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Documento BOE-A-2023-9754

Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos El Esparragal de 62,7 MW, Las Milagrosas de 62,7 MW y El Juncal de 91,2 MW y su infraestructura de evacuación en San Martín del Tesorillo, Jimena de La Frontera y San Roque (Cádiz) y Casares y Gaucín (Málaga)".

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 2023, páginas 56401 a 56416 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-9754

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 9 de junio de 2022, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos El Esparragal de 62,7 MW, Las Milagrosas de 62,7 MW, y El Juncal de 91,2 MW, y su infraestructura de evacuación en los términos municipales de San Martín del Tesorillo, Jimena de la Frontera y San Roque (Cádiz), y en los términos municipales de Casares y Gaucín (Málaga)», remitida por Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SL, como promotor y respecto de la que la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

No comprende el ámbito de la evaluación de seguridad y salud en el trabajo, ni otros, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.

1. Descripción y localización del proyecto

La actuación consiste en la construcción de tres parques eólicos y sus infraestructuras de evacuación en las provincias de Cádiz y Málaga, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dichos parques eólicos (PE) son:

– PE El Esparragal: Compuesto por once aerogeneradores con una potencia total de 62,7 MW. El parque está situado en los municipios de San Martín del Tesorillo en Cádiz y Casares y San Roque en Málaga.

– PE El Juncal: Compuesto por dieciséis aerogeneradores con una potencia total de 91,2 MW. El parque está situado en los municipios de San Martín del Tesorillo y Jimena de la Frontera en la provincia de Cádiz y Casares en la provincia de Málaga.

– PE Las Milagrosas: Compuesto por once aerogeneradores con una potencia total de 62,7 MW. El parque está situado en los municipios de San Martín del Tesorillo y Jimena de la Frontera en Cádiz y Casares y Gaucín en Málaga.

Los treinta y ocho aerogeneradores que componen los tres PE son modelo Nordex N163 IECS con potencias unitarias de 5.700 kW. Cada uno está compuesto por un conjunto de turbina, multiplicador y generador, situados en lo alto de una torre de acero de 148 m, cimentada en una zapata de hormigón armado, de tres palas a barlovento, de eje horizontal.

La subestación transformadora (SET) El Esparragal 132/30 kV para la evacuación de los tres PE se ubicará en el municipio de Casares (Málaga). La evacuación de la energía desde cada uno de los PE hasta la nueva subestación eléctrica se realizará mediante un circuito subterráneo de líneas de media tensión (LMT) a 30 kV.

La energía será evacuada por una línea aérea de alta tensión (LAAT) de 132 kV, con origen en la SET El Esparragal, y final en el apoyo de entronque n.º 29 de la LAT en proyecto «SET La Chata-SET Colectora Pinar del Rey». Dicha LAT conecta con la SET Pinar del Rey (400 kV), propiedad de Red Eléctrica (REE) en el municipio de San Roque (Cádiz). Tanto la SE Colectora Pinar del Rey como la LAT «SET La Chata-SET Colectora Pinar del Rey» son objeto de otro proyecto. La longitud de la LAAT prevista es de 11,88 km con un total de cuarenta y tres apoyos entre los 16 y 48 metros de altura.

2. Tramitación del procedimiento

A los efectos de lo previsto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el órgano sustantivo realiza los siguientes anuncios para la información pública del proyecto: «Boletín Oficial del Estado» (BOE) n.º 159, de 5 de julio de 2021; «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (BOJA) n.º 137, de 14 de julio de 2021; Tablón de Edictos de los Ayuntamientos de Casares, Gaucín, San Martin del Tesorillo y Jimena de la Frontera.

Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 21/2013 y en la legislación sectorial, el órgano sustantivo da traslado de la información correspondiente a las administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general, por resultar afectadas por el proyecto en cuanto a bienes y derechos a su cargo, o por su competencia o interés a efectos del proceso de evaluación ambiental.

En el procedimiento de información pública y consultas faltan anexos del EsIA de los proyectos PE El Juncal y PE Las Milagrosas. Estos son remitidos por el promotor al Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla con posterioridad al inicio de la tramitación y no son incorporados al procedimiento en curso en ese momento. Por ello, se realiza una nueva información pública y una nueva consulta a las Administraciones públicas y organismos afectados. El órgano sustantivo realiza los siguientes anuncios: «Boletín Oficial del Estado» (BOE) n.º 2, de 3 de enero 2022; «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (BOJA) n.º 249, de 29 de diciembre de 2021; Tablón de Edictos de los Ayuntamientos de Gaucín, San Martín del Tesorillo y San Roque. El resultado de ambas tramitaciones se encuentra resumido en las tablas del anexo I de esta resolución.

Con fecha 9 de junio de 2022, tiene entrada en esta Dirección General el expediente para el inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Una vez realizado el análisis técnico del expediente, se detecta que algunos de los informes preceptivos a los que se refiere el artículo 37.2 de la Ley de Evaluación Ambiental no resultan suficientes para disponer de los elementos de juicio necesarios para poder realizar la evaluación de impacto ambiental, debido a que el EsIA presenta carencias que han imposibilitado a los organismos realizar informes detallados, por lo que, una vez subsanadas esas carencias, con fecha 27 de septiembre de 2022, se solicita al órgano sustantivo que recabe los informes completos de las Delegaciones Territoriales de Desarrollo Sostenible en Cádiz y Málaga de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, así como de las Delegaciones Territoriales de Málaga y Cádiz de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico pertenecientes a la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.2 de la citada ley.

Con fecha 24 de octubre de 2022, se reciben los informes de las Delegaciones Territoriales de Cádiz y Málaga, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía.

Con fecha 12 de enero de 2023, se recibe informe de la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Málaga de la Junta de Andalucía.

Con fecha 23 de febrero de 2023 el promotor aporta nueva información complementaria al proyecto como respuesta a los informes recibidos.

Las aportaciones más relevantes de los informes recibidos que han servido para motivar la declaración de impacto ambiental se integran en el apartado 3 de la resolución.

3. Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas. En cada uno de los EsIA, además de la alternativa 0 o de no realización del proyecto, se contemplan dos alternativas de emplazamiento de cada PE por accesibilidad y existencia de recurso eólico suficiente. Se definen una serie de criterios medioambientales de análisis y valoración fundamentados en las afecciones sectoriales, la aptitud del territorio y la capacidad de acogida. El promotor selecciona la alternativa 2 de cada PE al considerar que es la alternativa que produce menos impactos sobre las coberturas de usos del suelo y los Hábitats de Interés Comunitario (HIC) existentes, en los que abundan las formaciones de pastizal derivadas del uso ganadero de la zona.

En el caso de la SET y las líneas de media tensión (LMT), además de la alternativa 0 se contemplan dos alternativas, de entre las que el promotor selecciona la alternativa 2 al utilizar, para el cableado de las LMT, parte de los caminos existentes, reduciendo la afección sobre la capa edáfica, los recursos geológicos, las coberturas vegetales y el paisaje.

Por último, para la LAAT se estudian dos alternativas. El promotor selecciona la alternativa 1 porque, a pesar de tener mayor incidencia en los HIC presentes en la zona, es la de menor longitud de trazado, provoca menores impactos paisajísticos, menor consumo de suelo, y menores recursos y generación de residuos.

Durante la fase de información pública, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Junta de Andalucía pone de manifiesto que el estudio de alternativas de la LAAT resulta deficiente al no haberse valorado alternativas subterráneas de trazado o la posibilidad de compartir o reutilizar los apoyos de otras líneas aéreas ya existentes que permitiría reducir su potencial impacto sobre la avifauna y el paisaje. Por su parte, el Ayuntamiento de Gaucín propone buscar otras alternativas de evacuación a subestaciones más cercanas que no impliquen líneas eléctricas tan largas.

El promotor, en la información complementaria que aporta en febrero de 2023, propone la eliminación de tres aerogeneradores del PE El Esparragal y tres aerogeneradores del PE Las Milagrosas, con el fin de adaptarse al Plan de Ordenación del Territorio del Campo de Gibraltar, tal y como solicita la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. Además, elimina seis aerogeneradores del PE El Juncal por la afección a la Cañada Real de Hinojera, conforme a las indicaciones de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Junta de Andalucía. Por último, propone estudiar la posibilidad de soterrar aquellos tramos de la LAAT cuyo soterramiento no tenga gran impacto en la vegetación y en los HIC presentes a lo largo de su trazado con el fin de evitar impactos a la avifauna.

b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto. Los EsIA describen los efectos potenciales del proyecto sobre los factores población y salud humana, vegetación, fauna, espacios protegidos y Red Natura 2000, suelo, aire, agua, paisaje y patrimonio cultural, así como las medidas de mitigación y seguimiento para cada factor y todo ello ha sido valorado en el análisis técnico realizado por el órgano ambiental. Los impactos significativos que motivan la presente resolución se recogen de forma específica y resumida a continuación.

b.1 Fauna. La documentación presentada por el promotor incluye un estudio de fauna entregado con posterioridad al trámite de información pública, para el conjunto de los tres parques eólicos, así como de la línea de evacuación. Dicho estudio, para las aves, recoge un ciclo anual completo (enero 2021-enero 2022) incluyendo épocas de reproducción y migración. Durante el trabajo de campo se detectan ciento veinte especies entre las cuales destaca una gran diversidad de aves rapaces como el milano real (Milvus milvus), considerado «en peligro» tanto en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) como en su homónimo en Andalucía. También, se identifican las siguientes especies catalogadas como «vulnerable» en ambos catálogos: Águila perdicera (Aquila fasciata), águila pescadora (Pandion haliaetus), aguilucho cenizo (Circus pygargus), buitre negro (Aegypius monachus) y colirrojo real (Phoenicurus phoenicurus). Además, se registran observaciones de alimoche (Neophron percnopterus) y cigüeña negra (Ciconia nigra), considerados «vulnerable» en el CEEA y «en peligro» en el catálogo andaluz. Asimismo, se han identificado especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) y en su homónimo en Andalucía, como el halcón abejero (Pernis apivorus), buitre leonado (Gyps fulvus), milano negro (Milvus migrans), águila calzada (Hieraaetus pennatus), águila real (Aquila chrysaetos), aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), aguilucho pálido (Circus cyaenus), azor común (Accipiter gentilis), busardo ratonero (Buteo buteo), cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), cernícalo primilla (Falco naumanni), águila culebrera (Circaetus gallicus), elanio común (Elanus caeruleus), gavilán común (Accipiter nisus), halcón peregrino (Falco peregrinus), mochuelo europeo (Athene noctua), entre otras.

En los censos realizados se detectaron un total de 30.940 ejemplares de ciento veinte especies diferentes, como se ha indicado anteriormente. De los individuos censados, 12.925 eran del grupo de las rapaces y planeadoras, 14.796 eran paseriformes y el resto, 3.219, otras aves no rapaces, mayores que los paseriformes. La tasa de vuelo promedio es de 40,2 aves/hora. Casi la mitad de los individuos censados del grupo de rapaces y planeadoras vuelan a altura del radio de acción de las palas del aerogenerador, por lo que sería la situación de mayor peligro de muerte por colisión.

Durante los trabajos de campo, no se han descubierto nidos en la zona de estudio. Se tiene constancia de la presencia de varias parejas reproductoras de aves rapaces en la Sierra Crestellina, en el entorno del municipio de Casares (Málaga), al noreste del ámbito de estudio. Hay certeza de la existencia de una pareja reproductora de águila perdicera (Aquila fasciata), otra pareja reproductora de halcón peregrino (Falco peregrinus) y una pareja reproductora más de alimoche común (Neophron percnopterus), de las dos que se conocen en la provincia de Málaga. Además, se tiene conocimiento de la existencia de una buitrera (Gyps fulvus) con aproximadamente doce o trece parejas reproductoras también en la Sierra Crestellina. Según el estudio de fauna, no se sabe la situación actual de la pareja de águila real (Aquila chrysaetos), que cría en Sierra Bermeja debido a los últimos incendios del verano de 2021.

