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Documento BOE-A-2024-6058

Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Helena Solar 15, de 26,97 MWp/22,80 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Toledo".

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 26 de marzo de 2024, páginas 35135 a 35142 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-6058

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 4 de agosto de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Helena Solar 15 de 26,97 MWp/22,80 MWn y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Toledo» en el término municipal de Maqueda, promovido por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras la subsanación de documentación por el promotor, se constata que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El proyecto consiste en una planta fotovoltaica (PFV) de 26,974 MWp y 22,8 MW de potencia instalada en inversores. La infraestructura de evacuación consiste en una línea subterránea de media tensión a 30 kV, de unos 10,8 km de longitud, que evacúa en la SET «La Cañada» 220/30 kV, objeto de estudio de otro proyecto con DIA favorable. Una vez elevada la tensión de 30 kV a 220 kV en esta subestación, se evacuará la energía mediante una línea aéreo-soterrada que conectará con varias subestaciones del Nudo Villaviciosa, que cuenta con DIA favorable, hasta el punto final de evacuación en la subestación REE Villaviciosa 400 kV (Villaviciosa, Madrid). El proyecto ocupa una superficie aproximada de 74,5 ha. El vallado perimetral tiene una longitud total de 6.820 m.

Las obras que comprende este proyecto se realizarán en un plazo aproximado de 12 meses. La vida útil del proyecto es de 25 años.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 6.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. El más cercano es la ZEPA «Área esteparia de la margen derecha del río Guadarrama» (ES0000435), situada a unos 7 km al sureste de la planta. La ZEC «Sierra del San Vicente y valles del Tiétar y Alberche» (ES4250001) se halla a unos 7 km al norte de la planta, con un gran interés por constituir el hábitat de nidificación y campeo de especies como el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), el águila perdicera (Aquila fasciata) o la cigüeña negra (Ciconia nigra). Tampoco se localiza sobre ningún Espacio Natural Protegido ni Monte de Utilidad Pública. Los Espacios Naturales Protegidos más cercanos se encuentran a más de 20 km.

Según informa la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el 20 de abril de 2023, en respuesta a la solicitud de informe de valores ambientales del promotor para un área de 10 km en torno al proyecto, en parte del ámbito de estudio se ha propuesto la creación de una ZEPA esteparia.

El Monte de Utilidad Pública más cercano es el denominado Cerro Cebollar (MUP n.º 45), a 11,5 km al noroeste de la implantación, y Prado de Arriba (MUP n.º 70), a 19,7 km al noroeste de la planta.

En cuanto a la afección de Hábitats de Interés Comunitario (HIC), no hay ocupación directa dentro de la PFV.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

La planta solar se ubica sobre terrenos de labor en secano. Aparecen masas arboladas junto con matorral y pastizal en los alrededores de la planta. Según las consultas realizadas para el estudio de impacto ambiental en el Sistema de Información sobre plantas de España (Anthos) y el Sistema de Información de la Vegetación Ibérica y Macaronésica (SIVIM), no se identificó ninguna especie de flora recogida en la Directiva Hábitats.

El trabajo de campo se llevó a cabo entre los meses de septiembre de 2020 y agosto de 2021, contando con un periodo de ampliación que va desde finales del invierno de 2020/2021 hasta la primavera de 2022. Según los datos del Inventario Español de Especies Terrestres (IEET), en las cuadrículas de la zona de estudio hay inventariadas un total de 170 especies de fauna, de las cuales se han observado en campo 125 especies de aves a lo largo del periodo de estudio desarrollado en el estudio de fauna.

Las especies de fauna más amenazadas detectadas en el inventario de fauna tras los muestreos en campo, clasificadas como «En peligro de extinción» según el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), son el sisón común (Tetrax tetrax), el milano real (Milvus milvus) y el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), catalogada esta última también como «En peligro de extinción» según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREACLM). Tanto el milano real (Milvus milvus) como el sisón común (Tetrax tetrax), están catalogados como «Vulnerable» según el CREACLM.

De las especies de aves amenazadas que están clasificadas como «Vulnerable» dentro del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREACLM), se observan la avutarda común (Otis tarda), el cernícalo primilla (Falco naumanni), el elanio común (Elanus caeruleus), el aguilucho cenizo (Circus pygargus) y el avión zapador (Riparia riparia). El aguilucho cenizo también es «Vulnerable» por el CEEA.

