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Documento BOE-A-2024-6195

Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2023 y provisional para el año 2024 del Convenio colectivo del sector de conservas, semiconservas y salazones de pescado y marisco.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 27 de marzo de 2024, páginas 35775 a 35780 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-6195
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/03/14/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de la reunión de 16 de enero de 2024 de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de conservas, semiconservas y salazones de pescado y marisco para los años 2021-2024 (código de convenio n.º: 99001315011981), publicado en el BOE de 11 de agosto de 2022 en la que se acuerdan las tablas salariales definitivas para el año 2023 y la tabla salarial provisional para el año 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE LA REUNIÓN CELEBRADA EL 16 DE ENERO DE 2024 DE LA COMISIÓN PARITARIA INTERPRETATIVA NACIONAL DEL CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE CONSERVAS, SEMICONSERVAS Y SALAZONES DE PESCADOS Y MARISCOS

Asistentes:

Por la representación empresarial FEICOPESCA: don Roberto C. Alonso Baptista de Sousa.

Por la central sindical UGT-FICA: don Sebastián Serena Expósito.

Por la central sindical CIG: doña Mar Vila López.

Mediante plataforma virtual, a 16 de enero de 2024, siendo las 16:30 horas, se reúnen los representantes al margen señalados de la Federación Española de Asociaciones de Industrias de Transformación y Comercializadores de Productos de la Pesca y de la Acuicultura (FEICOPESCA), así como representantes de las Centrales Sindicales UGT-FICA y CIG.

Reconociéndose mutuamente las partes la legitimación necesaria para el presente acto, justificada en documentación precedente, las personas asistentes proceden a debatir y acordar lo siguiente:

1. En fecha 11 de agosto de 2022 se publicó en el BOE el Convenio colectivo para el sector de conservas, semiconservas y salazones de pescado y marisco, el cual contempló una tabla salarial definitiva para el año 2021, y tablas salariales provisionales para los años 2022, 2023 y 2024.

Por ello, de acuerdo con la cláusula de revisión salarial contemplada en el artículo 20, corresponde una vez finalizado el año actualizar las tablas provisionales de 2023 al IPC real Interanual a mes de diciembre de 2023, si este fuera superior al incremento pactado. Teniendo en cuenta el dato oficial, publicado por el INE y que asciende a 3,1 % superando al incremento pactado del 1,5 % para 2023, se proceden a actualizar las tablas. Igualmente, se recuerda que deberán abonarse los atrasos que correspondan, descontando el porcentaje ya abonado a cuenta, siguiendo el procedimiento recogido en el convenio colectivo y ya aplicado desde 2021.

En base a lo anterior, se procede a revisar, aprobar y firmar las tablas salariales definitivas para el año 2023, así como la nueva tabla salarial provisional para el año 2024, que se incorporan a la presente acta. Dichas tablas salariales, ya incluyen aplicado el +0,3 % adicional correspondiente al grupo 5.

Asimismo, se faculta a José Antonio Pasadas Muñoz, representante de UGT-FICA, para tramitar y remitir la presente acta, así como las tablas actualizadas en el mismo día de hoy a la administración que corresponda.

Cualquier defecto en el cálculo que se exponen en las distintas tablas salariales, esta Comisión Paritaria lo corregirá en el plazo máximo de quince días contando desde la fecha de firma de su conocimiento.

Por último, el representante de FEICOPESCA desea recoger expresamente en el acta, el compromiso social de las empresas con los trabajadores al tratarse de un convenio ligado con el IPC, siendo esta la reivindicación pública de los sindicatos mayoritarios y que no se está reconociendo suficientemente dentro de los centros productivos. Solicita mayor flexibilidad y apoyo a las necesidades empresariales dado el difícil momento presente.

Las representaciones sindicales de UGT-FICA y CIG, manifiestan, que defendiendo como siempre los derechos de las personas trabajadoras del sector y de manera responsable y, garantizando el cumplimiento de lo pactado en el convenio colectivo del sector, atenderán las necesidades concretas que se puedan dar en las diferentes fábricas.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 17:00 horas del día y en el lugar arriba indicados.