Según el estudio de fauna presentado, el estudio de quirópteros se realiza con la metodología propuesta por la Sociedad para la Conservación y el Estudio de Murciélagos de España (SECEMU), así como la exigida por el Servicio de Gestión del Medio Natural (Dpto. Geodiversidad y Biodiversidad) de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía. Del seguimiento preoperacional de quirópteros se concluye que la zona de estudio cuenta con refugios naturales para estos mamíferos (cavidades, cortados, roquedos, árboles y edificaciones), además de zonas de alimentación y rutas de conexión entre estos lugares (cauces). Se ha constatado la presencia de quince especies de murciélagos en la zona. En el periodo estudiado se han registrado más de 40.000 vuelos (25,48 vuelo/hora de grabación).

Además, se identifican, en el ámbito de estudio, espacios de interés para las aves, como las IBAs «Sierra de las Cabras, del Aljibe y de Montecoche» y «Serranía de Ronda, Sierras Bermeja y Crestellina», las cuales destacan por la presencia de rapaces reproductoras como el águila perdicera o la aguililla calzada, entre otras. La IBA «Sierra de las Cabras, del Aljibe y de Montecoche» se describe, también, como una zona de paso migratorio de planeadoras. Por otro lado, el promotor señala que el ámbito de estudio se encuentra en la zona de influencia del paso migratorio del Estrecho de Gibraltar, principal paso de aves de Europa Occidental, ya que, durante todo el año, concentra miles de aves entre sus zonas de cría europeas y las áreas de invernada africanas.

Asimismo, todo el conjunto del proyecto se localiza inmerso en el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas (centrado en el alimoche). Por su parte, a unos 500 m del aerogenerador 11 del PE El Esparragal se identifica un área de aplicación del Plan de Conservación de peces e invertebrados de medios acuáticos epicontinentales por la presencia de la lamprea marina (Petromyzon marinus) catalogada en peligro de extinción.

En relación con los impactos generados por los PE durante la fase de ejecución, las principales molestias generadas son debidas a las labores de obra civil (eliminación de vegetación y pérdida de hábitat), el tránsito de maquinaria pesada que genera ruido y polvo y la apertura de accesos que genera un mayor tráfico. En el caso de reptiles y pequeños mamíferos, así como anfibios, se debe considerar el riesgo de mortalidad directa por la circulación de vehículos y maquinaria.

Durante la fase de explotación del proyecto, el impacto sobre las aves y quirópteros se considera severo ya que la zona posee una serie de condicionantes de gran relevancia; área de nidificación y campeo de necrófagas, la ubicación en el corredor migratorio del Campo de Gibraltar, y la proximidad de la ZEPA/ZEC y Parque Natural «Los Alcornocales» y la ZEC «Río Guadiaro y Hozgarganta». Dichos impactos son principalmente por muerte por colisión (tanto de los aerogeneradores como de los tendidos eléctricos), y por la pérdida, fragmentación y alteración del hábitat. Según los EsIA, hay que sumar otro posible riesgo de muerte de avifauna, consecuencia indirecta de la realización del proyecto, relacionado con los caminos de acceso al parque donde se ha observado el aumento de cazadores furtivos. Además, para todos los grupos faunísticos se produce un efecto barrera, atropellamientos y ahuyentamiento.

Con respecto a los impactos generados por la línea eléctrica de evacuación, el promotor considera que el impacto sobre las aves por el riesgo de colisión y/o electrocución es de carácter puntual, casi inexistente al tratarse de accidentes muy localizados.

En relación con los impactos generados sobre la fauna, las medidas propuestas por el promotor son:

Fase de construcción:

– El calendario de obras se planificará, en la medida de lo posible, de modo que las actividades susceptibles de intervenir en el desarrollo de la población de aves del entorno, en sus procesos migratorios, su reproducción o puesta de nidos, se realizarán en periodos con menos afluencia.

– Se colocarán salvapájaros en todo el trazado aéreo de la línea eléctrica de evacuación.

– Las zanjas y excavaciones permanecerán abiertas el menor tiempo posible para evitar la caída y el atrapamiento de fauna.

Fase de explotación:

– Vigilancia ambiental desde el orto hasta el ocaso con presencia in situ de técnicos especialistas en avifauna que controlen el uso que las especies hagan del espacio del parque eólico.

– El número de puestos de vigilancia se adecuará al diseño final del parque eólico, de modo que se abarque toda la zona de influencia del mismo, pudiéndose aumentar en épocas puntuales, por ejemplo, coincidiendo con las migraciones.

– En caso de ser necesario, se implementará un protocolo de paradas de emergencia de acuerdo con el desarrollado en el documento «Vigilancia Ambiental de los Parque Eólicos en Andalucía», de marzo de 2018, elaborado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

– Se establecerá un control sobre la presencia de carroña en las inmediaciones de las instalaciones con el objeto de minimizar el riesgo de colisión de aves necrófagas contra aerogeneradores y tendidos.

– Se realizarán revisiones periódicas de los aerogeneradores, tendidos eléctricos y de los caminos en busca de posibles ejemplares accidentados.

Como medidas correctoras para minimizar el impacto sobre la fauna el promotor define:

– El programa de seguimiento de avifauna y quirópteros será adaptativo, de tal manera que, si fuese necesario, se establecerán medidas mitigadoras adicionales a ejecutar en función de los resultados obtenidos.

– Asociado al seguimiento ambiental de la vida útil del parque, en caso de mortalidad de ejemplares de especies amenazadas, se propondrán medidas correctoras y/o mitigadoras específicas que prevengan futuras muertes.

– Durante el seguimiento ambiental en fase de funcionamiento se realizará un estudio específico del uso de espacio aéreo de especies de interés conservacionista, anotando en todo momento alturas de vuelo, comportamiento, etc., con especial incidencia en especies rapaces y planeadoras, por ser las más afectadas por el funcionamiento de los PE.

