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Documento BOE-A-2024-5685

Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la actualización salarial para el año 2024 del III Convenio colectivo de Enercon Windenergy Spain, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 21 de marzo de 2024, páginas 33238 a 33240 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-5685
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/03/12/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a la actualización salarial para el año 2024 del III Convenio colectivo de la empresa Enercon Windenergy Spain, SL (código de convenio n.º 90100702012012), que fue publicado en el BOE de 23 de noviembre de 2020, Acta que ha sido suscrita en fecha 17 de enero de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales del Convenio colectivo en el correspondiente Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE FIRMA DE LA REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2024
III Convenio colectivo EWS

Representación de la empresa:

Don Álvaro Escardino Malva.

Don Steffen Boenicke.

Doña Gema Rodríguez Prior.

Representación legal de las personas trabajadoras (Comité Intercentros):

Don Manuel Urquizar Reyes.

Don Diego Manzorro Ramírez.

Don Marcos Pereira Barroso.

Don Miguel Adrián Morales Ramírez.

Don Antonio Herrera Carreño.

Don Tomás Torresano Ballesteros.

En Agüimes, siendo las 8 horas del día 17 de enero de 2024, se reúnen las personas al inicio de la presente acta relacionadas, por una parte, la representación de la Empresa y por otra parte la Representación Legal de las Personas Trabajadoras de la Empresa, actuando a través del Comité Intercentros, todas ellas pertenecientes a la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo de Enercon Windenergy Spain, SL («EWS»).

Ambas partes se reconocen legitimación y capacidad recíproca para negociar la presente actualización salarial.

ORDEN DEL DÍA

Único.

Aplicación de la actualización salarial pactada en el anexo III del III Convenio Colectivo de EWS para el año 2024.

Vista la evolución de los índices de referencia y los datos de la empresa del último año, la Representación de las Personas Trabajadoras y la Empresa acuerdan la aplicación de un incremento del 3,3 % sobre las bases de cálculo salariales para el año 2024.

Se adjuntan las tablas a continuación del presente Acta.

* * *

Finaliza la reunión procediendo a la habilitación de don Steffen Boenicke para que, lleve a cabo cuantos trámites sean precisos en orden al depósito de la presente actualización en la Dirección General de Trabajo y la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Asimismo, se designa a don Álvaro Escardino Malva y a don Antonio Herrera Carreño como Representantes de la Empresa y de las Personas Trabajadoras, respectivamente, para el caso de que sea necesario realizar cualquier trámite, audiencia, reunión, subsanación y en general cualquier actuación con la administración o con terceros que requiera la participación de las dos partes negociadoras del presente acuerdo del III CC de EWS.

Asimismo, les autorizan a firmar en nombre de la Representación de la Empresa y de las Personas Trabajadoras, respectivamente, con fuerza totalmente vinculante de las Partes, cualquier documento, trámite o requerimiento realizado por cualquier administración, autoridad o terceros como consecuencia del presente acuerdo del III CC de EWS.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y, de ella, la presente Acta que, una vez leída y encontrada conforme, se firma por los asistentes en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la empresa: Álvaro Escardino Malva, Steffen Boenicke, Gema Rodríguez Prior.–Por la representación legal de las personas trabajadoras: Manuel Urquizar Reyes, Diego Manzorro Ramírez, Tomás Torresano Ballesteros, Marcos Pereira Barroso, Miguel Adrián Morales Ramírez, Antonio Herrera Carreño.

Grupos profesionales

Base de cálculo

01/01/2024

Euros

Personal de oficina  
Asistentes de Administración y Finanzas  
Nivel 0 (Auxiliar). 17.343,71
Nivel 1 (Oficial de 2.ª). 19.656,38
Nivel 2 (Oficial de 1.ª). 21.390,61
Nivel 3 (Resp. de área). 26.015,72
Asistentes Técnicos  
Nivel 0 (Auxiliar y Almacenista). 21.968,75
Nivel 1 (Resp. De función y Asistente de Dirección). 25.437,58
Nivel 2 (Sup. Regionales y Oficiales de PRL). 26.593,86
Nivel 3 (Resp. de área). 27.309,52
Nivel 4 (Controladores de Calidad). 28.906,24
Nivel 5 (Formadores). 30.639,82
Personal de campo  
Personal de mantenimiento  
Nivel 1 (Auxiliar). 20.234,51
Nivel 2 (Asistente experto). 20.812,48
Nivel 3 (Técnico de mantenimiento). 21.390,61
Nivel 4 (Técnico especialista en reparación de averías). 21.968,73
Nivel 5 (Jefe de equipo/Analista de fallos). 23.693,48

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/03/2024
  • Fecha de publicación: 21/03/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 11 de noviembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-14755).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Energía eólica
  • Industrias

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