Las especies de aves amenazadas clasificadas como «De Interés Especial» dentro del CREACLM son el vencejo común (Apus apus), la terrera común (Calandrella brachydactyla), la cogujada común (Galerida cristata), la golondrina común (Hirundo rustica), la calandria común (Melanocorypha calandra), el abejaruco europeo (Merops apiaster) y el alcaraván común (Burhinus oedicnemus).

El estudio de fauna recoge que la zona se prevé de importancia para especies ligadas a hábitats agrícolas, ya que toda la zona está ocupada por diferentes cultivos, y posiblemente como zona de paso o campeo para especies ligadas a humedales, por la relativa cercanía a diferentes espacios de importancia por sus humedales.

Este proyecto se encuentra dentro de la Zona de Importancia del águila imperial ibérica (Aquila adalberti) y a poco más de 7 km al oeste del área crítica de esta especie. Son zonas descritas dentro del Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica en Castilla-La Mancha. Es una especie reproductora habitual en la zona de estudio, y ha sido citada criando en las cercanías de la planta. Según el informe de la Consejería de Desarrollo Sostenible mencionado anteriormente, hay presencia de 10 parejas en el ámbito de estudio. Además, los resultados del estudio de fauna indican una presencia continua de ejemplares ocupando determinados sectores que se verifican como parejas estables reproductoras en la temporada de cría. Se han localizado 3 nidos de esta especie a menos de 2,5 km de distancia de la planta, uno de ellos a menos de 1,5 km de la parte oeste de la planta.

Además, el proyecto se encuentra dentro de la zona de Importancia del buitre negro (Aegypius monachus) descrita dentro del Plan de Conservación del Buitre Negro en Castilla-La Mancha. Se ha registrado su presencia de manera regular a lo largo de todo el año. Los ejemplares detectados en la zona de estudio corresponden con cualquier tipo de edad, aunque la mayoría son ejemplares con plumajes no adultos que usan la zona como área de dispersión y alimento.

El milano real (Milvus milvus) se observa de forma muy numerosa en la zona de estudio. Aunque es posible observar a esta especie a lo largo de todo el año, la mayor parte de los ejemplares se observan entre octubre y marzo, teniendo su máxima presencia en los meses de diciembre a febrero, momento central de la época de invernada.

Se ha observado el uso de las parcelas situadas al oeste, fuera de la ubicación de la planta como territorio de caza de cernícalo primilla (Falco naumanni).

Se ha localizado una colonia de avión zapador (Riparia riparia) de más de 100 nidos a unos 450 m al sur de la planta, y también, abejaruco europeo (Merops apiaster) dentro de la zona de implantación.

En cuanto a las aves esteparias, se observa presencia de avutarda común (Otis tarda). Este grupo se considera reproductor de bajo número en la zona. Algo más al sur, en la zona esteparia de Torrijos, esta especie es relativamente frecuente, donde mantiene importantes poblaciones, aunque algo fragmentadas.

La presencia de sisón común (Tetrax tetrax) es habitual dentro del área considerada, aunque se considera que su presencia es principalmente estival reproductora en el área de estudio, aparece un pequeño núcleo en Maqueda y ejemplares aislados en Novés.

Se ha detectado presencia escasa de alcaraván común (Burhinus oedicnemus), cuya situación en la zona de estudio es relativamente común.

En cuanto a las Áreas de Importancia para las Aves (IBAs), las más cercanas se encuentran a más de 7 km de distancia de la zona de implantación.

Respecto a los corredores ecológicos, la zona de implantación se encuentra a 1,4 km al noreste del Corredor de La Mancha, el cuál une las principales áreas esteparias del norte de la provincia de Toledo.

En los muestreos de quirópteros se detectó la presencia de tres especies, los tres dentro del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) y dos de ellos catalogados como «De interés especial» dentro del CREACLM, el murciélago común (Pipistrellus pipistrellus) y el murciélago rabudo (Tadarida teniotis).

Destaca la presencia de la rata de agua (Arvicola sapidus) en zonas húmedas con abundancia de vegetación herbácea, especie sensible a las alteraciones de su hábitat, si bien no ha sido detectada durante los muestreos de campo, pero consta la presencia de nutria (Lutra lutra) en la mayor parte de los tramos de río de cierta entidad de la zona de estudio.