Durante la información pública y consultas, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Cádiz de la Junta de Andalucía informa que el área donde se proyecta la instalación de los tres PE y la LAAT está incluida dentro del ámbito de aplicación del Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas de Andalucía, que contempla como una de las principales amenazas para dichas especies, la pérdida y degradación de sus hábitats. Además, los datos proporcionados por emisores GPS que portan alimoches marcados en nidos en las cercanas sierras confirman que se trata de un área de campeo frecuentada por esta especie, que cuenta con una población residual de solo dos parejas reproductoras en este entorno de campiña compartido por las provincias de Cádiz y Málaga. Dicha especie, según acreditan las bases de datos de incidencias de fauna en PE de la provincia de Cádiz, presenta índices muy altos de colisión con aerogeneradores. Esta mortalidad asociada a los PE amenaza seriamente la viabilidad de las poblaciones gaditanas de alimoche.

Por otro lado, según el estudio de fauna presentado por el promotor, entre las aves planeadoras censadas, las especies más observadas son el buitre leonado, el milano negro y el halcón abejero, todas ellas con altas tasas de colisión en los PE de la provincia de Cádiz (desde 2015 se ha registrado la muerte por colisión de más de 800 buitres leonados, 215 milanos negros y 17 halcones abejeros). El 44 % de los vuelos observados se corresponden con vuelos directos que atraviesan el territorio. Este tipo de vuelos dificultan la adopción de medidas preventivas para evitar colisiones consistentes en la parada de aerogeneradores debido a que, aunque se detecte la presencia del ave a cierta distancia, no hay tiempo material de detener los aerogeneradores antes de que esta entre en zona de peligro, máxime si se trata de grandes turbinas con tiempos más lentos de parada.

Por último, el organismo resalta que, del seguimiento del impacto generado por los PE en la provincia de Cádiz durante los últimos años, se ha constatado que en las zonas con abundancia de quirópteros se presentan altas tasas de mortalidad de estos en el entorno de los aerogeneradores.

Por tanto, debido al previsible impacto elevado sobre las poblaciones de aves y quirópteros, con posibles afecciones a especies catalogadas como amenazadas, agravados por impactos acumulativos y sinérgicos, dicho organismo desaconseja el otorgamiento de autorización ambiental del proyecto.

Por su parte, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga de la Junta de Andalucía informa que, en un radio de 8 km de los PE se tiene constancia de:

– Un nido de alimoche, con elevados índices de colisión con PE en Cádiz, en el municipio de Casares. Dichos individuos usan la zona del proyecto como área prioritaria de alimentación y campeo.

– Dos territorios reproductores de águila perdicera. En Málaga presenta la mayor densidad de poblaciones de dicha especie. En cuanto a los casos de mortalidad detectada desde 2001 a 2018, en el 81% de los casos son debidas a las electrocuciones.

– Cuatro colonias de cría de cernícalo primilla. El 35 % de los casos de mortalidad estudiada se deben a colisión con infraestructuras, sumado a colisiones con tendidos eléctricos o vallas y en menor proporción se deben a la electrocución.

– Un nido de águila real. Los tendidos eléctricos suponen un problema para su conservación.

– Un nido de halcón peregrino. Las principales causas de muerte de la especie son por colisión con aerogeneradores seguida de colisión y electrocución en tendidos eléctricos.

– Dos colonias de buitre leonado. El 90 % de las muertes registradas en Andalucía en el periodo de 2002-2018, son debidas a la colisión con aerogeneradores, tendido eléctrico u otras.

– Buitre negro. En 2021, se confirma la importancia de la zona de estudio como área de dispersión o paso de esta ave al detectarse un cadáver con radiotransmisor colisionado por un aerogenerador de un PE cercano a los proyectados. Dicha colisión se produjo a pesar de haber detectado la presencia del ave y haber puesto en marcha el protocolo de parada. La colisión se produjo cuando la velocidad de las aspas era baja.

– Buitre moteado (Gyps rueppelli), especie africana catalogada en peligro crítico por la Unión para la Conservación de la Naturaleza (UICN), en proceso de incluirse en el Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas de Andalucía. La zona de estudio es uno de los pocos enclaves donde se ha detectado la especie.

La SET y los aerogeneradores del PE El Esparragal se encuentra dentro de un «Paraje importante para la conservación de anfibios y reptiles de Andalucía». Concretamente, se sitúa dentro del Paraje de Interés para los Anfibios «Alcornocales, Grazalema y El Estrecho», con ocho especies inventariadas, cuatro de ellas en régimen de protección especial: Triturus pygmaeus, Pleurodeles waltl, Discoglossus jeanneae y Pelobates cultripes. Por ello, sería necesario un estudio de campo de este grupo a lo largo de sus periodos de actividad y valorar las afecciones centrado en la fase de obras y desmantelamiento.

En cuanto a los quirópteros, se localiza a unos 7 km la colonia de reproducción del canal de riego de Secadero, inventariada en 1998 con categoría CIII (colonia de cría muy importante), cuyo censo en 2011 era de 548 murciélagos de cinco especies catalogadas como vulnerables en el CAEA. Los más numerosos Rhinolophus ferrumequinum con 249 individuos y 231 Myotis emarginatus, y en bastante menor número el Rhinolophus euryale, con treinta y cinco individuos. Este refugio cuenta, además, con la presencia escasa de Myotis myotis y Myotis Blythii. Los PE se han convertido en la primera causa de mortalidad para estas especies, tanto por colisión como por barotrauma.

Según el registro de electrocuciones que obra en manos del organismo, en la provincia de Málaga desde el 2003 a la actualidad las especies más afectadas son la cigüeña blanca, el búho real y el buitre leonado.

