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Documento BOE-A-2023-7399

Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial para el año 2023 del Convenio colectivo de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 21 de marzo de 2023, páginas 42539 a 42542 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-7399
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/03/09/(14)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta a la que se adjunta la tabla salarial para el año 2023 del Convenio colectivo de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias (Código de convenio n.º  99004345011982), que fue suscrito con fecha 10 de febrero de 2023, de una parte por la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER) y la Asociación Española de Recicladores y Recuperadores de Papel y Cartón (REPACAR) en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales Comisiones Obreras del Hábitat y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de marzo de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE RECUPERACIÓN Y RECICLADO DE RESIDUOS Y MATERIAS PRIMAS SECUNDARIAS

En Madrid y en los locales de FER, sitos en la calle Almagro, 22, 4.º, siendo las 11:30 horas del día 10 de febrero de 2023 se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Recuperación y Reciclado de Residuos y Materias Primas Secundarias con la asistencia de las personas reseñadas, quienes tratan lo siguiente:

Asistentes:

Comisiones Obreras del Hábitat: Don Eduardo Ruiz.

Federación Estatal de Servicios, movilidad y consumo de Unión General de Trabajadores: Don José Luis Segura.

Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER): Don Julio Lorente.

Asociación Española de Recicladores y Recuperadores de Papel y Cartón (REPACAR): Don Rafael Aguilera.

Se abre la reunión y se expone que el avance del PIB del 4.º trimestre publicado por parte del INE hace que la variación del PIB del año 2022 es superior al 2% y el IPC de 2022 es también superior al 2%. En aplicación de los acuerdos adoptados en el artículo 12 del Convenio Colectivo se acuerda aplicar un incremento del 0,25 % en todos los conceptos retributivos correspondientes al año 2023.

Debido al incremento del salario mínimo interprofesional que se ha establecido para el año 2023 en 1080 euros/mes, esto implicará que la cuantía de salario mínimo anual para 14 pagas en 2023 es de 15.120 euros, se ajustan las tablas salariales para incrementar las cantidades de aquellos trabajadores cuyo SMI este por debajo del mínimo establecido.

El importe de las diversas partidas económicas para 2023 y 2024 se enuncian a continuación. Las nuevas tablas salariales para 2023 y 2024 se adjuntan como anexo.

2023 Euros
COMPLEMENTO PLUS TRANSPORTE 2,64
DIETA DIARIA PERNOCTA 53,11
DIETA POR USO VEHÍCULO PARTICULAR, KM 0,31
DIETA POR COMIDA/MEDIO DIA FUERA DOMICILIO 13,56
AYUDA FAMILIAR 17,28
2024 Euros
COMPLEMENTO PLUS TRANSPORTE 2,72
DIETA DIARIA PERNOCTA 54,70
DIETA POR USO VEHÍCULO PARTICULAR, KM 0,32
DIETA POR COMIDA/MEDIO DIA FUERA DOMICILIO 13,97
AYUDA FAMILIAR 17,80

Se acuerda delegar en Alicia García-Franco o Julio Lorente de la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje, de forma indistinta, para que puedan realizar todas las gestiones necesarias, incluyendo subsanaciones para el registro del presente acuerdo y para ello se les delega las facultades necesarias hasta su completo registro.

Y, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 12:30 horas, firmando en prueba de su conformidad todos los presentes.–Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT, José Luis Segura.–CCOO del Hábitat, Eduardo Ruiz.–FER, Julio Lorente.–REPACAR, Rafael Aguilera.