Según informa la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad en respuesta a la propuesta de informe de determinación de afección ambiental, el estudio de impacto ambiental presenta deficiencias y debería incluir un estudio anual de fauna específico para el ámbito de influencia directa del proyecto, aproximadamente 3 km respecto a las poligonales del vallado de las plantas Helena Solar 15, Helena Solar 16 y Helena Solar 17. Este estudio debería contener un estudio específico sobre la afección al águila imperial y su hábitat, con información adecuada sobre uso por la especie, distribución y abundancia de conejo de monte y grado de afección al cazadero de las parejas afectadas, cuantificando la destrucción de hábitat favorable en relación a su disponibilidad real. Además, debería contemplar la distribución y cuantificación de las poblaciones de las principales especies de aves esteparias potencialmente afectadas por el proyecto (avutarda, sisón, aguiluchos cenizo y pálido, cernícalo primilla,...) y otras rapaces, con la cuantificación del hábitat afectado en relación a su disponibilidad real en el ámbito del proyecto. Asimismo, el estudio de impacto ambiental debe incluir una valoración del impacto sobre la conectividad para avifauna esteparia, considerando sinergias con otros proyectos aprobados o en tramitación y otras actuaciones que afectan a la disponibilidad real de hábitat para estas especies (leñosos intensivos, canteras, urbanizaciones, etc.) en el entorno de las plantas.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

Los terrenos donde se ubica el proyecto pertenecen a la Confederación Hidrográfica del Tajo. Según la cartografía de la Confederación Hidrográfica del Tajo y del Instituto Geográfico Nacional, el cauce situado en las inmediaciones del proyecto es un arroyo innominado procedente del arroyo de Aljama, a aproximadamente 58 m al norte de la implantación, por lo que se produciría una ocupación marginal de la zona de policía. El arroyo Gualavisa y el arroyo del Molinillo, procedentes del arroyo Grande se encuentran a poco más de 100 m y 600 m respectivamente al este de la implantación. Por último, aparecen otros tres arroyos innominados, procedentes del arroyo de Aljama, al noroeste de la implantación que se encuentran a poco más de 200 y 500 m al oeste de la implantación y a poco más de 400 m al norte de la planta.

Los efectos sobre la calidad de las aguas superficiales durante las obras podrán traer causa de la limpieza de canaletas de hormigoneras o de vertidos accidentales, principalmente de aceites e hidrocarburos, por la presencia de maquinaria.

En cuanto a la red hidrológica subterránea, la planta y sus infraestructuras de evacuación se encuentran sobre la Masa de Agua Subterránea denominada Talavera (030.015, Cód. ES42_1 Sector Norte), perteneciente a la Demarcación Hidrográfica del Tajo. Se trata de una zona vulnerable por contaminación de nitratos, principalmente por la existencia de una elevada presión difusa de origen agrario y en menor medida por las actividades urbanas y ganaderas intensivas. Debido a la distancia respecto a los cauces superficiales existentes en el entorno de estudio, solamente se prevén efectos sobre la calidad del agua subterránea por infiltración durante las obras, relacionadas con el riesgo de vertidos accidentales, principalmente de aceites e hidrocarburos.

El promotor no adjunta el estudio hidrológico, y alega que lo presentará para las solicitudes de autorización de trabajos en zonas de policía y afecciones a dominio público hidráulico a la Confederación Hidrográfica del Tajo.

4. Afección por generación de residuos

Los residuos generados por este tipo de proyectos son principalmente de naturaleza no peligrosa, procedentes fundamentalmente de los trabajos de obra civil, como excedentes de tierras limpias y materiales pétreos, restos de silvicultura, limpieza de cubetas de hormigón, etc.

Durante las obras, se estima una generación de 833,43 t de peso de residuos no peligrosos, de los cuales 357,6 t corresponden a Silvicultura (02 02 07), 456,11 t corresponden a tierras limpias y materiales pétreos (17 05 04), 9,83 t corresponden a hormigón, 5,55 t corresponden a madera (17 02 01), 1,11 t corresponden a plástico y envases no contaminados (20 01 39) y 1,03 t corresponden a materiales mezclados (cerámicos) (17 04 07). Además, se estima una generación de 2,09 t de residuos peligrosos de los cuales la mayor parte corresponde a baterías de Ni-Cd (16 06 02), a envases contaminados valorizables (15 01 10) y a aceite de los transformadores (13 03 10).

Durante la fase de construcción, se dispondrá de baños químicos, sin consumo de agua, contando con un mantenimiento (vaciado) con la periodicidad necesaria.