Además, señala que el proyecto se ubica en su totalidad dentro del ámbito del Plan de Recuperación de Aves Necrófagas que establece como una de las principales amenazas para el alimoche, el riesgo de colisión con los PE y sus infraestructuras asociadas, además de lesiones por las turbulencias generadas por los rotores. A su vez, afecta directamente al Paisaje de Interés para la Conectividad (PIC 05) «Mosaicos agroganaderos de interés ecológico Estrecho-Campo de Gibraltar» en el marco del Plan Director para la mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía. Dicho PIC se define como «paisaje agropecuario que mantiene una estructura en mosaico característica del ámbito mediterráneo que favorece en gran medida los flujos ecológicos en el territorio, así como los procesos que garantizan el mantenimiento de hábitats y ecosistemas de gran interés para la conservación de una gran variedad de especies, en muchos casos, amenazadas». El mantenimiento de la conectividad ecológica se ve comprometido por el efecto barrera que producen los PE, la mortalidad adicional (especialmente para avifauna y quirópteros), y el efecto acumulativo que viene a sumar a los proyectos presentes y proyectados en la zona.

Por todo ello, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, considera que el proyecto es incompatible con el mantenimiento de la conectividad ecológica y la conservación y recuperación de especies de aves y quirópteros presentes en la zona, especialmente los amenazados y grandes rapaces, debido al uso intensivo que hacen de dicha área como zona de flujo de pasos migratorios y área de campeo y reproducción.

La Diputación de Málaga es consultada a través del Ayuntamiento de Gaucín, por lo que el informe se centra en la afección producida por el proyecto a dicho municipio. Indica que la zona donde se pretende instalar el PE Las Milagrosas constituye el área de campeo del alimoche, tanto de la pareja que nidifica en Sierra Crestellina como de otra pareja que nidifica en la provincia de Cádiz, en el entorno de Jimena de la Frontera/Castellar.

Por otro lado, la zona es frecuentada por numerosos ejemplares de buitre leonado debido a la proximidad de una colonia de cría en la Sierra de Crestellina, a unos 6 km en línea recta, a la presencia de un comedero de aves carroñeras al pie de Sierra Bermeja en Casares, y a la gran concentración de explotaciones de ganado vacuno en extensivo. Además de los individuos de la colonia reproductora de Sierra Crestellina, acuden a la zona a alimentarse buitres de las colonias vecinas de las sierras gaditanas y rondeñas. Por su proximidad al Estrecho de Gibraltar, en esta zona se concentran en los meses de otoño un gran número de jóvenes buitres leonados en su migración hacia el continente africano. Parte de estos jóvenes e inmaduros no llegan a cruzar, permaneciendo en la zona como población invernante que se suma a los buitres residentes de las colonias de cría del entorno. La zona es uno de los pocos enclaves en la provincia de Málaga donde se pueden encontrar cuatro especies de buitre distintas.

Igualmente, es zona de campeo de las grandes águilas rupícolas que nidifican en las sierras próximas. Se conocen dos parejas de águila perdicera que nidifican en las Sierras de Crestellina y la Utrera, a unos 6 kilómetros de distancia de los aerogeneradores más cercanos. Este territorio es utilizado, además, por una pareja de águila real que nidifica en Sierra Bermeja. A su vez, distintas parejas de águila culebrera y águila calzada, que nidifican en las masas forestales del entorno, utilizan el ámbito afectado por el proyecto como área de campeo. La zona también constituye un área de dispersión de juveniles de águila imperial ibérica registrados regularmente en observaciones a finales del verano y el otoño, además de los trayectos registrados de individuos equipados con GPS.

Hay que añadir que el emplazamiento previsto, por su ubicación estratégica, constituye una zona muy frecuentada por aves veleras –cigüeñas y rapaces principalmente– durante los viajes migratorios entre los continentes europeos y africano. Esta alta concentración y sedimentación de aves migratorias de grandes dimensiones en la zona incrementa el riesgo de colisión de estas aves veleras de gran envergadura con aerogeneradores. El emplazamiento del PE constituye un pasillo aéreo a baja altura que utilizan diariamente ejemplares de cigüeña blanca que nidifican en los municipios gaditanos colindantes y se desplazan a alimentarse al vertedero de Casares. La existencia de varios tendidos eléctricos y parques eólicos en el ámbito de estudio ha provocado que las cigüeñas seleccionen esta zona para desplazarse diariamente para alimentarse.

Por último, como se ha indicado anteriormente, debido a su proximidad al Estrecho de Gibraltar, el ámbito de estudio es uno de los principales pasillos migratorios de aves a través de la provincia, presentando en los meses de primavera y otoño un paso elevado de aves migratorias que se sedimentan en la zona. La instalación de nuevos PE, sumados a los ya existentes en el entorno, puede modificar las rutas migratorias e incrementar el riesgo de accidente por colisión de dichas especies migratorias que transitan por este territorio.

El ayuntamiento de Casares, por su parte, informa que parte de las instalaciones proyectadas afectan a la Zona de Protección Prioritaria 13, «Cerro de Las Corchas», designada por tener un interés prioritario para la conservación de la diversidad en vertebrados terrestres según el estudio elaborado por la Sociedad Española de Ornitología (SEO) a solicitud de dicho ayuntamiento, denominado «Estudio sobre las áreas de importancia para la fauna de vertebrados terrestres y propuesta de red de conexión de hábitats de interés en el término municipal de Casares (Málaga)». En las caras norte y oeste de dicho cerro se ha detectado un territorio de cría de águila culebrera y un área de campeo de águila calzada. Es un área de alcornocal en buen estado de conservación descrito como hábitat de prioridad alta para aves.

Ecologistas en Acción Sierra de la Utrera considera que el impacto sobre la avifauna será severo debido a la mortalidad por colisión contra las infraestructuras, y a la alteración y pérdida de hábitat que supone el proyecto. En línea con el resto de organismos, señala que la zona es hábitat del alimoche, de la colonia más numerosa de buitre leonado de la provincia de Málaga, además de otras rapaces definidas con anterioridad. Igualmente, se encuentra a 5 km del ámbito de aplicación del Plan de Conservación del Águila imperial. A su vez, en el municipio de Casares se han encontrado ejemplares de alzacola, especie «En peligro de extinción», reproduciéndose. Por último, el extremo oriental de esta zona coincide con un área de importancia crítica para el cernícalo primilla.

