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Documento BOE-A-2023-9012

Resolución de 3 de abril de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Valladolid, para el estudio y la difusión de la literatura española contemporánea a través de la Cátedra Miguel Delibes.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 11 de abril de 2023, páginas 51998 a 52000 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2023-9012

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad de Valladolid, para el estudio y la difusión de la literatura española contemporánea a través de la Cátedra Miguel Delibes de la Universidad de Valladolid, suscrito el 27 de julio de 2021.

Madrid, 3 de abril de 2023.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Noguero Galilea.

ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad de Valladolid, para el estudio y la difusión de la literatura española contemporánea a través de la Cátedra Miguel Delibes de la Universidad de Valladolid, suscrito el 27 de julio de 2021

De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle Alcalá, 49, CP 28014 Madrid, y con NIF Q-2812007 I. En adelante, también el «IC».

Y, de otra parte, la Universidad de Valladolid (en adelante, también «UVa») con NIF Q4718001C y sede en Valladolid, plaza de Santa Cruz, n.º 8, y en su nombre y representación don Antonio Largo Cabrerizo, Rector Magnífico de la Universidad de Valladolid, nombrado por Acuerdo 30/2022, de 7 de abril, de la Junta de Castilla y León (BOCYL n.º 69, de 8 de abril), cuya competencia para la firma de convenios deriva de lo dispuesto en los artículos 85 y 88.i de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por el Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León (BOCYL n.º 269, de 31 de diciembre).

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes y la Universidad de Valladolid suscribieron, el 27 de julio de 2021, un convenio con el objeto de establecer los términos de la colaboración entre la UVa, como entidad gestora de la Cátedra Miguel Delibes, y el Instituto Cervantes, para desarrollar actividades y proyectos que facilitasen la consecución de los objetivos principales de ambas partes, con vigencia hasta el 27 de julio de 2025.

II. Que, una vez realizadas las primeras actividades en ejecución de la colaboración establecida, las partes ven conveniente modificar las condiciones económicas establecidas en la cláusula cuarta del convenio, de forma que, en adelante, y para facilitar la gestión de dichas actividades, no sea necesario realizar transferencias de recursos entre las partes.

III. Que en la cláusula novena del citado convenio se establece que cualquier modificación del mismo deberá ser efectuada por escrito, firmada por ambas partes y tramitada conforme a lo previsto en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de modificación del convenio de 27 de julio de 2021, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Mediante la presente adenda las partes modifican las siguientes cláusulas del convenio de 27 de julio de 2021, que quedan redactadas como sigue:

«Cláusula cuarta. Condiciones económicas.

La realización de las actividades objeto del presente convenio se financiará a partes iguales por el IC y la UVa.

Para la gestión económica de lo anterior, las partes procederán como sigue:

1. El Instituto Cervantes y la UVa asumirán directamente los gastos «Para la organización de los cursos» que se indican a continuación:

– Pago al autor (incluye impartición del curso y derechos de autor, por la posterior publicación).

– Viaje y hotel del invitado.

– Recepción pública de clausura, gastos de gestión y promoción (del curso y de la publicación).

En el seno del mecanismo de seguimiento y control previsto en la cláusula séptima, cada parte acreditará los gastos, de entre los señalados en el presente apartado 1, efectivamente realizados en relación con los cursos, mediante la presentación de facturas o documentos acreditativos de análoga naturaleza. Y ello, a los efectos de ajustar entre las partes los gastos de la publicación del libro referida en el apartado 2 siguiente, correspondientes a cada una de ellas, de modo que sus aportaciones totales a este convenio sean del mismo importe.

Serán por cuenta de la UVa cualesquiera otros gastos derivados de la realización de los cursos, excepto los asumidos, con sus propios medios, por el IC en la cláusula segunda.

2. Tras la realización de los cursos las partes procederán a la «publicación de un libro derivado del curso», cuyos gastos serán asumidos por ellas en la proporción que corresponda de acuerdo con el cálculo y ajuste realizado por el mecanismo de seguimiento y control, de modo que cada una de ellas asuma el 50 % de los gastos totales derivados del presente convenio.

El Instituto Cervantes financiará los gastos derivados de los compromisos que asume en el presente convenio y que ascenderán como máximo a ocho mil euros (8000 €), con cargo a su presupuesto para el año 2023, en el que cuenta con crédito suficiente.

La UVa financiará los gastos derivados de los compromisos que asume en el presente convenio en un máximo de ocho mil euros (8000 €). Para el año 2023, dicha aportación se hará con cargo a la asignación presupuestaria del ejercicio económico 2023 de la Cátedra Miguel Delibes (claves económicas 18.01.28 333A 3.03).

Para los años siguientes en que esté vigente el presente convenio, la aportación de esos recursos estará supeditada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias de cada una de las partes, si bien la previsión se estima similar a la de 2023.

La ejecución de los compromisos asumidos mediante el presente convenio queda supeditada a la situación presupuestaria del Instituto Cervantes y de la UVa en el momento de realización de las actividades, de forma que las partes reconocen que la realización de las mismas puede quedar afectada por acuerdos u órdenes de no disponibilidad presupuestaria, u otras circunstancias similares, en cuyo caso, se eximen de su ejecución sin poder exigir la una a la otra el cumplimiento de los compromisos afectados.

Sin perjuicio y al margen de lo anterior, el Instituto Cervantes y la UVa financiarán respectivamente los gastos de los viajes y alojamiento que, en su caso, realicen otras personas distintas de los invitados, que cada uno de ellos elija para acudir a los cursos en su representación.»

«Cláusula séptima. Seguimiento y control.

El seguimiento y control de la ejecución del presente convenio se realizará a través de la interlocución de la Directora de Cultura del Instituto Cervantes o persona en quien delegue y el interlocutor que designe la UVa.

Dichos interlocutores podrán acordar cualquier detalle de la ejecución del convenio, siempre que no afecte al contenido mínimo y esencial del mismo. Asimismo, de acuerdo con lo indicado en la cláusula cuarta anterior, a la vista de la información proporcionada por las partes, calcularán y ajustarán sus aportaciones totales de modo que sean del mismo importe. Igualmente, tendrán competencias relativas a la certificación y justificación económica de los gastos realizados por cada una de las partes.

Asimismo, dichos responsables resolverán los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantease respecto del convenio.»

Segunda.

Los efectos de la adenda se extenderán desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.

Se mantienen los compromisos y obligaciones que las partes asumieron en el convenio suscrito el 27 de julio de 2021, no modificados por la presente adenda.

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda de modificación en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero, 31 de marzo de 2023.–Por la Universidad de Valladolid, Antonio Largo Cabrerizo, 31 de marzo de 2023.

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