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Documento BOE-A-2024-26907

Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio de cooperación educativa entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 23 de diciembre de 2024, páginas 179108 a 179109 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-26907

TEXTO ORIGINAL

El Secretario General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Vicerrectora de Calidad y Acreditación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, han suscrito una adenda primera prórroga del convenio de cooperación educativa entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado de la Universidad.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente resolución.

Madrid, 13 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda primera prórroga del Convenio de cooperación educativa entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado de la Universidad

6 de noviembre de 2024.

INTERVIENEN

De una Parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, la CNMC), con NIF Q2802141H y domicilio en Madrid, calle Alcalá 47 y, en su nombre y representación, don José Manuel Bernabé Sánchez, Secretario General de la CNMC, en virtud del nombramiento efectuado por Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 27 de octubre de 2020 (BOE de 12 de diciembre de 2020) y actuando en uso de las facultades que le otorga la Resolución de 29 de abril de 2021, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se delegan competencias de la Presidencia y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores del organismo (BOE de 14 de mayo de 2021).

Y, de otra parte, la Universidad Nacional de Educación a Distancia, representado en este acto por doña Rebeca de Juan Díaz con domicilio a efectos del presente convenio en la calle Bravo Murillo,38 en su calidad de Vicerrectora de Calidad y Acreditación nombrada por Resolución rectoral de 20 de diciembre de 2022, en nombre y representación de la misma, por virtud de la delegación de competencias efectuada mediante Resolución Rectoral de 17 de enero de 2024 (BOE de 9 de febrero).

La CNMC y la Universidad serán denominados conjuntamente como las «Partes» e individualmente cada una de ellas como la «Parte». Ambas Partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para otorgar el presente documento y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que con fecha 8 de noviembre de 2022, la CNMC y la Universidad Nacional de Educación a distancia (UNED), suscribieron un Convenio de Cooperación Educativa de Prácticas Académicas Externas de estudiantes de doctorado.

Dicho convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) en fecha 8 de noviembre de 2022 y publicado en el BOE núm. 291, del 5 de diciembre de 2022.

II. Que la cláusula undécima del citado convenio establece que el mismo tendrá una duración inicial de dos años, y que se podrá prorrogar por sucesivos periodos anuales, antes de su vencimiento, hasta un máximo de dos años adicionales.

De conformidad con lo expuesto y reconociéndose la capacidad legal necesaria en la representación en la que actúan, ambas partes acuerdan suscribir una primera prórroga del convenio de cooperación educativa de prácticas académicas externas para estudiantes de doctorando de la Universidad con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del convenio.

De acuerdo con lo señalado en la cláusula undécima del convenio inicial, expresada la conformidad por ambas partes, y con informe favorable de los respectivos servicios jurídicos, se prorroga el actual convenio, en sus mismos términos y condiciones.

Segunda. Vigencia del convenio.

El plazo de vigencia del convenio se extenderá desde el 8 de noviembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025.

Tercera. Inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, tras la firma de la presente adenda de prórroga, la CNMC procederá a comunicar la suscripción de la misma, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, al Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos Cooperación, asimismo será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, siendo de conformidad, las partes firman el presente convenio, en la fecha de firma electrónica.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. P. D. (Resolución 29 de abril de 2021), el Secretario General, José Manuel Bernabé Sánchez.–El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, P. D. (Resolución Rectoral de 17 de enero de 2024. BOE de 9 de febrero), la Vicerrectora de Calidad y Acreditación, Rebeca de Juan Díaz.

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