Respecto a los murciélagos, considerando la importancia de la mortalidad por colisión con los aerogeneradores o por barotrauma, es necesario que los EsIA incluyan información clara y específica sobre este grupo.

La Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU) informa antes de que el promotor aporte el estudio de fauna. Por ello, en su escrito enumera las directrices y normativa aplicable sobre el contenido que debe incluir los EsIA en relación a los murciélagos. Al igual que la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Málaga, resalta la importancia de la colonia de reproducción canal de riego del Secadero (San Martín del Tesorillo) además del conjunto de cuevas del Gran Duque y Hediondas (Casares), con colonias de interés. A su vez, destaca la diversidad de murciélagos del Parque Natural Los Alcornocales, con poblaciones muy importantes de un buen número de especies protegidas, entre las que destaca el nóctulo mayor (Nyctalus lasiopterus), catalogada como vulnerable en el CEEA. Las diferentes especies del género Nyctalus son consideradas de alto riesgo frente a los parques eólicos por la elevada frecuencia en que sufren muertes en estas instalaciones (en la provincia de Cádiz, para dicha especie, se registran más de 300 muertes al año). El ámbito de estudio del proyecto es zona de campeo habitual de la población de nóctulos de la colonia de Los Alcornocales.

Como respuesta a los organismos, el promotor propone establecer dos protocolos para minimizar los impactos potenciales de las infraestructuras: El protocolo de seguimiento y parada de la Junta de Andalucía y el protocolo de actuación con aerogeneradores conflictivos del MITECO, de 8 de julio de 2019.

Además, en la documentación aportada por el promotor en febrero de 2023, entre las medidas preventivas adicionales propuestas están: La colocación de equipos de detección y parada en todos los aerogeneradores, por los que se realiza la parada del aerogenerador en caso de detectar la presencia de un ave de tamaño mediano o grande a partir de un radio de 300 metros; la realización de un seguimiento ambiental adaptativo en función de los resultados obtenidos; la realización de un inventario de puntos de atracción de alimoche; la creación de puntos de alimentación suplementaria en el caso de que se observen elevados campeos de alimoche y/o águila perdicera y la instalación de dispositivos anticolisión y antielectrocución en la línea de alta tensión, incluyendo su mantenimiento y la reposición durante la vida útil del proyecto.

Como medidas correctoras adicionales, propone la realización de un plan de reducción de mortalidad de quirópteros en el caso de que se observe una elevada mortalidad. Dicho plan incluirá la realización de estudios de ultrasonidos a altura de buje y establecimiento de un protocolo de retraso de la velocidad de arranque específico por aerogenerador. En el caso de que se constate una elevada mortalidad de murciélagos se instalarán de equipos ahuyentadores de murciélagos o equipos de detección de ultrasonidos y parada. Por último, si como resultado del seguimiento ambiental, se apreciara la alteración o modificación de los lugares de reposo y/o reproducción de la fauna terrestre, se estudiaría la posibilidad de crear otras zonas alternativas, mediante revegetación y creación de rodales de la vegetación autóctona y potencial.

Como medidas compensatorias adicionales a las descritas en los EsIA, el promotor propone: Marcaje GPS o adquisición y cesión de emisores para marcaje de especies amenazadas (p.ej. perdicera, alimoche y aguilucho cenizo) que nidifican en el entorno de los parques eólicos; realización de medidas específicas sobre otras especies amenazadas en el caso de que campeen de forma frecuente por los PE y realización de un estudio de cernícalo primilla y en el caso de que se confirme que los PE afectan a sus poblaciones rehabilitación de los primillares/silos existentes o construcción de uno nuevo.

b.2 Espacios protegidos. Red natura 2000. En el ámbito del proyecto se encuentran los siguientes espacios Red Natura 2000 y espacios naturales protegidos:

– ZEC (ES6120031) «Ríos Guadiaro y Hozgarganta» a 500 m del aerogenerador 11 y a 37 metros de la campa de acopio del PE El Esparragal, a 470 m del aerogenerador 1 del PE El Juncal. Tanto la LMT del PE Las Milagrosas como la LAAT de evacuación de los tres PE cruzan dicho espacio.

– ZEPA/ZEC (ES0000049) y Parque Natural «Los Alcornocales» a 1,5 km del aerogenerador 1 del PE El Juncal.

– LIC (ES0000049) «Área de ampliación de Los Alcornocales» colindante a la LAAT en su tramo final de evacuación.

– ZEC (ES6170016) «Valle del Río Genal» a 1,8 km del aerogenerador 11 del PE Las Milagrosas.

– ZEPA/ZEC (ES6170005) y Paraje Natural «Sierra Crestellina» a 5,8 km del aerogenerador más cercano del PE Las Milagrosas.

– ZEPA (ES6120003) y Paraje Natural «Estuario del río Guadiaro» a 6 km de la LAAT.

– Reserva de la Biosfera Intercontinental del Mediterráneo Andalucía (España)-Marruecos.

Según indica el promotor, la ZEC «Ríos Guadiaro y Hozgarganta» se verá afectada directamente por las obras del vial y la zanja de media tensión del PE «Las Milagrosas» que cruza el río Guadiaro. Indirectamente, podrán verse afectadas la ZEPA/ZEC/Parque Natural «Los Alcornocales» y la ZEC «Ríos Guadiaro y Hozgarganta», debido a la posible mortalidad por colisión con los aerogeneradores de la avifauna y quirópteros presente en esos espacios objeto de conservación. Por otro lado, se indica que el proyecto no cuenta con la capacidad para disminuir la conectividad ecológica entre espacios protegidos existentes y no afecta a la coherencia ecológica de la Red Natura 2000.

La Delegación de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Junta de Andalucía indica que, en la provincia de Cádiz, las actuaciones recogidas en el proyecto dentro del ámbito de la ZEC «Ríos Guadiaro y Hozgarganta» son:

– Cruce aéreo de la LAAT 132 kV.

– Construcción de un puente en el tramo más cercano a la SET, por el que discurrirá la LMT del PE «Las Milagrosas».