En fase de obra, se realizará una adecuada gestión de todos los residuos generados de conformidad a la normativa en materia de residuos. Se desarrollará un Punto Limpio, debidamente acondicionado dentro del campamento de obra, impermeabilizado y con cubierta para el almacenamiento de residuos peligrosos, los cuales seguirán todas las indicaciones establecidas en el Real Decreto 833/1988, en particular aquellas relativas a señalización y etiquetados de contenedores. Se dispondrá de un bloque de contenedores de papel/vidrio, embalajes, contenedor de Residuos Sólidos Urbanos, contenedor de restos de madera, contenedores de ferralla, almacenamiento de residuos peligrosos y para zona de limpieza de cubas de hormigón y restos de hormigón, si bien esta última actividad se evitará en la medida de lo posible. Se dispondrá, además, de una zona para acopio de tierras y/o materiales de obra, también alejada de los cauces, en una parcela desprovista de vegetación y con fácil acceso. Esta zona estará debidamente jalonada y señalizada y se prestará especial atención a las condiciones de almacenamiento de los materiales, de manera que se minimicen los riesgos de contaminación de los suelos y las aguas. Al finalizarse las obras, se efectuará la retirada del material no utilizado, así como de los residuos generados, incluyendo residuos de construcción (una vez segregados los que puedan calificarse como peligrosos: envases de químicos usados en obra, por ejemplo), que serán gestionados según las regulaciones locales, siempre mediante gestor autorizado.

Durante la fase de explotación, se generarán residuos peligrosos (aceites minerales, trapos impregnados, etc.) del mantenimiento de la planta en cantidades muy reducidas. Se deberá disponer de un punto limpio (que se ubicará en el edificio de la SET La Cañada 220/30 kV) para el almacenamiento de estos residuos, en su mayoría peligrosos. Este punto de almacenamiento deberá proteger el suelo de posibles contaminaciones por derrames o vertidos mediante un cubeto de recogida. Estos residuos peligrosos se deberán almacenar por un tiempo inferior a seis meses, siendo entregados posteriormente a un gestor autorizado. La empresa explotadora del parque y responsable de los residuos producidos deberá estar inscrita en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha.

Al finalizar la vida útil del módulo de generación fotovoltaica, estimada en 25 años, se devolverán los terrenos a las condiciones y usos anteriores a la construcción del parque, o a las que la Administración y la propiedad de los terrenos consideren en ese momento, minimizando la afección al medio ambiente y recuperando el valor ecológico de la zona afectada.

5. Afección por utilización de recursos naturales

Los recursos naturales principales que se prevé utilizar son el suelo, por la ocupación de terreno de las instalaciones proyectadas y el agua, asociada a las duchas de las casetas de obra, así como al riego de caminos como medida preventiva para evitar la generación de polvo y el consumo de agua asociado a las labores de limpieza de los paneles (limpieza sin aditivos ni detergentes, solo con agua).

La superficie de ocupación por el vallado perimetral de la planta fotovoltaica se estima en 74,5 ha repartido en tres islas que conformarán la planta, con una longitud de vallado de 6.820 m. La planta se encuentra sobre terreno de uso agrícola.

Se retirará la tierra vegetal de una superficie estimada en 74 ha, y se separará según los horizontes del suelo, conservando aquellos que por sus características sean aptos para las labores de construcción en el propio emplazamiento. No se acopiará esta tierra vegetal en caballones de una altura superior a 2 m.

Como medida preventiva para evitar la generación de polvo, se regarán los caminos previamente. Se considera un consumo estimado de 4.138,8 m3 de agua para este fin. En cuanto al agua potable, para el abastecimiento de agua en las instalaciones temporales de higiene durante las obras, se considera un consumo estimado de 200 l/día.

6. Afección al patrimonio cultural

Según la información bibliográfica disponible, el proyecto no afecta a ningún LIG, encontrándose el más próximo (TM087 «Yacimientos de vertebrados del Mioceno de Torrijos») a una distancia de más de 4 km al sur de la planta.

Según el informe sobre la prospección arqueológica de los terrenos afectados por el proyecto, se localiza un conjunto de mojones parcelarios (07450910079E) en el perímetro de implantación de la planta (San Silvestre XXI h, i, j y l, 01 y 02). Por otro lado, el elemento San Silvestre XXII (07450910068Y) se localiza dentro de la zona de implantación del proyecto. Consiste en una serie de restos repartidos de manera dispersa y ocasional sin tener la suficiente entidad que permita la delimitación del perímetro ni una adscripción cronológica del mismo. El castillo de San Silvestre catalogado como Bien de Interés Cultural, se encuentra a unos 500 m al sur de la zona de implantación. La ermita de Nuestra Señora de la Monjía (07450910010I) se sitúa a unos 2 km al suroeste de la planta.

