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Documento BOE-A-2023-24448

Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Sexta, de fecha 29 de octubre de 2020, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 2023, páginas 159595 a 159595 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2023-24448

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Sexta, de fecha 29 de octubre de 2020, que ha devenido firme.

En el recurso de apelación número 321/2020, seguido ante la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Sexta, interpuesto por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, representada por el abogado del Estado, contra la sentencia, de fecha 5 de febrero de 2020, dictada en los autos de juicio verbal número 823/2019, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Alicante, que estimó la demanda presentada por don J. N. R., procurador de los tribunales, en nombre y representación de «Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunidad Valenciana», frente a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 22 de febrero de 2019 (2.ª), por la que se desestimaba el recurso interpuesto por don R. G. R., en nombre y representación de la mencionada entidad demandante, contra la nota de calificación extendida por la registradora de la Propiedad de Cocentaina, doña María José Renart Espí, por la que suspendía la inscripción de un testimonio de un decreto de adjudicación dictado en un procedimiento de ejecución directa sobre bienes hipotecados,

FALLAMOS:

«Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la señora Abogado del Estado en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado contra la Sentencia n.º 35/20 dictada por el Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º Nueve de la ciudad de Alicante en fecha 5 de febrero de 2020 y en los autos de los que dimana el presente rollo, y en su consecuencia confirmar como confirmamos íntegramente la misma al estar ajustada a derecho, con imposición de las costas de esta alzada a la parte recurrente al ser preceptivas.»

Así por esta nuestra Sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos. Don José María Rives Seva, doña María Dolores López Garre y doña Encarnación Caturla Juan, magistrados de la Audiencia Provincial de Alicante.

Madrid, 6 de noviembre de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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