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Documento BOE-A-2023-20242

Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para la adhesión de las entidades al programa del Bono Cultural Joven.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 28 de septiembre de 2023, páginas 131126 a 131126 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-20242

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden CUD/673/2022, de 13 de julio de 2022, del Ministro de Cultura y Deporte, se convocó el procedimiento para la adhesión de las entidades al programa Bono Cultural Joven 2022, en desarrollo de lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven.

La citada orden ministerial establece los requisitos, el procedimiento a seguir para la adhesión al programa Bono Cultural Joven y los efectos de la mencionada adhesión.

Las entidades interesadas en participar en el programa del Bono Cultural Joven, que cumplan los requisitos previstos en la mencionada normativa reglamentaria, pueden solicitar su adhesión en los términos previstos en la citada orden, hasta el 30 de septiembre de 2023, a través de la plataforma tecnológica para la gestión establecida al efecto.

Las entidades culturales que se adhieran, una vez tramitado el correspondiente procedimiento, son las únicas habilitadas para poner a disposición de las personas beneficiarias los productos, servicios y actividades culturales que estén encuadradas en las categorías de gasto subvencionable previstas en el artículo 8 del Real Decreto 191/2023, de 21 de marzo, aceptando los correspondientes pagos con cargo a las tarjetas prepago del Bono Cultural Joven, por importe máximo de 400 euros.

Ante la proximidad del vencimiento del plazo previsto en el artículo 5.3 de la citada Orden CUD/673/2022, de 13 de julio, y con el fin de finalizar la elaboración y tramitación de una nueva orden ministerial que regule la adhesión de las entidades culturales al referido programa durante su vigencia, se estima oportuno ampliar el plazo previsto para la presentación de las solicitudes de adhesión conforme a la Orden CUD/673/2022, de 13 de julio.

Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5.3, segundo párrafo, de la Orden CUD/673/2022, de 13 de julio, se acuerda:

Primero.

Ampliar el plazo para formular las solicitudes de adhesión de las entidades al programa del Bono Cultural Joven hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2023.

Segundo.

Esta resolución producirá efectos desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 26 de septiembre de 2023.–La Subsecretaria de Cultura y Deporte, María Pérez Sánchez-Laulhé.

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