En el informe de la prospección arqueológica, realizado en julio de 2023, se consideran una serie de condicionantes a nivel patrimonial.

En cuanto a las vías pecuarias, según el estudio de impacto ambiental, la planta se encuentra situada a ambos lados de la Colada de Novés a Quismondo, la cual es coincidente en este tramo con el Bien de Interés Cultural «Camino de Santiago del Sureste (Alicante a Astorga)».

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

Los núcleos urbanos más cercanos a la planta son el de Maqueda, situado a 4,2 km en dirección oeste, Quismondo a una distancia de 2,8 km al norte de la planta y Novés situado a una distancia de 3,2 km al sureste de la implantación. No hay viviendas aisladas a menos de 100 m de la zona de implantación.

La construcción del proyecto va a contribuir al desarrollo económico de la zona, todo ello derivado de las rentas que se generarán para los propietarios mediante la contratación de personal, que se estima en 75-80 empleos directos de los terrenos, así como las tasas e impuestos asociados al proyecto que revierten en el ayuntamiento al que pertenecen los terrenos. Durante la fase de obras, el proyecto generará un impulso indirecto sobre la economía local asociado a la presencia de personal en la zona.

La planta solar se ubica sobre terrenos de cultivo herbáceos de secano, 74,5 ha que experimentarán un cambio de uso, de agrícola a industrial.

El proyecto se emplaza en un entorno rural antropizado, presentando las autovías A-5, A-40, la carretera nacional N-403, las provinciales TO-1332, TO-1729, las autonómicas CM-4009 y CM-9513, y el aeródromo de Santa Cruz del Retamar-Martinamatos, entre otras infraestructuras.

Durante las obras, se considera como situación más desfavorable, niveles de 105 dB(A) por la ejecución de las hincas, y unos niveles de emisión para vehículos pesados (>3,5 t) de 7,5 m de distancia, de 80 dB(A). Sin embargo, los niveles sonoros decrecerán al alejarse de la zona de obras, y se estiman unos valores de 70 dB(A) a una distancia de 10 m de la obra. Además, se calcula que no se superarán los 55 dB (A) a una distancia de 32 m de las obras. Dada la ubicación del proyecto respecto de las viviendas más cercanas, estos ruidos no serán percibidos por los vecinos más próximos ni causarán afección a las zonas sensibles.

Durante la fase de explotación, los inversores producirán un nivel de emisión acústica máximo de aproximadamente 79 dB (A) a 1 m de distancia del centro de transformación. Teniendo en cuenta que el sonido se atenúa con la distancia debido a la amortiguación de la vegetación, estructuras colindantes y el aire, el nivel sonoro decrecerá con la distancia. Al igual que en el caso de las obras, dada la ubicación del proyecto respecto de los núcleos de población y, en general, de receptores potenciales, los ruidos derivados de las obras no serán percibidos por los vecinos de las poblaciones más próximas.

En relación a los campos magnéticos, el promotor afirma que, con las infraestructuras del proyecto de las plantas fotovoltaicas y la línea de media tensión de 30 kV, teniendo en cuenta el soterramiento de las líneas y la no presencia de núcleos de población ni de viviendas aisladas a distancias inferiores a las distancias calculadas, las afecciones relacionadas con la generación de campos eléctricos y magnéticos podrían considerarse, para estas infraestructuras, no significativas. Se ha estimado que la distancia a la cual el campo magnético adquiere el valor establecido de 100 μt (para la exposición del público en general según el Real Decreto 1066/2001) y 0,3 μt (para la máxima exposición constante recomendada por el organismo europeo ICNIRP) son menos de 1 m y 25 m de distancia para las líneas de media tensión; y de entre 12 y 400 m para los centros de transformación.

No consta un análisis de aprovechamiento cinegético de la zona, pero tomando como referencia la información sobre terrenos cinegéticos en Castilla-La Mancha, el proyecto podría afectar a los cotos de caza TO-10318 denominado «San Silvestre» y TO-10528 denominado «Poco Abrigo», que cuentan con una superficie de 750 ha y 370 ha, respectivamente.