ANEXO I

Tabla salarial 2023

  Salario Base Mensual Plus Higiene Mensual Total mensual Total anual
Grupo profesional Personal de Dirección        
Director/a Gerente. 1.546,64 232,00 1.778,64 25.983,61
Director/a de área o departamento. 1.392,28 208,84 1.601,12 23.390,31
Grupo profesional Personal Técnico y Titulado        
Titulado/a grado superior. 1.423,38 213,51 1.636,88 23.912,72
Titulado/a grado medio. 1.392,28 208,84 1.601,12 23.390,31
Técnico de grado superior. 1.045,77 156,87 1.202,63 17.568,90
Técnico de grado medio. 966,15 144,92 1.111,07 16.231,25
Grupo profesional Administración        
Jefe/a de primera. 1.218,26 182,74 1.401,00 20.466,83
Oficial/a de primera. 1.045,77 156,87 1.202,63 17.568,90
Oficial/a de segunda. 966,15 144,92 1.111,07 16.231,25
Auxiliar administrativo. 900,00 135,00 1.035,00 15.120,00
Comercial. 966,15 144,92 1.111,07 16.231,25
Grupo profesional Personal de producción        
Encargado/a general. 1.218,26 182,74 1.401,00 20.466,83
Encargado/a. 1.108,82 166,32 1.275,14 18.628,20
Oficial/a. 986,80 148,02 1.134,82 16.578,21
Conductor/a de 1.ª 1.045,80 156,87 1.202,67 17.569,44
Conductor/a-especialista. 986,80 148,02 1.134,82 16.578,27
Maquinista-especialista. 989,77 148,46 1.138,23 16.628,06
Carretillero/a-especialista. 986,80 148,02 1.134,82 16.578,21
Mecánico/a-especialista. 986,80 148,02 1.134,82 16.578,21
Sopletista-especialista. 986,80 148,02 1.134,82 16.578,21
Especialista. 923,97 138,60 1.062,56 15.522,67
Peón/a. 900,00 135,00 1.035,00 15.120,00
Grupo Profesional Personal subalterno        
Controlador y/u ordenanza. 923,06 138,46 1.061,52 15.507,48
Limpieza. 900,00 135,00 1.035,00 15.120,00

Nota: Todas las cantidades anteriormente establecidas se refieren a euros

El total mensual está referido a las pagas ordinarias. El total anual incluye las pagas ordinarias y las extraordinarias.

El plus de higiene se calcula como un 15 % del salario base.

Se ubica el comercial en la tabla salarial por primera vez en el año 2022, no obstante, se deberán respetar las condiciones pactadas con el trabajador hasta el momento. Igualmente, la cifra se considera el salario fijo mínimo que debe percibir el comercial al que deberá añadirse el variable que haya sido o sea pactado con el trabajador.

Tabla salarial 2024

  Salario Base Mensual Plus Higiene Mensual Total mensual TOTAL ANUAL
Grupo profesional Personal de Dirección        
Director/a Gerente. 1.593,04 238,96 1.832,00 26.763,12
Director/a de área o departamento. 1.434,05 215,11 1.649,16 24.092,02
Grupo profesional Personal Técnico y Titulado        
Titulado/a grado superior. 1.466,08 219,91 1.685,99 24.630,10
Titulado/a grado medio. 1.434,05 215,11 1.649,16 24.092,02
Técnico de grado superior. 1.077,14 161,57 1.238,71 18.095,97
Técnico de grado medio. 995,13 149,27 1.144,40 16.718,19
Grupo profesional Administración        
Jefe/a de primera. 1.254,81 188,22 1.443,03 21.080,84
Oficial/a de primera. 1.077,14 161,57 1.238,71 18.095,97
Oficial/a de segunda. 995,13 149,27 1.144,40 16.718,19
Auxiliar administrativo. 927,00 139,05 1.066,05 15.573,60
Comercial. 995,13 149,27 1.144,40 16.718,19
Grupo profesional Personal de producción        
Encargado/a general. 1.254,81 188,22 1.443,03 21.080,84
Encargado/a. 1.142,09 171,31 1.313,40 19.187,05
Oficial/a. 1.016,40 152,46 1.168,86 17.075,56
Conductor/a de 1.ª 1.077,17 161,58 1.238,75 18.096,52
Conductor/a-especialista. 1.016,41 152,46 1.168,87 17.075,61
Maquinista-especialista. 1.019,46 152,92 1.172,38 17.126,90
Carretillero/a-especialista. 1.016,40 152,46 1.168,86 17.075,56
Mecánico/a-especialista. 1.016,40 152,46 1.168,86 17.075,56
Sopletista-especialista. 1.016,40 152,46 1.168,86 17.075,56
Especialista. 951,69 142,75 1.094,44 15.988,35
Peón/a. 927,00 139,05 1.066,05 15.573,60
Grupo Profesional Personal subalterno        
Controlador y/u ordenanza. 950,76 142,61 1.093,37 15.972,71
Limpieza. 927,00 139,05 1.066,05 15.573,60

Nota: Todas las cantidades anteriormente establecidas se refieren a euros.

El total mensual está referido a las pagas ordinarias. El total anual incluye las pagas ordinarias y las extraordinarias.

El plus de higiene se calcula como un 15 % del salario base.

Se ubica el comercial en la tabla salarial por primera vez en el año 2022, no obstante, se deberán respetar las condiciones pactadas con el trabajador hasta el momento. Igualmente, la cifra se considera el salario fijo mínimo que debe percibir el comercial al que deberá añadirse el variable que haya sido o sea pactado con el trabajador.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/03/2023
  • Fecha de publicación: 21/03/2023
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 12 de julio de 2022 (Ref. BOE-A-2022-12357).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Gestión de residuos

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