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Documento BOE-A-2024-3021

Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Inclusión, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona «La Caixa», para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2024, páginas 19163 a 19167 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2024-3021

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría General de Inclusión y Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa», han suscrito, con fecha 6 de febrero de 2024, una adenda al Convenio de 6 de septiembre de 2022, entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa», para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Conforme a los hitos 350 y 351 establecidos para el componente 23, inversión 7 «Fomento del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo Vital», previstos en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, así como de acuerdo con sus indicadores de seguimiento y los mecanismos de verificación establecidos en el anexo II de las Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación acordadas por el Gobierno de España y la Comisión Europea, se procede a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 7 de febrero de 2024.–La Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, P. D. (Orden ISM/419/2021, de 26 de abril), la Secretaria General de Inclusión, Mónica Martínez Bravo.

ANEXO
Adenda al Convenio de 6 de septiembre de 2022 entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa», para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

En Madrid, firmado electrónicamente.

REUNIDAS

De una parte, doña Mónica Martínez Bravo, Secretaria General de Inclusión, nombrada por Real Decreto 35/2024, de 9 de enero, en virtud del artículo 10 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de la delegación de competencias regulada en el artículo catorce de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y de las disposiciones segunda y tercera del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Y de otra, don Marc Simón Martínez, en calidad de Subdirector General de la entidad Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa», con CIF número G58899998 y con domicilio social en Plaza Weyler, 3, 07701 Palma (Illes Balears), actuando en nombre y representación del mismo de conformidad con la escritura autorizada por el notario de Barcelona, don Tomás Giménez Duart el 30 de octubre de 2017, con número 2889 de su protocolo.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero.

Que de acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 102.036.066 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con fecha 6 de septiembre de 2022 las partes suscribieron el convenio para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 17 de septiembre de 2022, (BOE número 224).

Segundo.

Que de acuerdo con el apartado 2 del artículo 8 del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, las entidades subvencionadas podrán solicitar, con carácter excepcional, modificaciones del contenido de la resolución basadas en la aparición de circunstancias que alteren o dificulten el desarrollo del programa, o que afecten a la forma y plazos de ejecución o de justificación de los gastos del proyecto, y podrán ser autorizadas siempre que no dañen derechos de tercero. Las solicitudes de modificación deberán fundamentar suficientemente dicha alteración o dificultad y presentarse, ante la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, con anterioridad, en todo caso, al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto, determinado en el propio convenio y resolución de concesión.

Tercero.

Que con fechas 10 de octubre del 2023 y 18 de diciembre de 2023, se resuelven autorizaciones para realizar modificaciones basadas en la aparición de circunstancias que han alterado y/o dificultado el desarrollo del programa, y han afectado a la forma y plazos de ejecución por Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa», entidad beneficiaria de la subvención en el marco del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.

Que procede trasladar dichas modificaciones al anexo I del convenio suscrito, adaptando su redacción a las mismas.

Por cuanto antecede, y reconociéndose capacidad legal suficiente, las partes suscriben la presente adenda al convenio, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

La presente adenda al convenio suscrito entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa» para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene por objeto:

La adaptación del anexo I del convenio a las resoluciones de autorización para realizar modificaciones en el proyecto basadas en la aparición de circunstancias que han alterado y/o dificultado el desarrollo del programa, y han afectado a la forma y plazos de ejecución.

Segunda. Modificación del convenio.

a) El contenido del segundo párrafo del apartado 3 (Resumen del proyecto) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«Está previsto que se trabaje en 20 redes locales o espacios de 9 comunidades autónomas con aproximadamente 944 familias de las cuales 473 familias formarán parte del grupo de tratamiento y las otras 471 del grupo de control.

Se realizará un tratamiento común para todas las familias (acompañamiento social y apoyo a la inserción, pasaporte 0-3, bienes para necesidades básicas, bonus 0-3 y encuentros 0-3) y un tratamiento adicional con el grupo experimental (talleres familiares 0-3).»

b) La descripción de los tratamientos «Bonus 0-3» y «Talleres Familiares 0-3» que se recoge en el apartado 5 (Descripción del/de los tratamiento/s) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactada del modo siguiente:

«– «Bonus 0-3»: Esta ayuda dará derecho a asistencia puntual al espacio 0-3 para dejar al hijo/a unas horas en el «servicio «canguro» y resolver algunas necesidades de conciliación. Particularmente, el acompañamiento social a familias podrá ayudarse con este recurso que facilita la asistencia a programas de formación intensivos (para el empleo, por ejemplo, o para iniciativas con grupos de madres/ padres que se generen desde el propio recurso). Se concederán bonos de 5 servicios (2 horas por día), renovables, según criterio del o de la trabajador/a social de referencia en función de la evolución del plan de trabajo familiar, con una previsión de 3 bonos por familia durante todo el periodo (20 horas de apoyo).».