En relación al paisaje, el entorno forma parte de la unidad paisajística de cultivos con una fragilidad alta y una calidad baja, según el EsIA. La planta se localiza sobre terrenos de visibilidad baja en un área de 12.788 ha (95 %) del área total analizada, debido a la ondulación del terreno. Desde el muro de contención de la planta de gestión de residuos RENOVES y la ermita de la Monjía se alcanzará un porcentaje de visibilidad de las plantas mayor al 51 %. La visibilidad es baja o nula (menor al 25 %) desde la finca de San Silvestre, la población de Novés, los muros del castillo de Maqueda y tramos de la A-5, A-40, N-403 y TO-1332.

El proyecto se ubica en zona de riesgo medio de incendio, atendiendo a la ubicación geográfica del proyecto y las consultas realizadas en el mapa de frecuencias de incendios forestales del Plan Director de Defensa contra incendios Forestales de Toledo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

Las infraestructuras de energías renovables más cercanas al proyecto con DIA favorable son la Planta Solar Fotovoltaica Helena Solar 9, a 1,1 km al sureste, la Planta Solar Fotovoltaica Helena Solar 12, a 2,3 km al noreste, así como Helena solar 13 y Helena Solar 14, a unos 5 km al noroeste de la planta, que generarán un total de 189,16 MW.

En el ámbito autonómico, existen varias plantas evaluadas como Maqueda 49,90 MW, a 5 km al noroeste, Calera 19,79 MW, a 8,3 km al sureste, PSFV Castor-Huecas 49,99 MW, a 9,8 km al sureste, Barcience 35,635 MW, a 10 km al sureste, Escalona, a 7,6 km al noroeste, Torrijos-Novés N-S 10 MW, a 5,5 km al sureste, Torrijos 30 MW, a 6,2 km al sureste y Torrijos-Novés II 16 MW, a 8,3 km al sureste.

Asimismo, existen otros proyectos en tramitación, que han de considerados respecto a los efectos acumulativos y sinérgicos más reseñables, sobre todo sobre la fauna. Las acciones referentes a la presencia de personal y maquinaria, eliminación de la cubierta vegetal y la ocupación de las propias plantas fotovoltaicas provocan la alteración de los hábitos de comportamiento, la alteración de los biotopos existentes y la mortalidad de la fauna, especialmente aves esteparias.

Los cambios de usos del suelo producirán un impacto moderado sobre el territorio debido a la presencia de personal y maquinaria y en general las actividades propias de la construcción. La presencia de la planta supondrá fragmentación del hábitat natural que puede ser utilizado por la fauna, pudiendo generar un efecto barrera.

La instalación de la planta conlleva un incremento del paisaje alterado, que se verá trasformado y fragmentado. La presencia de otras plantas fotovoltaicas en la zona hace que ya exista un impacto visual previo.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, a la Dirección General de Calidad Ambiental y a la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha el 14 de febrero de 2023, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

Con fecha 21 de febrero de 2024, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, remite respuesta y señala que el estudio de impacto ambiental presenta carencias y debería incluir un nuevo estudio anual de avifauna y una valoración del impacto sobre la conectividad esteparia. Asimismo, debido a los impactos negativos previsibles sobre recursos naturales protegidos (especialmente fauna), la citada Dirección General considera que el proyecto PSFV Helena Solar 15 debe ser sometido a procedimiento ordinario de evaluación de impacto ambiental, de forma conjunta a las PSFV Helena Solar 15 y 17, del mismo promotor. Por último, traslada que los proyectos PSFV Helena Solar 15, 16 y 17, en su actual planteamiento, no son compatibles con la conservación de los valores ambientales y recursos naturales de la zona donde pretenden ubicarse. Finalmente, destaca la elevada ocupación de suelo, las sinergias negativas derivadas de los mismos y de otras actividades (cultivos leñosos, nuevas infraestructuras, etc.) en la zona de Maqueda-Torrijos, en la que ya se ha superado la capacidad de acogida para nuevos proyectos de plantas fotovoltaicas.

Con fecha 28 de febrero de 2024, la Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, remite su respuesta en la que determina que el proyecto podría tener afecciones a los recursos naturales, por lo que debe someterse a procedimiento ordinario de evaluación ambiental.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de Derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Helena Solar 15 de 26,97 MWp/22,80 MWn y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Toledo», se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 19 de marzo de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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