ANEXO

TABLAS SALARIALES ACTUALIZADAS

Tabla salarial definitiva 2023

Tabla salarial 2022 + 3,1 % según revisión IPC (+0,3 % Grupo 5)

Tabla salarial 2023

  Tabla salarial Valor hora normal Horas extraordinarias
Días laborables Días no laborables
Salario hora Salario hora Salario hora
GRUPO 1.º PERSONAL TÉCNICO        
CON TITULO SUPERIOR. 2.337,59 18,92 33,10 56,75
CON TITULO NO SUPERIOR. 2.035,33 16,47 28,82 49,41
DIRECTOR PERSONAL EMPRESA. 2.006,74 16,24 28,42 48,72
DIRECTOR PERSONAL CENTRO. 1.805,46 14,61 25,57 43,83
DIRECTOR COMPRAS. 2.006,74 16,24 28,42 48,72
DIRECTOR DE FABRICACIÓN. 1.801,52 14,58 25,51 43,74
ENCARGADO GENERAL. 1.639,74 13,27 23,22 39,81
ENCARGADO DE SECCIÓN. 1.574,77 12,74 22,30 38,23
GRUPO 2.º PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE MECANIZACIÓN        
JEFE DE ADMINISTRACIÓN. 2.230,17 18,05 31,58 54,14
JEFE DE SECCIÓN ADMINISTRATIVA. 1.981,45 16,03 28,06 48,10
OFICIAL DE PRIMERA. 1.621,73 13,12 22,97 39,37
OFICIAL DE SEGUNDA. 1.474,15 11,93 20,88 35,79
TELEFONISTA. 1.205,98 9,76 17,08 29,28
AUXILIAR. 1.298,84 10,51 18,39 31,53
ANALISTA DE SISTEMAS. 2.006,74 16,24 28,42 48,72
ANALISTA DE PROGRAMADOR. 1.805,46 14,61 25,57 43,83
PROGRAMADOR DE SISTEMAS. 1.473,11 11,92 20,86 35,76
PROGRAMADOR. 1.473,11 11,92 20,86 35,76
OPERADOR DE SISTEMAS Y APLICACIONES. 1.339,66 10,84 18,97 32,52
OPERADOR DE APLICACIONES. 1.339,66 10,84 18,97 32,52
OPERADOR INFORMÁTICO. 1.339,66 10,84 18,97 32,52
AYUDANTE INFORMÁTICO. 1.172,52 9,49 16,60 28,47
GRUPO 3.º PERSONAL DE COMERCIALIZACIÓN        
DIRECTOR DE VENTAS. 2.230,17 18,05 31,58 54,14
JEFE DE VENTAS. 1.981,45 16,03 28,06 48,10
JEFE DE ZONA. 1.981,45 16,03 28,06 48,10
DELEGADO DE VENTAS. 1.981,45 16,03 28,06 48,10
VENDEDOR. 1.621,73 13,12 22,97 39,37
VENDEDOR MERCHANDISING. 1.474,15 11,93 20,88 35,79
MERCHANDISING. 1.298,84 10,51 18,39 31,53
PROMOTOR DE VENTAS. 1.298,84 10,51 18,39 31,53
GRUPO 4.º PERSONAL SUBALTERNO        
CONDUCTOR. 1.551,62 12,56 21,97 37,67
VIGILANTE. 1.299,35 10,51 18,40 31,54
ALMACENERO. 1.462,23 11,83 20,71 35,50
PORTERO. 1.299,35 10,51 18,40 31,54
CONSERJE. 1.299,35 10,51 18,40 31,54
ORDENANZA. 1.299,35 10,51 18,40 31,54
GRUPO 5.º PERSONAL DE FABRICACIÓN        
MAESTRO. 39,66 9,74 17,05 29,23
OFICIAL DE PRIMERA. 39,09 9,60 16,80 28,81
OFICIAL DE SEGUNDA. 38,92 9,56 16,73 28,68
AUXILIAR. 38,66 9,50 16,62 28,49
GRUPO 6.º PERSONAL DE OFICIOS VARIOS        
MAESTRO. 44,47 10,92 19,12 32,77
OFICIAL DE PRIMERA. 42,25 10,38 18,16 31,14
OFICIAL DE SEGUNDA. 40,90 10,05 17,58 30,14
AYUDANTE. 40,12 9,86 17,25 29,57
PEÓN. 38,32 9,41 16,48 28,24

Tabla salarial provisional 2024

Tabla salarial 2023 + 1,5 % fijado en convenio (+0,3 % Grupo 5)