– Tránsito de vehículos y maquinaria mediante un puente ya existente que cruza la ZEC que servirá como camino de enlace entre los tres PE.

– Zona de acopio situada a 37 m de dicho espacio.

En relación con el cruce aéreo, deberá adecuarse a lo establecido en el Plan de Gestión de la ZEC quedando sus apoyos e instalaciones necesarias para el montaje, fuera de los límites del espacio y permitiendo la permeabilidad del territorio durante y después de las obras. En el caso del cruce de la LMT del PE «Las Milagrosas», en el EsIA no se establece una descripción de cómo ni dónde se va a llevar a cabo la actuación ni, por tanto, se hace una evaluación sobre ella. Con respecto al tránsito de vehículos y maquinaria en la ZEC, se recomienda establecer itinerarios alternativos, evitando el cruce por el río y estudiando nuevas alternativas de acceso al PE «Las Milagrosas». A su vez, la zona de acopio también deberá alejarse del ámbito de la ZEC con el fin de no establecer estructuras que puedan comprometer los objetivos de conservación de dicho espacio.

Respecto a las prioridades de conservación de la ZEPA/ZEC «Los Alcornocales» que pueden verse afectadas por el proyecto, son el águila imperial, el alimoche y los quirópteros cavernícolas.

La Delegación de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Junta de Andalucía concluye que, una vez analizadas y valoradas las posibles afecciones directas e indirectas sobre los espacios Red Natura 2000, no es posible asegurar que las actuaciones proyectadas no comprometan a la integridad de dichos espacios en términos de coherencia y función ecológica en toda su superficie, y en relación a los hábitats o poblaciones de especies que motivaron su declaración, debido a que en los EsIA no se encuentran debidamente valoradas.

La Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacio Protegidos de la Junta de Andalucía, en consonancia con la Delegación de Desarrollo Sostenible en Cádiz, enumera las prioridades de gestión y conservación de los espacios de presentes en el ámbito del proyecto. Además, en el caso de la afección directa a la ZEC «Ríos Guadiaro y Hozgarganta», señala que el desarrollo del proyecto deber ser coherente con los objetivos de conservación definidos en este espacio y atender a las medidas de su plan de gestión, cuyo objetivo es mejorar la función de conectividad ecológica, así como la vinculación con otros lugares Red Natura 2000. Por último, dicho organismo concluye que no se puede descartar que el proyecto, ya sea individualmente o en combinación con otros, pueda ocasionar efectos apreciables sobre los espacios de la Red Natura.

Como respuesta a dichos informes el promotor presenta una serie de modificaciones al proyecto con el fin de evitar la afección directa a la ZEC «Ríos Guadiaro y Hozgarganta» como son el cambio de ubicación de la campa de acopio, fuera de la zona de policía del río Guadiaro, a 100 m del río y la utilización del puente ya existente sobre dicho río para pasar la LMT del PE Las Milagrosas. Además, propone medidas y actuaciones encaminadas al mantenimiento y recuperación de los HIC en las ZEC, fomentando la restauración de la vegetación de ribera para darle continuidad, anchura y naturalidad a dichas ZEC, la realización de inventarios de detalle de las especies amenazadas de fauna, así como estudios de afecciones generadas por la puesta en servicio de la nueva infraestructura (pérdida de hábitats, efecto barrera para las especies, etc.). Por último, como medidas compensatorias adicionales propone la compensación de pérdida de hábitats con la creación o regeneración de superficies equivalentes a las afectadas; realización de estudios del estado de las riberas de los ríos Guadalevín, Guadiaro y Hozgarganta con el fin de detectar zonas degradadas; elaboración de un plan de regeneración y restauración de riberas seleccionadas; y un plan de restauración y revegetación de posibles acequias, abrevaderos o canales de riego abandonados en zonas de dominio público hidráulico.

c) Valoración del órgano ambiental. El proyecto tiene como objetivo la generación de energía eólica en las provincias de Cádiz y Málaga (Comunidad Autónoma de Andalucía) mediante tres parques eólicos, con una potencia nominal total de 216,6 MW, así como su infraestructura de evacuación que suma 11,8 km en trazado aéreo de alta tensión y 57 km soterrados de media tensión.

Tras el análisis técnico del proyecto, este órgano ambiental considera que las ubicaciones elegidas presentan una elevada biodiversidad y densidad de especies amenazadas, como se desarrolla en los apartados b.1 y b.2 de la presente resolución, por lo que estos factores ambientales, determinantes sobre la viabilidad ambiental de los proyectos, no han sido adecuadamente considerados en la selección del emplazamiento.

Uno de los factores ambientales que resulta más afectado es la avifauna. El proyecto se localiza en un territorio altamente sensible que cuenta con una amplia diversidad de dicho grupo. En este sentido, tanto la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Cádiz, como la de Málaga, señalan que el proyecto podría afectar de manera severa a varias especies de fauna amenazada y/o protegida, por las posibilidades de colisión contra los aerogeneradores y por electrocución con los tendidos eléctricos, al encontrarse el proyecto dentro del ámbito del Plan de Conservación y Recuperación de Aves Necrófagas, dentro del Paisaje de Interés para la Conectividad (PIC 05) «Mosaicos agroganaderos de interés ecológico Estrecho-Campo de Gibraltar» del Plan Director para la mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía; discurrir a través de corredores y rutas de vuelo; y ser áreas de campeo y reproducción de numerosas especies incluidas en los listados de especies en régimen de protección especial, algunas de ellas catalogadas como amenazadas. A pesar de ello, en la información complementaria aportada por el promotor, no se realiza ningún estudio sobre la peligrosidad de colisión de cada aerogenerador. Las medidas preventivas propuestas, detección temprana y parada de aerogeneradores, son medidas ineficaces en la zona, según indica la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Cádiz, por el tipo de vuelo de las aves (vuelos directos atravesando el territorio) como se demuestra en los registros de aves radiomarcadas. Por último, para reducir el impacto de la LAAT sobre la avifauna, el promotor propone estudiar la viabilidad ambiental del soterramiento de algunos tramos, sin presentar una propuesta concreta del nuevo trazado que evite impactos severos sobre otros factores, como la vegetación o los hábitats de interés comunitario. Por tanto, este órgano ambiental considera que no cuenta con garantías suficientes para afirmar que, con las medidas de mitigación propuestas por el promotor durante la fase de tramitación, el proyecto no supondrá un impacto significativo y severo sobre las poblaciones de avifauna presentes en la zona de implantación y el ámbito de estudio, debido al uso intensivo de dicha área como zona de flujo migratorio, área de campeo y reproducción de aves y a la alta vulnerabilidad de las especies presentes en la zona a la muerte por colisión con aerogeneradores y tendidos eléctricos.

