El artículo 180 RMF, aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, prevé la figura del Promotor de la Acción Disciplinaria del Ministerio Fiscal, a quien corresponde la incoación, tramitación y propuesta de resolución de los expedientes disciplinarios por hechos presuntamente susceptibles de responsabilidad de esa índole que puedan ser imputados a los miembros del Ministerio Fiscal y a los abogados fiscales sustitutos en el ejercicio del cargo (artículo 41 del Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal). El artículo 181 RMF prevé, además, la forma de nombramiento y cese del promotor y su sustituto.
Hechos
Se encuentra próximo a expirar el plazo de dos años para el que fueron nombrados los actuales Promotor de la Acción Disciplinaria, Excmo. Sr. don Manuel Moix Blázquez, y su sustituto, Ilmo. Sr. don Manuel Campoy Miñarro. Dada la importancia de la función que debe cumplir dicha figura, por medio de decreto fechado el 2 de septiembre de 2024, se inició el procedimiento para la designación del nuevo promotor y su sustituto.
Dentro del plazo previsto en el decreto de convocatoria, han presentado instancia para las plazas de titular y/o sustituto del Promotor de la Acción Disciplinaria un total de cuatro fiscales, todos los cuales reunían las condiciones previstas en el artículo 181 RMF a que se hacía también expresa mención en el citado decreto de convocatoria pública. Asimismo, ha sido oído el Pleno del Consejo Fiscal en su sesión de 25 de septiembre de 2024.
Debe dejarse expresa constancia del compromiso profesional y la excelente calidad del trabajo realizado por el Promotor y el sustituto salientes, Excmo. Sr. don Manuel Moix Blázquez e Ilmo. Sr. don Manuel Campoy Miñarro.
Fundamentos
Según la previsión legal, el Fiscal Promotor de la Acción Disciplinaria y su sustituto deben ser nombrados, previa solicitud de quienes reúnan las condiciones señaladas en el Reglamento, por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, oído el Consejo Fiscal, simultaneando el ejercicio de las funciones propias de este cargo con el que vinieran desempeñando al momento de su nombramiento, ello sin perjuicio de que pueda la persona titular de la Fiscalía General del Estado acordar la liberación temporal, total o parcial, de sus tareas ordinarias, una vez se valoren las cargas de trabajo derivadas de su nueva función y a través de la superioridad jerárquica.
La duración del mandato del Fiscal Promotor de la Acción Disciplinaria y su sustituto será de dos años no prorrogables y, únicamente, cesarán por renuncia, por finalización de dicho mandato, por incapacidad o por incumplimiento grave de sus deberes, así como por haber incurrido en responsabilidad disciplinaria en el ejercicio de sus otras funciones. Mientras desempeñen el cargo, el Fiscal Promotor de la Acción Disciplinaria o, en su caso, su sustituto, cuando no tengan con anterioridad la categoría de fiscal de sala del Tribunal Supremo, adquirirán la consideración honorífica de tal categoría.
Examinados los currículos de todos los solicitantes, el Fiscal General del Estado ha resuelto nombrar, y así lo anunció al Pleno del Consejo Fiscal, al Excmo. Sr. don Francisco Moreno Carrasco como Promotor de la Acción Disciplinaria, y a la Ilma. Sra. doña Concepción Sabadell Carnicero como su sustituta. En el primer caso, ha resultado determinante la destacada especialización en materia de Derecho administrativo y contencioso-administrativo, áreas jurisdiccionales a las que el Sr. Moreno Carrasco ha dedicado una parte muy significativa de su vida profesional. Se considera, asimismo, particularmente valiosa la experiencia de la Sra. Sabadell Carnicero como Fiscal Europea y miembro suplente de su Comité Disciplinario, encargada, entre otras cuestiones, de valorar el desempeño de sus funciones por parte de los fiscales europeos delegados.
En atención a lo expuesto, acuerdo:
1. Nombrar Promotor de la Acción Disciplinaria del Ministerio Fiscal al Excmo. Sr. don Francisco Moreno Carrasco, actualmente adscrito a la Sección de lo Contencioso-administrativo de la Fiscalía del Tribunal Supremo.
2. Nombrar sustituta del Promotor de la Acción Disciplinaria del Ministerio Fiscal a la Ilma. Sra. doña Concepción Sabadell Carnicero, fiscal de la Fiscalía contra la Corrupción y Criminalidad Organizada.
Ambos nombramientos lo son por tiempo de dos años no prorrogables, a contar desde el día en que se cumple el plazo de dos años para el que fueron designados los Sres. Moix Blázquez y Campoy Miñarro.
Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».
Recursos: Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2 EOMF; STS 20/07/2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección Fiscal 24/09/2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley, si se dispusiera de legitimación para ello.
Póngase la presente resolución en conocimiento de la Fiscal Jefa Inspectora, del Excmo. Sr. don Manuel Moix Blázquez, del Excmo. Sr. Fiscal de Sala Jefe de la Sección Social de la Fiscalía del Tribunal Supremo, del Excmo. Sr. Fiscal de Sala Jefe de la Sección de lo Contencioso-Administrativo de la Fiscalía del Tribunal Supremo, del Excmo. Sr. Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, del Excmo. Sr. Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y de la Excma. Sra. Fiscal Superior de la Comunidad de Madrid, así como, a través del respectivo cauce jerárquico, de los fiscales designados y el resto de fiscales solicitantes.
Cumpliméntese lo acordado.
Madrid, 26 de septiembre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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