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Documento BOE-A-2024-5535

Decreto de 11 de marzo de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado contra los Delitos de Odio y Discriminación en la Fiscalía Provincial de Almería a don David Calvo López.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 20 de marzo de 2024, páginas 32497 a 32498 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2024-5535

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de febrero de 2024 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Almería por el que propone a la Fiscal don David Calvo López como Fiscal Delegado contra los Delitos de Odio y Discriminación en dicha Fiscalía.

Hechos

Primero.

De conformidad con los artículos 18.3 in fine y 20 dos bis) EOMF, en su redacción dada por la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Almería ofertó entre todos los fiscales de la plantilla la plaza de fiscal delegado provincial para la especialidad contra los delitos de odio y discriminación.

Dicha plaza fue solicitada tan solo por don David Calvo López cuyo nombramiento propone el Fiscal Jefe considerando su cualificación y experiencia en la materia.

Segundo.

En su escrito de fecha 27 de febrero de 2024, el Fiscal de Sala de la Unidad de la Fiscalía General del Estado Contra los Delitos de Odio y Discriminación emitió informe favorable a la propuesta realizada a la vista de la cualificación, conocimientos y experiencia del Fiscal. En el mismo sentido favorable informa el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que «Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal».

En el mismo sentido la Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado establece que los nombramientos y ceses de los Fiscales Delegados de Especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Segundo.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Almería avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

Nombrar a don David Calvo López como Fiscal Delegado Contra los Delitos de Odio y Discriminación en la Fiscalía Provincial de Almería.

Notifíquese lo acordado al Fiscal de Sala de la Unidad Contra los Delitos de Odio y Discriminación, a la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Almería, que trasladará copia del presente Decreto al fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.

Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.

Madrid, 11 de marzo de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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