Con respecto a los quirópteros, se han detectado presencia de diecisiete especies diferentes, ocho de ellas incluidas como vulnerables en el LESPRE y siete como de interés especial. La actividad de estas colonias, ligada a la presencia de zonas de refugio y alimentación en el entorno, eleva el riesgo de mortalidad por colisión y/o barotrauma.

Por otro lado, el apartado 4 del artículo 46 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece que, a la vista de las conclusiones de la evaluación de las repercusiones del proyecto sobre el espacio Red Natura 2000, los órganos competentes solo podrán manifestar su conformidad con el proyecto tras haberse asegurado de que no causará perjuicio a la integridad de los espacios Red Natura 2000 afectados. Las modificaciones presentadas por el promotor evitarían la afección directa a la ZEC «Ríos Guadiaro y Hozgarganta», sin embargo, no puede descartarse que se vaya a producir afección indirecta a las especies prioritarias de conservación de este y del resto de espacios protegidos presentes en la zona, como son el alimoche, el águila imperial, el águila pescadora y los quirópteros cavernícolas. No se puede concluir que el proyecto no comprometa la integridad de los lugares Red Natura 2000 a los que afecta, en términos de mantenimiento de su función ecológica, como refleja el informe del órgano competente para la gestión y conservación de los espacios Red Natura 2000 afectados.

Tampoco resulta de aplicación al caso la excepción regulada por el apartado 5 del artículo 46 de la Ley 42/2007, pues existe un número indeterminado de alternativas a este proyecto, de su misma o diferente naturaleza, que podrían contribuir a los objetivos del PNIEC con el mismo nivel de generación planteada y sin provocar un perjuicio a la integridad de espacios de la Red Natura 2000.

Por tanto, según el estado de protección de estas especies, y los argumentos manifestados por el órgano competente en su gestión, este órgano ambiental considera apropiada la aplicación del apartado b) del artículo 2 de la Ley 21/2013, donde se indica que los procedimientos de evaluación ambiental se sujetarán al principio de precaución y acción cautelar.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado i) del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación de Impacto Ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: El documento técnico del proyecto, los estudios de impacto ambiental y el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parques eólicos El Esparragal de 62,7 MW, Las Milagrosas de 62,7 MW, y El Juncal de 91,2 MW, y su infraestructura de evacuación en los TT. MM. de San Martín del Tesorillo, Jimena de la Frontera y San Roque (Cádiz) y en los TT. MM. de Casares y Gaucín (Málaga)», al haberse identificado que pueden generar impactos negativos significativos sobre el medio ambiente sin que las medidas propuestas por el promotor constituyan garantía suficiente para la adecuada protección del medio ambiente.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de Evaluación Ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de Evaluación Ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 30 de marzo de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I

Primera consulta. BOE n.º 159, 5 de julio de 2021

Consultas a las Administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones1

Consultados

(La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la inicial debido a cambios realizados en su estructura de Gobierno)

Contestación
Administración Estatal
Demarcación de Carreteras Andalucía Occidental. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA).
Administración Autonómica
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Junta de Andalucía. Sí*
Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Junta de Andalucía.
Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. Junta de Andalucía.
Dirección General de Emergencias y Protección Civil. Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior. Junta de Andalucía.
Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. Consejería de Salud y Familia. Junta de Andalucía.
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucía.
Dirección General de Infraestructuras. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucía. No
Dirección General de Energía. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. Junta de Andalucía. No
Delegación Territorial Cádiz. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. Junta de Andalucía.
Delegación Territorial Málaga. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. Junta de Andalucía. No
Administración Local
Ayuntamiento de San Martín del Tesorillo. No
Ayuntamiento de Gaucín.
Ayuntamiento de Jimena de la Frontera. No
Ayuntamiento de Casares.
Ayuntamiento de San Roque. No
Diputación Provincial de Cádiz.
Diputación Provincial de Málaga.
Mancomunidad de Municipios de Campo de Gibraltar. No
Entidades Públicas y Privadas
Endesa Distribución Eléctrica. No
ENAGAS Empresa Nacional del Gas, SA. No
Red Eléctrica de España REE.
CELLENEX-Telecomunicaciones.
Naturgy Energy Group S.A.

1 Denominación en la que fueron consultados.

* Se recibe extemporáneo.

Además, se recibieron diez alegaciones particulares, dos de grupos ecologistas y una de la SECEMU.

Segunda consulta. BOE n.º 2, 3 de enero de 2022

Consultas a las Administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones1

Consultados

(La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la inicial debido a cambios realizados en su estructura de Gobierno)

Contestación
Administración Autonómica
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Junta de Andalucía. Sí*
Delegación Territorial de Málaga. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. Junta de Andalucía.
Delegación Territorial de Cádiz. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. Junta de Andalucía. Sí*
Administración Local
Ayuntamiento de San Martín del Tesorillo. No
Ayuntamiento de Gaucín. No
Ayuntamiento de Jimena de la Frontera. No
Ayuntamiento de Casares.
Ayuntamiento de San Roque. No
Diputación Provincial de Cádiz.
Diputación Provincial de Málaga.

1 Denominación en la que fueron consultados.

* Se recibe extemporáneo.

Además, se recibieron ocho alegaciones particulares y una por parte de la SECEMU.

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