«– «Talleres Familiares 0-3»: Esta actuación solamente se realizará con el grupo de tratamiento. Los talleres estarán dirigidos a las familias 0-3 con necesidades de apoyo dada su situación de vulnerabilidad social o riesgo de exclusión. Se prevé una ratio de entre 6 y 12 familias por grupo. El taller se realizará de forma continuada en el curso, con una duración de 80 horas para cada subgrupo de familias que se distribuirán semanalmente (1-2 sesiones) de forma regular y continuada. Se desarrollará una formación práctica, aplicada, a partir de la estancia conjunta de madres/padres e hijos/as con la educadora del Espacio 0-3 y otras familias. Mediante la convivencia, el diálogo y la imitación se incorporan habilidades, recursos y conocimientos para el cuidado de los niños/as. Se trabajará específicamente el conocimiento del hijo/a, el desarrollo del vínculo afectivo, estrategias para el cuidado y la regulación del comportamiento infantil.»

c) El contenido del apartado 10 (Principales variables que se utilizarán para medir el resultado y diferencia esperada en estas variables entre el/los grupo/s de tratamiento y el de control) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«Se tiene intención de utilizar las variables recogidas en las escalas de valoración y seguimiento de la intervención previstas en el proyecto, entre las que se encuentran:

– Índice de vulnerabilidad social.

– Índice de competencias parentales.»

d) El contenido del apartado 11 (Principales variables que se utilizarán para medir la puesta en práctica del tratamiento) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«Se prevé el desarrollo de una escala específica y un cuestionario de competencias parentales, así como de un cuestionario de satisfacción de participación en el proyecto, que incluirán el detalle de las variables utilizadas.»

e) El contenido del apartado 12 (Descripción del proceso de recogida de datos y de resultados) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«Los datos básicos identificativos y de carácter sociodemográfico de las familias se recogen de forma ordinaria y estable en un aplicativo informático de gestión del programa CaixaProinfancia. Estos datos son incorporados y actualizados por los trabajadores sociales de las entidades, responsables también de evaluar el grado de vulnerabilidad social mediante escala estandarizada.

Para recoger la información correspondiente a las otras variables que se quieren controlar en el estudio (Competencias parentales) se aplicarán las correspondientes escalas por parte de personal propio de las entidades, convenientemente formado y supervisado. Siempre se recogerá la información necesaria de forma presencial.

Por su parte, las familias cumplimentarán el cuestionario de competencias parentales y el cuestionario de satisfacción de participación en el proyecto.

Los plazos de recogida se prevén que sean al inicio de la experiencia para el pre-test (febrero) y al final de la misma (julio y agosto) para el post-test en todos los grupos (control y tratamiento).»

f) El contenido del apartado 15 (Cronograma) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«La incorporación de familias al programa y evaluación inicial (recogida datos en grupos intervención y control) está prevista entre noviembre de 2022 y enero de 2023. El pre-test (recogida información de las variables de estudio en grupo de control y de tratamiento) se prevé para febrero de 2023. Entre febrero y junio de 2023 se llevará a cabo la intervención, seguimiento y supervisión de la misma. El post-test (recogida información de las variables en grupos de intervención y control) se prevé para julio y agosto de 2023. Entre agosto y noviembre de 2023 está prevista la depuración de datos y preparación de la matriz para su tratamiento y explotación, mientras que entre septiembre y diciembre de 2023, se realizará el análisis de resultados y el informe de evaluación.»

Tercera. Vigencia de la Adenda.

Esta Adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará de aplicación hasta la finalización de la duración prevista para el convenio.

Cuarta. Mantenimiento del resto del clausulado del convenio de 6 de septiembre de 2022.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente Adenda, seguirá en vigor y será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 6 de septiembre de 2022, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

De conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, se firma electrónicamente la presente Adenda de modificación al convenio arriba indicado.–Por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Mónica Martínez Bravo, Secretaria General de Inclusión.–Por Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa», Marc Simón Martínez, Subdirector General de la entidad.

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