminación, informó en el sentido de no oponer objeción alguna a la renuncia expresada por don Antonio Mateos Rodríguez-Arias. En el mismo sentido informa el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).
Fundamentos de Derecho
El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que los fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal.
De igual forma la Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado establece que los nombramientos y ceses de los fiscales delegados de especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Por lo que respecta a la renuncia presentada por don Antonio Mateos Rodríguez-Arias se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder a su cese.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
Cesar a don Antonio Mateos Rodríguez-Arias como Fiscal Delegado especialista contra los delitos de odio y la discriminación, de la Fiscalía Provincial de Badajoz.
Notifíquese lo acordado al Fiscal de Sala contra los delitos de odio y discriminación, al Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz para su conocimiento y el del resto de los fiscales de la plantilla.
Publíquese el presente cese en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículos 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma ley.
Madrid, 17 de julio de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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