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Documento BOE-A-2025-14128

Orden PJC/726/2025, de 3 de julio, por la que se nombran los Tribunales calificadores de la oposición libre para obtener el título de Notaria o Notario, convocada por Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 9 de julio de 2025, páginas 91418 a 91419 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2025-14128

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 20 de febrero de 2025 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (BOE de 26 de febrero) se convocó la oposición libre para obtener el título de Notaria o Notario. En dicha resolución se acordó la actuación de dos Tribunales calificadores de la oposición, a celebrar en el Colegio Notarial de Madrid.

En la composición de los Tribunales se ha tenido en cuenta el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el artículo 115.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.

A propuesta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5, 9 y 10 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado y en la base sexta de la Resolución de 20 de febrero de 2025, por la que se convoca oposición libre para obtener el título de Notaria o Notario, dispongo:

Primero.

Nombrar los Tribunales calificadores de la oposición libre para la obtención del título de Notaria o Notario, convocada por Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que estarán compuestos por los siguientes miembros:

Tribunal número 1.

Presidente: Don Luis Rueda Esteban, Notario de Madrid.

Vocales:

Doña Lucía María Serrano de Haro Martínez, Notaria de Madrid.

Doña María Mercedes Curto Polo, Catedrática de Derecho Mercantil de la UNED.

Don Emiliano Gragera Alia, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 105 de Madrid.

Don Eduardo Sánchez-Ocaña Gundín, Registrador de la Propiedad de Navalmoral de la Mata.

Doña María Martínez-Cortés Gimeno, Abogada del Estado en el Departamento Tributario-Dirección General de lo Contencioso.

Secretaria: Doña María de la Concepción de la Torre Pedrosa, Notaria de Pinto.

Tribunal número 2.

Presidente: Don José Carlos Sánchez González, Notario de Madrid.

Vocales:

Don Ignacio Marcos García-Noblejas Santa Olalla, Notario de Madrid.

Doña María Medina Alcoz, Catedrática de Derecho Civil de la Universidad Rey Juan Carlos.

Doña Miren Nekane Yagüe Egaña, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 61 de Madrid.

Doña Blanca María Gimeno Quintana, Registradora de la Propiedad de Segovia número 1.

Doña Marina Adela Porta Serrano, Abogada del Estado adjunta en la Subdirección General de Asuntos de la Unión Europea e Internacionales – Departamento de Arbitrajes Internacionales.

Secretario: Don Miguel Núñez Caballero, Notario de Madrid.

Segundo.

Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia de cinco de sus miembros. En ausencia de la persona designada para la Presidencia o la Secretaría, hará sus veces el vocal Notaria o Notario. Si el Tribunal se hubiera constituido con varias Notarias o Notarios, la ausencia de la persona designada para la Presidencia se cubrirá por la persona designada para la Secretaría, y la de ésta, por el vocal Registradora o Registrador.

Tercero.

Todas las dudas y cuestiones que se presenten durante la práctica de los ejercicios de oposición serán resueltas por el Tribunal. Si no hubiera unanimidad, prevalecerá el criterio de la mayoría y, en caso de empate, decidirá el voto de la persona designada para la Presidencia.

Cuarto.

Este Tribunal estará clasificado en la categoría prevista en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de mayo de 2002).

Quinto.

Contra esta orden se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 3 de julio de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/07/2025
  • Fecha de publicación: 09/07/2025
Referencias anteriores
  • PUBLICA los nombramientos de los Tribunales calificadores de la oposición convocada por Resolución de 20 de febrero de 2025 (Ref. BOE-A-2025-3811).

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