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Documento BOE-A-2025-15720

Resolución de 23 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el diseño, elaboración y actualización de los contenidos curriculares de las ofertas formativas del ámbito del Sistema de Formación Profesional previstas en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 29 de julio de 2025, páginas 101972 a 101973 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2025-15720

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha han suscrito, con fecha de 12 de mayo de 2025, una adenda de modificación al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional que incluye el diseño, elaboración y actualización de los contenidos curriculares de las ofertas formativas del ámbito de la formación profesional previstas en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional con la cofinanciación del Fondo Social Europeo, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 23 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.

ANEXO
Adenda de modificación al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional que incluye el diseño, elaboración y actualización de los contenidos curriculares de las ofertas formativas del ámbito de la Formación Profesional previstas en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional con la cofinanciación del Fondo Social Europeo

En Madrid, a fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE del 21), por el que se nombran Ministros del Gobierno, y conforme al artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece entre las funciones de la ministra la de celebrar, en el ámbito de su competencia, convenios.

De otra parte, don Amador Pastor Noheda, como Consejero de Educación, Cultura y Deportes, nombrado por Decreto 87/2023, de 9 de julio (DOCM núm. 131, de 11 de julio), conforme al Decreto 68/2023, de 9 de julio, por el que se establece la estructura de la Administración Regional (DOCM núm. 131, de 11 de julio).

Reconociéndose las partes la capacidad legal necesaria para formalizar la presente adenda modificativa al Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,

EXPONEN

I. Que, con fecha 28 de diciembre de 2022, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha firmaron el convenio que tiene por objeto el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional que incluye el diseño, elaboración y actualización de los contenidos curriculares de las ofertas formativas del ámbito de la Formación Profesional previstas en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

II. En la cláusula décima del citado convenio se indica que éste estará vigente hasta el 31 de agosto de 2023, y establece la posibilidad de que, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, las partes firmantes puedan acordar expresamente y por unanimidad, la prórroga del convenio, hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante una adenda que fije los aspectos no básicos susceptibles de actualización, y singularmente, las fechas de ejecución y términos de financiación.

III. Que el convenio se modificó mediante la primera adenda el 31 de agosto de 2023 al objeto de modificar la cláusula segunda, punto uno, y el primer párrafo de la cláusula quinta.

IV. Que debido a un desajuste en la temporalización de las cuantías establecidas para las anualidades de 2023 y 2024 se produjo un exceso de corrientes en la anualidad que corresponde a 2023. Este exceso se corresponde con importes que debieron satisfacerse en 2024. Aunque la cantidad convenida no se altera cuantitativamente si se produce la necesidad de ajustarla a los años en los que se devengan los gastos que cubre.

V. Los problemas generados por esta modificación han conducido a que los gastos correspondientes al periodo comprendido entre el uno de junio y el 31 de agosto de 2024 deban reconocerse y pagarse en la anualidad de 2025.

Por todo cuanto antecede, las partes firmantes

ACUERDAN

Primero. Reajuste de anualidades.

La cláusula décima del convenio establece cualquier modificación del convenio si hay acuerdo unánime de los firmantes, por tanto, se procede a modificar la temporalidad de los pagos mediante un reajuste de anualidades.

En su virtud, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes transferirá a con cargo a la aplicación presupuestaria el importe de gasto no ejecutado en anualidades previas al ejercicio de 2024, a través del correspondiente reajuste:

Aplicación presupuestaria

Ejercicio Importes iniciales

Importe reajuste

Importes finales

18.05.322B.22706

2023 493.914,90 - 168.713,26 325.201,64
2024 1.034.463,57 - 274.511,99 759.951,58
2025 0 + 443.225,25 443.225,25

Y, de conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los/las firmantes, suscriben electrónicamente la presente adenda de modificación al convenio arriba indicado.–Por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la Ministra, María del Pilar Alegría Continente.–Por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejero, Amador Pastor Noheda.

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