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Documento BOE-A-2023-22075

Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la I Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E. y el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para la difusión del estudio del idioma inglés, en la modalidad de enseñanza a distancia.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 27 de octubre de 2023, páginas 142285 a 142287 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-22075

TEXTO ORIGINAL

La Presidenta interina de la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E. y la Secretaria General de Formación Profesional han suscrito la I Adenda al convenio entre la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E. y el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para la difusión del estudio del idioma inglés, en la modalidad de enseñanza a distancia.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 20 de octubre de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
I Adenda de prórroga y modificación al convenio entre la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E. y el Ministerio de Educación y Formación Profesional para la difusión del estudio del idioma inglés, en la modalidad de enseñanza a distancia.

5 de octubre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E. (en adelante denominada RTVE) que cuenta con NIF A-84818558 y domicilio social en el edificio Prado del Rey, avenida de Radio Televisión, número 4, de Pozuelo de Alarcón (Madrid), constituida mediante Escritura Pública otorgada, el 12 de septiembre de 2006, por el Notario de Madrid don Francisco Javier Gardeazabal del Río, con el número 2530 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 22885, Folio 141, Sección 8.ª, Hoja M-409826, inscripción 1.ª, representada en este acto por doña Elena Sánchez Caballero, en su condición de Presidenta interina de la Corporación, según designación efectuada por el Consejo de Administración en su sesión de 27 de septiembre de 2022, de conformidad a lo dispuesto en sus Estatutos Sociales.

De otra parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (en adelante MEFP), con domicilio social en calle Alcalá, número 34, de Madrid, representada en este acto por doña Clara Sanz López, Secretaria General de Formación Profesional, en virtud del Real Decreto 178/2020, de 29 de enero, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 17.1.d de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta con las Partes.

Las Partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran expresamente que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio de colaboración, y a tal fin

DECLARAN

I. Que, con fecha 13 de junio de 2019, firmaron un convenio, por el que se acuerdan fórmulas de cooperación y entendimiento entre ellas, vigente desde el 7 de noviembre de 2019 en el que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

II. Que ambas partes desean seguir colaborando con el objeto difundir el estudio del idioma inglés en su modalidad a distancia.

III. A estos efectos suscriben el presente acuerdo que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto de la adenda.

A través de la presente adenda se procede, por un lado, a prorrogar la duración del convenio conforme se recoge en la cláusula segunda y, por otro lado, a modificar la cláusula segunda del convenio añadiendo un nuevo compromiso a los de RTVE definido en la cláusula tercera.

Segunda. Prórroga del convenio.

Se prorroga la vigencia del convenio firmado el 13 de junio de 2019 y vigente desde el 7 de noviembre de 2019 durante cuatro (4) años más, hasta el día 6 de noviembre de 2027, permaneciendo inalterados los demás términos del convenio al que se anexa.

Tercera. Modificación del convenio.

A los compromisos de RTVE establecidos en la cláusula segunda del mencionado convenio, se añade el siguiente:

«Estudiar la posibilidad de llevar a cabo una campaña de autopromociones del programa “That´s English!” de manera excepcional con motivo del 30.º Aniversario del comienzo de la emisión del programa, que hará referencia al mismo y será incluida en los bloques publicitarios de canales de RTVE. Dicha actividad, en caso de realizarse, tendría lugar entre los meses de septiembre y octubre de 2023 y, en todo caso, dentro del marco establecido por la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de Financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española».

Cuarta. Eficacia y publicación de la adenda.

La presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización. Asimismo, será publicada en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinta. Subsistencia del resto del convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio formalizado por ambas partes con fecha 13 de junio de 2019.

Y en prueba de conformidad ambas partes firman electrónicamente la presente adenda.–La Presidenta interina de la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E., Elena Sánchez Caballero.–La Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.

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