Tabla salarial 2024

  Tabla salarial Valor hora normal Horas extraordinarias
Días laborables Días no laborables
Salario hora Salario hora Salario hora
GRUPO 1.º PERSONAL TÉCNICO        
CON TITULO SUPERIOR. 2.372,65 19,20 33,60 57,60
CON TITULO NO SUPERIOR. 2.065,86 16,72 29,26 50,15
DIRECTOR PERSONAL EMPRESA. 2.036,84 16,48 28,85 49,45
DIRECTOR PERSONAL CENTRO. 1.832,54 14,83 25,95 44,49
DIRECTOR COMPRAS. 2.036,84 16,48 28,85 49,45
DIRECTOR DE FABRICACIÓN. 1.828,54 14,80 25,90 44,39
ENCARGADO GENERAL. 1.664,34 13,47 23,57 40,41
ENCARGADO DE SECCIÓN. 1.598,39 12,93 22,64 38,80
GRUPO 2.º PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE MECANIZACIÓN        
JEFE DE ADMINISTRACIÓN. 2.263,62 18,32 32,06 54,95
JEFE DE SECCIÓN ADMINISTRATIVA. 2.011,17 16,28 28,48 48,83
OFICIAL DE PRIMERA. 1.646,06 13,32 23,31 39,96
OFICIAL DE SEGUNDA. 1.496,26 12,11 21,19 36,33
TELEFONISTA. 1.224,07 9,91 17,34 29,72
AUXILIAR. 1.318,32 10,67 18,67 32,01
ANALISTA DE SISTEMAS. 2.036,84 16,48 28,85 49,45
ANALISTA DE PROGRAMADOR. 1.832,54 14,83 25,95 44,49
PROGRAMADOR DE SISTEMAS. 1.495,21 12,10 21,17 36,30
PROGRAMADOR. 1.495,21 12,10 21,17 36,30
OPERADOR DE SISTEMAS Y APLICACIONES. 1.359,75 11,00 19,26 33,01
OPERADOR DE APLICACIONES. 1.359,75 11,00 19,26 33,01
OPERADOR INFORMÁTICO. 1.359,75 11,00 19,26 33,01
AYUDANTE INFORMÁTICO. 1.190,11 9,63 16,85 28,89
GRUPO 3.º PERSONAL DE COMERCIALIZACIÓN        
DIRECTOR DE VENTAS. 2.263,62 18,32 32,06 54,95
JEFE DE VENTAS. 2.011,17 16,28 28,48 48,83
JEFE DE ZONA. 2.011,17 16,28 28,48 48,83
DELEGADO DE VENTAS. 2.011,17 16,28 28,48 48,83
VENDEDOR. 1.646,06 13,32 23,31 39,96
VENDEDOR MERCHANDISING. 1.496,26 12,11 21,19 36,33
MERCHANDISING. 1.318,32 10,67 18,67 32,01
PROMOTOR DE VENTAS. 1.318,32 10,67 18,67 32,01
GRUPO 4.º PERSONAL SUBALTERNO        
CONDUCTOR. 1.574,89 12,74 22,30 38,23
VIGILANTE. 1.318,84 10,67 18,68 32,02
ALMACENERO. 1.484,16 12,01 21,02 36,03
PORTERO. 1.318,84 10,67 18,68 32,02
CONSERJE. 1.318,84 10,67 18,68 32,02
ORDENANZA. 1.318,84 10,67 18,68 32,02
GRUPO 5.º PERSONAL DE FABRICACIÓN        
MAESTRO. 40,37 9,92 17,36 29,76
OFICIAL DE PRIMERA. 39,79 9,78 17,11 29,33
OFICIAL DE SEGUNDA. 39,62 9,73 17,03 29,20
AUXILIAR. 39,36 9,67 16,92 29,01
GRUPO 6.º PERSONAL DE OFICIOS VARIOS        
MAESTRO. 45,14 11,09 19,41 33,27
OFICIAL DE PRIMERA. 42,88 10,54 18,44 31,61
OFICIAL DE SEGUNDA. 41,51 10,20 17,85 30,60
AYUDANTE. 40,72 10,00 17,51 30,01
PEÓN. 38,89 9,56 16,72 28,67

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/03/2024
  • Fecha de publicación: 27/03/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con con el art. 20 del Convenio publicado por Resolución de 28 de julio de 2022 (Ref. BOE-A-2022-13568).
Materias
  • Conservas
  • Convenios colectivos
  • Mariscos
  • Pescado
  • Productos pesqueros
  • Salazones

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